ORDEN CUS/580/2021, de 25 de mayo, por la que se publica el Acuerdo de 10 de marzo de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se por el que se adoptan medidas complementarias al Sistema de Gobernanza de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Aragón
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE CIENCIA, UNIVERSIDAD Y SOCIEDAD DEL CONOCIMIENTO
- Publicado en BOA núm. 118 de 02 de Junio de 2021
- Vigencia desde 03 de Junio de 2021


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Sumario
Con fecha 10 de marzo de 2021, el Gobierno de Aragón aprobó el Acuerdo por el que se adoptan medidas complementarias al Sistema de Gobernanza de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Aragón.
De conformidad con el apartado tercero del citado Acuerdo, éste debe ser publicado en el "Boletín Oficial de Aragón".
En su virtud, resuelvo:
Ordenar la publicación del referido Acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón" cuyo texto figura como anexo.
ANEXO
ACUERDO DE 10 DE MARZO DE 2021, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS COMPLEMENTARIAS AL SISTEMA DE GOBERNANZA DE I+D+I DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.
El Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su artículo 71. 41.ª la competencia exclusiva en investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la planificación, programación y coordinación de la actividad investigadora de la Universidad y de los demás centros públicos y privados, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información.
Asimismo, el Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 28 establece como principio rector de la actuación de los poderes públicos aragoneses, el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación científica, tecnológica y técnica de calidad.
El marco de la política de cohesión de la Unión Europea establece periodos de financiación y realización de actuaciones durante siete años de forma que, finalizando el periodo actualmente vigente en el año 2020, se están iniciando los trámites del nuevo Programa Operativo 2021-2027 para los nuevos Fondos Europeos.
La Comisión Europea ha fijado cinco objetivos políticos para 2021-2027, siendo el primero el de una Europa más competitiva e inteligente, en la que se promueva una transformación económica, innovadora e inteligente con el fin de mejorar las capacidades de la investigación e innovación y el uso de tecnología avanzada, aprovechar los beneficios de la digitalización para ciudadanos, empresas y administraciones, aumentar el crecimiento y la competitividad de las PYME y desarrollar habilidades para la especialización inteligente, la transición industrial y el emprendimiento.
El anexo IV de la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las disposiciones comunes al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo y Migración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Gestión de las Fronteras y Visados relativas a los distintos Fondos Europeos, establece como condición habilitante del Objetivo político 1 la buena Gobernanza de la estrategia regional de especialización inteligente, cuyo cumplimiento es obligatorio y exigible a lo largo de todo el periodo 2021-2027 para poder ejecutar algunos de los fondos que reciben las comunidades autónomas. Además, el segundo criterio de los siete que conforman la condición habilitante del Objetivo político 1 señala la obligatoriedad de contar con una «institución u organismo nacional o regional competente, encargado de la estrategia de especialización inteligente». Para ello es necesario un Acuerdo del Gobierno de Aragón en el que se establezcan los órganos corresponsables de la S3 y se clarifiquen los mecanismos necesarios para la gobernanza de las políticas de I+D+i.
Esta Gobernanza implica un sistema de participación y coordinación entre los distintos actores de las políticas públicas con el fin de responder a los retos de cada región con una visión conjunta.
La Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 es el marco nacional que recoge los requerimientos anteriores y justifica, en parte, el desarrollo y funcionamiento de la Agencia Estatal de Investigación, el Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial y la Red de Políticas Públicas de I+D+i, siendo un marco de referencia plurianual que ha de permitir alcanzar un conjunto de objetivos compartidos por el Estado y las comunidades autónomas, maximizar la coordinación entre la planificación y programación estatal y autonómica y facilitar la articulación de la política de I+D+I con el programa marco de ciencia e innovación de la Unión Europea, Horizonte Europa (2021-2027).
