RESOLUCIÓN ARP/880/2021, de 26 de marzo, por la que se hace público el modelo homologado de contrato de integración
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
- Publicado en DOGC núm. 8378 de 31 de Marzo de 2021
- Vigencia desde 20 de Abril de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- ANEXO
- INTRODUCCION
- –1Objeto
- –2Régimen jurídico
- –3Duración y renovación
- –4Aportaciones de la persona integrada
- –5Aportaciones de la persona integradora
- –6Régimen de gestión de la explotación
- –7Obligaciones de la persona integradora
- –8Obligaciones de la persona integrada
- –9Pactos económicos
- –10Compensación de daños
- –11Responsabilidad de las partes
- –12Rescisión y extinción
- –13Resolución de conflictos
El libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, aprobado por la Ley 3/2017, de 15 de febrero, constituye el actual marco jurídico regulador del contrato de integración que tiene por objeto fijar las condiciones en que se debe llevar a cabo la colaboración entre las partes que lo firman para la obtención de productos pecuarios, especifica las obligaciones y los derechos que asumen cada una de las partes y establece la participación económica de acuerdo con sus aportaciones y con la producción obtenida.
El artículo 625.4 del Código civil de Cataluña establece que el contrato de integración se formalizará por escrito según el modelo homologado por resolución del consejero del departamento competente en materia de ganadería.
Mediante la Resolución ARP/3174/2020, de 3 de diciembre, se hace público el modelo homologado de contrato de integración. Sin embargo, se han observado unos errores que es necesario enmendar mediante la publicación de un nuevo modelo homologado.
Por todo ello y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Resuelvo:
1. Aprobar el modelo homologado de contrato de integración, que se adjunta como anexo de esta Resolución.
2. Dejar sin efecto la Resolución ARP/3174/2020, de 3 de diciembre, por la que se hace público el modelo homologado de contrato de integración.
LE0000682625_20201229
Anexo
Modelo homologado de contrato de integración
(Localidad), (fecha)
Reunidos:
Por una parte, (nombre y apellidos), con DNI núm. (número de DNI), en nombre propio o en nombre y representación de (nombre de la empresa) con CIF núm. (número de CIF), domiciliado/a en (dirección), de (localidad), código postal (número), (de ahora en adelante, persona integradora).
Y, por la otra, (nombre y apellidos), con DNI núm. (número de DNI), en nombre propio o en nombre y representación de (nombre de la empresa), con CIF núm. (número de CIF), domiciliado/a en (dirección), de (localidad), código postal (número), (de ahora en adelante, persona integrada).
Ambas partes se reconocen mutua y recíprocamente, en la respectiva calidad en que actúan, con plena capacidad para contratar y obligarse, y, a tal efecto, manifiestan:
Primero Que la persona integrada es titular de una explotación ganadera ubicada en el término municipal de (nombre del término), denominada (nombre de la explotación), inscrita en el Registro de explotaciones ganaderas con el núm. (número de registro).
Segundo (En caso que la sede social de la persona integradora esté ubicada en Cataluña) Que la persona integradora figura inscrita en el Directorio de operadores en el sector de la ganadería establecido en el artículo 31 del Decreto 40/2014, de ordenación de las explotaciones ganaderas.
Tercero Que la persona integradora tiene la intención de suministrar animales de la especie (nombre de la especie) y fase productiva (nombre de la fase: engorde, producción de lechones, especificar otras) en régimen de integración en dicha explotación ganadera.
Cuarto Que ambas partes han convenido en otorgar este contrato de integración, que se regirá por las cláusulas siguientes:
–1 Objeto
Constituye el objeto de este contrato la fijación de las condiciones en que se debe llevar a cabo la colaboración entre la persona integradora y la persona integrada para la obtención de productos pecuarios mediante alguna de las modalidades siguientes: (indicar, a título orientativo, si es para cría, engorde, recría, puesta, etc.).
–2 Régimen jurídico
El régimen jurídico aplicable a este contrato es propio del derecho privado y se rige por los pactos convenidos entre las partes de acuerdo con el libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, aprobado por la Ley 3/2017, de 15 de febrero, y la normativa sectorial aplicable a la actividad objeto del contrato.
–3 Duración y renovación
3.1 La duración del contrato es de (indicar el plazo de duración, el cual no puede ser inferior a la del ciclo productivo).
