RESOLUCIÓN EDU/443/2021, de 16 de febrero, por la que se crea el Programa de innovación pedagógica FuturaFP
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE EDUCACION
- Publicado en DOGC núm. 8349 de 24 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 16 de Marzo de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- ANEXO. Contenido del Programa de innovación pedagógica FuturaFP.
- 1.Finalidad, líneas básicas, objetivos y ámbitos del Programa de innovación FuturaFP.
- 2.Descripción
- 3.Destinatarios
- 4.Órgano impulsor
- 5.Duración
- 6.Compromisos de los centros participantes
- 7.Actuaciones y recursos
- 8.Evaluación
- 9.Selección
- 10Certificación de las actividades
- 11.Memoria de seguimiento y evaluación del proyecto
- 12.Inspección
- 13.Centros participantes
- 14.Protección de datos
- 15.Protección intelectual
La Ley 12/2009, del 10 de julio, de educación, establece en el apartado 6 del artículo 62, relativo a la Formación profesional, que los currículums de las enseñanzas de formación profesional inicial tienen que atender la innovación, las necesidades educativas de los sectores económicos, las iniciativas de sectores nuevos y los mercados emergentes. Y, en el artículo 84, sobre los Proyectos de innovación pedagógica, se prevé que estos puedan referirse a diferentes centros educativos, así como la posibilidad de que estén vinculados a la universidad, sectores económicos y otras organizaciones. En definitiva, se insta al desarrollo de los proyectos que tienen que llevar la innovación en la escuela poniendo la mirada en el contexto interno y externo, en los diferentes agentes socioeconómicos y con un enfoque que dé respuesta en los nuevos escenarios de futuro.
En el preámbulo de la Ley 10/2015, del 19 de junio, de formación y cualificación profesionales, en relación con el párrafo anterior, se hace referencia a que los sistemas de educación y formación europeos tienen que reunir una serie de características para responder a los retos actuales y futuros. Los sistemas tienen que ser flexibles y de alta calidad; tienen que adaptarse a la evolución del mercado laboral e identificar y atender los sectores emergentes; tienen que garantizar la prestación de la formación adaptada a una sociedad más longeva; tienen que garantizar la sostenibilidad y la excelencia de la educación y la formación profesional ateniéndose a criterios de garantía de la calidad; tienen que preparar a las personas para que gestionen sus competencias, especialmente las competencias clave, y se adapten al cambio; y tienen que eliminar los obstáculos a la movilidad transnacional de profesores y alumnos.
El Decreto 102/2010, de 3 de agosto, de autonomía de los centros educativos, atribuye, en el artículo 16, a los centros, la facultad de desarrollar proyectos de innovación pedagógica y curricular, de acuerdo con su proyecto educativo.
La Orden ENS/303/2015, de 21 de septiembre, sobre el reconocimiento de la innovación pedagógica, determina en el artículo 2 las modalidades de innovación pedagógica y, entre otros, incluye los programas de innovación, que consisten en planes de acción que Departamento de Educación prioriza e impulsa, y que tienen como finalidad mejorar los resultados del sistema educativo adecuándolo al cambio y a la evolución social.
El Programa de innovación pedagógica FuturaFP se enmarca dentro del ámbito de las políticas educativas del Plan de Gobierno de la XII Legislatura, aprobado por Acuerdo de gobierno de 19 de junio de 2018, favoreciendo la consolidación del trabajo en red entre centros educativos como sistema de transformación de los centros y para la mejora de la gobernanza de la administración educativa.
El impulso de la investigación y del desarrollo a través de la identificación, implementación, mejora continua y difusión de la innovación educativa, tiene que servir para obtener en los centros participantes unos resultados que satisfacen las necesidades y expectativas de una Formación Profesional de calidad de los diferentes agentes que intervienen y que están directamente implicados en los centros participantes: alumnado, profesorado y empresas; en el presente y el futuro; a la vez que se disemina en el resto del sistema educativo de la Formación Profesional.
El compromiso en la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible que establecen las Naciones Unidas para el 2030 son un referente que debe tenerse en cuenta cuando hablamos de innovación en el ámbito educativo en general y en la Formación Profesional en particular. La educación de calidad, la igualdad de género, el trabajo digno y crecimiento económico, la reducción de las desigualdades y la búsqueda de alianzas para alcanzar los objetivos, forman parte, entre otros, de las preguntas que el desarrollo de las acciones del Programa de innovación pedagógica FuturaFP tiene que ayudar a responder.