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón debe destacarse el Pacto por la Ciencia de Aragón, suscrito el 21 de diciembre de 2016. Aragón fue la primera comunidad autónoma en tener un Pacto por la Ciencia realizado por la comunidad científica, universidades, agentes empresariales y todos los grupos políticos y suscrito por todos los centros e institutos de investigación de Aragón, los centros tecnológicos, las organizaciones empresariales, las universidades y los siete partidos políticos con representación en las Cortes de Aragón. En él también se recoge, como uno de sus objetivos, la mejora de la gobernanza y se plantea el imprescindible proceso de orientación de la I+D+i hacia la construcción en Aragón de la nueva sociedad y economía del conocimiento, como un compromiso colectivo y la creación de condiciones para convertir el territorio en escenario propicio a la innovación sistemática y la internacionalización de sus empresas, consensuando mejoras en el diseño del sistema ciencia-tecnología- innovación y en las condiciones de sus recursos humanos, consiguiendo la estabilidad financiera de la I+D+i y mejorando su gobernanza y su proyección internacional.
Así, con un importante nivel de detalle, la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón, definió en su Capítulo III la Gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i, concretando como ejes esenciales de dicho sistema los órganos competentes, la planificación estratégica y la financiación de la I+D+i en Aragón.
En este contexto, la investigación, el desarrollo y la innovación se convierten en una prioridad para el desarrollo de la Comunidad Autónoma de Aragón, dado que se sitúa como palanca indispensable para el progreso y un mejor futuro de la sociedad aragonesa. Para situar al I+D+i en el lugar que le corresponde, se requiere de un sistema de corresponsabilidad política y administrativa que sirva para impulsar el sistema de I+D+i aragonés y cumpla con los estándares nacionales y europeos.
Aragón es una región comprometida con el conocimiento desde una perspectiva holística, conectando la economía con la investigación y la transferencia del conocimiento adquirido en ella y promoviendo la innovación y el emprendimiento sostenible. Para ello, es necesario profundizar en la construcción de un sistema de gobernanza estable y eficiente, que articule la coordinación real y efectiva de los sectores de la ciencia, tecnología e innovación aragoneses, así como sus conexiones con el sector privado y la propia ciudadanía, de forma que puedan desarrollarse políticas surgidas de una visión colectiva.
Por consiguiente, la Gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i establecida en la citada Ley 17/2018, de 4 de diciembre, requiere en estos momentos, para su mejor implantación, de unas medidas que profundicen en el diseño y articulación de los actores del mismo para que sea real y efectiva.
Atendiendo a cada uno de los mencionados ejes en los que se instrumenta la Gobernanza, se observa que el eje organizativo acoge a los diferentes órganos competentes del Sistema Aragonés de I+D+i.
En esta línea, la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, como parte esencial del diseño de la gobernanza en esta materia atribuye al Departamento competente en materia de I+D+i la planificación, dirección y coordinación del Sistema Aragonés de I+D+i, concretando en el artículo 30.2 las funciones que corresponden a ese departamento, recogiendo entre ellas, en la letra c) la elaboración, coordinación, gestión, seguimiento y evaluación del Plan Aragonés de I+D+i, y demás estrategias específicas y cuantas propuestas, programas o proyectos sean necesarios para el impulso de estas materias. Además, la letra n) del mismo artículo le otorga la coordinación de las actividades que realicen los distintos departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de investigación, desarrollo e innovación dentro del ámbito de sus competencias.
En la actualidad, el Departamento competente en materia de I+D+i es el Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento conforme al Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica y en cuyo artículo 7.1.a) establece que corresponden a la Dirección General de Investigación e Innovación el ejercicio de las funciones previstas en el referido artículo 30.2 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón.
Consecuentemente, el Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, a través de su Dirección General de Investigación e Innovación, es pieza central en el diseño de la gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i. Sin perjuicio de ello, deben resaltarse igualmente las competencias en investigación sanitaria que tienen atribuidas otros departamentos, especialmente el Departamento de Sanidad a través del Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud, así como las actividades de innovación y emprendimiento aplicadas a las empresas privadas realizadas por entidades de derecho público del sector público aragonés, entre las que cabe citar al Instituto Tecnológico de Aragón y al Instituto Aragonés de Fomento. Asimismo, debe hacerse hincapié en la transversalidad de la innovación en otras materias, que cuentan con su propia aplicación sectorial, como la innovación educativa, competencia del Departamento de Educación Cultura y Deporte, la innovación en materia agroalimentaria, cuya competencia recae en el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, o la innovación social de la que es competente el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. Todas estas competencias deberán encajarse y coordinarse en el Sistema aragonés de gobernanza de I+D+i, tarea de la que deberá ocuparse principalmente el Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento.
