ORDEN SAN/617/2021, de 19 de mayo, mediante la que se publica el Acuerdo de 7 de abril de 2021, del Gobierno de Aragón, por el que se otorga la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 8 de mayo de 2020 alcanzado entre el Servicio Aragonés de Salud y los sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad, por el que se modifica el Acuerdo entre el Servicio Aragonés de Salud y los sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad, en materia de carrera profesional
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE SANIDAD
- Publicado en BOA núm. 121 de 07 de Junio de 2021
- Vigencia desde 08 de Junio de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo único
- ANEXO. ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD DE 8 DE MAYO DE 2020, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ACUERDOS EN MATERIA DE CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL DEL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD, AL OBJETO DE ASIGNAR E INCLUIR MÉRITOS EN RELACIÓN CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA DECLARADO POR REAL DECRETO 463/2020, DE 14 DE MARZO, PARA LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIAS OCASIONADA POR LA COVID-19.
El Servicio Aragonés de Salud y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad, CEMSATSE, CSIF, FTPS, CCOO y UGT, alcanzaron, en la reunión celebrada el 8 de mayo de 2020 en la Mesa Sectorial de Sanidad, un Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo entre el Servicio Aragonés de Salud y los Sindicatos integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad, en materia de carrera profesional, ratificado por el Gobierno de Aragón mediante Acuerdo de 7 de abril de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud y el artículo 38 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Dichos preceptos, establecen que los acuerdos que se refieran a materias cuya competencia corresponda al órgano de gobierno de la correspondiente Administración Pública, para su eficacia, precisarán la previa, expresa y formal aprobación del citado órgano de gobierno.
En su virtud,
Artículo único
Se dispone la publicación del Acuerdo del Gobierno de Aragón de 7 de abril de 2021, cuyo contenido figura como anexo y cuyo texto se transcribe:
Se acuerda:
- Primero.- Otorgar la aprobación expresa y formal, ratificándolo, al Acuerdo de 8 de mayo de 2020, de la Mesa Sectorial de Sanidad, por el que se modifican los acuerdos en materia de carrera profesional del personal del Servicio Aragonés de Salud, al objeto de asignar e incluir méritos en relación con la prestación de servicios durante el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, cuyo texto figura como anexo.
- Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".
ANEXO
ACUERDO DE LA MESA SECTORIAL DE SANIDAD DE 8 DE MAYO DE 2020, POR EL QUE SE MODIFICAN LOS ACUERDOS EN MATERIA DE CARRERA PROFESIONAL DEL PERSONAL DEL SERVICIO ARAGONÉS DE SALUD, AL OBJETO DE ASIGNAR E INCLUIR MÉRITOS EN RELACIÓN CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA DECLARADO POR REAL DECRETO 463/2020, DE 14 DE MARZO, PARA LA GESTIÓN DE LA SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIAS OCASIONADA POR LA COVID-19.
Mediante Acuerdo suscrito entre el Servicio Aragonés de Salud y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de carrera profesional, de 13 de noviembre de 2007, publicado en el B.O.A. núm. 144, de 7 de diciembre de 2007, por Orden de 5 de diciembre de 2007, del Departamento de Salud y Consumo, se aprobó el modelo de carrera profesional para los Licenciados y Diplomados sanitarios del Servicio Aragonés de Salud.
Por Acuerdo suscrito el 26 de junio de 2008, entre el Servicio Aragonés de Salud y las Organizaciones Sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad, CEMSATSE, U.G.T., CC.OO. y CSlF, se aprobó el modelo de carrera profesional. para el personal sanitario de formación profesional y el personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud, que fue publicado en el B.O.A. núm. 114, de 30 de julio de 2008, por Orden de 9 de julio de 2008, de la Consejera de Salud y Consumo.
Como consecuencia de la declaración del estado de alarma por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, y la necesidad de mantener la prestación asistencial en los centros sanitarios durante la misma, los profesionales del Servicio Aragonés de Salud han realizado un esfuerzo y compromiso adicionales a los exigibles en periodos de normalidad, por lo que resulta oportuno asignar nuevos méritos en materia de carrera profesional que, en alguna medida, vengan a compensar las restricciones de derechos y la penosidad en las condiciones de trabajo sufridas en este periodo.
En consecuencia, en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad, en su sesión celebrada el 8 de mayo de 2020, el Servicio Aragonés de Salud y las Organizaciones Sindicales CSIF, CC.OO. y U.G.T., convienen en suscribir el presente:
ACUERDO
Primero.- Asignar a todos los trabajadores que han prestado servicios un mínimo de 15 días en el Servicio Aragonés de Salud, durante el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, 100 puntos en el Factor 1.-Actividad asistencial/profesional correspondiente al año 2020.
Segundo.- Incluir en los apartados 10.1.3 y 10.2.3 del Anexo I al Acuerdo de 13 de noviembre de 2007, suscrito entre el Servicio Aragonés de Salud y las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de carrera profesional, y en el apartado 10.3 _del Anexo al Acuerdo de 26 de junio de 2008, suscrito entre el Servicio Aragonés de Salud y las organizaciones sindicales integrantes de la Mesa Sectorial de Sanidad en materia de carrera profesional para el personal sanitario de formación profesional y el personal de gestión y servicios del Servicio Aragonés de Salud, correspondientes al Factor 11.-Compromiso con la organización (Implicación en el desarrollo organizativo), el siguiente mérito:
Por haber prestado servicios un mínimo de 15 días en el Servicio Aragonés de Salud durante el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: 20 puntos. Por haber prestado servicios un mínimo de 15 días en el Servicio Aragonés de Salud durante el estado de alarma declarado por Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19: 20 puntos.
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