Orden PRE/18/2021 de 26 de febrero, por la que se modifica la Orden del consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, de 13 de diciembre de 2004, por la que se regula la gestión del sistema de numeración de las Órdenes dictadas por los consejeros del Gobierno de Cantabria
- ÓrganoConsejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior
- Publicado en BOC núm. 44 de 05 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 05 de Marzo de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único
- DISPOSICIONES FINALES
La Disposición Adicional de la Orden de 13 de diciembre de 2004, por la que se regula la gestión del sistema de numeración de las Órdenes dictadas por los consejeros del Gobierno de Cantabria, dispone que el consejero de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo dictará las disposiciones necesarias para la actualización del Anexo de esta Orden cuando se modifique el nombre o se proceda a la reorganización de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Teniendo en cuenta que el Decreto 3/2021, de 25 de enero, de Reorganización de Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, ha llevado a cabo una reorganización de la estructura departamental de esta Administración, lo que ha supuesto, a su vez, una modificación del nombre de algunas de las Consejerías, es necesario modificar el Anexo de la Orden de 13 de diciembre de 2004, por la que se regula la gestión del sistema de numeración de las Órdenes dictadas por los consejeros del Gobierno de Cantabria, para adecuarlo a las nuevas denominaciones.
En virtud de cuanto antecede, y una vez seguido el procedimiento establecido en la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
DISPONGO
Artículo único
Se modifica el Anexo de la Orden de 13 de diciembre de 2004, por la que se regula la gestión del sistema de numeración de las Órdenes dictadas por los consejeros del Gobierno de Cantabria, que queda redactado como sigue:
ANEXO
- • Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior: PRE
- • Obras Públicas, Ordenación del Territorio y Urbanismo: OBR
- • Economía y Hacienda: HAC
- • Educación y Formación Profesional: EDU
- • Univesidades, Igualdad, Cultura y Deporte: UIC
- • Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente: MED
- • Industria, Turismo, Innovación, Transporte y Comercio: IND
- • Sanidad: SAN
- • Empleo y Políticas Sociales: EPS

DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.