Corrección de errores de la Orden 23/2021, de 24 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se modifica la Orden 31/2020, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación
- ÓrganoConsejería de Igualdad y Portavoz
- Publicado en DOCM núm. 65 de 07 de Abril de 2021
- Vigencia desde 04 de Marzo de 2021


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Sumario
Advertido error en la Orden 23/2021, de 24 de febrero, de la Consejería de Igualdad y Portavoz, por la que se modifica la Orden 31/2020, de 5 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para impulsar la igualdad de género, la prevención de la violencia machista y la no discriminación (Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº42, de 3 de marzo de 2021), conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a su corrección en los siguientes términos:
En el apartado 2, del artículo 31, en lo referente a la justificación mediante cuenta justificativa con aportación de justificantes de gastos, en la letra e), página 9084:
Donde dice:
«e) Documentos que justifiquen que se ha hecho constar en la publicidad del proyecto la colaboración del Instituto de la
Mujer mediante fondos propios y/o fondos finalistas del Ministerio». Debe decir:
- «e) Documentos que justifiquen que se ha hecho constar en la publicidad del proyecto la colaboración del Instituto de la Mujer mediante fondos propios y/o fondos finalistas procedentes del Pacto de Estado contra la Violencia de Género».
En el apartado 2, del artículo 31, en lo referente a la justificación mediante cuenta justificativa simplificada, en las letras d) y f), página 9084:
Donde dice:
«d) Documentos que justifiquen que se ha hecho constar en la publicidad del proyecto la colaboración del Instituto de la Mujer mediante fondos propios y/o fondos finalistas del Ministerio».
«f) En su caso, carga de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos».
Debe decir:
- «d) Documentos que justifiquen que se ha hecho constar en la publicidad del proyecto la colaboración del Instituto de la Mujer mediante fondos propios y/o fondos finalistas procedentes del Pacto de Estado contra la Violencia de Género
- f) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos»
En la página 9085, se suprime la letra g) de este apartado 2 del artículo 31.