Este programa de innovación pretende ser una palanca de transformación de la Formación Profesional de Cataluña hasta alcanzar la excelencia del sistema, por eso se enfoca a dar respuesta a las recomendaciones del Consejo y las propuestas de la Comisión Europea del 2020 en materia de FP para dar apoyo a la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia; así como las aportaciones complementarias de la declaración de Osnabrück 2020 con el fin de construir una FuturaFP moderna e innovadora, que dé apoyo a la transición digital y verde y así estar en disposición de mejorar la empleabilidad y la competitividad estimulante el crecimiento económico.
El trabajo de la formación de los aprendices en colaboración con las empresas, la calidad de la formación y calificación, tendrán como consecuencia la adquisición de capacidades y competencias que permitirán obtener una elevada inserción, junto con la garantía de una oferta de formación profesional a lo largo de la vida, tienen que sumar suficientes activos para aumentar el atractivo de la oferta de Formación Profesional entre la juventud hasta alcanzar los objetivos del marco EQAVET contextualizados para Cataluña.
La experiencia adquirida en relación con la modificación de los contextos de enseñanza y aprendizaje, acelerados por el efecto de la COVID19, requiere la efectiva digitalización de la oferta de Formación Profesional, los instrumentos pedagógicos y las metodologías didácticas, la movilidad internacional, los procesos de orientación, seguimiento y evaluación, garantizando el acceso a los entornos personales de aprendizaje de manera tal que garantice la inclusión, se asegure la equidad y se elimine, significativamente, el abandono prematuro del alumnado del sistema de Formación Profesional sin cualificar, y se logre la titulación y la adecuada inserción.
Actualmente ya existen ejemplos de centros avanzados en cada uno de sus procesos, por eso es del todo necesario aprovechar los aprendizajes de estos centros educativos más innovadores y construir canales de comunicación abiertos y eficaces entre su profesorado, proporcionando un contexto de trabajo participativo en redes de profesorado, que facilite la comunicación y asegure la transferencia de conocimiento de alto nivel entre iguales. La administración educativa, a su vez, tiene que proporcionar apoyo, acompañamiento y recursos, requisitos necesarios para impulsar el desarrollo de proyectos conjuntos entre los diferentes centros del sistema educativo, los cuales tienen que ser palanca de transformación de la necesaria y permanente modernización de la Formación Profesional.
Por todo ello,
Resuelvo:
Crear el Programa de innovación pedagógica FuturaFP con el contenido que se establece en el anexo.
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el consejero de Educación, según lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.
Anexo
Contenido del Programa de innovación pedagógica FuturaFP.
1. Finalidad, líneas básicas, objetivos y ámbitos del Programa de innovación FuturaFP.
1.1 La finalidad del Programa de innovación FuturaFP es proporcionar a los centros participantes los recursos, instrumentos y conocimiento necesarios para desarrollar una oferta educativa de Formación Profesional innovadora, enfocada a dar respuesta a las necesidades de las personas y también a las socioeconómicas, de presente y de futuro en Cataluña, en los diferentes ámbitos profesionales y territorios.
1.2 Las líneas básicas que guiarán el Programa de innovación pedagógica FuturaFP son:
- - La construcción de una Formación Profesional moderna que capacite para atender las necesidades de desarrollo personal, social y profesional de los estudiantes.
- - La respuesta a las necesidades de los entornos socioeconómicos de referencia.
- - La adquisición, transformación y diseminación del conocimiento entre iguales en un contexto de redes de centros participantes, con el intercambio de experiencias y buenas prácticas educativas, de gestión de los recursos de las familias profesionales y de interacción con los diferentes contextos de influencia, así como la vigilancia, prospectiva, investigación, implementación y transferencia de la innovación de la Formación Profesional dentro y fuera de Cataluña.
1.3 Los objetivos del Programa de innovación pedagógica FuturaFP son los siguientes:
- - Detectar los nuevos escenarios de futuro en cada ámbito profesional, haciendo prospectiva, vigilancia tecnológica-científica, creando contextos de reflexión, debate y toma de decisiones, con el fin de trabajar en redes de centros.
- - Definir e iniciar los ámbitos de investigación e innovación en las dimensiones de organización y gestión, en el aula y en el contexto de la familia profesional participante, y los ciclos formativos y enseñanzas profesionalizadoras que forman parte de la misma.
