ORDEN FORAL 94/2020, de 29 de diciembre, del Consejero de Cohesión Territorial, por la que se establece la estructura orgánica a nivel de Negociados de la Dirección General de Administración Local y Despoblación y del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto
- ÓrganoDepartamento de Cohesión Territorial
- Publicado en BON núm. 13 de 20 de Enero de 2021
- Vigencia desde 20 de Enero de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- CAPÍTULO I. Dirección General de Administración Local y Despoblación
- CAPÍTULO II. Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto
- DISPOSICIONES ADICIONALES
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
Por Decreto Foral 263/2019, de 30 de octubre, se estableció la estructura orgánica del Departamento de Cohesión Territorial en la que se recogen las Direcciones Generales, Servicios y Secciones que se integran en la misma.
Como consecuencia de ello, procede la adecuación a lo dispuesto en el citado Decreto Foral de la estructura orgánica a nivel de Negociados de la Dirección General de Administración Local y Despoblación y del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto.
En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 34.4 de la Ley Foral 11/2019, de 11 de marzo, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y del Sector Público Institucional Foral,
ORDENO:
CAPÍTULO I
Dirección General de Administración Local y Despoblación
SECCIÓN 1
Servicio de Infraestructuras Locales
Artículo 1 Estructura y adscripción de Negociados
Las Secciones del Servicio de Infraestructuras Locales se estructuran en los siguientes Negociados:
Artículo 2 Negociado de Infraestructuras Locales
El Negociado de Infraestructuras Locales ejercerá las siguientes funciones:
- a) Estudio y seguimiento de los expedientes relacionados con los distintos Planes de Inversiones elaborados por la Dirección General.
- b) Colaboración con la Jefatura de Sección a la que se encuentra adscrito en la elaboración, priorización y gestión de los nuevos Planes de Inversión Local.
- c) Análisis técnico y de calidad de las obras existentes en los Planes de Inversiones elaborados por la Dirección General.
- d) Incorporación de la tecnología GIS a la gestión y mecanización de los expedientes.
- e) Asesoramiento técnico a las Entidades Locales en materia de infraestructuras locales vinculadas a los programas propuestos por la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
- f) Elaboración de informes y propuestas técnico-administrativas.
- g) Gestión técnica, asesoramiento en la valoración y control de las ayudas introducidas a través de trasferencias de capital, así como de las convocatorias de subvenciones en materia de infraestructuras locales.
- h) Colaboración con otras unidades de la Dirección General en la gestión y control de obras y reparaciones ordinarias en edificios adscritos.
- i) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
Artículo 3 Negociado de Control de Planes Directores
El Negociado de Control de Planes Directores ejercerá las siguientes funciones:
- a) La organización, coordinación y ejecución de inspecciones y controles necesarios para la tramitación de los expedientes de obras relacionados con el Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano y resto de Planes Directores.
- b) Obtención, elaboración y coordinación de las estadísticas e indicadores de seguimiento del Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano.
- c) Coordinación, en colaboración con la jefatura de Sección, del Comité de Coordinación y Grupos de Trabajo del Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano.
- d) Gestión y mantenimiento de SIAB, Sistema de Información del Plan Director de Abastecimiento en Alta.
- e) Coordinación del SIAB con otros SIGs de las entidades locales competentes.
- f) Elaboración de propuestas de actualización o de realización de nuevos estudios necesarios para conformar los Planes Directores.
- g) Colaboración con la Jefatura de Sección a la que se encuentra adscrito y resto de Departamentos competentes en la elaboración de los Planes Directores.
- h) Asesoramiento técnico a las Entidades Locales en relación a inversiones de Planes Directores.
- i) Elaboración de informes y propuestas técnico-administrativas de modernización de la gestión y mecanización de expedientes.
- j) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
SECCIÓN 2
Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales
Artículo 4 Estructura y adscripción de Negociados
Las Sección de Información Local y Estrategia de Lucha contra la Despoblación del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales se estructura en los siguientes Negociados:
Artículo 5 Negociado de Información Local
El Negociado de Información Local ejercerá las siguientes funciones:
- a) Administración y soporte del Portal Web Infolocal y de los entornos de gestión del conocimiento de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
- b) Asesoramiento a las Entidades Locales de Navarra en materia de Administración electrónica, digitalización y simplificación de procedimientos administrativos.