También son órganos que, conforme a la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, forman parte de la Gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i, el Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón (CCTIA) y el Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo (CONAID), ambos adscritos al Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento. El primero tiene por fin promover la participación de la sociedad aragonesa en el diseño y seguimiento de la política de I+D+i y en él están representados los diferentes agentes del Sistema Aragonés de I+D+i, incluidos los del sector empresarial y sindical, así como representantes del sector público aragonés. El Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo es el órgano técnico de asesoramiento en materia de investigación, desarrollo e innovación del Gobierno de Aragón y está compuesto casi exclusivamente por asesores de reconocido prestigio en el campo de la investigación, desarrollo y transferencia de conocimientos e innovación, con representación de las diversas áreas de conocimiento.
Así pues, en Aragón ya se dispone de un marco general de Gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i, que fue diseñada por la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, sin que ello obste a que sea preciso intensificar el engranaje de su funcionamiento, cohesionando las diversas piezas del sistema y facilitando una mayor cohesión y una actuación más ágil del sistema de gobernanza, como así exige el nuevo marco europeo y el desarrollo de la labor de planificación y coordinación de la Dirección General de Investigación e Innovación. Para alcanzar estos objetivos este Acuerdo aprueba la puesta en marcha de grupos de trabajo en varios niveles que han de facilitar la comunicación entre los diversos órganos y los agentes del Sistema Aragonés de I+D+i. Las medidas complementan la gobernanza ya existente, pero respetando, como no puede ser de otro modo, las competencias del Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón y las del CONAID.
En definitiva, con la aprobación de las medidas que recoge este Acuerdo, se profundiza en la implantación y desarrollo de la Gobernanza del Sistema Aragonés de la I+D+i, creándose los mecanismos para potenciar la participación de todos los ámbitos de la sociedad aragonesa desde la perspectiva de la cuádruple hélice (universidades y centros de investigación, sector privado, Administración Pública y ciudadanía), a la vez que se impulsa la colaboración público-privada, con el fin de facilitar un ecosistema aragonés de I+D+i plenamente interconectado. Con ello, se garantizará la coherencia entre las políticas aragonesas, nacionales y europeas, se contará con un sistema que otorgue seguridad, evite duplicidades y potencie el uso eficiente de los recursos del Sistema Aragonés de I+D+i y se logrará un desarrollo económico, social e institucional duradero basado en las relaciones verticales y horizontales entre los actores de esta cuádruple hélice, otorgando, en último lugar, respuestas conjuntas a las necesidades de la ciudadanía aragonesa.
Respecto al eje referido a la planificación, el artículo 33 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, configura al Plan Autonómico de I+D+i como el principal instrumento estratégico de planificación en Aragón en materia de investigación e innovación dentro del marco establecido en las estrategias de Ciencia y Tecnología e Innovación españolas y europeas, así como en los planes estatales correspondientes.
Por otra parte, la planificación estratégica aragonesa en materia de I+D+i se instrumentará teniendo en cuenta tres niveles: europeo, nacional y autonómico. En el europeo, se articula con la Research and Innovation Strategy Smart Specialisation (RIS3), que cada región definió para el período 2014-2020 y que ha sido el punto de partida para la actualización de la Smart Specialization Strategy (S3). Dicha S3 está actualmente siendo coordinada técnicamente por la Dirección General de Investigación e Innovación y el Instituto Aragonés de Fomento, siendo necesario una plasmación efectiva de esta corresponsabilidad a través de este Acuerdo del Gobierno de Aragón.
A nivel estatal, la planificación se realizará de manera alineada con la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación, donde se establecen los objetivos generales a alcanzar durante el período 2021-2027, ligados al fomento y desarrollo de las actividades de I+D+i en España, así como al Plan de choque para la ciencia y la innovación: hacia una economía basada en el conocimiento, surgido de la situación socio-sanitaria provocada por la COVID-19 en el año 2020.
En el ámbito autonómico aragonés, las estrategias específicas en las diferentes áreas de la I+D+i aragonesa previstas en el artículo 34 de la citada ley deberán estar en concordancia con los instrumentos de planificación estatales y europeos en estas materias y con la programación básica contenida en el Plan Autonómico de I+D+i vigente en cada momento.
