Resolución 1/2021, de 3 de marzo, por la que se aprueba el protocolo del proceso de deliberación participativa para el diseño y aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050
- ÓrganoDepartamento de Gobernanza
- Publicado en BOG núm. 43 de 05 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 06 de Marzo de 2021


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Sumario
El director general de Participación Ciudadana, con fecha 3 de marzo de 2021, ha dictado la siguiente resolución:
La Dirección General de Medio Ambiente ha iniciado el procedimiento para el diseño de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050 y su aprobación por el Consejo de Gobierno Foral mediante Decreto Foral. En el año 2018 fue aprobada la Estrategia guipuzcoana de lucha contra el cambio climático 2050 (en adelante EGLCC 2050), documento que asume plenamente el espíritu y mandato de la normativa y criterios de la Unión Europea en cuanto a la utilización eficaz de los recursos y su hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050. En este sentido, la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050 desarrollará la Meta nº1 de la EGLCC 2050 (apostar por un modelo energético bajo en carbono) así como las acciones en materia de energía relativas al sector público foral incluidas en la Meta nº9 (Administración Pública guipuzcoana responsable, ejemplar y referente en cambio climático).
Entre los instrumentos de Participación Ciudadana contemplados en la Norma Foral 5/2018, de 12 de noviembre, sobre participación ciudadana, se encuentran los procesos de deliberación participativa. El artículo 12 de dicha Norma Foral los define como el conjunto de actos que se integran en un procedimiento de decisión o determinación de una concreta política pública, cuyo contenido consiste en un debate público sobre la decisión a adoptar y sus características o sobre la forma de gestionar una actuación determinada, así como, en su caso, sobre las alternativas existentes en este ámbito. Los procesos de deliberación participativa podrán realizarse en el seno de procedimientos relativos a la determinación de las políticas públicas que tengan una especial relevancia o impacto en el Territorio Histórico de Gipuzkoa y que formen parte de las competencias que corresponden a la Diputación Foral en su condición de órgano ejecutivo de gobierno del mismo.
Tal y como se indica en Preámbulo de la Norma Foral 5/2018, se trata de una técnica que permite incorporar al procedimiento de decisión toda la riqueza de los intereses y expectativas sociales de una forma que sea beneficiosa para el procedimiento de adopción de decisiones.
Por este motivo y desde sus fases iniciales, el procedimiento de diseño y aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050 lleva asociado un proceso de deliberación participativa que propiciará la implicación en el mismo de diversos agentes sociales e institucionales, en aras a enriquecer el documento con sus aportaciones e incrementar así la transparencia en la acción de gobierno.
A tal fin, se ha elaborado un borrador de protocolo que establecerá las bases de desarrollo de dicho proceso. Así mismo, para poder tomar parte en dicho proceso de deliberación participativa, las entidades ciudadanas y las personas individuales interesadas en intervenir deberán de estar inscritas previamente en el proceso participativo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13.1 de la referida Norma Foral 5/2018, el borrador del protocolo del proceso de deliberación participativa ha sido sometido a un periodo de consulta, por plazo de un mes, para que las entidades ciudadanas, agentes sociales e institucionales así como personas individuales que acrediten ostentar especial interés en el procedimiento puedan realizar aportaciones o sugerencias al mismo.
Finalizado dicho plazo sin que se hubieran recibido aportaciones, el borrador ha sido presentado a la Comisión Foral de Participación Ciudadana. La Comisión, en su sesión de 27 de enero, ha dado por válido dicho documento y ha determinado proceder a la apertura del proceso de deliberación participativa.
A tal efecto, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Norma Foral 5/2018, este director general de Participación Ciudadana
RESUELVE
Primero. Aprobar el protocolo del proceso de deliberación participativa para el diseño y aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050, que se acompaña como anexo a la presente resolución.
Segundo. Abrir un periodo de inscripción en el proceso de deliberación participativa de 30 días naturales, periodo que se iniciará el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de la presente resolución.
La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante la diputada foral del Departamento de Gobernanza en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso que estimen pertinente.
Lo que se publica para conocimiento general.
Protocolo del proceso de deliberación participativa para el diseño y aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050.
1. Introducción: características de la política energética actual y el papel de la ciudadanía.
Con vistas a la 21.ª Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) celebrada en 2015 en Paris (COP21), el Consejo Europeo de octubre de 2014 acordó el marco de actuación de la UE en materia de clima y energía hasta 2030. Teniendo en cuenta dicho horizonte temporal, estableció un objetivo de reducir al menos un 40 % las emisiones de GEI respecto a los niveles de 1990, que posteriormente la Comisión Europea elevó a un 55 % con el objetivo de alcanzar la neutralidad climática para el año 2050 (el Parlamento Europeo ha solicitado recientemente que se eleve la ambición de ese recorte hasta el 60 % –posición del Parlamento Europeo de cara a la negociación de Ley Climática de la UE–). El Acuerdo de Paris es el primer acuerdo universal y jurídicamente vinculante sobre el cambio climático, adoptado en la COP21 en diciembre de 2015 (la UE ratificó formalmente el Acuerdo el 2-10-2016 y entró en vigor el 4 de noviembre del mismo año), que reconoce también el papel de las ciudades, de las regiones y de las administraciones locales en la lucha contra el cambio climático, así como el de la sociedad civil, y las invita a:
- - Intensificar sus esfuerzos y medidas de apoyo para reducir las emisiones.
- - Aumentar la resistencia y reducir la vulnerabilidad a los efectos adversos del cambio climático.
- - Mantener e impulsar la cooperación regional e internacional.
Para alcanzar el objetivo de reducción de GEI, acelerar la transición hacia una economía baja en carbono, dar cumplimiento al Acuerdo de París (2015) y avanzar hacia la consecución de la Unión de la Energía en sus cinco dimensiones (descarbonización, eficiencia energética, seguridad energética, mercado interior e I+i+c), la Comisión Europea elaboró una serie de propuestas normativas entre las que destacan las Directivas de fomento de las energías renovables y de eficiencia energética, también conocidas como el «paquete de Energía Limpia» o «paquete de Invierno», así como el Reglamento de Gobernanza, que determinan, entre otros, la transformación del sistema energético hacia una economía hipocarbónica sostenible y sitúa a la ciudadanía en el centro de la transición energética:
- - Directiva de Eficiencia Energética en Edificios (Directiva 2018/844): promueve un parque inmobiliario descarbonizado en la UE en 2050 sustentado por estrategias nacionales de renovación a largo plazo. Cabe destacar que el 85 % de los edificios en la UE se construyeron hace más de 20 años, y se espera que entre el 85 % y el 95 % sigan en pie en 2050.
- - Directiva de Eficiencia Energética (Directiva 2018/2002): establece un nuevo objetivo de eficiencia energética para la UE en 2030 del 32,5 %, el cual se revisará al alza en 2023.
