RESOLUCIÓN TSF/768/2021, de 5 de marzo, por la que se dispone la inscripción y la publicación del Acuerdo de la Comisión negociadora del Convenio colectivo interprovincial de exhibición cinematográfica de Girona, Lleida y Tarragona, relativo a las tablas salariales 2020
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE TRABAJO, ASUNTOS SOCIALES Y FAMILIAS
- Publicado en
- Vigencia desde 01 de Enero de 2020
Sumario
Visto el texto del Acuerdo del Convenio colectivo interprovincial de exhibición cinematográfica de Girona, Lleida y Tarragona, relativo a las tablas salariales 2020, suscrito por la Comisión negociadora en fechas 23 de enero de 2020 y 15 de diciembre de 2020, y de acuerdo con lo que disponen el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores; el artículo 2.1) del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad; el Decreto 289/2016, de 30 de agosto, de reestructuración del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, y el artículo 6 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña,
Resuelvo:
-1 Disponer la inscripción del Acuerdo mencionado en el Registro de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad de la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, con notificación a la Comisión negociadora.
-2 Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, con el cumplimento previo de los trámites pertinentes.
Acta de acuerdos de la Comisión negociadora del Convenio colectivo interprovincial de exhibición cinematográfica de Girona, Lleida y Tarragona
En Barcelona, a 15 de diciembre de 2020,
Reunidos:
De una parte, el Sr. Sergi Valverde (UGT), el Sr. Màxim Pujade (CCOO) y el Sr. Francisco Olmedo (CGT),
quienes representan a sindicatos que conforme a las certificaciones emitidas por el Departament de Treball reúnen plena legitimación, al agrupar a la totalidad de los representantes de los trabajadores electos en el ámbito territorial y funcional del Convenio colectivo interprovincial de exhibición cinematográfica para las provincias de Girona, Lleida y Tarragona.
Y de otra, los Sres. y Sras. Montse Cortada, Mariana Ruiz, Pilar Sierra, Josep Pla, Joan Montserrat, y Bernat Antràs, quienes han sido designados y representan a las únicas asociaciones patronales que tienen representatividad de las empresas en el sector.
Manifiestan
Que en fecha 11 de marzo de 2020, esta comisión recibió una comunicación de enmienda de parte del Departamento de Trabajo referente al Acuerdo de tablas salariales para el año 2020 del Convenio de exhibición cinematográfica para las provincias de Girona, Lleida y Tarragona con código 79002225012004 (expediente 79/01/0017/2020).
Que las partes han venido manteniendo conversaciones y la vista del contenido del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para el año 2020 y del requerimiento formulado por la Dirección General de Relaciones Laborales, Trabajo Autónomo, Seguridad y Salud Laboral, toman el siguiente
Acuerdo
Que, en aplicación del Real Decreto 231/2020 de 4 de febrero, el presente Convenio debe interpretarse en el sentido de que garantiza a todos los trabajadores que el salario bruto no alcance el salario establecido en cada momento por las normas que regulan el salario mínimo interprofesional, en proporción a su jornada de trabajo, tendrán derecho a percibir de sus empresas los complementos retributivos necesarios para asegurar que, por lo menos, alcancen dicha cuantía.
En Barcelona, a 15 de diciembre de 2020
Anexo I
Tablas salariales anexas al Convenio colectivo laboral del sector de exhibición cinematográfica de las provincias de Girona, Lleida y Tarragona con efectos desde el 1/01/2020.
Incremento 0,9%
Salario bruto anual grupos 1 y 2: 13.220,56 €
Precio/hora: 7,512 €
Salario bruto anual grupo 3: 14.542,15 € Precio/hora: 8,263 €
Tabla 1 Locales de sesión diaria
Categoría profesional | Salario base mensual | Salario base mensual con prorrateo de pagas extras (1) |
(2) | ||
Grupo 1. Administrativos | ||
Oficial administrativo | 944,33 | 1.101,71 |
Auxiliar administrativo | 944,33 | 1.101,71 |
Grupo 2. Atención al público o servicios generales | ||
Personal de taquilla | 944,33 | 1.101,71 |
Portero/a acomodador/a | 944,33 | 1.101,71 |
Personal de limpieza | 944,33 | 1.101,71 |
Dependientes/as | 944,33 | 1.101,71 |
Personal de mantenimiento | 944,33 | 1.101,71 |
Grupo 3. Personal de cabina | ||
Operador/a de cabina | 1.038,73 | 1.211,85 |
Tabla 2 Locales de sesión diaria
Categoría profesional. grupo 1 y 2 | Salario base mensual | Antigüedad | Total mensual |
0 trienios | 1.101,71 | 1.101,71 | |
1 trienio | 1.101,71 | 33,05 | 1.134,76 |
2 trienios | 1.101,71 | 66,10 | 1.167,81 |
3 trienios | 1.101,71 | 99,15 | 1.200,86 |
4 trienios | 1.101,71 | 132,20 | 1.233,91 |
5 trienios | 1.101,71 | 165,25 | 1.266,97 |
Tabla 3 Locales de sesión diaria
Categoria profesional grupo 3 | Salario base mensual (4) | Antigüedad | Total mensual |
0 trienios | 1.211,85 | 1.211,85 | |
1 trienio | 1.211,85 | 33,05 | 1.244,90 |
2 trienios | 1.211,85 | 66,10 | 1.277,95 |
3 trienios | 1.211,85 | 99,15 | 1.311,00 |
4 trienios | 1.211,85 | 132,20 | 1.344,05 |
5 trienios | 1.211,85 | 165,25 | 1.377,10 |
Pluses
Plus de nocturnidad Plus de sesión golfa
Grupos 1y 2: 18,03 €/sesión
Grupo 3: 19,83 €/sesión Recargo sesión golfa
Grupos 1 y 2: 3,00€/sesión (jornada)
Grupo 3: 3,31 €/sesión (jornada) Quebranto de moneda: 23,80 €/mes