En la evaluación realizada de la Estrategia Aragonesa de Especialización Inteligente (RIS3 Aragón 2014-2020) se detectaron aspectos mejorables como la necesidad de establecer una mayor correlación entre las líneas de actuación, sus metas, los actores a desarrollarlas y el instrumento elegido para alcanzarlas, así como de involucrar, de forma coordinada, a los actores competentes en ejecutar las acciones planteadas, evitando que éstas se lleven a cabo al margen de la propia estrategia. Por ello, en la propia evaluación, se proponía el establecimiento de mejoras en los mecanismos de coordinación, que permitan el seguimiento y desarrollo eficiente de esta estrategia, en particular, y de otros instrumentos de planeamiento, en general, por todos los actores del ecosistema de I+D+i aragonés y el contar con una estructura de Gobernanza, que facilite la interacción con otras estrategias y políticas públicas dinamizando a los actores del Gobierno de Aragón vinculados con la I+D+i.
Los citados instrumentos de planificación estructuran prioridades estratégicas que generan valor añadido en ámbitos empresariales y científicos de emprendimiento e innovación, pudiendo transformarlos en oportunidades con el fin de impulsar un Aragón más equitativo y sostenible. Y en ellos el papel de la gobernanza es esencial para que las políticas públicas de I+D+i del Gobierno de Aragón puedan interiorizarse por los actores involucrados, ser conocidos por la ciudadanía aragonesa y se articulen las diferentes acciones de forma coordinada, eficiente y eficaz.
Por ello, entre las medidas que se aprueban se hace alusión clara a la planificación e incluso se fijan objetivos comunes, que deberán tener en cuenta los diversos instrumentos de planificación previstos en la Ley 17/2018, de 4 de diciembre y en general, los instrumentos de planificación estratégica de la I+D+i de los distintos departamentos del Gobierno de Aragón.
En definitiva, la I+D+i es una materia amplia, que involucra a varios actores y que ha de estar en continua relación con el ámbito nacional y europeo de la I+D+i, lo que hace imprescindible la existencia de un sistema estable y duradero pero flexible e inclusivo de Gobernanza.
En Aragón ya está diseñada la Gobernanza del Sistema Aragonés de I+D+i en los tres pilares en que se sustenta la misma, conforme a la reiterada Ley 17/2018, de 4 de diciembre (órganos competentes, la planificación estratégica y la financiación de la I+D+i), pero mediante las medidas que adopta este Acuerdo sobre todo en los dos primeros ejes, se profundiza y complementa la actuación y coordinación de la misma.
Por todo lo anteriormente expuesto, a propuesta de la Consejera de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 10 de marzo de 2021, se adopta el siguiente Acuerdo:
Primero.- Aprobar las medidas complementarias al Sistema de Gobernanza del I+D+i de la Comunidad Autónoma de Aragón que figuran como anexo a este Acuerdo, cuyo impulso e implementación corresponderá a la Dirección General de Investigación e Innovación del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento de conformidad con el artículo 30.2 de la Ley 17/2018 de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación en Aragón.
Segundo.- Designar a la Dirección General de Investigación e Innovación y al Instituto Aragonés de Fomento como agentes coordinadores conjuntos de la Estrategia Aragonesa de Especialización Inteligente (S3 Aragón).
Tercero.- Ordenar la publicación de este Acuerdo en el Boletín Oficial de Aragón y su traslado a los distintos departamentos del Gobierno de Aragón.
ANEXO
MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DEL SISTEMA DE GOBERNANZA DEL I+D+i DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
I. FINALIDAD DE LAS MEDIDAS
Las medidas complementarias del Sistema de Gobernanza de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Aragón previsto en el Capítulo III de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación de Aragón, tienen como finalidad optimizar la organización de los distintos actores relacionados con la innovación, desarrollo e investigación gubernamentales y mejorar los mecanismos para una cooperación y colaboración más directa con agentes externos a la Administración autonómica, como el sector privado, la Universidad, los centros de investigación y la propia ciudadanía, para ser motor de las políticas públicas de investigación, desarrollo, innovación y tecnología.
Las medidas se adoptan respecto a dos de los tres pilares en que se sustenta la misma, conforme a la Ley 17/2018, de 4 de diciembre: la organización administrativa y la planificación estratégica haciéndolo en el marco y con pleno respeto a lo establecido en la citada ley.
