Resolución de 10/03/2021, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se delegan competencias en materia de procesos selectivos
- ÓrganoCONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA Y DEPORTES
- Publicado en DOCM núm. 52 de 17 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 17 de Marzo de 2021


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Sumario
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 7/2001, de 28 de junio, de Selección de Personal y Provisión de Puestos de Trabajo, vigente con rango reglamentario conforme a lo previsto en la disposición derogatoria única de la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha, la convocatoria, aprobación de las bases y gestión de los procesos selectivos para el ingreso en la Escala Superior de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidades de Bibliotecas y Museos, en la Escala Técnica de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidades de Bibliotecas y Museos, y en las Escalas Administrativas y Auxiliar de Archivos y Bibliotecas, corresponde a la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
El artículo 9. 1.k) del Decreto 80/2019, de 16 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, atribuye a la persona titular de la Dirección General de la Función Pública, la gestión de las convocatorias de pruebas selectivas que no estén atribuidas a otras Consejerías u Organismos Autónomos.
En todo caso se encargará de la adecuada coordinación de todas las convocatorias, debiendo a tal efecto informar con carácter previo a las mismas, cuando la gestión de dichas convocatorias esté atribuida a otras Consejerías u Organismos Autónomos la gestión de las convocatorias de pruebas selectivas que no estén atribuidas a otras Consejerías u Organismos Autónomos.
Asimismo, de conformidad con la Resolución de 15 de septiembre de 2015, de la Consejería de Hacienda yAdministraciones Públicas de delegación de competencias en los órganos centrales de la Consejería y en las Delegaciones Provinciales de la Junta de Comunidades, la competencia para la convocatoria de los procesos selectivos para la adquisición de la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha, cuya gestión esté atribuida a la Dirección General de la Función Pública, la aprobación de las relaciones provisionales y definitivas de aspirantes admitidos y excluidos en los citados procesos selectivos, la designación de los miembros de los órganos de selección, la resolución de los recursos de alzada contra los actos de los citados órganos, la oferta y adjudicación de destinos a los aspirantes y cualquier otro acto de carácter instrumental cuya adopción esté atribuida al órgano convocante, se encuentra delega en la persona titular de la citada Dirección General.
Estando prevista la convocatoria de procesos selectivos en el desarrollo de las Ofertas de Empleo Público 2019 y 2020 para el acceso a distintos Cuerpos, Escalas, Especialidades y Categorías Profesionales, con el fin de agilizar y armonizar los distintos procesos selectivos, resulta conveniente delegar las citadas competencias en un único órgano.
Por ello, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Consejería, resuelve:
Primero.- Delegar en la persona titular de la Dirección General de la Función Pública la competencia para, para convocar y resolver, así como para el resto de competencias atribuidas al órgano convocante, en relación a los procesos selectivos correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de 2019 y 2020 para el ingreso en la Escala Superior de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidades de Bibliotecas y Museos, en la Escala Técnica de Archivos, Bibliotecas y Museos, Especialidades de Bibliotecas y Museos, y en las Escalas Administrativas y Auxiliar de Archivos y Bibliotecas.
Segundo.- En las resoluciones que se dicten en virtud de la presente delegación de competencias se hará constar esta circunstancia mediante la mención de la misma y de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, considerándose dictadas por el órgano delegante.
Tercero.- Esta resolución surtirá efectos el día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.