CORRECCIÓN de errores de la Orden 1/2021, de 19 de abril, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas (IEEV-CV) de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas. (IEEV-CV)
- ÓrganoConselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática
- Publicado en DOCV núm. 9082 de 12 de Mayo de 2021
- Vigencia desde 29 de Abril de 2021


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Sumario
Advertido un error material en la fórmula establecida para determinar el importe máximo subvencionable y en el porcentaje a aplicar sobre el importe protegido del IEEV-CV, en la base quinta, puntos 1 y 2, de la Orden 1/2021, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la realización del informe de evaluación de edificios de viviendas. (IEEV-CV), se procede a su corrección:
En consecuencia, donde dice:
«Quinta. Importe de las ayudas concedidas y criterios de baremación
1. Importe protegido El importe protegido del IEEV-CV será el coste facturado del informe hasta un máximo subvencionable de acuerdo con el siguiente cuadro en función del número de viviendas del edificio y de la superficie del local del edificio:
N= número de viviendas+ m² superficie construida del local/100 | Máximo importe protegido del IEEV- CV en euros |
1N<=20 | 600+50xN |
N 20 | 1.300+15xN |
2. Importe de las ayudas.
a) Una subvención básica del 20 por ciento del importe protegido del IEEV-CV, para todas las solicitudes de ayuda de los IEEV.CV correspondientes a edificios con una antigüedad superior a 50 años y que cumplan los requisitos y documentación exigida.
b) Una subvención adicional, en función de los puntos obtenidos en la baremación de las solicitudes de acuerdo con el punto 3 de esta base, con los porcentajes y las cuantías máximas indicadas en el siguiente cuadro:
Puntuación | Porcentaje a aplicar sobre el importe protegido del IEEV-CV | Cuantía máxima de la subvención |
Entre 1 y 10 puntos | 40 por 100 | 1.500 euros |
Entre 11 y 20 puntos | 70 por 100 | 3.000 euros |
Entre 21 y 30 puntos | 100 por 100 | 4.500 euros |
Esta subvención solo se concederá a las solicitudes que, una vez ordenadas según los criterios de baremación regulados en el punto 3 de esta base, agoten la partida presupuestaria destinada a estas ayudas una vez descontado el importe total de las subvenciones básicas concedidas en el apartado a anterior.».
Debe decir:
«Quinta. Importe de las ayudas concedidas y criterios de baremación
1. Importe protegido El importe protegido del IEEV-CV será el coste facturado del informe hasta un máximo subvencionable de acuerdo con el siguiente cuadro en función del número de viviendas del edificio y de la superficie del local del edificio:
N= número de viviendas+ m² superficie construida del local/100 | Máximo importe protegido del IEEV- CV en euros |
1≤N≤20 | 600+50xN |
N 20 | 1.300+15xN |
2. Importe de las ayudas
a) Una subvención básica del 20% del importe protegido del IEEV-CV, para todas las solicitudes de ayuda de los IEEV.CV correspondientes a edificios con una antigüedad superior a cincuenta años y que cumplan los requisitos y documentación exigidos.
b) Una subvención adicional, en función de los puntos obtenidos en la baremación de las solicitudes de acuerdo con el punto 3 de esta base, con los porcentajes y las cuantías máximas indicados en el siguiente cuadro:
Puntuación | Porcentaje a aplicar sobre el importe protegido del IEEV-CV | Cuantía máxima de la subvención |
Entre 1 y 10 puntos | 40% | 1.500 euros |
Entre 11 y 20 puntos | 70% | 3.000 euros |
Entre 21 y 30 puntos | 80% | 4.500 euros |
Esta subvención solo se concederá a las solicitudes que, una vez ordenadas según los criterios de baremación regulados en el punto 3 de esta base, agoten la partida presupuestaria destinada a estas ayudas una vez descontado el importe total de las subvenciones básicas concedidas en el apartado anterior.»