- - Directiva de fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables (Directiva 2018/2001): fija un nuevo objetivo vinculante de energías renovables en el conjunto de la UE del 32 % en 2030, incluyendo una cláusula de revisión al alza en 2023.
- - Reglamento sobre la gobernanza de la Unión de la Energía y de la Acción por el Clima (Reglamento 2018/1999): establece que cada Estado Miembro tenga que preparar un plan nacional integrado de energía y clima para el periodo 2021-2030, que cubra las 5 dimensiones de la Unión de la Energía (es decir, seguridad energética, mercado interior de la energía, eficiencia energética, descarbonización, e investigación, innovación y competitividad). Asimismo, impulsa un marco regulatorio claro y transparente para el diálogo con la sociedad civil.
Si bien el Reglamento 2018/1999 se refiere a los planes nacionales de energía y clima, consideramos importante hacer hincapié al deber que fija el Reglamento de Gobernanza en relación con la participación ciudadana: «La aplicación de las políticas y medidas en los ámbitos de la energía y el clima tiene un impacto en el medioambiente. Los Estados miembros deben por tanto garantizar que se ofrecen de forma temprana y eficaz oportunidades al público para participar y ser consultado sobre la elaboración de los planes nacionales integrados de energía y clima de conformidad, llegado el caso, con las disposiciones de la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y con el Convenio de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE) sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medioambiente, de 25 de junio de 1998 («el Convenio de Aarhus»). Los Estados miembros deben asimismo garantizar la participación de los interlocutores sociales en la elaboración de los planes nacionales integrados de energía y clima y procurar limitar la complejidad administrativa a la hora de cumplir sus obligaciones en materia de consulta pública.
A la hora de realizar consultas públicas y, en consonancia con el Convenio de Aarhus, los Estados Miembros deben procurar garantizar una participación equitativa, que se informe al público mediante avisos públicos u otros medios apropiados, como los medios de comunicación electrónicos, que el público pueda acceder a todos los documentos pertinentes, y que se instauren modalidades prácticas en lo relativo a su participación.
Cada Estado miembro debe establecer un diálogo energético multinivel permanente que reúna a las autoridades locales, las organizaciones de la sociedad civil, la comunidad empresarial, las y los inversores y otras partes interesadas pertinentes para debatir sobre las diferentes opciones previstas para las políticas energéticas y climáticas».
Por otro lado, en diciembre de 2019 la Comisión Europea presentó el Pacto Verde Europeo para convertir a Europa en el primer continente climáticamente neutro (se trata de paquete de medidas que debe permitir que las empresas y la ciudadanía europea se beneficien de una transición ecológica sostenible).
En este contexto, el 31 de marzo de 2020 fue enviado a la Comisión Europea el texto del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) junto con el anteproyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética, y el borrador de la Estrategia de Transición Justa. Cabe señalar que el PNIEC reconoce en el apartado 2.1.4. el papel que debe jugar la ciudadanía en la transición energética, indicando que «incluir la perspectiva social en el conjunto de medidas planteadas y promover un papel proactivo de la ciudadanía en la transición energética es necesario.», convirtiéndola en un agente proactivo. También establece que el derecho del acceso a la energía es otro eje fundamental del cambio de modelo energético, destacando el potencial de la rehabilitación energética de edificios y de los sistemas de autoconsumo para mitigar las situaciones de vulnerabilidad y pobreza energética. El PNIEC (2021-2030) propone instrumentos y medidas para facilitar y reforzar el papel de las comunidades energéticas locales y el papel de nuevos actores en la transición energética, así como garantizar el derecho al acceso a la energía, en consonancia con el impulso que la Comisión Europea desea dar a las comunidades locales para integrar soluciones renovables y digitales y crear así «distritos de energía cero», en los que la ciudadanía también produzca energía que sume a la red.
Por otro lado, el 5 de abril de 2019 fue aprobado por el Consejo de Ministros la Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética 2019-2024, que establece una definición de la situación de pobreza energética y del consumidor vulnerable, realiza un diagnóstico de la situación en España, determina ejes de actuación y fija objetivos de reducción de este problema social que afecta a más de 3,5 millones de personas en el Estado.
En lo referente a la CAV, destaca la Estrategia Vasca de Cambio Climático 2050 (Klima 2050) así como la Estrategia Energética de Euskadi 2030:
- - Estrategia Klima 2050: pretende reducir al menos en un 40 % las emisiones de GEI para el 2030 y en un 80 % para el 2050, alcanzar el 40 % de energías renovables en el consumo energético final para el 2050, y garantizar que Euskadi sea resiliente frente el cambio climático. El apartado de Gobernanza de la Estrategia contempla el impulso de mecanismos de coordinación interinstitucional entre las distintas administraciones de la Comunidad Autónoma para la implantación y seguimiento de las acciones de dicha Estrategia y determina que las Diputaciones Forales establecen sus respectivas políticas o programas de cambio climático a través de las Estrategias Territoriales de Desarrollo Sostenible.
- - Estrategia Energética de Euskadi 2030: la meta es aproximarse a un modelo socioeconómico de menor consumo energético, sobre todo en el sector industrial, de la edificación/construcción y del transporte, donde las energías renovables cobren protagonismo (orientación progresiva de las energías renovables) y donde la energía eléctrica sea el principal vector energético.
Cabe destacar que la Estrategia guipuzcoana de lucha contra el Cambio Climático 2050 (en adelante, EGLCC 2050), aprobada en 2018, asume plenamente el espíritu y mandato de la normativa y criterios de la Unión Europea en cuanto a la utilización eficaz de los recursos y su hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050. Asimismo, se alinea con la Estrategia «Klima2050» del País Vasco (consta de las mismas 9 metas en relación con la mitigación y la adaptación) e incluye las líneas de actuación y acciones adaptadas a la realidad del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
La EGLCC 2050 establece el objetivo de promover y facilitar la llamada «justicia climática» y la igualdad de mujeres y hombres. La justicia climática vincula los derechos humanos y el desarrollo, tomando un enfoque basado en las personas, protegiendo los derechos de los más vulnerables; y compartiendo, en una manera justa, las cargas y los beneficios vinculados con los impactos del cambio climático.
Cabe señalar que la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050 (en adelante, ESEG 2050) desarrollará la Meta nº1 de la EGLCC 2050 (Apostar por un modelo energético bajo en carbono) así como las acciones en materia de energía relativas al sector público foral incluidas en la Meta nº9 (Administración Pública guipuzcoana responsable, ejemplar y referente en cambio climático). Destaca la línea de actuación 9.2, referida al desarrollo de un modelo de gobernanza de cambio climático de Gipuzkoa. Concretamente, la acción 9.2.2 busca reforzar a la Dirección de Medio Ambiente en su misión de desarrollo de la Estrategia de Lucha contra el Cambio Climático de Gipuzkoa 2050. Al mismo tiempo, recoge acciones dirigidas a la inclusión de la variable climática en la labor de la Administración Pública así como acciones relacionadas con la rendición de cuentas y la gestión eficaz de la EGLCC2050:
- - Acción 9.2.1: Definir un protocolo de información a la comisión departamental en Juntas Generales-informes bianuales de clima y energía.
