Orden Foral 2651/2021, de 24 de marzo, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en el/la jefe/a del Gabinete del Diputado General y en las direcciones generales del Gabinete del Diputado General
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y RELACIONES INSTITUCIONALES
- Publicado en BOB núm. 58 de 26 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 26 de Marzo de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo 1 Delegar en el/la jefe/a del Gabinete del Diputado General el ejercicio de las siguientes competencias
- Artículo 2 Delegar en cada una de las direcciones generales del Gabinete del Diputado General el ejercicio de las siguientes competencias
- DISPOSICIÓN ADICIONAL
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA
- DISPOSICIÓN FINAL
Mediante Decreto Foral del Diputado General 101/2019, de 1 de julio, se establecen los departamentos de la Diputación Foral de Bizkaia y sus áreas de actuación y funciones.
Asimismo, mediante Decreto Foral del Diputado General 27/2021, de 16 de marzo, se dispone el nombramiento de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales.
Teniendo en cuenta la naturaleza, alcance y diversidad de las competencias atribuidas a la titular del Departamento de Administración Pública y Relaciones Institucionales en la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia, en relación con el artículo 9 y Disposición Adicional Cuarta del texto refundido de la Norma Foral 5/2006, de 29 de diciembre, General Presupuestaria, aprobado mediante Decreto Foral Normativo 5/2013, de 3 de diciembre y el Reglamento que regula el Gabinete del Diputado General y el Gabinete de Estrategia Digital y Corporativa, así como la normativa sobre contratación pública respecto a los contratos menores; valorando debidamente la necesidad de obtener una actuación procedimental eficiente que permita satisfacer el interés público con las garantías debidas, resulta procedente la delegación de competencias conforme a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a la referida Norma Foral 3/1987.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en los artículos 44 y 45 de la Norma Foral 3/1987, de 13 de febrero, sobre Elección, Organización, Régimen y Funcionamiento de las Instituciones Forales del Territorio Histórico de Bizkaia, y conforme cualesquiera otras disposiciones concordantes,
DISPONGO:
Artículo 1 Delegar en el/la jefe/a del Gabinete del Diputado General el ejercicio de las siguientes competencias
- a) Autorizar, disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago de los créditos asignados a la jefatura del Gabinete del Diputado General, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa vigente, siempre que superen 50.000,00 euros, IVA incluido, y no excedan de 500.000,00 euros, IVA incluido.
- b) Autorizar la celebración de contratos del Gabinete del Diputado General cuyos presupuestos de licitación superen 50.000,00 euros, IVA incluido, y no excedan de 500.000,00 euros, IVA incluido.
Artículo 2 Delegar en cada una de las direcciones generales del Gabinete del Diputado General el ejercicio de las siguientes competencias
- a) Autorizar, disponer el gasto, reconocer la obligación y proponer el pago de los créditos asignados a cada dirección general, de acuerdo con los procedimientos establecidos en la normativa vigente, siempre que no superen 50.000,00 euros, IVA incluido.
- b) Autorizar la celebración de contratos de cada dirección general cuyos presupuestos de licitación no superen 50.000,00 euros, IVA incluido.
- c) Realizar los trámites previstos en la normativa sobre contratación pública respecto a los contratos menores de cada dirección general.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Disposición Adicional Única
Los actos administrativos que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictados por el órgano delegante de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Disposición Derogatoria Única
Derogar las Órdenes Forales 7924/2019, de 22 de julio, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se delegan determinadas funciones en el jefe del Gabinete del Diputado General, 8842/2019, de 3 de septiembre, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se delegan determinadas funciones en la directora general de Coordinación del Gabinete del Diputado General, 8843/2019, de 3 de septiembre, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se delegan determinadas funciones en el director general de Atracción a Bizkaia del Gabinete del Diputado General y 8844/2019, de 3 de septiembre, de la diputada foral de Administración Pública y Relaciones Institucionales, por la que se delegan determinadas funciones en la directora general de Comunicación del Gabinete del Diputado General.
LE0000649002_20190723



DISPOSICIÓN FINAL
Disposición Final Única
La presente Orden Foral producirá sus efectos el día de su publicación en el «Boletín Oficial de Bizkaia».