- - Identificar y formular propuestas de equipamientos idóneos: reales y de simulación.
- - Elaborar y difundir propuestas didácticas intra e intercentros, en el ámbito de Cataluña y también fuera de ella.
- - Crear, gestionar y diseminar el conocimiento educativo profesional en formatos abiertos.
- - Proponer sistemas de cooperación para hacer un uso compartido del conocimiento, hardware y equipamiento didáctico de los centros.
- - Determinar y proponer acciones para impulsar en los centros metodologías educativas activas e innovadoras, de calidad, que a través del fortalecimiento de las capacidades claves del alumnado busquen la consecución de los resultados de aprendizaje profesionales; que estimulen la emprendeduría, la movilidad internacional, la coparticipación de las empresas y otros proyectos que sean palanca de transformación de la Formación Profesional y de las personas que forman parte.
- - Trabajar con las empresas y entidades de referencia necesidades del personal técnico en el presente y futuro, equipamientos, FCT-dual, dual internacional, visitas, jornadas, innovaFP, uso de instalaciones conjuntas, formación de alumnado por expertos, convenios de colaboración, cooperación en campeonatos de Skills, y otros proyectos conjuntos.
- - Impulsar el desarrollo de la carta de servicios de la Formación Profesional de Cataluña en los centros, las empresas, personas usuarias, entidades e instituciones.
- - Diseñar, actualizar, implementar y compartir otras acciones alineadas con las finalidades del programa.
- - Impulsar y desarrollar en el seno de las Familias profesionales las acciones y aprendizajes desarrollados por los Programas y proyectos impulsados por la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.
1.4 El Programa de innovación pedagógica FuturaFP se enmarca básicamente en los tres ámbitos de innovación definidos en el Marco de la Innovación pedagógica de Cataluña: metodologías y recursos para la mejora de la enseñanza y el aprendizaje, organización y gestión educativa, y relación y cooperación con la comunidad educativa y el entorno.
2. Descripción
2.1 El Programa de innovación pedagógica FuturaFP desarrolla un modelo de cambio que aprovecha el conocimiento acumulado por el sistema de formación profesional y de su relación con las empresas, hace prospectiva de necesidades futuras y pone en marcha procesos de investigación y transformación de los proyectos educativos de cada uno de los centros participantes para ofrecer a la sociedad una Formación Profesional moderna, alineada con las necesidades presentes y futuras.
2.2 Los centros que participan en el programa, diseñan e implementan estrategias de mejora que abarcan desde el diseño de los programas educativos hasta la concreción en acciones y proyectos que se desarrollan.
2.3 Los programas de cada centro se diseñan con los elementos necesarios que aseguren la consecución de los objetivos, mediante metodologías ágiles de gestión de la calidad y la innovación. La consecución de las responsabilidades asociadas y la restitución de cuentas forma parte intrínseca de los valores de los centros participantes.
3. Destinatarios
3.1 Los destinatarios del Programa de innovación pedagógica FuturaFP son los centros educativos sostenidos con fondos públicos que imparten enseñanzas profesionales.
3.2 El programa de innovación pedagógica FuturaFP se constituye mediante centros de Formación Profesional participantes en redes de centros organizadas por familias profesionales, coordinadas por responsables de ámbitos sectoriales que determinan las estrategias definidas de acuerdo con la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial.
4. Órgano impulsor
La Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial organiza y gestiona el Programa de innovación pedagógica FuturaFP.
5. Duración
La participación de los centros en el Programa tendrá lugar en ciclos de una duración de 3 cursos, a partir de los cuales los centros podrán comunicar su participación en sucesivos ciclos de desarrollo del programa con retos a alcanzar cada vez de superior entidad.
6. Compromisos de los centros participantes
La participación del centro en el programa supone la aceptación de los siguientes compromisos:
- a) Designar a un responsable que participará en las diferentes reuniones y actividades del Programa de innovación. Este responsable tiene que ser el jefe del departamento o seminario de Formación Profesional correspondiente a la Familia profesional a la que el centro pretende aplicar el Programa de innovación pedagógica FuturaFP. Igualmente es conveniente la participación de un responsable del equipo directivo.
- b) Desarrollar, debidamente contextualizado, en el centro, y en concreto en la familia profesional participante, los aprendizajes alcanzados del programa de innovación, y posibilitar la difusión entre el claustro de profesorado del centro.
