Decreto del Consejero de Medio Ambiente y Servicios Urbanos, D. Yamal Dris Mojtar, por el que se aprueban nuevas tarifas aplicables para la prestación de servicio de ITV en Ceuta en el año 2021
- ÓrganoCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
- Publicado en BOCCE núm. 6064 de 26 de Enero de 2021
- Vigencia desde 27 de Enero de 2021
Sumario
Considerando que por resolución de 21 de diciembre de 1994 el Ministerio de Industria y Energía adjudicó el contrato de concesión administrativa para la explotación de una estación de inspección técnica de vehículos en Ceuta a la empresa Inspección Técnica de Vehículos Leonesa, S.A. (ITEVELESA), formalizándose el con- trato el día 16 de febrero de 1995.
Considerando que por decreto de la Consejera de Economía, Hacienda, Administración Pública y Empleo de 10 de julio de 2018 se aprobó la prórroga de dicho contrato por un periodo de cuatro años, contados a partir del día 16 de febrero de 2019.
Considerando que desde la formalización del contrato inicial las tarifas aplicables por la empresa concesionaria para la prestación del mencionado servicio han sido objeto de revisión anual, siendo la última de ellas aprobada mediante resolución de 16 de enero de 2020 (B.O.C.CE. no 5.959, de 24 de enero de 2020).
Considerando que se ha recibido petición de la citada empresa de aprobación de las nuevas tarifas aplicables para el año 2021, en los términos contractualmente establecidos.
Considerando que a tenor de lo previsto en la Claúsula 9. E.I. del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigió el concurso para la adjudicación de contrato y de de la Cláusula B del contrato concesional, la actualización de las tarifas será efectuada con carácter ordinario al inicio de cada año natural que comienza el 1º de enero, de acuerdo con la variación internanual del «Índice de Precios al Consumo» para el conjunto de Territorio Nacional registrada en el mes de octubre del año anterior.
Considerando que según las estadísticas oficiales publicadas por el INE, referidas a «Índice de precios de consumo. Base 2016=100.Índice general. Nacional»,la variación en el período octubre 2019 a octubre 2020 ha sido del -0,8%.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 224/2008, de 15 de febrero, y en los Decretos de la Presidencia de 2 de marzo de 2010 (B.O.C.CE. Extraordinario no 19, de 03-03-2020) y de 8 de octubre de 2020 (B.O.C.CE. no 6.034, de 13 de octubre de 2020), HE RESUELTO:
1) Aprobar la actualización ordinaria al -0,8% de las tarifas por Inspección Técnica de Vehículos, que se fija- ron por la precitada resolución de 16 de enero de 2020.
2) Aprobar las nuevas tarifas de Inspección Técnica de Vehículos para el año 2021, que figuran en el siguiente:
ANEXO
Tarifas de Inspección Técnica de Vehículos aplicables por la Entidad concesionaria del Servicio denominada «GRUPO ITEVELESA», a partir del 1 de enero de 2021.
3) Aprobar que en los supuestos de resultar obligada una segunda o sucesivas revisiones por no haberse superado las anteriores, la tarifa se liquidará por el 70 por 100 de la cuantía correspondiente según el cuadro de tarifas.
Si el plazo de presentación para la segunda revisión fuera superior a sesenta días, deberá reali zarse una revisión completa del vehículo, aplicándose la tarifa completa en su totalidad.
4) Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta.