Resolución conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022
- ÓrganoConsejería de Educación y Formación Profesional
- Publicado en BOIB núm. 76 de 08 de Junio de 2021
- Vigencia desde 08 de Junio de 2021. Revisión vigente desde 05 de Octubre de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- ANEXO 1. Instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para el curso 2021-2022
- INTRODUCCION
- 1.Objetivos
- 2.Escenarios
- 3.Organización de los centros educativos. Planificación del inicio del curso 2021-2022
- 4.Medidas específicas para la educación especial y el primer ciclo de educación infantil, derivadas de la situación de dependencia del alumnado
- 5.Actividades complementarias y extraescolares
- 6.Educación para la salud
- 7.Equidad
- 8.Comunicación
- 9.Coordinación
- 10.Recursos materiales para el cumplimiento de las medidas de prevención
- 11.Tratamiento de datos
- ANEXO 2. Medidas de proteccion individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de proteccion individual en los centros educativos de las Illes Balears
- ANEXO 3. Pautas de ventilacion, limpieza y desinfeccion de los espacios de los centros educativos ante la COVID-19
- 1.Introduccion
- 2.Objetivo
- 3.Desinfectantes
- 4.Medidas higienicas en los centros educativos
- 5.Pautas para la ventilacion, limpieza y desinfeccion de los centros cuando haya un caso sospechoso de COVID-19
- 6Ventilación, limpieza y desinfeccion de los espacios que han sido ocupados por casos confirmados de COVID-19
- 7.Gestion de residues
- ANEXO 4. Protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centre
- APENDICE 1. Sala deaislamiento
- APENDICE 2. Modelo de escrito para las familias de los alumnos que son contacto estrecho de un caso positivo de infeccion por SARS-CoV-2 en el centro educativo
- APENDICE 3. Consentimiento informado para la realizacion del test PDIA durante el curso escolar
- APENDICE 4. DECLARACION RESPONSABLE SOBRE EL COMPROMISO DE SEGUIR LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN LOS PROTOCOLOS Y A MANTENERAL CENTRO INFORMADO
- ANEXO 5. Protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos
- INTRODUCCION
- 1.Gestion de contactos
- 2.Manejo de los contactos
- 3.Actuacion en el supuesto de que un miembro del personal presente sintomas compatibles con la infeccion por SARS-COV-2 en el centro educativo
- 4.Trabajadores con especial vulnerabilidad al SARS-COV-2
- 5.Coordinacion de actividades empresariales
- ANEXO 6. Pautas para la organizacion de los desplazamientos y los espacios de los centros
- ANEXO 7. Protocolo de los servicios complementarios de comedor y de cafeterfa
- ANEXO 8. Protocolo para el servicio de transporte escolar
- ANEXO 9. Orientaciones para la revision y actualizacion del plan de contingencia
- ANEXO 10. Orientaciones para la revision y actualizacion del plan digital de contingencia
- ANEXO 11. Protocolo de actuacion para las clases presenciales que implican la practica de actividad ffsica en ensenanzas de regimen general y de regimen especial
- INTRODUCCION
- 1.Medidas de seguridad e higiene
- 2.1.Los vestuarios
- 3.El material
- 4.Especificaciones para las ensenanzas de formacion profesional de la familia profesional de actividad ffsica y deportiva y para las ensenanzas deportivas de regimen especial
- 6.Normas especificas para las actividades fisicas en piscina
- Derogado por
- LE0000721596_20220310
R Educación y Formación Profesional 8 Mar. 2022 CA Illes Balears (medidas de prevención para hacer frente a la COVID-19 para el resto del curso 2021-2022)
- Norma afectada por
- 5/10/2021
- LE0000708852_20211005
R Educación y Formación Profesional 1 Oct. 2021 CA Illes Balears (modificación de las resoluciones de medidas excepcionales de prevención y funcionamiento para hacer frente a la COVID-19 en centros educativos no universitarios)
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Letra d) del apartado 5 del número 5 del anexo 1 redactada por la letra a) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Párrafo último del número 3 del anexo 2 redactado por la letra b) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra d) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Letra a) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra g) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Letra b) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra g) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 1 del anexo 5 introducido por la letra i) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra j) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Apartado 3 del número 2 del anexo 6 redactado por la letra k) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Último párrafo del número 5 del anexo 6 redactado por la letra l) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 introducido por la letra e) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Párrafo del apendice 2 del anexo 4 redactado por la letra f) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Véase la letra h) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005Véase la letra c) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).
LE0000699784_20211005
- 16/9/2021
- LE0000707392_20210916
R Educación 10 Sep. 2021 CA Illes Balears (modificación de la R 4 Jun. 2021 medidas excepcionales de prevención, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria en centros educativos no universitarios)
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Apartado 5 del número 3 del anexo 1 redactado por la letra a) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Apartado 6 del número 4 del anexo 1 redactado por la letra b) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Letra a) del apartado 5 del número 5 del anexo 1 redactada por la letra c) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Letra f) del apartado 5 del número 5 del anexo 1 introducida por la letra d) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 4 del anexo 4 redactado por la letra e) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 5 del anexo 4 redactado por la letra f) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 5 del anexo 4 redactado por la letra g) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 6 del anexo 4 redactado por la letra i) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra j) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra k) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra l) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra m) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra m) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 8 del anexo 4 redactado por la letra n) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 8 del anexo 4 redactado por la letra o) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del apendice 2 del anexo 4 redactado por la letra p) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del anexo 5 redactado por la letra q) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del Anexo 5 redactado por la letra r) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del anexo 5 redactado por la letra s) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 1 del anexo 5 redactado por la letra t) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Letra d) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra u) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Letra e) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra u) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 1 del anexo 5 redactado por la letra u) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 1 del anexo 5 redactado por la letra v) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Número 2 del anexo 5 redactado por la letra w) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra x) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra y) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra y) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
LE0000699784_20211005Número 5 del Anexo 6 introducido por la letra z) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).
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Hechos
1. La aplicación de las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para el curso 2020-2021 ha permitido mantener los centros educativos abiertos durante todo el curso, que el impacto de la COVID-19 en los miembros de la comunidad educativa haya sido controlado, y que se haya dado una baja incidencia de contagios.
2. Considerando la experiencia adquirida durante el curso 2020-2021, la evolución de la pandemia, la estrategia de vacunación y la eficacia de las vacunas, para recuperar progresivamente la plena normalidad educativa, mejorar el rendimiento académico y el bienestar emocional y favorecer la equidad, este curso 2021-2022 se debe organizar con el objetivo prioritario de garantizar la presencialidad completa de todo el alumnado, teniendo presente el grado de incertidumbre que supone deber llevar a cabo la planificación del curso cuando faltan algunos meses para que empiece.
3. La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, recoge lo siguiente:
En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que el alumnado y trabajadores puedan cumplir las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal, que se indiquen por las autoridades sanitarias y educativas.
4. La educación se considera una actividad esencial y un derecho de la infancia y adolescencia a proteger, y por eso, viendo la valoración de la situación en la fecha actual, se hace necesario establecer medidas de prevención, higiene y promoción de la salud ante la COVID-19 para el curso 2021-2022 que posibiliten la máxima presencialidad en un entorno seguro y saludable, con la flexibilidad necesaria en función del escenario epidemiológico.
5. Por todo ello, la Consejería de Educación y Formación Profesional y la Consejería de Salud y Consumo han elaborado conjuntamente los protocolos de actuación que los centros educativos no universitarios deberán seguir, de acuerdo con su marco jurídico de referencia, para planificar el inicio del curso 2021-2022 y que deberán aplicar durante todo el curso, en previsión de los escenarios que se presenten en función de lo que determinen las autoridades sanitarias según la evolución de la pandemia de COVID-19.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 43.2 de la Constitución Española de 1978 (BOE núm. 311, de 29 de diciembre), el cual establece que es competencia de los poderes públicos tutelar la salud pública a través de las medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios, e indica que la ley tiene que establecer los derechos y deberes de todos al respecto.
2. El artículo 27 de la Constitución española, el cual reconoce el derecho universal a la educación.
3. El artículo 36.2 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOIB núm. 32, de 1 de marzo), el cual establece que corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
4. El artículo 30.48 y el 31.4 del Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, los cuales establecen la competencia de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia sanitaria.
5. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
6. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).
7. El artículo 51 de la Ley 5/2003, de 4 de abril, de Salud de las Illes Balears (BOIB núm. 55, de 22 de abril), el cual establece que la Administración sanitaria, en el ejercicio de sus competencias, debe adoptar las medidas adecuadas de intervención provisionales ante situaciones de riesgo para la salud colectiva. Las medidas y actuaciones que se ordenen con carácter obligatorio y de urgencia o necesidad se deben adaptar a los criterios expresados en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (BOE núm. 102, de 29 de abril).
8. La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (BOE núm. 76, de 30 de marzo).
9. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de mayo de 2021 por el que se aprueba el nuevo Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19, se establecen los niveles de alerta sanitaria que serán de aplicación en cada una de las islas y se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la COVID-19 aplicables temporalmente a las islas (BOIB núm. 60, de 6 de mayo)
10. El Acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de mayo de 2021 por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria a aplicar en cada una de las islas, se modifica puntualmente el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de mayo de 2021, por el que se aprobó el nuevo Plan de Medidas de Prevención, Contención y Coordinación para Hacer Frente a la Crisis Sanitaria Ocasionada por la COVID-19 y se establecen medidas excepcionales de prevención del contagio de la COVID-19 aplicables temporalmente a las islas (BOIB núm. 66, de 22 de mayo ).
11. El Decreto 23/2020 de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto Consolidado del Decreto por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil (BOIB núm. 135, de 1 de agosto).
12. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
13. El artículo 8.6 y 10.8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio).
Por todo ello, de acuerdo con la propuesta formulada conjuntamente por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros y la Dirección General de Salud Pública y Participación con fecha 3 de junio de 2021, dictamos la siguiente
Resolución
1. Aprobar las instrucciones de organización y funcionamiento para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el curso 2021-2022, que constan en el anexo 1, y los anexos que lo complementan:
- Anexo 2. Medidas de protección individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de protección individual en los centros educativos de las Illes Balears.
- Anexo 3. Pautas de ventilación, limpieza y desinfección de los espacios de los centros educativos ante la COVID-19.
- Anexo 4. Protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centro.
- Anexo 5. Protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos.
- Anexo 6. Pautas para la organización de los desplazamientos y los espacios de los centros.
- Anexo 7.Protocolo de los servicios complementarios de comedor y de cafetería.
- Anexo 8. Protocolo para el servicio de transporte escolar.
- Anexo 9. Orientaciones para la revisión y actualización del plan de contingencia.
- Anexo 10. Orientaciones para la revisión y la actualización del plan digital de contingencia.
- Anexo 11. Protocolo de actuación para las clases presenciales que implican la práctica de actividad física en enseñanzas de régimen general y de régimen especial.
2. Instar a la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a analizar el contenido de esta Resolución al efecto establecido en el segundo párrafo del artículo 8.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Publicar esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears para que empiece a producir efectos a partir de la fecha de publicación. Sin embargo, los centros no tendrán que implementar las medidas de los anexos, que se detallan en el punto primero de la presente Resolución, hasta día 1 de septiembre de 2021, excepto en los casos en que se indique explícitamente una fecha anterior.
ANEXO 1
Instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para el curso 2021-2022
Marco general
Estas instrucciones establecen las directrices en relación con las medidas de prevención e higiene frente al SARS-CoV-2 para los centros educativos en el curso 2021-2022, sin perjuicio de lo que se pueda disponer en la normativa concerniente a la materia.
Hay que tener en cuenta que estas medidas se pueden actualizar mediante resolución conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo cuando sea necesario, en función de la situación epidemiológica.
Asimismo, incluyen instrucciones de organización y funcionamiento para los centros educativos públicos, aplicables también a los centros privados concertados en todos los aspectos sanitarios y en los derivados de los compromisos adquiridos para la impartición de las enseñanzas objeto del concierto, con las adecuaciones que haga falta para respetar su marco jurídico y estructura orgánica específicos, y para los centros privados, en aquello que les sea de aplicación, para afrontar el nuevo contexto educativo que ha generado la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
1. Objetivos
1.1. Considerando la experiencia adquirida durante el curso 2020-2021, la evolución de la pandemia, la estrategia de vacunación y la eficacia de las vacunas, para recuperar progresivamente la plena normalidad educativa, mejorar el rendimiento académico, el bienestar emocional y la equidad, este curso 2021-2022 se organizará con el objetivo prioritario de garantizar la presencialidad completa de todo el alumnado.
1.2. Los centros educativos quedarán abiertos durante todo el curso escolar y se asegurarán los servicios complementarios y de apoyo a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo, con dificultades académicas o socialmente vulnerables, siempre que la situación epidemiológica lo permita.
1.3. Para garantizar esta presencialidad, a partir del mes de septiembre las actividades en los centros educativos cumplirán, tal como se ha hecho durante el curso 2020-2021, estos objetivos:
- a) Crear entornos escolares saludables y lo más seguros posibles, tanto físicamente como emocionalmente, mediante medidas de promoción de la salud, prevención y protección adaptadas a cada etapa educativa.
- b) Posibilitar la detección precoz de casos y que se gestionen adecuadamente a través de protocolos de actuación claros y de coordinación de los agentes implicados.
- c) Incidir en el trabajo organizativo y la coordinación pedagógica de los centros educativos para preparar el curso.
2. Escenarios
2.1. Con el objetivo de ajustar las medidas de prevención a la situación epidemiológica, se plantean estos escenarios en función del nivel de alerta de cada territorio:
2.2. La indicación de cambio de escenario la establecerán las autoridades sanitarias y el cambio se mantendrá como mínimo durante dos semanas hasta que se vuelva a evaluar.
2.3. Esta organización por escenarios permitirá flexibilizar la distancia para la nueva normalidad y los niveles 1 y 2, y ser más estricto si se pasa a los niveles 3 y 4 de alerta.
2.4. Los escenarios se revisarán durante el primer trimestre del curso y se ajustarán a la baja o se harán más exigentes, según avance la vacunación del alumnado y de acuerdo con la valoración que hagan de la evolución de la pandemia las autoridades sanitarias.
2.5. Se garantizará la presencialidad para todos los niveles y las etapas del sistema educativo. En los niveles de alerta 3 y 4, excepcionalmente, y sólo en caso de que no se puedan cumplir las medidas de seguridad, se puede pasar a la semipresencialidad en días alternos a partir de tercero de ESO, con un informe previo favorable del Departamento de Inspección Educativa (DIE) y con la autorización de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros. En este escenario, siempre que sea posible se mantendrá la presencialidad del alumnado de 2º de bachillerato. La suspensión generalizada de la presencialidad se puede dar muy excepcionalmente si la situación de la pandemia se agrava notablemente.
2.6. Por lo que se ha indicado en los párrafos anteriores, los centros educativos deben revisar y actualizar durante el mes de junio de 2021 el plan de contingencia, que debe incluir la organización del inicio de curso y la previsión de las actuaciones que se llevarán a cabo para poder hacer frente a las posibles eventualidades que se puedan producir durante el curso 2021-2022, de acuerdo con los escenarios planteados. Se deben definir las medidas organizativas que se llevarán a cabo para evitar aglomeraciones y garantizar que todos los miembros de la comunidad educativa puedan cumplir las medidas de distancia, de limitación de contactos y de prevención personal. Además, hay que revisar y actualizar el plan de acogida, la distribución de los espacios, el plan digital de contingencia y los sistemas de información a la comunidad educativa de las medidas de prevención y protección e higiene frente a la COVID-19. La revisión y actualización del plan de contingencia debe ser impulsada y coordinada por los equipos directivos de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional y la titularidad de los otros centros, que son los responsables, y debe participar en ella todo el profesorado. En los centros públicos el plan de contingencia debe contar con la aprobación del claustro y del consejo escolar.
2.7. El plan de contingencia en la educación infantil y primaria, además de la organización prevista para el inicio de curso que se detalla en el apartado 3 de estas instrucciones y el que se ha mencionado en el párrafo anterior, debe recoger el plan digital de contingencia, por si se da el caso excepcional de que se tenga que suspender la actividad lectiva presencial.
2.8. El plan de contingencia en la educación secundaria, el bachillerato, la formación profesional y los estudios de adultos y de régimen especial, además de la organización prevista para el inicio de curso que se detalla en el apartado 3 de estas instrucciones y lo mencionado anteriormente, tiene que incluir, en el caso excepcional que no se puedan cumplir las medidas en los niveles 3 y 4, la previsión de organización de la semipresencialidad en días alternos del alumnado a partir de tercero de ESO, que sólo se podrá adoptar con un informe previo favorable del DIE y con la autorización de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, además del plan digital de contingencia por si se da el caso excepcional de que se deba suspender la actividad lectiva presencial.
2.9. Para elaborar estos planes, véase el anexo 10, orientaciones para la revisión y actualización del plan de contingencia, y el anexo 11, orientaciones para la revisión y actualización del plan digital de contingencia.
3. Organización de los centros educativos. Planificación del inicio del curso 2021-2022
3.1. Las programaciones didácticas se deben adaptar a las diversas situaciones que se puedan producir durante el curso y deben incluir objetivos relacionados con la competencia digital.
3.2. Los centros, a la hora de planificar el inicio del curso 2021-2022, tendrán en cuenta las indicaciones que se especifican a continuación.
3.3. El objetivo prioritario del curso 2021-2022 es garantizar la presencialidad completa de todo el alumnado.
3.4. Se deben aplicar los principios básicos de prevención, higiene y promoción de la salud ante la COVID-19 en los centros educativos:
- a) Limitación de contactos:
En la educación infantil, la educación primaria, y la educación especial los alumnos se deben organizar por grupos estables de convivencia (GEC), formados por el grupo de alumnos más el tutor, en los que se debe garantizar la estanquidad en todas las actividades que se lleven a cabo en el centro educativo. Se tiene que evitar el contacto con otros grupos y limitar al máximo el número de contactos, a pesar de que podrán acceder los profesores especialistas y de apoyo, así como el personal auxiliar que se requiera. En estos grupos, no se debe guardar la distancia estricta, por lo cual sus miembros pueden interactuar con más normalidad. Estos alumnos en los desplazamientos y fuera del aula deben guardar una distancia de 1,5 m con alumnos otros grupos, pero no entre ellos.
A partir de primero de ESO se debe mantener, siempre que sea posible, la distancia interpersonal de seguridad establecida: 1,5 m en las interacciones entre las persones adultas, en los desplazamientos del alumnado y fuera del aula, y 1,2 m dentro de las aulas, mientras la isla donde se encuentra ubicado el centro educativo se mantenga en el nivel de alerta sanitaria 0, 1 o 2. Esto implica que la capacidad de los espacios se debe calcular dividiendo la superficie del aula o espacio por 1,44 m2 por persona.
Si en la isla donde se encuentra ubicado el centro educativo se declara el nivel de alerta sanitaria 3 o 4, la distancia de seguridad en los grupos de tercero y cuarto de ESO, formación profesional, bachillerato y enseñanzas de régimen especial se debe incrementar hasta 1,5 m dentro de las aulas. Esto implica que la capacidad de los espacios a partir de tercero de ESO se debe calcular dividiendo la superficie del aula o espacio por 2,25 m2 por persona.
El uso de mascarilla es obligatorio en todo momento en el caso de los adultos y los alumnos mayores de seis años, independientemente de la distancia, excepto en situaciones de consumo de alimentos y bebidas y durante determinadas prácticas de actividad física (véase el anexo 11, protocolo de actuación para las clases presenciales que implican la práctica de actividad física en enseñanzas de régimen general y de régimen especial), actividades acuáticas o el uso de instrumentos musicales de viento, así como en los supuestos que prevé el ordenamiento jurídico. No se recomienda el uso de la mascarilla en niños menores de seis años, excepto durante la escola matinera y el transporte escolar.
El uso de la mascarilla en cada momento se regulará de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias mediante unas instrucciones específicas del director general de Planificación, Ordenación y Centros.
- b) Ventilación frecuente de los espacios, como medida básica para evitar la transmisión, limpieza y desinfección del centro (véase el anexo 2, medidas de protección individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de protección individual en los centros educativos de las Illes Balears, y el anexo 3, pautas de ventilación, limpieza y desinfección de los espacios de los centros educativos frente a la COVID-19).
- c) Higiene de manos y respiratoria (véase el anexo 2, medidas de protección individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de protección individual en los centros educativos de las Illes Balears).
- d) Gestión adecuada y precoz de la posible aparición de un caso (véase el anexo 4, protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centro, y el anexo 5, protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos).
- e) Información y formación dirigida a los docentes y profesionales no docentes, alumnado y familias, que será proporcionada por las administraciones educativas y sanitarias.
3.5. El calendario escolar se debe adecuar al fijado por la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 15 de abril de 2021 por la cual se establece el calendario escolar del curso 2021-2022 para los centros docentes no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 51, de 17 de abril), si bien los centros, en función de su complejidad, pueden destinar a partir del inicio de las actividades lectivas presenciales, los tres primeros días a la acogida escalonada del alumnado con objeto de garantizar que los alumnos conocen y entienden bien las medidas contenidas en los protocolos antes de iniciar las actividades lectivas. Los centros con más de 600 alumnos pueden dedicar cinco días a esta acogida.

3.6. Los alumnos que realizan enseñanzas básicas en la modalidad de educación combinada entre centro ordinario y centro de educación especial retomarán esta modalidad de escolarización.
3.7. Los alumnos de aulas UEECO y ASCE se adscribirán a un grupo de referencia y podrán participar en las actividades del grupo ordinario.
3.8. Las ratios de los grupos deben ser las establecidas por la normativa vigente en cada etapa. En los grupos que no se organicen como grupos de convivencia estable, la capacidad de los espacios se debe calcular teniendo en cuenta la distancia de seguridad establecida para cada caso. Para 1,2 m de distancia de seguridad la ratio se debe establecer contando 1,44 m2 por persona, y para 1,5 m de distancia de seguridad el cálculo se debe hacer con 2,25 m2 por persona.
3.9. Para evitar aglomeraciones y limitar los contactos, hay que tener en cuenta estas medidas:
- a. Se tiene que fomentar el transporte activo (caminando o en bicicleta) y los centros educativos, en colaboración con los ayuntamientos, deben tratar de fomentar rutas seguras en la escuela y aumentar espacios de aparcamiento de bicicletas.
- b. Los centros pueden establecer un escalonamiento del horario de entradas y salidas del alumnado. La entrada siempre tiene que priorizar el alumnado que llega con transporte escolar, el alumnado del segundo ciclo de educación infantil y el de la etapa obligatoria. Siempre que sea posible, se debe organizar la entrada y salida del alumnado por los diferentes accesos de que disponga el centro. Durante el tiempo entre las primeras entradas y el inicio de las clases se debe prever la presencia de profesorado responsable de la vigilancia y cuidado del alumnado.
- c. Los horarios de los grupos deben evitar, tanto como sea posible, los movimientos de alumnos dentro del centro en los cambios de clase y deben tender hacia la máxima estabilidad posible de los grupos clase en una misma aula, y facilitar que sean los docentes los que acudan al aula de referencia (véase el anexo 6, pautas para la organización de los desplazamientos y los espacios de los centros).
- d. Se deben evitar, de manera general, aquellas actividades en el centro educativo que comporten la mezcla de alumnos de diferentes grupos de convivencia o clases en que no se pueda mantener la distancia mínima interpersonal, excepto en el escenario de nueva normalidad, en el cual se permitirá la interacción entre grupos del mismo curso y de dos cursos del mismo ciclo en los centros de hasta una línea. Se deben priorizar las actividades al aire libre para estas interacciones.
- e. Se deben organizar turnos para el tiempo de recreo en el patio, diferenciados por edades, teniendo en cuenta los grupos de convivencia estable, en franjas horarias o espacios diferentes.