- c) Asumir y participar activamente en la consecución de los compromisos y objetivos anuales que las diferentes redes de trabajo que el programa establezca.
- d) Facilitar a la coordinación del programa, espacios y equipamiento adecuados para celebrar en modalidad híbrida las sesiones de red del programa.
- e) Posibilitar e impulsar la transferencia de conocimiento y el desarrollo de proyectos conjuntos, entre los diferentes centros participantes en las redes del programa.
- f) Estar en disposición de asumir responsabilidades añadidas de referencia de la familia profesional y las redes de Formación Profesional de los futuros centros de investigación, innovación y transferencia del conocimiento de la Formación Profesional en Cataluña, que se puedan crear.
- g) Asegurar la continuidad del centro al menos los 3 cursos de duración de cada ciclo de aplicación del Programa.
- h) Proporcionar a la coordinación del programa las acciones relevantes, los indicadores y resultados en el centro que tienen que configurar la memoria anual.
El incumplimiento de los compromisos puede dar lugar a la baja del centro en el Programa.
7. Actuaciones y recursos
7.1 El órgano impulsor determinará los recursos, las actuaciones y el apoyo necesarios para desarrollar el programa para cada familia profesional.
7.2 Con carácter general el programa ofrece a todos los centros participantes las siguientes actuaciones y recursos:
- a) Programa anual, orientación, asesoramiento, apoyo y facilitación para el desarrollo de los objetivos, para la aplicación de actuaciones en el centro y su evaluación.
- b) Coordinación y formación de los participantes en las redes de centros del programa.
- c) Apoyo para establecer los mecanismos de transferencia de conocimiento y buenas prácticas de las experiencias innovadoras.
- d) Recursos económicos y materiales por los centros dependientes del Departamento de Educación, adecuados para desarrollar la finalidad y objetivos del programa, en función de las disponibilidades presupuestarias.
8. Evaluación
8.1 La Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial tiene que establecer los mecanismos con el fin de realizar evaluaciones periódicas del grado de consecución de los objetivos, la presentación de los resultados y del impacto del Programa.
8.2 Los centros participantes recogerán, al menos, los resultados de los indicadores de calidad que la coordinación del programa determine, que incluirán en la memoria anual a fin de que la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial realice el análisis de resultados y las propuestas de mejora pertinentes para la consecución de las finalidades del Programa.
8.3 Cada curso, los centros implementarán las mejoras necesarias para el correcto funcionamiento del programa y la consecución de los objetivos propuestos.
8.4 Los centros trabajarán, con el fin de difundir los aprendizajes y conocimiento alcanzado, para favorecer la extensión de las finalidades del Programa de innovación pedagógica FuturaFP en el resto de las familias profesionales y centros, así como la integración en su Proyecto Educativo.
9. Selección
9.1 Procedimiento de selección:
- - Cada curso, la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial, publicará una Resolución en el DOGC para convocar el número de centros que pueden ser admitidos en cada una de las redes por familias profesionales que el Programa de innovación pedagógica FuturaFP desarrolla a partir de aquel curso.
- - Los centros participantes se asignarán en proporción 90% centros públicos y 10% para centros de titularidad privada sostenidos con fondos públicos.
- - La comisión de selección podrá aceptar un número superior de centros que quedaran a la espera de vacante o que el Programa pueda incorporar si dispone de los recursos suficientes.
- - Igualmente, cada curso, el órgano impulsor publicará en el Portal de centro la relación de centros seleccionados para participar en el Programa.
9.2 Los requisitos para participar en el Programa de innovación pedagógica FuturaFP son:
- - Tener una oferta de al menos dos ciclos formativos de Formación Profesional.
- - Tener un sistema de gestión de la calidad o estar en disposición de tenerlo en máximo tres cursos.
- - Presentación del proyecto de centro en relación a la calidad, innovación y la modernización de la Formación Profesional.
- - Haber realizado la solicitud y la aceptación de los compromisos asociados a la participación en el Programa.
9.3 Criterios de valoración
- - Número de programas de innovación en los que participa el centro (1 punto por programa hasta un máximo de 4).
- - Número de alumnado de Formación Profesional en el Registro de Alumnos (RALC) (1 punto por cada fracción de 250 alumnos con un máximo de 2 puntos).
