RESOLUCIÓN EMC/1142/2021, de 16 de abril, por la que se da la conformidad a dos nuevos emplazamientos de la Facultad de Ciencias y Tecnología de la Universidad de Vic - Universidad Central de Cataluña, y se reconoce la implantación y se autoriza el inicio de actividades del grado en Ingeniería de Automoción
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE EMPRESA Y CONOCIMIENTO
- Publicado en DOGC núm. 8396 de 27 de Abril de 2021
- Vigencia desde 28 de Abril de 2021


La protección civil y la gestión de emergencias en las entidades locales
LibrosDesde 44,46 €(IVA Inc.)Más info.Casos prácticos para secretarios y técnicos de Administración Local
LibrosDesde 98,80 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Gestión presupuestaria y Control interno
LibrosDesde 100,78 €(IVA Inc.)Más info.Administración Local Práctica 5ª Ed.
LibrosDesde 82,99 €(IVA Inc.)Más info.Revista El Consultor de los Ayuntamientos
Periódicos y Revistas468,00 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
La Ley 5/1997, de 30 de mayo, de reconocimiento de la Universidad de Vic, prevé la Escuela Politécnica Superior como centro integrado en la universidad mencionada.
Mediante la Orden ECO/214/2015, de 30 de junio, se da conformidad al cambio de denominación de la Escuela Politécnica Superior de la Universidad de Vic – Universidad Central de Cataluña, que pasa a denominarse Facultad de Ciencias y Tecnología.
La Resolución de 27 de julio de 2017, por la que se aprueba la Programación universitaria de Cataluña para el curso académico 2017-2018, prevé la implantación del grado en Ingeniería de Automoción en la Facultad de Ciencias y Tecnología de la Universidad de Vic – Universidad Central de Cataluña, circunstancia que motiva la ampliación de sus espacios a dos nuevas ubicaciones de impartición de estudios.
De acuerdo con el artículo 109 de la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña, el departamento competente en materia de universidades autoriza o da su conformidad a las variaciones en las condiciones de autorización de los centros universitarios.
De conformidad con lo establecido en la Ley orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de universidades; la Ley 1/2003, de 19 de febrero, de universidades de Cataluña; el Real decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; el Real decreto 420/2015, de 29 de mayo, de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios y las Normas de organización y funcionamiento de la Universidad de Vic – Universidad Central de Cataluña, a propuesta del Consejo de Gobierno de la citada universidad y con el informe favorable del Patronato de la Fundación Universitaria Balmes, a propuesta de la directora general de Universidades,
Resuelvo:
–1 Dar la conformidad a la ampliación de la Facultad de Ciencias y Tecnología de la Universidad de Vic – Universidad Central de Cataluña, que realizará, también, sus actividades docentes en dos nuevas ubicaciones de Granollers: el edificio del Centro de Servicios avanzados para las Empresas - Can Muntanyola, en el Camí del Mig, núm. 22 y el edificio del Centro Administrativo Docente Unión Empresarial Intersectorial-UEI, en la avenida Europa, núm. 21.
–2 Reconocer la implantación del estudio de grado en Ingeniería de Automoción en la Facultad de Ciencias y Tecnología de la Universidad de Vic – Universidad Central de Cataluña, con efectos desde el curso 2017-2018.
–3 Autorizar el inicio de actividades de estos estudios, con efectos desde su impartición.
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o bien, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.