- c) Apoyo a la gestión y modernización de los sistemas de información de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
- d) Apoyo a las unidades de la Dirección General de Administración Local y Despoblación en materia de simplificación de procedimientos e implantación en el gestor de expedientes corporativo.
- e) Gestión de inventario del equipamiento informático de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
- f) Coordinación con la Dirección General de Telecomunicaciones y Digitalización en lo relativo a las Entidades Locales y proyectos de la Dirección General de Administración Local y Despoblación.
- g) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
Artículo 6 Negociado de Asistencia Administrativa
El Negociado de Asistencia Administrativa ejercerá las siguientes funciones:
- a) Colaboración y apoyo a la Dirección del Servicio de Asesoramiento Jurídico y Cooperación con las Entidades Locales.
- b) Organización del trabajo administrativo de las Secciones y Negociados del Servicio.
- c) Control y Registro de entradas y salidas de documentos relativos a la Dirección General.
- d) Atención a demandas externas y telefónicas.
- e) Gestión y control del archivo, fondo bibliográfico y documental del Servicio.
- f) Control de acceso al archivo del Servicio.
- g) Gestión y control de los expedientes tramitados por el Servicio.
- h) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
CAPÍTULO II
Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto
Artículo 7 Estructura y adscripción de Negociados
La Sección de Gestión Económico Presupuestaria del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto se estructura en el siguiente Negociado:
Artículo 8 El Negociado de Gestión Económica ejercerá las siguientes funciones
- a) Gestión del Centro Contable de la Dirección General de Obras Públicas e infraestructuras, de la Dirección General de Transportes, del Servicio de Gestión Económico Presupuestaria y Control del Gasto y de la Secretaría General Técnica.
- b) Gestión contable de los expedientes de gastos que se produzcan en la ejecución presupuestaria.
- c) Mantenimiento y coordinación como administrador departamental del Registro de Facturas.
- d) Seguimiento de los gastos plurianuales en coordinación con el Departamento de Economía y Hacienda.
- e) Tramitación de modificaciones presupuestarias.
- f) Gestión, seguimiento y justificación de las órdenes de pago a justificar y gestión y control de las cuentas de anticipos de caja.
- g) Elaboración de los documentos de cobro inherentes a la ejecución del presupuesto de ingresos.
- h) Colaboración con las distintas unidades administrativas de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, de la Dirección General de Transportes y de la Secretaría General Técnica en la elaboración y seguimiento de los documentos de cobro y pago.
- i) Coordinación y colaboración con los otros centros contables del Departamento de Cohesión Territorial, Intervención Delegada y Servicio de Contabilidad del Departamento de Economía y Hacienda.
- j) Desarrollo de información en materia contable, presupuestaria y estadística para la realización de los informes económicos que se precisen.
- k) Gestión y archivo de los expedientes propios del área competencial.
- l) Aquellas otras que se le encomienden dentro del ámbito de su actividad.
Disposición Adicional Única.– Confirmación de nombramiento
Se confirma, como nombramiento interino, el nombramiento del jefe del Negociado de Planificación y Estudios Técnicos que cambia su denominación por el de jefe del Negociado de Control de Planes Directores.
Disposición Derogatoria Única.– Derogaciones normativas
Quedan derogadas las siguientes disposiciones:
- a) Los artículos 3 y 63 a66 de la Orden Foral 456/2016, de 22 de diciembre, de la Consejera de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se aprueban la adscripción y funciones de los Negociados del Departamento.LE0000588931_20210120
- b) Los artículos 64 y 67 de la Orden Foral 137/2017, de 30 de noviembre, del Consejero de Desarrollo Económico, por la que se establece la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Económico a nivel de Negociados.LE0000611524_20210120
- c) Cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden Foral.
Disposición Final Única.– Entrada en vigor
La presente Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.