Orden 566/2021, de 8 de marzo, del Consejero de Educación y Juventud, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de educación infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y Entidades Locales e Instituciones Públicas para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, Sedes de Equipos de Atención Temprana y Sedes de Direcciones de Zonas de Casas de Niños y a los contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2021-2022
- ÓrganoCONSEJERIA DE EDUCACION Y JUVENTUD
- Publicado en BOCM núm. 64 de 17 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 01 de Septiembre de 2021


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Sumario
- Norma afectada por
- Norma posterior
- LE0000720407_20220901
Orden Educación 327/2022, de 14 Feb. CA Madrid (módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil entre la Comunidad y entidades locales)
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Véase Orden 327/2022, 14 febrero, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se establecen los módulos de financiación aplicables a los convenios de colaboración en materia de Educación Infantil suscritos entre la Comunidad de Madrid y entidades locales e instituciones públicas, para el funcionamiento de Escuelas Infantiles, Casas de Niños, sedes de Equipos de Atención Temprana y sedes de Direcciones de Zonas de Casas de Niños, y a los contratos para el funcionamiento de los centros correspondientes al curso escolar 2022-2023 («B.O.C.M.» 25 febrero).
LE0000692090_20210901

El Decreto 28/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la financiación del primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad de Madrid establece en su artículo 4 que la Consejería competente en materia de educación establecerá anualmente mediante orden los módulos de financiación para el funcionamiento de los centros de la red pública de Educación Infantil, ya sean Escuelas Infantiles o Casas de Niños, sujetos a este régimen económico.
Por ello, procede establecer para el curso escolar 2021-2022 las cuantías aplicables a los citados módulos de financiación.
En virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud,
DISPONGO
Primero Ámbito de aplicación
Esta orden es de aplicación a los convenios formalizados entre la Comunidad de Madrid y las entidades locales e instituciones públicas de la región para el funcionamiento de Escuelas Infantiles y Casas de Niños públicas cuyo régimen económico está basado en el modelo de financiación por módulos. Será, asimismo, de aplicación a los contratos establecidos por las entidades locales e instituciones públicas para el funcionamiento de los centros de su titularidad cuya financiación esté por sus propios términos sujeta a la presente orden.
Segundo Módulos de financiación
1. Para el curso escolar 2021-2022 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Escuelas Infantiles públicas por curso escolar:
- - Módulo centro: 44.734 euros.
- - Módulo plaza escolar 0-1 años: 7.268 euros por plaza ocupada.
- - Módulo plaza escolar 1-2 años: 4.154 euros por plaza ocupada.
- - Módulo plaza escolar 2-3 años: 2.907 euros por plaza ocupada.
- - Módulo plaza escolar 2º ciclo: 2.325 euros por plaza ocupada.
- - Módulo plaza horario ampliado: 224 euros por plaza y período ocupado.
2. Para el curso escolar 2021-2022 se establecen los siguientes módulos económicos de financiación para Casas de Niños públicas por curso escolar:
- - Módulo centro de 1-2 unidades: 23.544 euros.
- - Módulo centro de 3-4 unidades: 17.658 euros.
- - Módulo centro de 5-6 unidades: 11.772 euros.
- - Módulo centro de 7 o más unidades: 5.886 euros.
- - Módulo plaza: 1.471 euros por plaza ocupada.
- - Módulo complementario por plaza ocupada con extensión de servicio: 1.246 euros por plaza ocupada.
3. El módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a las entidades locales, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Equipos de Atención Temprana se establece, para el curso 2021-2022, en la cuantía de 3.047 euros.
4. El módulo de financiación que la Comunidad de Madrid aportará a las entidades locales, en concepto de colaboración en el mantenimiento de las sedes municipales de Direcciones de Zonas de Casas de Niños se establece, para el curso 2021-2022, en la cuantía de 2.311 euros.
Tercero Disponibilidad presupuestaria
Los actos derivados de la aplicación de esta orden estarán sujetos a la efectiva disponibilidad de crédito en los presupuestos de la Comunidad de Madrid para los ejercicios de 2021 y 2022.
Cuarto Producción de efectos
La presente orden producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2021 y su eficacia se mantendrá hasta el 31 de agosto de 2022.