Resolución de 5 de enero de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2019 del convenio colectivo del Sector de Derivados del Cemento, suscrita por la comisión negociadora
- ÓrganoCONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y HACIENDA
- Publicado en
- Vigencia desde 03 de Diciembre de 2020
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- ACTA DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID DEL AÑO 2019.
- ANEXO I. Tabla Retribuciones mensuales DERIVADOS DEL CEMENTO 2019
- ANEXO II. RETRIBUCIONES DIARIAS DEFINITIVAS DEL AÑO 2019 (SEMANA LABORAL DE LUNES A VIERNES)
Examinada el acta de revisión salarial 2019 del convenio colectivo del Sector de Derivados del Cemento, suscrita por la comisión negociadora el día 3 de diciembre de 2020, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre y con el artículo 6 del Decreto 52/2019, de 19 de agosto, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 5 del Decreto 73/2019, de 27 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y con el artículo 13 del Decreto 287/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, esta Dirección General
RESUELVE
1. Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE DERIVADOS DEL CEMENTO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE MADRID DEL AÑO 2019
Asistentes:
REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL:
REPRESENTACIÓN SINDICAL:
En Madrid, siendo las 13 horas del día 3 de diciembre de dos mil veinte, habiendo sido convocados en la forma habitual, se reúnen los componentes relacionados anteriormente de la Comisión Negociadora del Convenio de Derivados del Cemento de la Comunidad de Madrid, -(años 2017 a 2020 ) - para fijar las tablas salariales definitivas del convenio del año 2019, según lo dispuesto en la Disposición Final Primera, Incrementos y Revisiones, del referido Convenio de Derivados del Cemento de la Comunidad de Madrid para los años 2017-2020, y
ACUERDAN
PRIMERO. -
Fijar las tablas salariales del 2019, que se adjuntan como anexo I y anexo II, con el incremento del 1,50 % respecto a las de 2018, una vez conocido el incremento del consumo de cemento correspondiente al año 2019 que alcanzó un aumento de 1.295.854 toneladas. Estos salarios tienen efectos retroactivos desde el uno de enero de 2019.
SEGUNDO- Indicar que los criterios aplicados en el punto anterior son los establecidos por el VII Convenio General de Derivados del Cemento, en su disposición final primera y el acuerdo de 10.04.2019 de la Comisión Paritaria de Interpretación, respecto a los incrementos en los convenios inferiores.
TERCERO. -
Se acuerda remitir este Acta, con sus anexos, a la Dirección General de Trabajo, Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid para su registro, depósito y orden de publicación en el BOCM y a tal efecto se faculta a D. David Juan Pérez Martínez, como representante de esta comisión negociadora, para que gestione dichas presentaciones.
Una vez leída, la presente acta, siendo las horas, se aprueba y firma por los presentes.
ANEXO I
Tabla Retribuciones mensuales DERIVADOS DEL CEMENTO 2019
NIVELES | GRUPOS | SALARIO BASE | COMPLEMENTO DE CONVENIO | COMPLEMENTO NO SALARIAL | PAGA DE VERANO | PAGA DE NAVIDAD | VACACIONES (1) | TOTAL ANUAL EUROS |
II | 1 | 1.635,32 | 218,39 | 130,79 | 1.908,63 | 1.908,63 | 2.041,47 | 27.688,23 (2) |
III, IV y V | 2 | 1.418,52 | 192,02 | 130,79 | 1.680,08 | 1.680,08 | 1.790,07 (1) | 24.308,86 |
VI y VII | 3 | 1.201,74 | 166,70 | 130,79 | 1.448,85 | 1.448,85 | 1.534,93 | 20.924,16 |
VIII | 4 | 1.135,65 | 153,28 | 130,79 | 1.380,93 | 1.380,93 | 1.515,24 | 19.894,02 |
IX | 5 | 1.088,14 | 150,32 | 130,79 | 1.332,01 | 1.332,01 | 1.424,86 | 19.150,63 |
X | 6 | 1.069,56 | 149,93 | 130,79 | 1.314,59 | 1.314,59 | 1.398,28 | 18.880,54 |
XI | 7 | 1.052,81 | 147,56 | 130,79 | 1.287,48 | 1.287,48 | 1.411,85 | 18.629,57 |
XII | 8 | 1.028,15 | 146,77 | 130,79 | 1.277,62 | 1.277,62 | 1.369,07 | 18.286,30 |
ANEXO II
RETRIBUCIONES DIARIAS DEFINITIVAS DEL AÑO 2019 (SEMANA LABORAL DE LUNES A VIERNES)
NIVELES / GRUPOS | |||||||
VI y VII | VIII | IX | X | XI | XII | ||
CONCEPTOS | DÍAS AÑO | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 |
SALARIO BASE | 335 | 39,46 | 37,29 | 35,73 | 35,12 | 34,57 | 33,76 |
COMPLEMENTO DE CONVENIO | 217 | 8,45 | 7,77 | 7,62 | 7,60 | 7,48 | 7,44 |
218 | 8,41 | 7,73 | 7,59 | 7,57 | 7,45 | 7,41 | |
219 | 8,37 | 7,70 | 7,55 | 7,53 | 7,41 | 7,37 | |
COMPLEMENTO NO SALARIAL | 217 | 6,63 | 6,63 | 6,63 | 6,63 | 6,63 | 6,63 |
218 | 6,60 | 6,60 | 6,60 | 6,60 | 6,60 | 6,60 | |
219 | 6,57 | 6,57 | 6,57 | 6,57 | 6,57 | 6,57 |
MEDIA DIETA 13,05 EUROS
DIETA COMPLETA 49,82 EUROS