II. OBJETIVOS DE LA PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DE I+D+i EN ARAGÓN
Los diversos instrumentos de planificación previstos en la Ley 17/2018, de 4 de diciembre y en general los instrumentos de planificación estratégica de la I+D+i de los distintos departamentos del Gobierno de Aragón deberán alinearse con los siguientes objetivos comunes:
- • Dotar a la política pública de I+D+i y sus instrumentos de planificación estratégica de una visión conjunta y duradera, emanada de la cohesión de sus actores.
- • Garantizar las sinergias entre los diferentes departamentos vinculados con la I+D+i.
- • Potenciar el intercambio de información, el asesoramiento y apoyo.
- • Cooperar, de forma conjunta, en el impulso de la I+D+i.
- • Promocionar y colaborar en la gestión de las diferentes estrategias vinculadas con la I+D+i y sus instrumentos de planificación, así como en su ejecución, desarrollo, seguimiento y evaluación.
- • Reforzar la comunicación y colaboración entre las diferentes unidades administrativas y entidades relacionadas con la gestión de la I+D+i.
- • Promover la participación de todos los actores involucrados en la I+D+i y de la ciudadanía, desarrollando una mayor cultura científica.
III. PRINCIPIOS Y DIRECTRICES DE ACTUACIÓN
1. Son principios de las medidas adoptadas:
- • El liderazgo, la coordinación y la participación para implementar, de forma sistémica, su contenido a través de su estructura multinivel.
- • La transversalidad y la cohesión para impulsar y fortalecer la visión colectiva y el aprendizaje continuo.
- • La independencia y transparencia, con el fin de propiciar nuevos enfoques que conduzcan al descubrimiento emprendedor, a nuevas herramientas y procesos de innovación y al desarrollo de todos los ámbitos del I+D+i.
- • La flexibilidad, que permita la adaptación a situaciones y contextos concretos en la elaboración, seguimiento, evaluación y ejecución de instrumentos de planificación de las políticas públicas de I+D+i aragonesas, así como a la adaptación a nuevas oportunidades.
2. Las directrices que orientarán la aplicación de estas medidas son la alineación con el marco establecido en las estrategias de Ciencia y Tecnología e Innovación españolas y las políticas y programas europeos de I+D+i y el respeto a lo recogido en las políticas de I+D+i y sus instrumentos de planificación estratégica aragoneses que en cada momento resulten vigentes. En concreto, se adoptarán los siguientes instrumentos de planificación estratégica:
- • La Estrategia Aragonesa de Especialización Inteligente (Smart Specialisation Strategy, S3) que orientará la especialización inteligente para lograr el crecimiento de la Comunidad Autónoma en base a sus fortalezas y oportunidades, diferenciándose del resto de regiones europeas.
- • La Estrategia Aragonesa de Investigación, Desarrollo e Innovación, que establecerá el marco del I+D+i por medio de una serie de directrices, líneas de acción y objetivos con el fin de afrontar los desafíos que la ciencia y la innovación aragonesas han de solventar.
- • El Plan Autonómico de Investigación, Desarrollo y Transferencia del Conocimiento que contendrá los principios, acciones y objetivos para el mejor desarrollo de la Investigación, el Desarrollo, la transferencia de conocimientos y la Innovación en Aragón y su correcta articulación en el Sistema Aragonés de I+D+i.
- • Otras estrategias aragonesas en las que la I+D+i cobre un papel esencial.
IV. ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO
Con el fin de lograr la debida coordinación del Sistema Aragonés de I+D+i y las políticas de I+D+i exigida en el artículo 30.2.a) de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, garantizando que participen los diferentes órganos de la I+D+i, el sector privado, el ámbito científico e investigador y la sociedad civil, se establece un funcionamiento multinivel que aúna las relaciones verticales y horizontales entre sus participantes y que se materializa en los tres niveles siguientes:
- 1. Nivel superior: El Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón.
De acuerdo con el artículo 31 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, el Consejo de la Ciencia, Tecnología e Investigación de Aragón es un órgano colegiado adscrito al departamento competente en materia de I+D+i cuyo fin es promover la participación de la sociedad aragonesa en el diseño y seguimiento de la política de I+D+i en la Comunidad Autónoma de Aragón. Sus funciones y composición serán las establecidas en la citada ley y en su normativa de desarrollo.