- - Acción 9.2.3: Incorporar el seguimiento de la Estrategia Guipuzcoana de Lucha contra el Cambio Climático 2050 a las herramientas de seguimiento del cumplimiento de Objetivos.
- - Acción 9.2.4: Incorporar el cambio climático en la Comisión interdepartamental de la DFG para la coordinación de los distintos departamentos de la DFG en materia de políticas transversales.
- - Acción 9.2.5: Integrar los procesos de la Agenda 21 local en el modelo de gobernanza de cambio climático de Gipuzkoa.
- - Acción 9.2.6: Evaluación de resultados y rendición de cuentas sobre el estado de la Estrategia Guipuzcoana de Lucha contra el Cambio Climático.
Por último, cobra especial interés la entrada en vigor de la Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de Euskadi, que establece, a través de sus 71 artículos, los pilares normativos de la sostenibilidad energética en el ámbito de las administraciones públicas, basada en el impulso de medidas de eficiencia energética, el ahorro de energía y la promoción e implantación de las energías renovables tanto en la Comunidad Autónoma como en el sector privado. Esta Ley parte de la premisa de que sea la sociedad en su conjunto la que colabore en la consecución de sus objetivos. Destacan los principios en los que se asienta la Ley (recogidos en el artículo sexto) y algunos de ellos cobran especial importancia también en el proceso de deliberación participativa que nos ocupa:
- - Las políticas energéticas basadas en datos científicos y técnicos disponibles en el momento, y elaboradas con perspectiva de género a la hora de diseñar medidas y actuaciones sobre sostenibilidad energética.
- - La cooperación, eficacia y coordinación entre las distintas administraciones públicas en materia de sostenibilidad.
- - La participación ciudadana (directamente o por medio de asociaciones o agentes de la economía social), en el diseño de las políticas y en las decisiones de sostenibilidad energética (incluyendo la presencia equilibrada de mujeres y hombres, y una metodología especifica e inclusiva asociada).
- - La divulgación por parte de las administraciones públicas vascas de información sobre sostenibilidad energética y sobre sus actuaciones concretas en esta materia.
Por otro lado, el artículo 10 de la Ley 4/2019 establece que las administraciones públicas, de acuerdo con el principio de participación ciudadana recogido en el artículo 6 h) de esta ley, establecerán los mecanismos necesarios para garantizar la participación real de agentes sociales, asociaciones de personas consumidoras, entidades públicas expertas, representantes de la sociedad civil y representantes de las trabajadoras y los trabajadores en el diseño de las políticas y en las decisiones de sostenibilidad energética.
2. Contexto procedimental en el que se sitúa el proceso de deliberación participativa.
A los efectos de realizar un proceso de deliberación participativa eficiente y coherente de cara a los agentes, conviene tener una visión global de todos los cauces de información y participación pública y ciudadana ya estipulados en las diferentes disposiciones que regulan la obtención del decreto foral de la ESEG 2050:
- 2.1. Elaboración del documento y procedimiento de aprobación de la estrategia por decreto foral.
El procedimiento de aprobación de la ESEG 2050 como decreto foral del Consejo de Gobierno ha de ajustarse, en primer lugar, a las determinaciones del artículo 70 de la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
En este marco, la Dirección de Medio Ambiente de la DFG recoge el mandato incluido en la acción de la EGLCC 2050 (1.1.1. Actualizar e impulsar la Estrategia de la Sostenibilidad Energética y el Observatorio de la Energía de Gipuzkoa) y comienza a elaborar en 2019 la ESEG2050. Destaca, en este sentido, el conjunto de estudios específicos realizados durante los últimos años por la DGMA que han permitido sentar las bases de sus contenidos:
- - «Análisis del impacto de las tecnologías energéticas y modelos de negocio para Gipuzkoa».
- - Estudio sobre la viabilidad jurídica y económica general para impulsar un modelo de generación distribuida con renovables desde el punto de vista de una estrategia local.
- - «Análisis de la potencialidad de aprovechamiento de calor residual industrial en Gipuzkoa para instalaciones no industriales».
- - Los estudios realizados por el Observatorio de Pobreza y Vulnerabilidad Energética de Gipuzkoa, así como los estudios sobre bases sociales que se emplearon para definir el modelo.
- - Las actuaciones de sostenibilidad energética desarrolladas en los últimos años por las comarcas que participan en la Mesa Territorial de Energía Sostenible y Pobreza Energética.
- - El balance energético de Gipuzkoa.
- - El diagnóstico de políticas de sostenibilidad de Gipuzkoa.
- - El conocimiento obtenido del desarrollo del programa Argitu.
- - El catálogo energético del Sector Público Foral.
- - Etc.
El proceso de aprobación de la ESEG2050 implica, entre otras verificaciones, su sometimiento a tres procedimientos bien destacados:
- - Su Evaluación Ambiental Estratégica: cuyo procedimiento legal ya obliga a la realización de consultas y al establecimiento de un periodo de información pública.
- - Una Evaluación de Impacto de Género.
- - Un Proceso de Deliberación Participativa.
El procedimiento de tramitación de la Estrategia culminará en su aprobación por Decreto Foral por parte del Consejo de Gobierno.
- 2.2. Procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas.
De acuerdo con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental y el Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas, la ESEG 2050 debe someterse a evaluación ambiental estratégica ordinaria y ser tramitada, por consiguiente, junto con un Estudio Ambiental Estratégico.
Dicho procedimiento establece, por una parte, la realización de un trámite de consultas previas a las administraciones afectadas y al público interesado y de 1 mes de duración, a partir de un documento Borrador de la ESEG 2050. La Dirección General de Medio Ambiente ha sustanciado ya dicho trámite de consultas, habiendo finalizado el pasado 8 de diciembre. La relación de agentes consultados se adjunta en el anexo. Los resultados de dichas consultas han sido ya trasladados por el órgano ambiental al órgano sustantivo (promotor), junto con el Documento de Alcance para que los tenga en cuenta en la redacción del proyecto de la ESEG 2050, así como en el Estudio Ambiental Estratégico. Por otra parte, dicho procedimiento (artículo 21) establece también la apertura de un periodo de información pública del proyecto, de un mínimo de 45 días hábiles, lo que también viene establecido en el artículo 16 de la Ley 27/2006, de acceso a la información, de participación pública y acceso a la justicia en materia de medio ambiente (incorpora las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE). Durante este periodo toda la ciudadanía, de manera individual o colectiva, podrá realizar sus sugerencias al proyecto.
