ORDEN TRA/599/2021, de 12 de mayo, por la que se aprueba el Catálogo de Información Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León
- ÓrganoConsejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior
- Publicado en BOCL núm. 96 de 20 de Mayo de 2021
- Vigencia desde 21 de Mayo de 2021


La protección civil y la gestión de emergencias en las entidades locales
LibrosDesde 44,46 €(IVA Inc.)Más info.Casos prácticos para secretarios y técnicos de Administración Local
LibrosDesde 98,80 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Gestión presupuestaria y Control interno
LibrosDesde 100,78 €(IVA Inc.)Más info.Administración Local Práctica 5ª Ed.
LibrosDesde 82,99 €(IVA Inc.)Más info.Revista El Consultor de los Ayuntamientos
Periódicos y Revistas468,00 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
Tanto la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, como la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, contemplan en su articulado obligaciones concretas de publicidad activa vigentes desde el 10 de diciembre de 2015.
Según estas normas, la publicidad activa es un concepto jurídico que alude a la publicación de contenidos e informaciones relevantes relacionados con el funcionamiento y control de la actuación pública de los sujetos obligados por aquellas, de forma proactiva y sin requerir una solicitud de acceso a una información pública concreta. Así sucede con la información institucional, organizativa y de planificación, de relevancia jurídica y de naturaleza económica, presupuestaria y estadística a que alude la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, con la información que adicionalmente contempla el artículo 3 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, con la información cuyo acceso se solicite con mayor frecuencia y aquella otra que de acuerdo con la normativa sectorial deba tener una difusión universal.
Estas obligaciones pueden tener su origen en normas, pero también en el compromiso de los diferentes órganos, organismos y entidades públicas de divulgar aquella información relevante que generan en el ejercicio de sus competencias y cuyo conocimiento por parte de la ciudadanía consideran que deben garantizar. Son estos contenidos, a cuya publicidad deciden obligarse voluntariamente las organizaciones públicas, los que permiten de alguna manera medir el compromiso de cada una de ellas con la transparencia.
Con el fin de facilitar que la ciudadanía pueda conocer todas ellas y mejorar el acceso a la información pública, el Consejo de Gobierno decidió aprobar el Acuerdo 1/2020, de 16 de enero, con el objeto de ordenar la confección de un catálogo en el que se relacionen los contenidos cuya publicación debe promoverse de manera activa, quiénes son sus responsables, los plazos de actualización de cada uno de ellos y los formatos en los que se publicarán.
Desde enero de 2020, la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno ha mantenido contacto y reuniones con todos los órganos directivos de la Administración autonómica, así como con sus organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y algunas de sus empresas y fundaciones públicas para asistirles en la identificación de los contenidos relevantes que generan en el ejercicio de sus competencias y en la prestación de los servicios de los que son titulares y en la formalización de sus compromisos de publicación.
Algunos de estos contenidos ya se publican en los portales de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, pero otros tantos son actualmente compromisos que se irán materializando progresivamente a medida que la información se genere y prepare para ser publicada en condiciones adecuadas que garanticen la calidad de la información (clara, estructurada, actualizada y accesible, entre otros diferentes atributos).
De esta forma, la Administración no solo cumple con su deber de poner a disposición de la sociedad la información que elabora con cargo al presupuesto público al que todos contribuimos, sino que además facilita también que la ciudadanía conozca mejor cómo, por qué y para qué actúan los poderes públicos, contribuyendo a reforzar la confianza y mejorar la percepción de la ciudadanía en sus responsables públicos.
Estos encuentros, además, han constituido en sí mismos una oportunidad excepcional para que toda la organización autonómica pueda conocer en qué consiste un proyecto de transparencia pública y los compromisos y obligaciones que comporta para toda la organización.
Cumplida esta tarea de cuyo impulso se ha encargado la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno, de conformidad con lo previsto en el apartado cuarto del Acuerdo 1/2020, de 16 de enero, de la Junta de Castilla y León y con el artículo 1 g) del Decreto 20/2019, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior,
RESUELVO
Primero.– Aprobación del Catálogo de Información Pública.
Se aprueba el Catálogo de Información Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (en adelante, Catálogo), al que se puede acceder a través del Portal de Gobierno Abierto de la Junta de Castilla y León (en adelante, Portal de Gobierno Abierto) mediante la siguiente url:
https://gobiernoabierto.jcyl.es/web/es/transparencia/catalogo-informacion-publica.html
Segundo.– Actualización del Catálogo.
Los órganos directivos, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado, y las empresas y fundaciones públicas de la Administración autonómica, podrán proponer a la dirección general con competencias en materia de diseño, impulso, coordinación y supervisión de actuaciones en materia de publicidad activa (en adelante, Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno), la inclusión de nuevos contenidos en el Catálogo.
Tal propuesta podrá ser también formulada a iniciativa de la citada Dirección General. Tanto en un caso como en otro, una vez exista acuerdo entre el responsable del contenido de que se trate y la Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno, se incorporará dicha información al Catálogo sin perjuicio de su actualización periódica por orden del Consejero de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior.
Tercero.– Contenido del Catálogo.
En el Catálogo se identificará cada uno de los contenidos a publicar, la categoría a la que corresponde, su responsable, la periodicidad de revisión o actualización, el origen de la publicación (obligación normativa o de otro tipo), el formato y cualquier otro dato que se considere relevante.
Cuarto.– Publicación de los contenidos del Catálogo en el Portal de Gobierno Abierto.
La publicación de los contenidos del Catálogo en el Portal de Gobierno Abierto se llevará a cabo progresivamente salvo que constituyan una obligación normativa de publicidad activa, en cuyo caso deberá producirse en el plazo previsto en la norma de que se trate.
A los contenidos del Catálogo podrá accederse tanto desde el portal de transparencia como desde el portal de datos abiertos, dependiendo de la naturaleza, finalidad y formato de cada uno de ellos. Las estructuras del portal de transparencia y del Catálogo se irán consolidando en una única a medida que se vayan publicando los contenidos.
Los contenidos a publicar en el portal de transparencia contarán todos ellos con una breve descripción en lenguaje claro y comprensible. Por su parte, los nuevos conjuntos de datos que se publiquen en el portal de datos abiertos seguirán los criterios que rigen la publicación en dicho portal.
Quinto.– Materialización de la publicación.
La Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno prestará el apoyo necesario a los responsables de los contenidos para poder materializar su publicación, aunque se promoverá la gestión descentralizada de la publicación.
El acceso a determinados contenidos se podrá efectuar por redireccionamiento al lugar donde estos estén ubicados, especialmente si ya estuvieran publicados en otros portales de la plataforma corporativa de gestión de contenidos (SIAU) y lo admitiera su formato.