Al amparo del artículo 31.5.a) de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre, el Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón podrá asesorar sobre los asuntos que le trasladen los responsables del nivel intermedio descrito en el punto siguiente.
El Consejo se reunirá de conformidad con el régimen de funcionamiento de su Reglamento. El Consejo, en el ámbito de sus funciones y en las acciones realizadas en el sistema de Gobernanza, deberá articular mecanismos que garanticen una efectiva participación ciudadana en las políticas públicas de I+D+i.
- 2. Nivel intermedio. El Grupo de Dirección.
- a) Composición
Este grupo de trabajo estará compuesto por los/las siguientes miembros procedentes de departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y de organismos Públicos con competencias en I+D+i, así como de otras entidades cuyas funciones guardan relación con los mencionados instrumentos de planificación:
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en I+D+i.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de innovación educativa.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de industria y PYME.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de desarrollo rural.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de innovación agroalimentaria.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de universidad.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de sociedad de la información / administración electrónica.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de innovación social.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de economía.
- - Responsable directivo designado por el Departamento competente en materia de energía y minas.
- - Representante directivo designado por el Instituto Tecnológico de Aragón (ITAINNOVA).
- - Representante directivo designado por el Instituto Aragonés de Fomento (IAF).
- - Responsable directivo designado por el Instituto Aragonés de Ciencias de Salud (IACS).
- - Responsable directivo designado por Aragón Exterior (AREX).
- - Responsable directivo designado por la Fundación Agencia Aragonesa para la Investigación y el Desarrollo (Fundación ARAID).
- - Responsable directivo designado por el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA).
- - Responsable de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Conforme al artículo 30.2 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre y al artículo 7.1.a) del Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Ciencia, Universidad y Sociedad del Conocimiento, el impulso del desarrollo de las actuaciones del Grupo de Dirección corresponde a la Dirección General de Investigación e Innovación, en particular la convocatoria de las sesiones a realizar, la determinación del orden del día de éstas y la normalización de las actas de las mismas, así como facilitar su conexión y coordinación con los órganos competentes en materia de I+D+i, en particular con el Consejo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación de Aragón y con la Mesa de I+D+i.
- b) Funciones
Las funciones del Grupo de Dirección serán las siguientes:
- - Proponer las directrices a seguir en la implantación de los instrumentos de planificación estratégica de I+D+i.
- - Supervisar la aplicación de dichos instrumentos, así como de sus herramientas, con el fin de conocer la consecución de los fines.
- - Colaborar con los diferentes departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón que realicen actuaciones en materia de I+D+i.
- - Analizar, de acuerdo con la información remitida por la Mesa de I+D+i, la evolución de las actuaciones de I+D+i, así como la posibilidad de incorporar nuevas herramientas de innovación y perspectivas de actuación.
- - Impulsar el intercambio de información fluida sobre fondos, programas, actuaciones, proyectos de I+D+i en los que participan los diferentes departamentos del Gobierno de Aragón.
- - Conocer y supervisar el seguimiento de las estrategias vinculadas con el I+D+i.
- c) Régimen de funcionamiento
El Grupo de Dirección se reunirá, un mínimo de dos veces al año para decidir sobre los asuntos planteados por el Consejo de Ciencia, Tecnología e Innovación de Aragón, así como para proponer acciones a éste. Asimismo, propondrá líneas de acción a la Mesa de I+D+i y recabará información de ésta sobre posibles propuestas.
El Grupo podrá invitar a los/las técnicos o expertos/as que considere conveniente, en particular a los/las de la Mesa de I+D+i, que considere pertinentes para que puedan informar sobre cualquier aspecto específico al respecto. El resto de los departamentos y organismos públicos del Gobierno de Aragón que no formen parte del grupo conforme a la composición descrita serán informados de las acciones efectuadas en relación con el I+D+i a través del Departamento competente en esta materia, que también coordinará sus aportaciones o posible asistencia a las reuniones, dependiendo de los temas a tratar. Dicha información se facilitará periódicamente por la Dirección General de Investigación e Innovación pudiendo convocar a este efecto una sesión del Grupo de Dirección a la que podrán asistir los departamentos y organismos públicos interesados.
Las funciones de la secretaría corresponderán a un/a funcionario/a del Servicio competente en materia de I+D+i que será nombrado/a por la persona titular del Departamento competente en dicha materia.
