Resolución del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud por la que se prorroga la vigencia del acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, de 31 de julio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el Servicio Murciano de Salud
- ÓrganoCONSEJERIA DE SALUD
- Publicado en BORM núm. 99 de 03 de Mayo de 2021
- Vigencia desde 04 de Mayo de 2021


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Sumario
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de octubre de 2020 se ratificó el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 31 de Julio de 2020, por el que se determinan los criterios para la aplicación temporal del teletrabajo en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el Servicio Murciano de Salud, publicado por Resolución de 19 de octubre de 2020 del Secretario General de la Consejería de Salud (BORM 28/10/2020).
El artículo 3.6 de la Orden de 26 de octubre de 2020 de la Consejería de Salud, por la que se adoptan medidas adicionales, de carácter temporal, para hacer frente a la epidemia de COVID-19 en la Región de Murcia (BORM 26/10/2020) dispone el fomento y promoción de la utilización de la modalidad de teletrabajo siempre que resulte factible.
Con fecha 30 de abril de 2021 finaliza la segunda prórroga efectuada tras el período inicial del Acuerdo que se extendió hasta el 31 de octubre de 2020, ya que el artículo 16 del mismo posibilita la prórroga trimestralmente.
En vista de la actual evolución de la situación epidemiológica se hace necesario y conveniente prorrogar el teletrabajo al personal estatutario del Servicio Murciano de Salud, ya que supone una modalidad de organización del trabajo clave para reducir el número de personas expuestas al Coronavirus y contribuye de manera importante al confinamiento de la población trabajadora para prevenir el contagio por el virus, al evitar el desplazamiento de trabajadores y minimizar de forma significativa la propagación de la COVID-19.
Conforme a lo establecido en el artículo 15 del mencionado Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad, la Comisión de Seguimiento con fecha 23 de abril de 2021 ha emitido informe preceptivo favorable sobre la necesidad de extender la vigencia temporal del mismo por persistir la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Igualmente, y a los efectos de primar la eficacia en la gestión, se deben considerar prorrogadas todas las autorizaciones de teletrabajo actualmente en vigor, sin perjuicio de adaptar su regulación según lo previsto en la disposición final segunda del Real Decreto Ley 29/2020 de 29 de septiembre, de medidas urgentes en materia de teletrabajo en las Administraciones Públicas y de recursos humanos en el Sistema Nacional de Salud para hacer frente a la crisis sanitaria por la COVID-19.
A la vista de todo ello,
Resuelvo:
Primero.- Prorrogar la aplicación temporal del teletrabajo hasta el día 30 de junio de 2021, en base al informe emitido por la Comisión de Seguimiento de fecha 23 de abril de 2021, como así establece el Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 31 de julio de 2020, en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el Servicio Murciano de Salud (BORM 28/10/2020).
Segundo.- Autorizar la prórroga automática de todas las autorizaciones actualmente en vigor y que voluntariamente se quieran mantener por los profesionales afectados.