3.2 Una vez transcurrido este plazo, el contrato se entenderá renovado por el plazo de (indicar el plazo).
3.3 Antes del inicio de los ciclos productivos, de acuerdo con lo que, en su caso, establezca la normativa sectorial, se prevé un periodo de vacío sanitario de (número de días) días para sanear y adecuar las instalaciones.
–4 Aportaciones de la persona integrada
4.1 Instalaciones fijas
Las instalaciones fijas que aporta la persona integrada pertenecen a la explotación ganadera inscrita en el Registro de Explotaciones Ganaderas con el número (número de registro), marca oficial número (número de marca), que se describen de la forma siguiente:
Emplazamiento, descripción y ubicación de cada una de las naves objeto del contrato con indicación de su capacidad máxima para cada tipo de ganado, con inclusión de las instalaciones de cuarentena y lazareto, si existen.
Instalaciones de almacenamiento y distribución de piensos y agua.
Instalaciones y sistemas de manejo de las deyecciones ganaderas.
4.2 Otros bienes y servicios aportados por la persona integrada, con indicación del coste que suponen estas aportaciones:
Mano de obra capacitada, de acuerdo con la normativa específica, y en cantidad suficiente para atender al manejo y el cuidado del ganado de acuerdo con sus necesidades y las estipulaciones de este contrato.
Suministro de calefacción, agua o energía.
Lecho, pastos u otros.
Sistema de gestión de deyecciones, cadáveres y residuos en la parte que le corresponda, según lo pactado entre las partes.
4.3 La persona integrada asume cualquier responsabilidad que derive de la utilización incorrecta de los bienes o servicios aportados o del incumplimiento de sus obligaciones.
–5 Aportaciones de la persona integradora
5.1 Ganado
Los animales propiedad de la persona integradora que aporta en esta relación contractual son:
Número de animales.
Especie.
Raza o cruce.
Tipo.
Sexo.
Edad.
Peso máximo y mínimo.
Procedencia.
Fecha de entrada.
Tiempo de estancia, edad o peso previsto de salida.
Condiciones de carga y descarga de los animales.
5.2 Los otros medios de producción y servicios que aporta la persona integradora son:
Otros medios de producción y servicios aportados por la persona integradora con indicación del coste que suponen estas aportaciones:
Alimentos (con especificación de sus características).
Productos zoosanitarios.
Servicios de atención técnica y veterinaria.
Sistema de gestión de deyecciones, cadáveres y residuos en la parte que le corresponda, según lo pactado entre las partes.
5.3 La persona integradora asume cualquier responsabilidad que derive de la utilización incorrecta de los bienes o servicios aportados o del incumplimiento de sus obligaciones.
–6 Régimen de gestión de la explotación
6.1 El sistema de producción en que la explotación ganadera se lleva a cabo es: (indicar si es intensivo, extensivo, semiintensivo, producción integrada, ganadería ecológica, etc.).
6.2 Las operaciones de carga y descarga de los animales se llevarán a cabo de acuerdo con:
La fecha de entrada inicial de los animales en las instalaciones es (fecha), con un margen de tolerancia de (número de días) días. Las posteriores entradas se producirán (fechas), con una tolerancia de (número de días) días.
La persona integrada dará conformidad por escrito en el momento de la entrega de los animales y hará constar si observa alguna anomalía que afecte a los animales o cualquier otra relacionada con su número o descarga, y dejará constancia de ello en los registros de la explotación.
El tiempo de estancia previsto es de (número de días o meses) días/meses, con un margen de tolerancia de (número de días) días.
El peso de salida de los animales una vez finalizada la estancia es (número de kg) kg, con un margen de tolerancia de (número de kg) kg.
Otras condiciones (indicarlas).
6.3 La dirección y la gestión técnica de la explotación corresponde a la persona integradora de acuerdo con el protocolo que se entregará a la persona integrada antes del inicio del ciclo productivo.
6.4 Las condiciones de bienestar animal y otras condiciones técnico-sanitarias aplicables a la explotación son las que establece la normativa vigente para cada tipo de animales o las que expresamente establezca el programa sanitario o el pliego de condiciones específicas de producción que se adjuntan a este contrato en el caso que no las prevea la normativa vigente.
–7 Obligaciones de la persona integradora
7.1 De conformidad con el artículo 625.7 del libro sexto del Código civil de Cataluña, se fijan las obligaciones siguientes: (indicarlas) (las partes pueden detallar estas obligaciones en el contrato).