- f. Se debe organizar el tiempo del comedor aumentando los turnos y agrupando los alumnos según el grupo de convivencia estable para minimizar la interacción entre grupos (véase el anexo 7, protocolo de los servicios complementarios de comedor y de cafetería).
- g. Para limitar el número de personas presentes en un espacio de manera simultánea se deben evitar las asambleas o reuniones presenciales en espacios cerrados. Se recomienda que se lleven a cabo de manera telemática, especialmente con personas que no trabajan en los centros. Las reuniones de coordinación y otras actividades no lectivas se pueden llevar a cabo por videoconferencia. En caso de reuniones presenciales se debe garantizar la distancia mínima de 1,5 m.
3.10. Se tiene que informar a las familias sobre el horario y las zonas de entrada y salida y rotular estas zonas para evitar aglomeraciones en los accesos.
3.11. En los grupos que no se organicen como grupos de convivencia estable, se debe procurar que los alumnos ocupen siempre el mismo lugar dentro de las aulas.
3.12. Se pueden concentrar los horarios de las sesiones de las materias de la manera que se considere más conveniente con objeto de conseguir que en un mismo día intervengan en el grupo el menor número posible de docentes.
3.13. Se tiene que favorecer la constitución de equipos docentes reducidos para cada agrupación de alumnos. Se recomienda agrupar las materias de primero de ESO por ámbitos de conocimiento.
3.14. Se tiene que priorizar, dentro de lo posible, la utilización de los espacios al aire libre para la realización de las actividades educativas y de ocio, tanto los del mismo centro educativo como externos.
3.15. Los gimnasios, salas de psicomotricidad, etc., se deben adaptar a las necesidades del uso que se haga y asegurar las medidas de seguridad e higiene. La educación física y otras actividades similares se deben realizar prioritariamente en el patio u otros espacios comunitarios (véase el anexo 11, protocolo de actuación para las clases presenciales que implican la práctica de actividad física en enseñanzas de régimen general y de régimen especial).
3.16. Los centros públicos, con la aprobación del consejo escolar, el informe favorable de la inspección educativa y la aprobación de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros, podrán hacer turnos por la mañana y tarde por cursos o etapas educativas o los que tienen jornada partida, podrán hacer excepcionalmente el cambio a jornada continuada. En los centros concertados estas decisiones las podrán tomar sus titulares en ejercicio de su autonomía.
3.17. En la acogida del alumnado los primeros días de clase, se deben llevar a cabo varias actividades para que el alumnado conozca todas las medidas de protección, prevención e higiene que se deben aplicar, así como los horarios de entrada y salida, el horario y el funcionamiento del espacio del patio, los circuitos de entrada y salida que les corresponden, además de todos los aspectos que se consideren oportunos, según el plan de acogida, incluido en el plan de contingencia del centro. Así mismo, estas medidas se deben comunicar a las familias antes del inicio del curso.
3.18. El centro tendrá habilitada una sala de aislamiento de acuerdo con lo que se indica en el anexo 4, protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centro.
3.19. En el caso de alumnos o personal del centro que durante la jornada escolar presente un problema de salud compatible con la infección por SARS-CoV-2, se deben seguir el protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con COVID-19 entre el alumnado de los centros educativos (anexo 4) y el protocolo de actuación ante la detección de cualquier síntoma compatible con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos (anexo 5).
3.20. Para facilitar el estudio de contactos, además del registro de asistencia diaria del alumnado que se debe hacer por medio del GESTIB, los centros educativos deben disponer de registros de asistencia diaria a todas las actividades del centro, incluyendo los servicios complementarios (transporte, escola matinera, comedor) y las actividades extraescolares (organizadas por el centro, recogidas en la programación general anual y aprobadas por el consejo escolar o la titularidad en los centros privados, y que se realizan fuera de horario lectivo). También se debe llevar un registro de todas las personas ajenas al centro que accedan.
3.21. Los espacios de atención al público deben disponer de una mampara o vidrio para posibilitar la atención con más seguridad.