- 3. Nivel inferior. Mesa de I+D+i.
- a) Composición
Este grupo de trabajo estará compuesto por los/las siguientes representantes técnicos de los departamentos y organismos públicos del Gobierno de Aragón vinculados directamente con la I+D+i, que facilitarán el flujo de la información a los niveles superiores.
- - Responsable técnico designado por el Departamento competente en materia de I+D+i.
- - Responsable técnico designado por el Instituto Aragonés de Ciencias de la Salud (IACS).
- - Responsable técnico designado por Aragón Exterior (AREX).
- - Responsable técnico designado por el Departamento competente en materia de Industria y PYME.
- - Responsable técnico designado por el Instituto Aragonés de Fomento (IAF).
- - Responsable designado por el Instituto Tecnológico de Aragón (ITAINNOVA).
- - Responsable técnico designado por el Departamento competente en materia de Desarrollo Rural.
- - Responsable directivo designado por el Centro de Investigación y Tecnología Agroalimentaria de Aragón (CITA).
- b) Funciones
La Mesa realizará funciones internas de recopilación de información, coordinación, impulso y propuesta de acciones al Grupo de Dirección a través de las siguientes atribuciones:
- - Impulsar, desde el ámbito institucional, la I+D+i, desde el ámbito institucional, y el empleo de nuevas herramientas de innovación en la Administración autonómica aragonesa.
- - Actuar a modo de laboratorio de ideas y punto de contacto para todo tipo de actores.
- - Recopilar información de políticas públicas, programas y proyectos de I+D+i y difundirla entre el resto de los miembros, así como elevarla al Grupo de Dirección.
- - Colaborar y asesorar en la promoción, sensibilización y difusión de la política I+D+i.
- - Potenciar el proceso de descubrimiento emprendedor entre los diferentes actores de la I+D+i aragonés.
- - Coordinar la implantación de los instrumentos de planificación de la I+D+i.
- - Impulsar las actuaciones derivadas de las directrices emanadas por los niveles superiores.
- - Detectar nuevas necesidades o demandas que impliquen acciones correctoras sobre los instrumentos de planificación.
- c) Régimen de funcionamiento
La Mesa de I+D+i se reunirá como grupo de trabajo un mínimo de tres veces al año.
Podrá invitar a los /las responsables directivos o técnicos de otros departamentos y organismos públicos del Gobierno de Aragón o a expertos/as cuando se considere adecuado en función de la temática a tratar.
Conforme al artículo 30.2 de la Ley 17/2018, de 4 de diciembre y al artículo 8 del Decreto 7/2020, de 10 de febrero, del Gobierno de Aragón, el impulso del desarrollo de las actuaciones de la Mesa de I+D+i corresponde al Servicio de Programación y Planificación de I+D+i de la Dirección General de Investigación e Innovación, en particular la convocatoria de las sesiones a realizar, la determinación de su orden del día y la formalización de las actas de las mismas, así como facilitar su conexión y coordinación con los órganos competentes en materia de I+D+i, en particular con el Grupo de Dirección.
Las funciones de la secretaría corresponderán a un/a funcionario/a del Servicio competente en materia de I+D+i que será nombrado/a por la persona titular del Departamento competente en dicha materia.
V. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
En cualquiera de los niveles de decisión se podrá recabar asesoramiento acerca de los instrumentos de debate al Consejo Asesor de Investigación y Desarrollo, regulado en el artículo 32 de la Ley 17/2018 de 4 de diciembre, de Investigación e Innovación en Aragón, y a la Comisión Asesora de Mujer y Ciencia, regulada en el Decreto 9/2009 de 27 de enero, siempre que la consulta esté dentro del ámbito de competencia del órgano correspondiente.
VI. INFORMES DE SEGUIMIENTO
1. La Dirección General de Investigación e Innovación presentará a los distintos niveles reflejados en estas medidas anualmente, al menos, un informe sobre las actuaciones realizadas en el que detalladamente se reflejen:
- a) Las acciones emprendidas.
- b) Los resultados de las mismas.
- c) La prospectiva para el año o meses siguientes.
- d) Las necesidades detectadas.
2. En cada sesión celebrada en cada uno de los niveles se levantará la correspondiente acta de los acuerdos adoptados. Dicha información servirá para la elaboración del informe señalado en el punto anterior.