Corrección de errores en la Resolución 8/2021, de 10 de mayo, de la Dirección General de Formación Profesional Integrada, por la que se dictan instrucciones para la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja
Advertido error en la Resolución 8/2021, de 10 de mayo, de la Dirección General de Formación Profesional Integrada, por la que se dictan instrucciones para la evaluación y acreditación académica de las enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo en la Comunidad Autónoma de La Rioja, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 92, de 12 de mayo de 2021, se propone su corrección dando una nueva redacción al apartado segundo de la resolución, quedando dicho apartado redactado en los siguientes términos:
Debe decir:
«Segunda. Convocatoria extraordinaria.
1. La convocatoria extraordinaria concedida a un alumno que ha agotado las cuatro convocatorias en algún módulo se evaluará en la sesión de evaluación de enero o junio.
2. El alumno podrá formalizar matrícula condicionada cuando presente la solicitud de convocatoria extraordinaria para el módulo o módulos en que haya agotado las convocatorias. Esta matrícula se hará efectiva cuando reciba de la dirección del centro educativo la resolución favorable a la solicitud».