RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2021, de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación del acuerdo de la comisión paritaria del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el año 2021
- ÓrganoCONSELLERIA DE ECONOMÍA SOSTENIBLE, SECTORES PRODUCTIVOS, COMERCIO Y TRABAJO
- Publicado en DOCV núm. 9098 de 02 de Junio de 2021
- Vigencia desde 27 de Enero de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE ESTACIONES DE SERVICIO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
- ANEXO I. Tabla salarial para el periodo comprendido entre 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana, con vigencia 2019-2021.
Vista el acta de la comisión negociadora sobre el acuerdo de aprobación de las tablas salariales para el año 2021, del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana, suscrito por la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio en su calidad de representantes de la parte social y empresarial, así como por los sindicatos FICA-UGT y CCOO, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el artículo 2.1.ª del Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 4.3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, de acuerdo con lo establecido por el artículo 51.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana y el Decreto 175/2020, de 30 de octubre, del Consell por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, resuelve:
Primero Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto del acuerdo.
Segundo Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Acta de la comisión negociadora del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana
En València, siendo las diecisiete horas del día 27 de enero de 2021, en los locales de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio, sitos en la calle Gascó Oliag núm. 6, se reúnen, telemática y presencialmente las personas que a continuación se relacionan, en su calidad de representantes de la parte social y empresarial, al objeto de proceder a la aprobación de las tablas salariales para el año 2021, del Convenio colectivo del sector de estaciones de servicio de la Comunitat Valenciana:
- En representación de la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio:
Emilio Córcoles Corcoles, DNI 05103347S
Francisco Fenollosa Lucia, DNI 19840669H
Venerio Prieto Guardiola, DNI 74213053B
Salvador Gil Alcaide, DNI 73764134Y
Juan José R. Aymerich Berlenguer, DNI 18909993Z
Vicenç Fores Aparici, DNI 52790847M
Asesor Gabriel Ruiz Server, DNI 21348161K
- En representación de la Federación Industria Construcción y Agro UGTFICA-UGT:
Jose Antonio Mula Castaño, DNI 21978816Q
Almudena Cortés Díaz, DNI 85088984R
Eleuterio Fernández Lozano, DNI 52630200J
Roberto Mora Delgado, DNI 21469019T
Asesor Ramón Francisco Morales Duato, DNI 22641912E
- En representación de la Federación Industria CC.OO:
Asunción Varó Bernabeu, DNI 48367570L
Manuel Abad Llorens, DNI 21652002D
Rolando Gutíerrez Encinas, DNI 33457889L
- Asesores
Juan Jose Picazo Moya
Jose Vicente Garces Lopez
Abierto el acto, se inician los debates con intervención de los representantes de ambas partes, que hacen constar expresamente que no desean que se trascriban a la presente acta, el tenor literal de sus intervenciones.
Tras, una serie de propuestas y contrapropuestas, las partes intervinientes en la presente negociación llegan a los siguientes, Acuerdos
Primero. Salarios. Año 2021.
Revisión salarial. No procede efectuar la revisión de la tabla salarial del año 2020 al no haber superado el IPC a 31 de diciembre de 2020, un incremento superior al 1,90 %, de conformidad a lo que establece el artículo 24 del Convenio Colectivo Incremento salarial. De conformidad a lo establecido en el apartado correspondiente al año 2021, del artículo 24, del Convenio colectivo, y tras las propuestas y contrapropuestas efectuadas, se acuerda la aplicación del incremento salarial del 1,90 % para el año 2021, sobre la tabla salarial vigente a 31 de diciembre de 2020, así como de los conceptos contemplados en los artículos 26, 27, 28, 29 y 39 del convenio.
Segundo Se adjunta a la presente acta, el anexo I con la tabla salarial para el año 2021, así como el importe de los conceptos regulados en los artículos 26, 27, 28, 29 y 39 del Convenio colectivo una vez incrementados con el 1,90 %.
Tercero Se aprueba que los atrasos resultantes de la aplicación de la tabla salarial desde 1 de enero de 2021 se abonaran por las empresas durante el mes siguiente a la publicación del presente acuerdo en el DOGV.
Cuarto Por la Comisión se faculta a Gabriel Ruiz Server, con DNI 21348161K para que efectúe los trámites necesarios para la presentación telemática ante el organismo competente, con el fin de que se proceda a su registro y publicación en el DOGV.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión. Se procede a la lectura de la presente acta, que se somete a aprobación y lo es por unanimidad, firmando todos los componentes de la comisión negociadora, en prueba de conformidad con lo expuesto, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicados.
ANEXO I
Tabla salarial para el periodo comprendido entre 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, del Convenio colectivo de estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana, con vigencia 2019-2021.
Grupo I – Personal técnico y administrativo
Subgrupo 1.Personal técnico | |
Técnico titulado | 1.399,17 |
Subgrupo 2. Personal administrativo | |
Jefe administrativo | 1.279,62 |
Oficial administrativo 1ª | 1.212,37 |
Oficial administrativo 2ª | 1.143,68 |
Auxiliar administrativo | 1.107,81 |
Grupo II – Personal operario
Subgrupo 1. Personal operario especialista | |
Encargado general | 1.399,17 |
Encargado de turno | 40,42 |
Mecánico especialista | 36,29 |
Expendedor / vendedor | 35,69 |
Engrasador | 35,69 |
Montador de neumáticos | 35,69 |
Lavador | 35,69 |
Conductor | 35,69 |
Subgrupo 2. Personal operario no especialista | |
Mozo de EE.SS | 35,48 |
Pinche | 31,22 |
Aprendiz | 31,22 |
Subgrupo 3. Personal subalterno | |
Guarda | 35,48 |
Personal limpieza | 34,43 |
Almacenero | 35,48 |
Cobrador | 36,93 |
Ordenanza | 34,87 |
Botones | 31,22 |
Complemento nocturnidad art. 26 | 10,67 |
Complemento expendedor art. 27 | 619,45 |
Plus festivos y domingos art. 28 | 6,37 |
Plus de distancia art. 29 | 0,12 |
Dietas y desplazamientos art. 39 | |
Media dieta | 13,62 |
Dieta completa | 27,29 |
Kilometraje | 0,23 |
Por la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio
Emilio Córcoles Corcoles, DNI 05103347S
Francisco Fenollosa Lucia, DNI 19840669H
Venerio Prieto Guardiola, DNI 74213053B
Salvador Gil Alcaide, DNI 73764134Y
Juan José R. Aymerich Berlenguer, DNI 18909993Z
Vicenç Fores Aparici, DNI 52790847M
En representación de la Federación Industria Construcción y Agro
UGTFICA-UGT:
Jose Antonio Mula Castaño, DNI 21978816Q
Almudena Cortés Díaz, DNI 85088984R
Eleuterio Fernández Lozano, DNI 52630200J
Roberto Mora Delgado, DNI 21469019T
En representación de la Federación Industria
CC. OO:
Asunción Varó Bernabeu, DNI 48367570L
Manuel Abad Llorens, DNI 21652002D
Rolando Gutíerrez Encinas, DNI 33457889L