Decreto de la Presidencia, de 18 de enero de 2021, por el que se modifica el Decreto de 8 de octubre de 2020, de organización funcional de la Ciudad de Ceuta, en relación con la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública y la Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos
- ÓrganoPRESIDENCIA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA
- Publicado en BOCCE núm. 6063 de 22 de Enero de 2021
- Vigencia desde 23 de Enero de 2021
Sumario
Teniendo en cuenta, en relación con la gestión del contrato de recogida de basuras y limpieza pública viaria:
- 1.- Que el Plan de Servicios previsto en dicho contrato constituye una pieza clave para adecuar, de manera satisfactoria, los medios y recursos disponibles a las necesidades del momento.
- 2.- Que la aprobación y puesta en marcha del referido Plan de Servicios está condicionada, en gran medida, a la interpretación jurídica que, de acuerdo con la ley y el contrato, se haga acerca del alcance y contenido del citado Plan.
- 3.- Que las aludidas facultades de interpretación deben corresponder al órgano de contratación, previo cumplimiento de los trámites y requisitos que sean de aplicación.
Por tanto, con el objetivo último de agilizar la toma de decisiones en el ámbito del referido contrato y, por esta vía, favorecer la debida eficacia en el cumplimiento de su objeto, se estima conveniente y oportuno que sea el órgano de contratación, es decir la Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública quién asuma la gestión del mismo, y ello sin perjuicio de las facultades de dirección, control y fiscalización que correspondan a la dirección facultativa, al responsable del contrato y a la Intervención de la Ciudad.
En su virtud, al amparo de lo dispuesto en los artículos 14.2 y 20 del Estatuto de Autonomía de Ceuta, aprobado por Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo,
DISPONGO:
Primero.- Modificar el Decreto de la Presidencia, de 8 de octubre de 2020, por el que se organiza funcionalmente la Ciudad Autónoma de Ceuta, en los términos que seguidamente se indican:
IV. Consejería de Hacienda, Economía y Función Pública.
Se añade el ejercicio de las competencias de la Ciudad Autónoma de Ceuta de las siguientes materias y servicios:
- 32) Limpieza púbica viaria y recogida de todo tipo de residuos.
VIII. Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos.
Se suprime el ejercicio de las competencias de la Ciudad Autónoma de Ceuta de las siguientes materias y servicios:
- 38) Limpieza púbica viaria y recogida de todo tipo de residuos.

Segundo.- Dese cuenta al Pleno de la Asamblea en la próxima sesión que celebre.
Tercero.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.