Orden EFT/2/2021, de 18 de enero, por la que se modifica la Orden EFT/22/2020, de 19 de junio, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2020-2021 para centros docentes no universitarios
- ÓrganoConsejería de Educación, Formación Profesional y Turismo
- Publicado en BOC núm. 14 de 22 de Enero de 2021
- Vigencia desde 23 de Enero de 2021


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Sumario
Mediante la Orden EFT/22/2020, de 19 de junio, se aprobó el calendario escolar para el curso 2020/2021 en los centros docentes no universitarios de Cantabria.
Dicha Orden contemplaba como no lectivos los días 2 al 6 de noviembre de 2020, ambos inclusive. Mediante Resolución de la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo de 30 de octubre de 2020, se declararon lectivos los días 2 al 6 de noviembre de 2020. Los días 2 y 3 de noviembre fueron, en consecuencia, jornadas lectivas. El día 3, el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria suspendió cautelarmente la ejecutividad de la Resolución de 30 de octubre, lo que conllevó que los días 4, 5 y 6 no se desarrollara actividad lectiva.
En definitiva, durante dos días -2 y 3 de noviembre- inicialmente declarados como no lectivos se desarrolló actividad docente y el restablecimiento del equilibrio en el número total anual de jornadas lectivas requiere, por consiguiente, la transformación en no lectivos de dos días que están definidos como lectivos en el vigente calendario escolar.
Para hacerlo efectivo, se requiere modificar el apartado octavo de la Orden EFT/22/2020, de 19 de junio que es el que determina los días no lectivos.
Para ello, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
DISPONGO
Primero.- Se modifica el apartado 8º de la Orden EFT/22/2020, de 19 de junio, por la que se establece el calendario escolar para el curso 2020-2021 para centros docentes no universitarios, que pasa a tener la siguiente redacción:
"Octavo. Son días no lectivos los sábados, los domingos y los declarados oficialmente como festivos. Además de los anteriores, no serán días lectivos los siguientes:
- - 4, 5 y 6 de noviembre de 2020.
- - 7, 23, 24, 28, 29, 30 y 31 de diciembre de 2020.
- - 4, 5, 7 y 8 de enero de 2021.
- - 15, 16 y 17 de febrero de 2021.
- - 5, 6, 7, 8, 9 y 30 de abril de 2021.
- - 3 de mayo de 2021.
Cuando un día lectivo sea declarado oficialmente como festivo local o de toda la Comunidad Autónoma de Cantabria, los centros docentes afectados extenderán las actividades lectivas de educación primaria y secundaria obligatoria los días necesarios para cumplir el número mínimo de días lectivos establecido en la legislación vigente.
LE0000669472_20210123
Segundo.- Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Sra. Consejera de Educación, Formación Profesional y Turismo, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.