Corrección de errores de la Orden de 1 de junio de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se regula el procedimiento de adjudicación telemática de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales, así como el procedimiento para la estabilización de este personal en los puestos en los que viene prestando servicios
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en la publicación de la Orden de 1 de junio de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se regula el procedimiento de adjudicación telemática de comienzo de curso de puestos de trabajo a candidatos y candidatas de la lista para la cobertura de necesidades temporales, así como el procedimiento para la estabilización de este personal en los puestos en los que viene prestando servicios, publicada en el BOPV n.o 113, de 10 de junio de 2020, se procede a su corrección:
En la página 2020/2255 (14/16), artículo 24.2.b),
donde dice:
«b) Puntuación en la lista de candidatos y candidatas a sustituciones en el grupo en que participa: 1 punto por mes o fracción.»
debe decir:
«b) Puntuación en la lista de candidatos y candidatas a sustituciones en el grupo en que participa: 1 punto por punto o fracción.»