Resolución de 19 de febrero de 2021, del Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2021, presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
- Publicado en BOPV núm. 45 de 03 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 04 de Marzo de 2021


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Sumario
- Norma afectada por
- Norma posterior
- LE0000719752_20220219
R Comisión de Precios de Euskadi de 9 Feb. 2022 CA País Vasco (tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos)
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Véase Res 9 febrero 2022, del Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 18 febrero).
LE0000683681_20201219Véase Res 9 febrero 2022, del Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 18 febrero).
LE0000690583_20210304Véase Res 9 febrero 2022, del Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 18 febrero).
LE0000688190
LE0000715513_20211230R Comisión de Precios de Euskadide 14 de Dic. 2021 CA País Vasco (tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos)
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Véase Res 14 diciembre 2021, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 29 diciembre).
LE0000683681_20201219Véase Res 14 diciembre 2021, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 29 diciembre).
LE0000688190Véase Res 14 diciembre 2021, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 29 diciembre).
LE0000690583_20210304
LE0000711985_20211118R Comisión de Precios de Euskadi de 5 Nov. 2021 CA País Vasco (tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma)
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Véase Res 5 noviembre 2021, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 17 noviembre).
LE0000683681_20201219Véase Res 5 noviembre 2021, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 17 noviembre).
LE0000688190Véase Res 5 noviembre 2021, de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2022, presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi («B.O.P.V.» 17 noviembre).
LE0000690583_20210304



La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 19 de febrero de 2021, ha adoptado el Acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación para general conocimiento.
ACUERDO
En la Dirección de Comercio del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo ha tenido entrada las solicitudes de revisión de tarifas presentada por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2021.
Las tarifas correspondientes al transporte urbano de viajeros en auto-taxi están sujetas a la normativa de control de precios en la modalidad de «precios autorizados de ámbito autonómico», a tenor del artículo 16.4 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio sobre Medidas Urgentes de carácter fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica (BOE nº139, de 8 de junio).
La Comisión de Precios de Euskadi ejerce dicha competencia de acuerdo con el Decreto 35/2010, de 2 de febrero, regulador de la Comisión de Precios de Euskadi (BOPV nº31, de 16 de febrero), y de la Orden de 15 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de revisión de precios autorizados y precios comunicados (BOPV nº128, de 6 de julio).
Las normas mencionadas están dirigidas a conseguir un cierto equilibrio económico, teniendo también su justificación en la necesidad de vigilar los mecanismos de formación de los precios respecto del coste de la vida.
Una vez analizado los expedientes de revisión de las tarifas presentadas para el año 2021, se consideran suficientes y ajustadas a los conceptos incluidos dentro de la estructura de costes de prestación del servicio.
En su virtud, la Comisión de Precios de Euskadi acuerda:
Primero.– Autorizar las tarifas del servicio urbano de auto-taxi para el año 2021, presentadas por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que a continuación se indican, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido:
Tarifa 1* | Tarifa 2** | |
Tarifa mínima **** | 4,30€ | 5,40 € |
Km. recorrido | 0,89639928 € | 1,306068 € |
Hora parada | 23,64 € | 27,03€ |
1) Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz:
- * Aplicable los días laborables desde las 07:00 a las 22:00.
- ** Aplicable los domingos y los días festivos fijados en la correspondiente normativa autonómica y local, así como los sábados, desde las 07:00 horas a las 22:00 horas. Se aplicará igualmente los días laborables entre las 22:00 horas y las 07:00 horas. Los festivos locales son el día de San Prudencio, los días 4 (a partir de las 13:00 horas), 5, 6, 7, 8 y 9 de agosto (fiestas de La Blanca), los días 24 y 31 de diciembre y el día de Olárizu, desde las 13:00 horas.
2) Ayuntamiento de Bergara de la comarca de Alto Deba:
Tarifa I (3) | Tarifa II (4) | |
€ | € | |
Bajada de bandera | 3,6806 | 3,6806 |
Km. Recorrido | 1,1530 | 1,8390 |
Hora de espera | 22,0197 | 34,6147 |
Segundo.– El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en Boletín Oficial del País Vasco.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.