La apertura de dicho periodo de información pública se realizará sobre el documento de proyecto de aprobación inicial de la ESEG 2050 y se desarrollará de forma paralela en el tiempo al proceso de deliberación participativa, de manera que ambos cauces se complementen y refuercen mutuamente.
- 2.3. Marco normativo de los procesos participativos impulsados por la Diputación Foral De Gipuzkoa.
El 24 de noviembre de 2018 entró en vigor la Norma Foral 5/2018, de 12 de noviembre, sobre Participación Ciudadana. Tal como establece en la Norma, la participación ciudadana debe ocupar un lugar central en la actuación de los poderes públicos, en la determinación de las políticas públicas y en su ejecución y gestión, de manera que la ciudadanía pueda realizar una aportación decisiva a través de los recursos y procedimientos puestos a su disposición. Entre ellos, los procesos participativos constituyen la herramienta más utilizada para canalizar un diálogo directo entre la ciudadanía y las instituciones.
El título II de la Norma Foral regula los derechos relativos a la participación ciudadana, en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico, y en concreto: el derecho a participar en la gestión de los asuntos públicos que son competencia de la Diputación Foral mediante la realización de procesos participativos.
El Capítulo Primero del Título III regula los procesos de deliberación participativa que se insertarán en los procedimientos administrativos de decisión de las políticas públicas (como es el caso de la política de sostenibilidad energética para el Territorio) que corresponden a la Diputación Foral. Tal y como se indica en el Preámbulo, se trata de una técnica que permite incorporar al procedimiento de decisión toda la riqueza de los intereses y expectativas sociales de una forma que sea beneficiosa para el procedimiento de adopción de decisiones. Según el artículo 13.º, el órgano competente en materia de participación ciudadana (es decir, la Dirección General de Participación Ciudadana de la DFG) aprobará para cada proceso concreto un Protocolo del proceso de deliberación participativa, que garantizará en todo caso el principio de igualdad de género en cada paso del proceso protocolizado. De conformidad con el apartado primero del artículo 14 de la Norma Foral 5/2018 y los artículos 1., 6. y 7. del Decreto Foral 16/2020, de 20 de octubre, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas, es la Dirección de Medio Ambiente de la DFG quien se ocupará de impulsar y desarrollar el proceso de deliberación participativa para el diseño y la aprobación de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa, siendo la persona responsable del proceso la Directora General de Medio Ambiente, Sra. Mónica Pedreira Lanchas. Tal como establece el artículo 14 del Decreto Foral 17/2020, de 20 de octubre, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza de la DFG, la Dirección General de Participación Ciudadana colaborará en el diseño y ejecución del proceso de deliberación participativa promovido por la DGMA.
Al mismo tiempo, la perspectiva de género debe ser uno de los principios a tener en cuenta desde la fase de diseño y planificación del proceso de deliberación participativa, tal como se deriva de los artículos 36 y 37 de la Norma Foral 2/2015 para la Igualdad de Género. Al mismo tiempo, en la Norma Foral sobre Participación Ciudadana, al referirse a la igualdad entre hombres y mujeres, se establecen los siguientes objetivos:
- - La promoción de la participación de mujeres y hombres en igualdad de condiciones.
- - La promoción y afianzamiento de una cultura participativa que extienda, a todos los niveles, los principios que rigen la igualdad de condiciones entre mujeres y hombres.
- - El impulso de una implicación equilibrada de mujeres y hombres en la gestión.
- - El reconocimiento de la riqueza de los conocimientos y experiencias de la ciudadanía a la hora de generar políticas públicas y evaluarlas, sin invisibilizar las aportaciones de las mujeres.
- - La garantía de una mayor solidaridad e integración social, contribuyendo en especial en la vía hacia la igualdad, y, específicamente, la defensa de los intereses de quienes se encuentren en situación desfavorecida para proteger sus intereses, por disponer de menos recursos económicos, culturales o sociales.
Según el artículo primero de la Norma Foral de Participación Ciudadana, en la aplicación práctica de los procesos de participación ciudadana, la Diputación Foral deberá tratar de garantizar la participación equilibrada de mujeres y hombres. Se entiende por participación equilibrada aquella en la que cada sexo está representado, al menos, por el 40 % de quienes participen en el mismo (en caso de que las circunstancias impidan o dificulten de forma significativa el cumplimiento de este objetivo, el órgano competente en materia de participación ciudadana deberá justificarlo de forma motivada). Por ello, los datos que se recogerán en el desarrollo del proceso de participación deliberativa para el diseño de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa serán objeto de desagregación por sexo a los efectos de garantizar una evaluación adecuada de los mismos.
3. Características del proceso de deliberación participativa de la ESEG2050.
3.1. Objetivos.
Objetivos de la ESEG2050:
El Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas de la Diputación Foral de Gipuzkoa a través de la elaboración de la Estrategia de Sostenibilidad Energética Gipuzkoa busca actualizar el anterior plan y contribuir a la urgente tarea de acelerar la transición hacia un sistema energético sostenible, en cumplimiento de los mandatos y participación en los objetivos europeos. La presente Estrategia revisará y actualizará el Plan Gipuzkoa Energía, y estará coordinada y directamente relacionada con la EGLCC 2050, por ser consideradas ambas materias inescindibles, concretándose en el desarrollo de la Meta 1 (línea de actuación 1.1.: Desarrollar la Estrategia de Sostenibilidad Energética y el Observatorio de la Energía de Gipuzkoa) y la Meta 9 (línea de actuación 9.1.: Hacia un Sector Público guipuzcoano 0 emisiones) de la EGLCC2050.
Tal como se recoge en el apartado 6.4.1.2 Componentes esenciales del sistema de gobernanza climática foral de la EGLCC2050, los objetivos de partida de la ESEG2050 son los siguientes:
- - Disminuir las emisiones de gases de efecto invernadero.
- - Promocionar sistemáticamente el ahorro y la eficiencia energética en los ámbitos al alcance de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
- - Fomentar las energías renovables de manera compatible con la preservación de los ecosistemas y de la diversidad biológica, con la mejora del equilibrio territorial (espacios urbano y rural-natural) y con la defensa de los bienes comunes.
- - Apoyar a los municipios en el desarrollo de sus políticas de sostenibilidad energética y en la prestación de sus servicios.
- - Influir en el futuro energético de la ciudadanía guipuzcoana, asegurando la observación de los aspectos sociales de la energía, contribuyendo a la seguridad del abastecimiento, mejorando las ratios de autoabastecimiento y reduciendo la pobreza energética.
- - Difundir una nueva cultura energética entre la ciudadanía.
