Orden de 15 de marzo de 2021, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se modifica la Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias
- ÓrganoCONSEJERIA DE HACIENDA Y FUNCION PUBLICA
- Publicado en BOCM núm. 76 de 31 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 31 de Marzo de 2021. Revisión vigente desde 31 de Marzo de 2021


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Sumario
- Norma afectada por
- 31/3/2021
- LE0000714692_20220101
Orden Economía, Hacienda y Empleo 3 Dic. 2021 CA Madrid (delegación del ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones)
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Téngase en cuenta que la Orden 6 julio 2020, modificada por esta norma, ha sido derogada por el número 2 del apartado decimosexto de la Orden 3 diciembre 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el Protectorado de Fundaciones («B.O.C.M.» 21 diciembre), el 1 de enero de 2022.
LE0000693412_20210331

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Sector Público,
RESUELVO
Primero Modificar la Orden de 6 de julio de 2020, de la Consejería de Hacienda y Función Pública, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias en los siguientes términos:
Se añade una nueva letra, la e), al apartado octavo, punto 2, con la siguiente redacción:
- «e) El establecimiento de los términos y la formalización de contratos que tengan por objeto fijar las condiciones de remuneración de los saldos en las cuentas corrientes abiertas con entidades financieras».

Segundo Esta Orden surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El Consejero de Hacienda y Función Pública,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC