Orden 435/2021, de 10 de abril, de la Consejería de Sanidad, de corrección de errores de la Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica
Advertido error en la Orden 431/2021, de 9 de abril, de la Consjería de Sanidad, por la que se prorroga la Orden 154/2021, de 12 de febrero, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como consecuencia de la evolución epidemiológica, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 85, de 10 de abril, se procede a realizar la oportuna rectificación:
En el apartado segundo, punto único:
Donde dice:
«- El municipio de Villaviciosa de Odón (zona básica de salud Villaviciosa de Odón)».
Debe decir:
«- El municipio de Villaviciosa de Odón (zona básica de salud Villaviciosa de Odón), siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada por el Camino de la Zarzuela y Cordel Real (límite con el municipio de Móstoles)».