- - Fortalecer el tejido empresarial e industrial de Gipuzkoa en el ámbito de las nuevas tecnologías energéticas a través de aplicaciones adaptadas a las necesidades del territorio, relacionadas con la economía local y la formación.
Objetivos del proceso deliberativo:
- a) Objetivo general:
La Diputación Foral de Gipuzkoa debe dar una respuesta sólida y creíble a la crisis climática. Para ello, es esencial dotarse de los instrumentos necesarios para alcanzar las metas incluidas en la EGLCC2050, entre las que destaca la apuesta por un modelo energético bajo en carbono (Meta nº1) y por una Administración Pública guipuzcoana responsable, ejemplar y referente en cambio climático (Meta 9). Tal como se ha mencionado anteriormente, la línea de actuación 9.2. impulsa el desarrollo de un modelo de gobernanza de cambio climático diseñado para Gipuzkoa.
Es necesario que la DFG se nutra de una red de entidades y de personas implicadas con el reto climático y la transición energética para lograr dar pasos a favor de la neutralidad climática para el 2050. Por ello, mediante la puesta en marcha del proceso de deliberativo para diseñar y aprobar la ESEG2050 la DFG quiere que los agentes del Territorio asuman un rol activo en el centro del sistema energético así como sentar las bases para contar con una red sólida orientada al cambio de modelo energético (alianza de agentes locales comprometidos con la transición energética). Contar con un proceso de gobernanza transparente y dinámico ayudará a cumplir los objetivos climáticos y energéticos de manera eficiente y coherente. Por ello, la ESEG2050 promoverá una gobernanza multinivel en el que se facilitará la participación de todos los sectores de la sociedad guipuzcoana.
- b) Objetivos específicos:
La DFG desea recibir propuestas colectivas y crear nuevas ideas para avanzar hacia la transición energética. Es decir, quiere enriquecer el contenido de la ESEG2050 contando para ello con la participación de distintos sectores de la sociedad guipuzcoana.
Los objetivos específicos que se quieren alcanzar son:
- - Promover el debate en torno al contenido de la Estrategia.
- - Realizar aportaciones dirigidas a enriquecer el contenido. Es decir, aportar diferentes perspectivas o visiones en relación a la sostenibilidad energética adaptada a la realidad del Territorio.
- - Valorar y proponer actuaciones concretas que faciliten la ejecución de las acciones incluidas en la ESEG2050.
- - Priorizar actuaciones que debieran llevarse a cabo a corto plazo (periodo 2021-2025).
- - Acordar el papel que el conjunto de agentes que formen parte del proceso (y otros que a futuro se puedan sumar) tendrán en la evaluación anual de los resultados de la ESEG2050 así como en la propuesta de actuaciones de cara a cada ejercicio.
3.2. Naturaleza del proceso:
El proceso tendrá carácter consultivo y es voluntad de la Dirección General de Medio Ambiente exponer todo su contenido, no habiendo temas excluidos del mismo. Por lo tanto, la ESEG2050 es un documento vivo cuyo contenido podrá enriquecerse a lo largo del proceso.
A partir de las propuestas recibidas, la DGMA decidirá, de forma motivada, cuáles podrán integrarse en la ESEG2050 y cuáles quedarán excluidas o bien se reservarán para su integración en los documentos de desarrollo de la Estrategia.
3.3. Partes implicadas en la transición energética:
El diálogo activo con la sociedad civil y las partes interesadas resulta primordial, puesto que su contribución y su compromiso son esenciales para el éxito de la transición energética del Territorio. Por ello, tanto para la fase de recogida de aportaciones a la ESEG2050 como para el futuro desarrollo de su contenido (incluyendo su evaluación periódica y propuesta de actuaciones programadas para cada ejercicio) será indispensable contar con una red sólida de agentes comprometidos con el nuevo modelo energético que promueve la DFG en consonancia con la política energética de la UE.
El Apartado 6.4 de la EGLCC2050 sienta las bases de la gobernanza climática y energética foral (es decir, el modelo de la gobernanza climática de la DFG), considerando una serie de factores que serán la clave a la hora de determinar una gobernanza climática dinámica para Gipuzkoa:
- - Generar capacidad estratégica.
- - Integrar el elemento climático en el proceso de toma de decisiones.
- - Impulsar la movilización social.
- - Estudiar la forma de articular una gobernanza climática efectiva.
Asimismo, el apartado 6.4.1 («Propuesta de órganos de gestión») establece que el Departamento de Medio Ambiente y Obras Hidráulicas, a través de su Dirección General de Medio Ambiente, encabeza dicho modelo de gobernanza. Concretamente, la Dirección General de Medio Ambiente en el marco del sistema de gobernanza climática y energética foral acotará de forma operativa los diferentes elementos referentes a la planificación y presentación de informes, en atención a su trayectoria en materia energética y otras materias que competen al Departamento (apartado 6.4.1.1 letra c). Por ello, es la Dirección General de Medio Ambiente la impulsora del proceso de participación deliberativa para el diseño de la ESEG2050. Para ello, promoverá la colaboración activa con los órganos del modelo de gobernanza climática citados en el apartado 6.4.1.3 de la EGLCC2050 así como otros agentes de especial relevancia para la transición energética del Territorio:
Juntas Generales de Gipuzkoa.
Diputación Foral de Gipuzkoa y organismos forales.
- - Comisión Interdepartamental Foral: coordina las políticas de carácter transversal en los distintos Departamentos Forales y sus Direcciones Generales.
- - Departamentos forales.
- - Comisión foral de Sostenibilidad Energética: se creó para dar cumplimiento al mandato derivado del artículo 9 de la Ley 4/2019 de Sostenibilidad Energética de Euskadi y está formada por los responsables de los siguientes departamentos forales y entidades vinculadas o dependientes: Medio Ambiente y Obras Hidráulicas, Movilidad y Ordenación del Territorio, Políticas Sociales, Proyectos Estratégicos, Promoción Económica, Turismo y Medio Rural, Cultura, Cooperación, Juventud y Deportes, Hacienda y Finanzas, Gobernanza, Infraestructuras Viarias, Área del Diputado General, Kabia, Adinberri Fundazioa, Uliazpi, Kirolgi, Sueskola, Naturklima, Ziur Fundazioa, Bidegi, Mubil, Izfe.
- - Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa - Naturklima.
Gobernanza Energética Local.
- - Mesa Territorial de Energía Sostenible y Pobreza Energética de Gipuzkoa (formada por la DGMA y las agencias de desarrollo de Beterri-Buruntza, Debabarrena, Debagoiena, Goierri, Oarsoaldea, Tolosaldea, Urola Erdia, Urola Garaia). Se invitará también al Ayuntamiento de San Sebastián (Fomento de San Sebastián), a la agencia de desarrollo del Bidasoa (Bidasoa activa-Bidasoa bizirik) y a la Mancomunidad de Urola Kosta (Urola Kostako Udal Elkartea).