- a) Entrar el ganado y proporcionar los medios de producción y, en su caso, los servicios en las condiciones, el lugar y el momento pactados y en las condiciones sanitarias, de bienestar animal y de identificación adecuadas.
- b) Hacerse cargo de la dirección y la gestión técnica de la explotación.
- c) Retirar el ganado una vez terminado el periodo fijado y alcanzado el peso pactado.
- d) Hacerse cargo de los costes de entrada, retirada y transporte de los animales al matadero y asumir las bajas y las depreciaciones que se produzcan por este hecho.
- e) Cumplir las obligaciones económicas pactadas.
- f) Hacerse cargo de todos los pagos de derecho público correspondientes a la propiedad del ganado.
- g) Comunicar al departamento competente en materia de ganadería las enfermedades de los animales objeto del contrato, de acuerdo con la normativa vigente.
- h) Comunicar por escrito al departamento competente en materia de ganadería, en un plazo de quince días a contar desde la firma del contrato, la relación de explotaciones que tiene integradas y cualquier cambio en esta situación.
- i) Colaborar con la persona integrada, en régimen de corresponsabilidad por incumplimiento, para que la gestión de las deyecciones se efectúe de acuerdo con la normativa vigente.
7.2 Otras obligaciones de la persona integradora.
En este epígrafe se harán constar expresamente las obligaciones que asume la persona integradora relativas a las actuaciones que se indican y cualquier otra de la que se responsabilice:
- a) El suministro de los alimentos, los productos zoosanitarios, los servicios de atención veterinaria y los otros bienes o servicios que sean necesarios para la producción, en las condiciones de calidad y sanidad adecuadas.
- b) La dirección y la gestión sanitaria de la explotación.
- c) El cumplimiento de las obligaciones de bienestar y sanidad animal exigidas por la normativa sectorial, el de los programas de actuación agroambientales y el de las Buenas Prácticas ganaderas.
- d) La gestión de las deyecciones ganaderas establecida por el plan de gestión correspondiente, así como del resto de subproductos ganaderos o residuos generados por la explotación y el coste que se derive, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.
–8 Obligaciones de la persona integrada
8.1 De conformidad con el artículo 625.8 del libro sexto del Código civil de Cataluña, se fijan las obligaciones siguientes: (indicarlas) (las partes pueden detallar estas obligaciones en el contrato).
- a) Efectuar todas las actuaciones necesarias para la alimentación, el abrevado, la sanidad, el bienestar y el cuidado del ganado, y seguir los planes sanitarios y de manejo establecidos por la persona integradora, si se ha pactado así, en todo lo que no se oponga a la normativa vigente.
- b) Disponer de la mano de obra necesaria para el manejo y el cuidado del ganado.
- c) Hacerse cargo de los pagos correspondientes a los espacios y las instalaciones afectados a la producción y al personal que trabaja en la explotación.
- d) Facilitar el acceso de la persona integradora y de las personas que la persona integradora designe a las instalaciones de la explotación para realizar las actuaciones que les corresponden, y también de las personas y los vehículos que la persona integradora designe para el suministro y la retirada del ganado.
- e) Comunicar a la persona integradora toda sospecha de enfermedad infecciosa que afecte a los animales.
- f) Mantener la explotación, los espacios y las instalaciones en las condiciones legales y administrativas requeridas para el ejercicio de la actividad y en las condiciones ambientales de higiene y sanidad adecuadas.
8.2 Otras obligaciones de la persona integrada.
En este epígrafe se harán constar expresamente las obligaciones que asume la persona integrada relativas a las actuaciones que se indican y cualquier otra de la que se responsabilice:
- a) El suministro de los alimentos, los productos zoosanitarios, los servicios de atención veterinaria y los otros bienes o servicios que sean necesarios para la producción, en las condiciones de calidad y sanidad adecuadas.
- b) La dirección y la gestión sanitaria de la explotación.
- c) El cumplimiento de las obligaciones de bienestar y sanidad animal exigidas por la normativa sectorial, el de los programas de actuación agroambientales y el de las Buenas Prácticas ganaderas.
- d) La gestión de las deyecciones ganaderas establecida por el plan de gestión correspondiente, así como del resto de subproductos ganaderos o residuos generados por la explotación y el coste que se derive, de acuerdo con la normativa sectorial aplicable.
