CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden ARP/34/2021, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis para la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad (DOGC núm. 8338, de 10.2.2021)
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
- Publicado en DOGC núm. 8345 de 19 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 11 de Febrero de 2021


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Sumario
Habiendo observado erratas en el texto de la mencionada Orden, enviada al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y publicada en el número 8338, de 10.02.21, se detalla la corrección oportuna:
En la página 3/15, en el punto 2 a) del Anexo 1:
Donde dice:
«A) Tener ubicadas en Cataluña sus instalaciones de elaboración.».
Debe decir:
- «A) Deben tener ubicadas en Cataluña sus instalaciones de elaboración.».
En la página 5/15, en el punto 7.1 f) del Anexo 1:
Donde dice:
«f) Indicación de cuales de los cuatro supuestos de los criterios de valoración establecidos en el punto 9 de este anexo se cumplen.».
Debe decir:
- «f) Indicación de cuales de los cinco supuestos de los criterios de valoración establecidos en el punto 9 de este anexo se cumplen.».
En la página a 6/15, en el punto 9.1 del Anexo:
Donde dice:
«9.1 Los criterios de valoración de las solicitudes serán los siguientes:
Las solicitudes presentadas de la ayuda serán valoradas en relación con el cumplimiento de los criterios de prioridad y atribución en el orden siguiente:
La compra es de MCR ecológico que proviene de mosto producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y el espumoso de calidad a elaborar se ampare en la misma DOP de donde procede la uva; y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a los 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
a) La compra no es totalmente de MCR ecológico producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y el espumoso de calidad se ampare en la misma DOP de donde procede la uva; y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a los 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
b) La compra es de MCR ecológico que procede de mosto producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a los 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
c) La compra no es totalmente de MCR ecológico producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a 200 km respecto a las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
d) La compra es de MCR que cumple alguno de los cuatro criterios de prioridad previstos en las letras precedentes, en el mismo orden de prioridad establecido, en distancias superiores a 200 km entre el lugar de producción del mosto, el MCR y las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda. ».
Debe decir:
«9.1 Los criterios de valoración de las solicitudes serán los siguientes:
Las solicitudes presentadas de la ayuda serán valoradas en relación con el cumplimiento de los criterios de prioridad y atribución en el orden siguiente:
- a) La compra es de MCR ecológico que procede de mosto producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y el espumoso de calidad a elaborar ampare en la misma DOP de donde procede la uva; y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a los 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
- b) La compra no es totalmente de MCR ecológico producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y el espumoso de calidad ampare en la misma DOP de donde procede la uva; y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a los 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
- c) La compra es de MCR ecológico que procede de mosto producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a los 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
- d) La compra no es totalmente de MCR ecológico producido con uva apto para una DOP que tenga espumosos de calidad en su pliego de condiciones y que todo el proceso (producción del mosto y del MCR) se haya producido en un radio inferior a 200 km respecto de las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda.
- e) La compra es de MCR que cumple alguno de los cuatro criterios de prioridad previstos en las letras precedentes, en el mismo orden de prioridad establecido, en distancias superiores a 200 km entre el lugar de producción del mosto, el MCR y las instalaciones de la persona solicitante de la ayuda. ».