RESOLUCIÓN TES/7/2021, de 7 de enero, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se amplía la dotación presupuestaria y se modifica una de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
- Publicado en DOGC núm. 8313 de 12 de Enero de 2021
- Vigencia desde 13 de Enero de 2021


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Sumario
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- INTRODUCCION
- ANEXO. Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se amplía la dotación presupuestaria y se modifica una de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre.
- ANEXO. Modificación de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, de 28 de octubre de 2019, hecho público por la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre
Considerando que el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, reunido en fecha 14 de diciembre de 2020, ha aprobado la ampliación de las dotaciones presupuestarias y la modificación de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre, de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios de la parte catalana de las cuencas compartidas para la ejecución de actuaciones de prevención frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas por la Resolución TES/477/2020, de 21 de febrero, y de la línea de subvenciones dirigidas a los entes locales para la ejecución de actuaciones de mantenimiento y conservación de cauces públicos en tramos urbanos en los años 2020 y 2021, incluidas en el Programa de mantenimiento y conservación de cauces públicos 2020-2021, y hechas públicas por la Resolución TES/1053/2020, de 15 de mayo.
Considerando que el Consejo de Administración también ha acordado la publicación de dichas ampliaciones de las dotaciones presupuestarias y de las modificaciones de las bases reguladoras de las líneas de subvenciones y la posibilidad de que dicha publicación se lleve a cabo de manera individualizada para cada una de las líneas de subvenciones objeto de ampliación presupuestaria y de modificación,
Resuelvo:
-1 Hacer público el Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se amplía la dotación presupuestaria y se modifica una de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre, que se adjunta como anexo.
-2 Esta Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
-3 Contra el Acuerdo anexo a esta Resolución, las personas interesadas pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente juzgado de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la mencionada publicación, de conformidad con los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Anexo
Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua por el que se amplía la dotación presupuestaria y se modifica una de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre.
En fecha 28 de octubre de 2019 el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua aprobó las bases de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, así como la delegación en su Dirección de las facultades para la aprobación de la correspondiente convocatoria y para resolver el otorgamiento de las subvenciones. Este Acuerdo fue objeto de publicación mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre (DOGC no 7994, de 4.11.2019).
Las mencionadas bases establecen los órganos competentes en el procedimiento de otorgamiento de las subvenciones, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 92.4.d) del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y en el artículo 17.3.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. Las referidas bases atribuyen a la Gerencia de la Agencia Catalana del Agua la condición de órgano instructor en el procedimiento de otorgamiento de subvenciones.
Vista la creación, en virtud del Decreto 78/2020, de 27 de agosto, de un área de gestión territorial mediante la modificación de los estatutos de la Agencia Catalana del Agua, aprobados por Decreto 86/2009, de 2 de junio, se considera oportuno atribuir a la Dirección de la mencionada área la condición de órgano instructor en el procedimiento de otorgamiento de la referida línea de subvención.
Considerando que, de acuerdo con el artículo 92.3, en relación con el artículo 93.1.c) del texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y con el artículo 8.1.a) de los estatutos de la Agencia Catalana del Agua, aprobados por el Decreto 86/2009, de 2 de junio, el Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua tiene atribuida la competencia para aprobar las bases reguladoras de las convocatorias de subvenciones;
Asimismo, vista la disponibilidad presupuestaria, se considera conveniente ampliar la dotación presupuestaria destinada a la financiación de la mencionada línea de subvención. De conformidad con el artículo 11.7 del texto refundido de la legislación en materia de aguas, aprobado por el Decreto legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, corresponde al Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua atribuir recursos económicos a los proyectos aprobados.
El Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, reunido en su sesión de 14 de diciembre de 2020,
Acuerda:
-1 Aprobar la modificación de una de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre, que se relaciona en el anexo.
-2 Ampliar en 800.000 euros adicionales la dotación máxima destinada a la financiación de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, hechas públicas mediante la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre.
-3 Hacer difusión del presente Acuerdo mediante su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en la página web de la Agencia Catalana del Agua. Esta publicación se puede llevar a cabo de manera individualizada para cada una de las líneas de subvenciones objeto de modificación o de ampliación de dotación presupuestaria.
Barcelona, 14 de diciembre de 2020
Damià Calvet i Valera
Presidente del Consejo de Administración
Pablo Herráez Vilas
Secretario
Anexo
Modificación de las bases reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas a los municipios del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña para la ejecución de actuaciones de protección frente a avenidas que beneficien a una zona urbana, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de la Agencia Catalana del Agua, de 28 de octubre de 2019, hecho público por la Resolución TES/2790/2019, de 29 de octubre
LE0000653266_20210113
Se modifica el apartado 2 de la base reguladora 6, que queda redactado de la manera siguiente:
«6.2 Una vez examinadas las solicitudes y la documentación complementaria, la Dirección del Área de Gestión Territorial de la Agencia Catalana del Agua, que es el órgano instructor, a propuesta de la comisión de valoración, integrada por miembros del personal del Departamento de Planificación y Ordenación Fluvial, formula una propuesta de resolución provisional de concesión de las subvenciones que contiene la lista de entes solicitantes propuestos para ser beneficiarios de las subvenciones, la propuesta de lista de entes excluidos y la lista de reserva integrada por el resto de entes que hayan alcanzado la puntuación mínima prevista en el Anexo 1 de estas bases, debidamente priorizada en función de la puntuación obtenida. Esta propuesta se debe notificar a los entes interesados mediante su publicación en el tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, que sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.»