Resolución de 13 de enero de 2021 de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de La Junta de Castilla y León en Valladolid, por la que se dispone el Registro, Depósito y Publicación del Calendario Laboral Subsidiario del Sector para el año 2021 del Convenio Colectivo de la Industria del Metal de Valladolid
- ÓrganoConsejería de Empleo e Industria
- Publicado en
- Vigencia desde 01 de Enero de 2021. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2021


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Sumario

Vista la documentación relativa a la subsanación del Calendario Laboral subsidiario del sector para el año 2021 del Convenio Colectivo de la Industria del Metal de Valladolid (Código 47000455011981), acordado en Comisión Negociadora de dicho Convenio Colectivo de fecha 18 de diciembre de 2020, con fecha de entrada en este Organismo a través del Registro Telemático de Convenios el día 12 de diciembre de 2020, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2.1.h) del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y Real Decreto 831/1995, de 30 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de trabajo (ejecución de legislación laboral) y la Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre de 2017, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo, con relación a lo dispuesto en el Decreto 33/2016, de 22 de septiembre, en materia de elaboración y aprobación de estructuras orgánicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, esta Oficina Territorial
ACUERDA
Primero.- Inscribir el calendario laboral subsidiario del sector para el año 2021 del Convenio Colectivo de la Industria del Metal de Valladolid, en el correspondiente Registro de este Organismo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Depositar un ejemplar del mismo en esta Entidad.
ACTA DE LA REUNIÓN DE 18.12.2020 DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE LA INDUSTRIA DEL METAL DE VALLADOLID
En Valladolid, siendo las trece horas del día dieciocho de diciembre del dos mil veinte, se reúnen de forma online los señores que a continuación se relacionan en la representación que consta, como miembros designados a estos efectos de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la Industria del Metal de Valladolid:
REPRESENTACIÓN EMPRESARIAL.
POR LA ASOCIACIÓN EMPRESARIAL METALÚRGICA DE VALLADOLID Y PROVINCIA: D. E S V y DON J DEL V M.
REPRESENTACIÓN SINDICAL.
POR U.G.T: D. J C L P.
POR CC.OO: D. E I H.
PRIMERO.- El objeto de la reunión es la confección del calendario laboral subsidiario del sector para el año 2021, de conformidad con lo previsto en el último párrafo del artículo 33 del vigente convenio colectivo del sector.
Iniciada la reunión, por las partes se reiteran ampliamente sus criterios sobre el asunto de la misma y, una vez analizadas las razones expuestas y situación en la que nos encontramos después de las negociones habidas, se llega al siguiente acuerdo:
1º.- Jornada de trabajo en 2021: 1.744 horas de trabajo efectivo, salvo modificación, al respecto, en nuevo convenio colectivo.
2º.- Vacaciones: 30 días naturales.
3º.- Descanso semanal: sábados y Domingos.
4º.- Fiestas Laborales: Las 12 autonómicas-nacionales más dos locales, total 14 de las cuales 2 caen en sábado.
5º.- Días de descanso en 2021: Los días 14 de mayo; 7, 24 y 31 de diciembre; y dos días más de descanso que se concretan en las tardes de la semana de ferias de la localidad donde radique la empresa.
6º.- La empresa que se rija por el calendario subsidiario, respetará su jornada habitual.
7º.- Las empresas que tengan calendario propio, no se verán afectadas por el calendario subsidiario del metal.»
SEGUNDO.- Finalmente, se designa y delega en Don C M S y perteneciente a la UGT, a fin de que lleve a cabo el registro, deposito e inscripción de la presente acta, así como todos los demás actos que fueran necesarios o convenientes ante el Registro de Convenios Colectivos correspondiente
Y siendo las catorce horas del mismo día, firman en prueba a cuanto se refleja en la presenta acta un representante de cada una de las organizaciones.