- - Mesas comarcales de Energía (8 mesas de las comarcas representadas en la Mesa Territorial de Energía Sostenible y Pobreza Energética de Gipuzkoa). En ellas participan representantes técnicos y políticos de los ayuntamientos de cada comarca, personal de la agencia de desarrollo económico comarcal y en algunas mesas comarcales de energía, participan, a su vez, representantes del tejido empresarial de la comarca y representantes de agencias de desarrollo rural.
Gobierno Vasco.
Otros agentes.
- - Asociaciones de desarrollo rural (6 en Gipuzkoa), y su federación (Landaola).
- - Sindicatos.
- - Zubigune Fundazioa.
- - Asociaciones/cooperativas de energías renovables.
- - Grupos ecologistas y asociaciones relacionadas con el medio ambiente: Grupo ecologista Eguzki, Grupo ecologista Ekologistak Martxan, Haritzalde Naturzaleen Elkartea, Itsas Enara ornitologia elkartea, Greenpeace España, SEO/Birdlife Donostia, Landarlan Ingurumen Elkartea.
- - Centros de Investigación y Tecnológicos: Aranzadi Zientzia Elkartea, Tecnalia-IK4.
- - Asociaciones Empresariales y Comerciales (Sector 2.º y 3.º): Adegi, Cámara de Comercio de Gipuzkoa, Aclima (Clúster Vasco de Empresas de Medio Ambiente), Colegio territorial de administraciones de fincas de Gipuzkoa y Álava.
- - Instituciones y asociaciones del campo de la universidad y de la formación profesional: Escuela de ingeniería técnica industrial de Eibar y Escuela Politécnica de Ingeniería de Donostia de la UPV, Escuela de Ingeniería de la Universidad de Navarra (Tecnum), Ingeniería de Ecotecnología de la Universidad de Mondragon, Área de Energía de la Universidad de Deusto, Grupo de investigación Enedi (Energética en la Edificación), Usurbilgo Lanbide Eskola (centro integrado de formación profesional designado por la Viceconsejería de Formación Profesional como centro de referencia en tema de innovación en energía).
- - Colegios profesionales.
3.4. Fases del proceso:
Una vez publicado y aprobado el protocolo del proceso por parte de la Dirección Foral de Participación Ciudadana y sustanciado el periodo de registro de agentes interesados, se dará inicio al proceso con las siguientes fases:
- 1.- Información y comunicación, y preparación:
Sobre las fases y las características del proceso: se divulgará el proceso, se educará en torno a la importancia de contar con una estrategia de sostenibilidad energética propia para Gipuzkoa y se fomentará el futuro debate de la Estrategia.
Sobre los contenidos de la ESEG 2050: Proyecto de aprobación inicial y Resumen ejecutivo.
- 2.- Debate (fase deliberativa): se llevará a cabo el diálogo y el contraste de argumentos, y se generarán propuestas a partir de las aportaciones realizadas por las personas participantes. Durante esta fase se utilizarán las metodologías más adecuadas y se adaptarán las condiciones del debate a las necesidades y características específicas de las personas participantes.
- - Elaboración de actas de las sesiones e informe de resultados del proceso. Publicación.
- - Elaboración y aprobación del informe de vinculación de resultados y cierre del proceso. Publicación.
- - Retorno final.
- - Seguimiento y de evaluación del proceso.
La Dirección General de Medio Ambiente mantendrá la coordinación con la Dirección Foral de Participación Ciudadana a lo largo de todo el proceso.
3.5. Metodología.
La dirección del proceso correrá a cargo de la Dirección General de Medio Ambiente, que realizará el seguimiento, supervisión, control y reorientación del proceso de deliberación participativa colaborando para ello con la Dirección General de Participación Ciudadana.
Se estima que la duración de todo el proceso de deliberación participativa sea de 6 meses (desde mayo a octubre de 2021). La fase de debate (Fase 2), más concretamente, tendrá una duración estimada de 2 meses (desde mayo a junio de 2021). Debido a la pandemia originada por el Covid-19, todas las sesiones previstas se realizarán mediante videoconferencia y otros medios electrónicos complementarios.
Metodología a aplicar en las sesiones:
Previamente a las sesiones, junto con la convocatoria (se enviará con 2 semanas de antelación) se solicitará la confirmación de la asistencia y se tomarán las medidas oportunas para garantizar el bilingüismo.
- • Fase 1: comunicación del proceso, información sobre los contenidos de la estrategia y preparación de las sesiones de debate.
- - Comunicación de inicio del proceso a través de los medios, incluyendo cronograma.
- - Sesión informativa dirigida a todos los agentes (duración: 2 horas). Se emitirá en streaming y se grabará y colgará en la web.
- - Preparación de un apartado específico en la web de la Dirección General de Medio Ambiente que contendrá la información sobre la ESEG2050, las fases del proceso deliberativo, etc.
- - Se establecerán contactos con miembros de la Mesa Territorial de Energía para asegurar el traslado de la información y documentación sobre la ESEG2050, así como para la organización de las futuras sesiones de las mesas comarcales. Se trasladará el contenido para favorecer la participación de los agentes que componen las mesas comarcales en el proceso.
- • Fase 2: debate.
En esta fase prevemos la organización de 22 sesiones de debate con los agentes que recogemos a continuación:
- * Sesiones en las Juntas Generales (6 reuniones): Comisión Departamental (1 reunión) y 1 reunión con cada grupo político juntero (5 grupos políticos junteros).
- * Sesiones en el ámbito de la Diputación Foral y organismos forales (3 reuniones): se realizará una breve presentación para refrescar contenidos, enfocada a informar y a realizar preguntas sobre los aspectos de mayor interés de estos agentes; además se entregará una tabla de aportaciones y observaciones ligada a los objetivos y a las acciones de la Estrategia y se dejará un tiempo para que individualmente escriban sus propuestas; a continuación se celebrará una pequeña dinámica de contraste compartido. La sesión se mantendrá abierta en todo momento a otros temas sugeridos por los agentes. Duración de cada sesión de contraste: 1 hora y ½. Nºde sesiones de contraste: 3.
- - Comisión Interdepartamental Foral.
- - Comisión foral de Sostenibilidad Energética.
- - La Fundación de Cambio Climático de Gipuzkoa - Naturklima.
Aunque los departamentos se hallan representados en la comisión interdepartamental, se asegurará la participación interna a través de la realización de consultas individuales a los departamentos forales: Envío del proyecto de aprobación inicial y resumen ejecutivo a todos los departamentos forales para que puedan remitir sus aportaciones a la DGMA.
