Orden de 9 de febrero de 2021, por la que se modifica la Orden de 10 de septiembre de 2019, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, de delegación de competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería
- ÓrganoCONSEJERÍA DE FOMENTO E INFRAESTRUCTURAS
- Publicado en BORM núm. 42 de 20 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 23 de Febrero de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único Modificación de la Orden de 10 de septiembre de 2019, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería
- DISPOSICIONES FINALES
El Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma n.º 29/2019, de 31 de julio, de Reorganización de la Administración Regional, dispone que la Consejería de Fomento e Infraestructuras es el Departamento de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encargado de la propuesta, desarrollo y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno en materia de vivienda.
Por su parte, el artículo 5 del Decreto n.º 175/2019 de 7 de septiembre, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, dispone que: «La Dirección General de Vivienda ejercerá las competencias asignadas a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de vivienda.»
Mediante Orden de 10 de septiembre de 2019, publicada en el BORM de 13 de septiembre de 2019, se delegan competencias en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería.
Con el fin de precisar la delegación de competencia para la firma de las escrituras de cancelación de hipotecas en favor del titular de la Dirección General de Vivienda, se considera necesaria la modificación de su artículo 1.6. a) apartado 5.º.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concordancia con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
Dispongo:
Artículo único Modificación de la Orden de 10 de septiembre de 2019, de la Consejería de Fomento e Infraestructuras, por la que se delegan competencias del titular del departamento en los titulares de los Órganos Directivos de la Consejería
Se modifica el artículo 1.6. a) apartado 5.º, que pasará a tener la siguiente redacción:
- a) En el titular de la Dirección General de Vivienda:
- 5.º La realización de actos y formalización de los documentos públicos y/o privados necesarios para proceder a la ejecución material de las competencias delegadas en este artículo, incluida la formalización de escrituras de cancelación de hipotecas.

Disposición final única
La presente Orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.