Atención norma derogada, ver regulación posteriorResolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores de 4 de febrero de 2021 por la que se modifica el anexo en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021
- ÓrganoConsejería de Hacienda y Relaciones Exteriores
- Publicado en BOIB núm. 016 de 06 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 06 de Febrero de 2021. Revisión vigente desde 06 de Febrero de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Norma afectada por
- 6/2/2021
- LE0000714975_20210101
Acuerdo Consejo de Gobierno 20 Dic. 2021 CA Illes Balears (Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023)
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Véase Acuerdo del Consejo de Gobierno, 20 diciembre 2021, por el cual se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2021-2023 («B.O.I.B.» 23 diciembre).
LE0000688338_20210206

Hechos
1. Mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 (BOIB núm. 31, de 10 de marzo), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, el cual ha sido prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021 (BOIB núm. 11, de 26 de enero).
2. El carácter estimativo de las cuantías que se prevén en el Plan Estratégico y el tiempo transcurrido desde que se aprobaron hacen necesario ajustar las previsiones contenidas en el anexo, con la modificación de una serie de ayudas gestionadas por el Instituto Balear de la Mujer (Consejería de Presidencia, Cultura e Igualdad) concretamente en la línea 2.1 (subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres) y en la línea 2.9, (subvenciones para entidades públicas de ámbito local para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres ) ambas del objetivo III (lucha contra las desigualdades), con la finalidad, además, de reflejar el marco de las convocatorias que se han publicado y las que se publiquen mientras permanezca vigente este Plan.
3. En el apartado 3 del Acuerdo del Consejo de Gobierno mencionado, la aprobación y las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan a la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Corresponde, por lo tanto, a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores aprobar o modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en que se nombra la señora Rosario Sánchez Grau consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2018-2020, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de marzo de 2018 y prorrogado mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de enero de 2021, en relación al objetivo III, sobre lucha contra las desigualdades, y más concretamente los puntos III.2.1 y III.2.9, relativos a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en el siguiente sentido:
Donde dice:
III.2.1Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
Objetivos y efectos: promover proyectos destinados a dar apoyo al movimiento asociativo que tenga como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidas a erradicar la violencia contra las mujeres
Coste: 200.000 €
Convocatoria: anual
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
III.2.9 Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: subvenciones para entidades públicas de ámbito local para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
Objetivos y efectos: promover proyectos enmarcados en les medidas del Pacto de Estado contra las violencias machistas que tengan como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres
Coste: 2.200.000 € (2019:1.100.000 €; 2020: 1.100.000 €)
Convocatoria: plurianual (2019-2020)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
Debe decir:
III.2.1. Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: subvenciones para entidades sin ánimo de lucro para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
Objetivos y efectos: promover proyectos destinados a dar apoyo al movimiento asociativo que tenga como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidas a erradicar la violencia contra las mujeres
Convocatoria: anual
Coste: 760.000€ 2018 (60.000€); 2019 (FF19090: 200.000€); 2020 (FF20090:200.000€); 2021(FF21090: 300.000€)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
III.2.9. Dirección general o entidad: Instituto Balear de la Mujer
Fuente de financiación: capítulo IV
Descripción: subvenciones para entidades públicas de ámbito local para financiar proyectos de fomento y de apoyo a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
Objetivos y efectos: promover proyectos enmarcados en les medidas del Pacto de Estado contra las violencias machistas que tengan como finalidad fomentar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y/o dirigidos a erradicar la violencia contra las mujeres
Convocatoria: plurianual (2019-2020 i 2021-2022)
Coste: 3.400.000€ 2019 (FF19090:1.100.000€); 2020 (FF20090:1.100.000€); 2021(FF21090: 600.000€; 2022 (FF22090: 600.000 €)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que los efectos de esta Resolución se produzcan desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.