- - Número de familias profesionales participantes y calidad del proyecto presentado (0.5 puntos por familia profesional con máximo 2 puntos).
- - Valoración del proyecto de centro en relación a la calidad, innovación y la modernización de la Formación Profesional (de 0 a 2 puntos).
9.4 La solicitud, y el procedimiento para su compleción, se encuentra en el Portal de centro (https://espai.educacio.gencat.cat/Pagines/Inici.aspx).
9.5 La tramitación de la solicitud se tiene que hacer a través de la aplicación solicitudes de Acciones de la Formación Profesional, donde hay que seleccionar el curso, el tipo de acción y adjuntar la documentación requerida en la convocatoria o normativa correspondiente.
9.6 La comisión de selección está constituida por:
- - El subdirector general de Programas y proyectos que actuará de presidente.
- - El subdirector general de la Inspección de Educación o la persona que designe.
- - La jefa del Servicio de Programas y Proyectos de Fomento de las Enseñanzas Profesionales.
- - Un técnico del Servicio Programas y Proyectos de Fomento de las Enseñanzas Profesionales, que actuará como secretario.
La comisión de selección podrá solicitar información complementaria a los servicios territoriales de Educación, a la coordinación territorial de la formación profesional, al Consorcio de Educación de Barcelona y al director o directora del centro solicitante.
9.7 Corresponde a la comisión de selección elaborar la relación de centros candidatos a participar en el Programa con la valoración de cada propuesta y comunicarla al órgano impulsor.
9.8 Corresponde al órgano impulsor del programa revolver la convocatoria y publicar la relación de centros seleccionados en el Portal de centro dentro de los tres meses siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
10 Certificación de las actividades
10.1 Las asistencias a las reuniones de red forman parte del programa de formación permanente y, como tales, son certificables por la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial, como actividades de formación para el profesorado participando de los centros educativos públicos.
10.2 En los centros educativos públicos, tienen la consideración de actividad de innovación educativa, siempre que se lleve a cabo durante todo un curso académico, la coordinación del Programa en el centro. La persona que tendrá derecho al certificado de innovación es el jefe de departamento o seminario, junto con el responsable del equipo directivo, que participe activamente en las redes del Programa y lidere las implementaciones de la innovación en su centro.
10.3 A los efectos que la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial emita el certificado correspondiente, el director o directora del centro educativo tiene que enviar el nombre, apellidos y NIF de la persona coordinadora y responsable del Proyecto (jefe de departamento, seminario, y miembro del equipo directivo, en su caso, con la memoria justificativa que acredite la participación.
11. Memoria de seguimiento y evaluación del proyecto
Los centros tienen que enviar anualmente, finalizado el curso escolar correspondiente, a la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial una memoria del desarrollo del Programa, los resultados alcanzados, la evaluación de las acciones y resultados, las propuestas de futuro en relación al Programa y otras informaciones relevantes para el desarrollo del Programa de innovación educativa FuturaFP.
12. Inspección
La Inspección de Educación supervisa y asesora el desarrollo del Programa de innovación pedagógica FuturaFP.
13. Centros participantes
La Dirección General de Formación Profesional Inicial y Enseñanzas de Régimen Especial, si lo considera oportuno para el normal desarrollo del Programa de innovación pedagógica FuturaFP, puede hacer extensiva la aplicación de este programa en centros que impartan otras enseñanzas.
14. Protección de datos
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas con respecto al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por la que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) y con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal de los solicitantes serán tratados exclusivamente con la finalidad de gestionar y tramitar esta convocatoria de acuerdo con los principios establecidos por la normativa vigente.
Asimismo, los centros educativos participantes se comprometen a dar estricto cumplimiento a la normativa reguladora de protección de datos de carácter personal, antes mencionada.
Corresponde a la dirección de los centros educativos informar a las personas de que participan en el proyecto del tratamiento de sus datos de carácter personal que se deriva de su inclusión, con el detalle de los datos de carácter personal que serán incluidos, las entidades en las cuales se comunicarán y los entornos, si es el caso, donde se harán públicas.
15. Protección intelectual
Todo el material elaborado durante la implementación del Programa de innovación pedagógica FuturaFP se compartirá entre los centros participantes y la coordinación del Programa. Se generará en código abierto y será compartido bajo una licencia de Creative commons mínima de: Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual (CC BY-NC-SA).