–9 Pactos económicos
9.1 La retribución de la persona integrada consiste en (cantidad), que se fija de acuerdo con alguna de las opciones siguientes:
- - La producción obtenida.
- - El número de animales salidos en el periodo.
- - Un tanto fijo por plaza y período de tiempo calculados de acuerdo con la capacidad de producción de la granja y los costes de los servicios o compromisos asumidos por las partes según este contrato.
Los costes derivados de la gestión de las deyecciones ganaderas, subproductos, residuos y cadáveres generados por la explotación, y de otras obligaciones ambientales, han sido considerados en la fijación de la retribución. Igualmente, se ha tenido en cuenta el coste de los medios de producción, bienes y servicios aportados por ambas partes de acuerdo con las cláusulas cuarta y quinta de este contrato.
9.2 El plazo máximo para abonar a la persona integrada la retribución indicada es de (número de días) días contado desde la fecha de salida de los animales de la explotación.
La fecha de retribución a la persona integrada debe ser inferior a treinta días a contar desde la fecha de la primera salida de los animales de la explotación
9.3 Otros pactos: (indicarlos).
–10 Compensación de daños
10.1 De acuerdo con el artículo 625.5 h) del libro sexto del Código civil de Cataluña, se pactan las normas siguientes de compensación mutua por los daños sufridos, que se calculará de acuerdo con el valor de los animales afectados y los gastos o las inversiones efectuados por las partes: (indicar los pactos).
10.2 De acuerdo con el artículo 625.11.3 del libro sexto del Código civil de Cataluña, cuando se establezca una indemnización para el propietario o la propietaria de los animales, este propietario o propietaria debe compensar a la persona integrada de forma proporcional a los días de estancia de los animales en la explotación y también, si procede, de forma proporcional, por los otros perjuicios derivados de la situación que ha dado lugar a la indemnización. A tal efecto, se pacta lo siguiente: (indicar los pactos).
10. 3 La indicación de la existencia o no de un seguro público y, en su caso, de la póliza contratada y de la persona titular del contrato.
–11 Responsabilidad de las partes
11.1 De acuerdo con el régimen previsto en el artículo 625.10 del libro sexto del Código civil de Cataluña, el sistema de indemnizaciones mutuas por los daños y perjuicios que puedan sufrir las partes se pacta en los términos siguientes: (indicar los pactos).
- a) La persona integradora debe indemnizar a la persona integrada:
- - Por los daños y perjuicios ocasionados por la muerte o las enfermedades del ganado si son consecuencia del estado sanitario de los animales en el momento de la entrega o de la propia operación de descarga en las instalaciones convenidas.
- - Por los daños y perjuicios sufridos por razón del retraso en la entrega y la recogida del ganado.
- b) Si en la carne de los animales en el matadero se detectan residuos de antibióticos u otras sustancias prohibidas, o sustancias que superan los límites de presencia autorizados, es responsable la persona propietaria de los animales, a menos que la actuación objeto de infracción administrativa sea imputable a la persona integrada.
- c) La persona integrada debe compensar a la persona integradora por los daños y perjuicios que sean consecuencia de su actuación.
11.2 En caso del incumplimiento en la gestión de las deyecciones ganaderas, el sistema de corresponsabilidad se pacta en los términos siguientes: (indicar los pactos).
–12 Rescisión y extinción
12.1 Cualquiera de las partes podrá instar por escrito ante la otra la rescisión del contrato en los supuestos y con las condiciones que se pactan a continuación: (indicar los pactos).
12.2 Además de las causas generales de extinción de las obligaciones que establece el Código civil, este contrato se extinguirá en los supuestos previstos en el artículo 625.12 del libro sexto del Código civil de Cataluña.
–13 Resolución de conflictos
En caso de conflicto, ambas partes acuerdan someterse a una de las dos opciones siguientes:
- a) Al arbitraje institucional de la Junta de Arbitraje y Mediación de Contratos de Cultivo y de Contratos de Integración, y se obligan a cumplir la decisión arbitral.
- b) A la jurisdicción civil.
Las personas otorgantes firman este contrato por duplicado y a un solo efecto. Un ejemplar es para la persona integradora y otro para la persona integrada, en el lugar y la fecha indicados en el encabezamiento.
La persona integradora
Firmado
La persona integrada
Firmado