- * Sesiones con la Mesa Territorial y Mesas comarcales de energía (9 reuniones):
- - Mesa Territorial de Energía (1 sesión; duración: 2 horas): Se preparará y celebrará una sesión extraordinaria de la mesa, que estará dedicada enteramente al debate compartido sobre la ESEG2050. Se realizará una breve presentación para refrescar contenidos, enfocada a informar y a realizar preguntas sobre los aspectos de interés de las comarcas, ayuntamientos y otros agentes locales por ellas representados. Además, se entregará una tabla de aportaciones y observaciones ligada a los objetivos y a las acciones de la Estrategia y se dejará un tiempo para que individualmente escriban sus propuestas; a continuación, se celebrará una pequeña dinámica de contraste compartido. En todo momento la sesión se mantendrá abierta a otros temas sugeridos por los agentes. Se invitará a esta sesión a las comarcas que aún no se han integrado en la Mesa Territorial (Fomento de San Sebastián, Bidasoa activa y mancomunidad de Urola Kosta). Proponemos, a priori, crear 3 grupos de trabajo (las personas que acudan en representación de las agencias deberán elegir en qué grupo temático participar o bien será la DGMA quien determine la composición de cada grupo).
- - Mesas Comarcales de Energía (8 reuniones en total. 1 reunión de hora y ½ por cada Mesa Comarcal): se solicitará la realización de una reunión extraordinaria de cada mesa para debatir de manera compartida sobre la ESEG2050. Se realizará una breve presentación para refrescar contenidos, enfocada a informar y a realizar preguntas sobre los aspectos de interés de cada comarca, sus ayuntamientos y otros agentes locales. Al mismo tiempo, se entregará una tabla de aportaciones y observaciones ligada a los objetivos y a las acciones de la Estrategia y se dejará un tiempo para que individualmente escriban sus propuestas; a continuación se celebrará una pequeña dinámica de contraste compartido. La sesión se mantendrá en todo momento abierta a otros temas sugeridos por los agentes.
- * Sesión participativa dirigida a universidades, centros de formación y centros tecnológicos (1 reunión. Duración: 1 hora y ½): Se realizará una breve presentación para refrescar contenidos, enfocada a informar y a realizar preguntas sobre los aspectos de interés de estos agentes en concreto. Además se entregará una tabla de aportaciones y observaciones ligada a los objetivos y a las acciones de la Estrategia y se dejará un tiempo para que individualmente escriban sus propuestas; a continuación se celebrará una pequeña dinámica de contraste compartido. En todo momento la sesión se mantendrá abierta a otros temas sugeridos por los agentes. Se cursará invitación a las siguientes entidades:
- - Centros de Investigación y Tecnológicos: Aranzadi Zientzia Elkartea, Tecnalia, etc.
- - Instituciones y asociaciones del campo de la universidad y de la formación profesional: Escuela de ingeniería técnica industrial de Eibar y Escuela Politécnica de Ingeniería de Donostia de la UPV, Escuela de Ingeniería de la Universidad de Navarra (Tecnum), Ingeniería de Ecotecnología de la Universidad de Mondragón, Área de Energía de la Universidad de Deusto, Grupo de investigación Enedi (Energética en la Edificación).
- * Sesiones con otros agentes (2 sesiones de trabajo. 1 hora y ½ por sesión): Se realizará una breve presentación para refrescar contenidos, enfocada a informar y a realizar preguntas sobre los aspectos de interés de estos agentes en concreto. Además, se entregará una tabla de aportaciones y observaciones ligada a los objetivos y a las acciones de la Estrategia y se dejará un tiempo para que individualmente escriban sus propuestas; a continuación, se celebrará una pequeña dinámica de contraste compartido. En todo momento la sesión se mantendrá abierta a otros temas sugeridos por los agentes.
Sesión participativa nº1, dirigida a las siguientes asociaciones:
- - Landaola - Gipuzkoako Landa Garapen Elkarteen Federazioa.
- - Grupos ecologistas y asociaciones relacionadas con el medio ambiente: Grupo ecologista Eguzki, Grupo ecologista Ekologistak Martxan, Haritzalde Naturzaleen Elkartea, Itsas Enara ornitologia elkartea, Greenpeace España, SEO/Birdlife Donostia, Landarlan Ingurumen Elkartea.
Sesión participativa nº2, dirigida a las siguientes asociaciones y entidades:
- * Reunión de contraste de la Estrategia (1 hora y ½ por reunión): el objetivo será recabar la percepción del El Ente Vasco de la Energía (EVE), considerado también por la DGF como agente clave en el proceso.
Dado que en la convocatoria se solicitará la confirmación de la asistencia a las reuniones, las dinámicas de grupo a organizar se adaptarán al número de agentes que confirmen su asistencia así como a las características de los mismos.
- • Fase 3: elaboración de actas e informe de resultados del proceso.
Tras finalizar la fase de debate, la Dirección General de Medio Ambiente elaborará las actas de las sesiones así como un informe de resultados del proceso, que se trasladará a la Dirección Foral de Participación Ciudadana, para que pueda proceder a su publicación.
Dicho informe contendrá:
- - Objetivos del proceso de deliberación participativa.
- - Resumen de la metodología y recursos empleada en cada fase del proceso.
- - Mapa de agentes convocados.
- - Resumen de sesiones celebradas y agentes participantes (incluyendo desagregación por sexos).
- - Aportaciones recibidas y clasificación (aclaraciones, reflexiones, propuestas directas).
- - Valoración de las sesiones por los agentes.
- - Anexo con las Actas de las sesiones.
- - Anexo con la documentación de las sesiones.
- • Fase 4: Elaboración del informe de vinculación de resultados y cierre del proceso.
A partir del informe anterior y las propuestas recibidas, la Dirección General de Medio Ambiente elaborará el informe de vinculación de resultados, en el que decidirá, de forma motivada, cuáles podrán integrarse en la ESEG 2050 y cuáles quedarán excluidas o bien se reservarán para su integración en los documentos y acciones de desarrollo de la Estrategia.
Dicho informe de vinculación de resultados, tras su toma en consideración por parte del Consejo de Gobierno, será elevado a la Comisión Foral de Participación Ciudadana para su aprobación y cierre del proceso de deliberación participativa, propiamente dicho. El informe de vinculación de resultados será publicado.
La Dirección General de Medio Ambiente podrá proseguir con la tramitación de la ESEG 2050 como decreto foral, incluyendo las aportaciones aceptadas y obteniendo el texto del proyecto ESEG 2050 en su versión definitiva.
Asimismo, y fuera del marco del proceso de deliberación participativa, la Dirección General de Medio Ambiente elaborará el informe de respuesta a las alegaciones habidas durante el periodo de información pública mencionado en el apartado 2.2. Dicho informe se remitirá a los agentes interesados al final del procedimiento.
- • Fase 5: retorno final de resultados.
