Decreto nº 297 de fecha 25 de febrero de 2021, relativo a la aprobación definitiva de la zonificación acústica de la Ciudad Autónoma de Melilla
- ÓrganoCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
- Publicado en BOCME núm. 5838 de 26 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 27 de Febrero de 2021


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Sumario
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- INTRODUCCION
DECRETO No 2021000297 DE FECHA 25 DE FEBRERO DE 2021, RELATIVO A LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ZONIFICACIÓN ACÚSTICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 25 de febrero de 2021, registrado al número 2021000297, en el Libro Oficial de Resoluciones No Colegiadas, ha decretado lo siguiente:
LA EXMA. ASAMBLEA EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DE FECHA 22 DE FEBRERO DE 2021, ADOPTÓ ENTRE OTROS EL SIGUIENTE ACUERDO:
RESOLUCIÓN ALEGACIONES Y APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA «ZONIFICACIÓN ACÚSTICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA».-Se somete a aprobación del Pleno de la Asamblea el Dictamen de la Comisión Permanente de Medio Ambiente y Sostenibilidad adoptado por unanimidad en sesión ordinaria celebrada el pasado día 14 de enero de 2021 por la que se propone, una vez aceptada la alegación presentada el 15 de mayo de 2020 por José María Rodríguez López, la aprobación definitiva de la Zonificación Acústica de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Primero. –
La Excma. Asamblea de Melilla en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 11 de julio de 2018 acordó LA APROBACION DE LA ZONIFICACIÓN ACUSTICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, así como su publicación en el BOME y la apertura de un plazo de información pública de 30 días para la presentación de alegaciones.
Dicha publicación se realizó en el BOME No 5577 de 28 de agosto de 2018, sin que se hubieran recibido alegaciones.
Segundo. -
Al no haberse procedido a la aprobación definitiva por la Excma. Asamblea y la correspondiente publicación en el Boletín Oficial de Melilla, se procedió a una nueva publicación y apertura de información pública en el BOME No 5754 del 8 de mayo de 2020, habiéndose recibido una alegación.
Tercero. -
Que con fecha 15 de mayo de 2020 se recibe alegación a la zonificación acústica por parte de
D. JOSÉ MARÍA RODRÍGUEZ LÓPEZ, en la cual alega: «Que el Edificio Tesorillo se sitúa en la calle Fernández Cuevas número 3 y en el plano de Zonificación Acústica este edificio se clasifica como área acústica tipo D, que corresponde a un uso terciario.
Debiendo destacarse que se trata de un edificio residencial formado por 60 viviendas (plantas primera a tercera), con una planta baja dedicada a un local comercial y planta sótano dedicada a garaje. Así mismo, en relación con la coordinación entre la Zonificación Acústica y el PGOU, se destaca que dicho edificio está considerado como residencial. Sobre la base de lo expuesto, solicito que se realice una modificación de la Zonificación Acústica, definiendo el área abarcada por el Edificio Tesorillo (Calle Fernández Cuevas número 3) como área acústica de tipo A (residencial).»
Cuarto. -
Que, por informe del Ingeniero Técnico Industrial, jefe de la Oficina Técnica de Control de la Contaminación Ambiental, se emite informe de 2 de diciembre de 2020, por el que se acepta la alegación recibida, al detectarse un «error de Color» en la impresión de la zona objeto de alegación y otros de similares características fruto del tratamiento informático de los datos y de la impresión. Por lo que se informa favorablemente a la aceptación de la alegación realizada y se rectifica la señalización en el mapa de las zonas acústicas objeto de aprobación. Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea / Consejo de Gobierno, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Medio Ambiente y Sostenibilidad, la adopción del siguiente
ACUERDO:
LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ZONIFICACION ACUSTICA DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA, así como su publicación en BOME.»
Sometida a votación la APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA «ZONIFICACIÓN ACUSTICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA», se aprueba por asentimiento al no suscitarse reparo u oposición de conformidad con el artículo 60 del Reglamento de la Asamblea.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 21009/2018, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
1. La publicación definitiva de LA ZONIFICACIÓN ACUSTICA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
2. Contra este Decreto que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, de conformidad con el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Málaga.