Resolución del Presidente del Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia prorrogando el plazo para rendir la información por los entes sujetos a la Ley 12/2014 de 16 de diciembre de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia
- ÓrganoOTROS
- Publicado en BORM núm. 46 de 25 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 26 de Febrero de 2021


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Sumario
Mediante Resolución de 9 de diciembre de 2020, del Presidente del Consejo de la Transparencia de la Región de Murcia (publicada en el BORM de n.o 228 de 14 de diciembre de 2020) se aprobó la aplicación telemática para el control y evaluación de los Índice de Transparencia (IT-Región de Murcia) de la publicidad activa de los entes sujetos a la Ley 12/2014 de 16 de diciembre de Transparencia y Participación Ciudadana de la Región de Murcia.
En el apartado sexto de esta resolución, referente a la remisión de información, se señala que el periodo de carga de información y autoevaluación finalizaría el día 18 de febrero de 2021 y le seguiría un periodo de prórroga, desde el día 22 al 26 de febrero de 2021, para aquellas entidades que no hayan cumplimentado la autoevaluación en el periodo ordinario.
La Resolución contempla también que excepcionalmente se podrá abrir una prorroga extraordinaria a partir del día 26 de febrero de 2021.
A la vista del número de entidades que han remitido la información y de las que aún no lo han hecho, y, teniendo en cuenta que es la primera vez que las entidades sujetas a control son evaluadas por el Consejo, en aras a facilitar la rendición de información por el mayor número de entidades posible, se considera conveniente prorrogar el plazo que fue concedido para rendir la información.
Por lo expuesto, resuelvo, prorrogar el plazo previsto para rendir la información, en la Resolución de 9 de diciembre de 2020. Este periodo de prórroga extraordinario comenzará el día 1 de marzo y finalizará el día 15 del mismo mes de 2021.