En esta fase se plantea la organización de una jornada de retorno de los resultados del proceso, así como la puesta a disposición de los documentos clave del mismo, incluyendo el texto del proyecto ESEG 2050 definitivamente aprobado, a todas las personas que hayan participado en las fases anteriores.
- • Fase 6: seguimiento y evaluación.
El título VII de la Norma Foral de Participación Ciudadana está dedicado a la evaluación del sistema de participación y de los procesos participativos, dado que los procesos participativos deben ser objeto de evaluación, con el fin de establecer un proceso de mejora continua en su puesta en práctica.
La evaluación del proceso participativo se realizará de acuerdo a los criterios establecidos en la «Guía de evaluación de procesos participativos» publicada por la Diputación Foral de Gipuzkoa:
- - En cuanto al desarrollo del proceso se pondrá especial atención a: la adecuación del proceso a las necesidades de las participantes y la posibilidad de propuesta, la dinamización, la lectura de género, la ejecución y la flexibilidad de lo previsto en este protocolo.
- - En cuanto al resultado y al impacto del proceso se pondrá especial atención a: el cumplimiento de los objetivos y de las reglas de juego establecidas; la accesibilidad y la implicación en el proceso; el retorno o devolución de los resultados; la eficiencia y el impacto que ha tenido el proceso en la DFG, en la propia estrategia, en las personas participantes y en la cultura política.
Para ello, a lo largo del proceso, se emplearán las siguientes herramientas:
- - Se emplearán herramientas que nos permitan realizar la evaluación del proceso (cuestionarios, encuestas, talleres de evaluación*, entrevistas,...), de forma que la fase de evaluación también tenga carácter participativo.
3.6. Cronograma:
En la siguiente página se recoge el cronograma del proceso de deliberación participativa de la Estrategia de Sostenibilidad Energética de Gipuzkoa 2050:
ANEXO
Agentes consultados en consultas previas
- - GIPUZKOAKO FORU ALDUNDIA
KULTURA ONDAREAREN ZUZENDARITZA NAGUSIA
NEKAZARITZAKO ETA LURRALDE OREKAKO ZUZENDARITZA NAGUSIA
EKONOMIA SUSTAPENEKO ZUZENDARITZA NAGUSIA
MENDIETAKO ETA NATURA INGURUNEKO ZUZENDARITZA NAGUSIA
ERREPIDEETAKO ZUZENDARITZA NAGUSIA
KUDEAKETA ETA PLANGINTZA ZUZENDARITZA NAGUSIA
LURRALDE ANTOLAKETAKO ZUZENDARITZA NAGUSIA
MUGIKORTASUNEKO ETA GARRAIO PUBLIKOKO ZUZENDARITZA NAGUSI
PROIEKTU ESTRATEGIKOETAKO DEPARTAMENTUA
OBRA HIDRAULIKOETAKO ZUZENDARITZA NAGUSIA
GIZARTE POLITIKA
EKONOMIA SUSTAPENA, TURISMO ETA LANDA INGURUMENA
KULTURA, LANKIDETZA, GAZTERIA, KIROLA
OGASUNA ETA FINANTZAK
GOBERNANTZA
DIPUTATU NAGUSIAREN ALORRA
KABIA
MUBIL
ULIAZPI
KIROLGI
SUESKOLA
NATURKLIMA
ZIUR
BIDEGI
IZFE
- - EUSKO JAURLARITZA
LURRALDE PLANGINTZAREN ETA HIRIGINTZAREN ZUZENDARITZA
LARRIALDEEI AURREGITEKO ETA METEOROLOGIAKO ZUZENDARITZA
GARRAIO AZPIGITUREEN ZUZENDARITZA
GIPUZKOAKO LURRALDEKO OSASUN ZUZENDARITZA
INGURUMENAREN ADMINISTRAZIOAREN ZUZENDARITZA
NATURA ONDARE ETA KLIMA ALDAKETAREN ZUZENDARITZA
GARRAIO AZPIEGITUREEN ZUZENDARITZA
KULTURA ONDAREAREN ZUZENDARITZA
ENERGIAREN, MEATEGIEN ETA INDUSTRIA ADMINISTRAZIOAREN ZUZENDARITZA
NEKAZARITZA ETA ABELTZAINTZAREN ZUZENDARITZA
EUDEL (Euskadiko Udalen Elkartea)
IHOBE
EVE (Ente Vasco de Energía)
URAREN EUSKAL AGENTZIA
- - OTROS AGENTES
CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL CANTÁBRICO
AÑARBEKO URAK S.A.
TXINGUDI, MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS
GIPUZKOAKO UR KONSORTZIOA
OARSOALDEA, S.A.
TOLOSALDEA GARATZEN, S.A.
UROLA KOSTAKO UDAL ELKARTEA
UROLA GARAIKO GARAPENERAKO AGENTZIA, S.A.
BIDASOA ACTIVA
DEBEGESA, S.A.
DEBAGOIENEKO MANKOMUNITATEA
FOMENTO DE SAN SEBASTIÁN, S.A
IRAURGI LANTZEN, S.A.
GOIEKI
BETERRI BURUNTZA Udalak
BEHEMENDI
DEBAGOIENEKO LANDA GARAPENERAKO ELKARTEA
DEBEMEN
URKOME
TOLOMENDI
GOIMEN
EHNE
ENBA
RED ELÉCTRICA ESPAÑOLA
CÁMARA DE COMERCIO DE GIPUZKOA
ACLIMA
ADEGI
TECNALIA Research and Innovation
ARANZADI ZIENTZI ELKARTEA
LANDARLAN Ingurumen Elkartea
EGUZKI TALDE EKOLOGISTA
EKOLOGISTAK MARTXAN
SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ORNITOLOGÍA SEO/BIRDLIFE
GREENPEACE ESPAÑA
HARITZALDE NATURZALEEN ELKARTEA
ITSAS ENARA ORNITOLOGI ELKARTEA
USURBILGO LANBIDE ESKOLA
ESCUELA UNIVERSITARIA DE INGENIERÍA TÉCNICA INDUSTRIAL DE EIBAR-UPV
ESCUELA UNIVERSITARIA POLITÉCNICA DE INGENIERÍA-UPV
TECNUN
GRUPO ENEDI
MONDRAGON UNIBERTSITATEA-INGENIERÍA EN ECOTECNOLOGÍAS
IDAE-INSTITUTO PARA LA DIVERSIFICACIÓN Y AHORRO DE LA ENERGÍA
ZUBIGUNE FUNDAZIOAREN ZUZENDARIA
FUNDACIÓN RENOVABLES
GOIENER ELKARTEA
COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRACIONES DE FINCAS DE GIPUZKOA Y ÁLAVA
UNIVERSIDAD DE DEUSTO
TOLARGI S.L.
OÑARGI S.L.
LEINTZARGI S.L.
IBERDROLA (I-DE)