3.22. Los acontecimientos deportivos o celebraciones del centro, especialmente cuando esté prevista la asistencia de público, se deben hacer siempre que sea posible al aire libre y, en cualquier caso, deben asegurar que se pueda mantener la distancia interpersonal y la capacidad máxima del espacio recogida en las indicaciones sanitarias. Estos acontecimientos se deben adaptar a la normativa vigente.
3.23. Las familias pueden acceder al centro cumpliendo siempre las medidas de prevención e higiene y, en ningún caso, si presentan cualquier síntoma compatible con la COVID-19, o se encuentran en aislamiento por diagnóstico o en cuarentena por contacto estrechado con alguna persona con diagnóstico confirmado.
En particular, en la etapa de educación infantil, durante los periodos de adaptación, las familias podrán permanecer dentro de las aulas de manera controlada y respetando la organización prevista por el centro y su plan de contingencia y así lo haya previsto expresamente la dirección del centro o la titularidad. En cualquier momento los centros podrán acordar el cese de estas autorizaciones de acceso.
3.24. Con el objetivo de priorizar la atención al alumnado se puede:
- a. Establecer un sistema de cotutorías, de forma que cada uno de los docentes del centro, sean o no tutores, tengan asignado el seguimiento personalizado de un grupo reducido de alumnos.
- b. Reducir la duración de las sesiones de clase para poder hacer entradas y salidas escalonadas y mantener el horario general del centro. En la educación infantil, la educación primaria y la educación especial se podrán reducir de tal manera que el centro pueda disponer de 30 minutos diarios a tal efecto. En la educación secundaria las sesiones pueden pasar de los 55 minutos establecidos a 50.
4. Medidas específicas para la educación especial y el primer ciclo de educación infantil, derivadas de la situación de dependencia del alumnado
4.1. De manera general se deben mantener las medidas de prevención, higiene y protección generales y, además, se deben tener en cuenta las indicaciones que se especifican a continuación.
4.2. Tanto en la educación especial (CEE-ASCE, UEECO y CEE) cómo en el primer ciclo de educación infantil, se deben organizar grupos de convivencia estable (GCE).
4.3. Se tiene que organizar la entrada y la salida de forma que una persona acompañe a cada alumno a su aula de referencia en el supuesto de que no sea autónomo.
4.4. En el caso de desplazamientos por el centro educativo, se debe disponer de un horario y organización que posibiliten que los grupos no coincidan a la vez y se les tiene que asignar un baño si es posible.
4.5. En estas modalidades y etapas no es recomendable el uso de gel hidroalcohólico en niños, dado que se ponen las manos frecuentemente a la boca, y en el caso de emplearlo, se debe procurar que esté en un lugar no accesible para los alumnos.
4.6. Es importante consolar los niños y en el caso de los más pequeños puede ser frecuente tener que cogerlos en brazos. En este caso, el educador debe llevar una mascarilla FFP2.

4.7. No es recomendable el uso de la mascarilla en alumnos que presentan discapacidad, situación de dependencia o alteraciones de conducta que les impida quitarse la mascarilla o realizar un uso adecuado de ella.
4.8. Los trabajadores deben llevar el pelo recogido y evitar el uso de objetos como anillos, pulseras y colgantes.
4.9. Se deben emplear sólo aquellos objetos o juguetes que se puedan limpiar o desinfectar de forma sencilla.
4.10. En el supuesto de que los niños duerman en los centros, se deben emplear colchones situados a la distancia de seguridad establecida en función del escenario correspondiente, intercalando el sentido en que se colocan los niños (cabezas y pies en diferente dirección). En el caso de uso de sábanas, toallas y almohadas, cada alumno utilizará los suyos, y se cambiarán semanalmente y siempre que estén sucios.
4.11. Cuando se cambie el pañal se debe desinfectar el cambiador o protegerlo con material desechable.
5. Actividades complementarias y extraescolares
5.1. Se deben adoptar las medidas necesarias para garantizar que los servicios complementarios de transporte escolar, escola matinera y comedor se puedan desarrollar durante todo el curso en condiciones de seguridad, así como también las actividades extraescolares.
5.2. En el caso de los comedores escolares y cafeterías:
- a) Se deben tener en cuenta las instrucciones de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa para el servicio de comedor escolar y cafeterías para el curso 2021-2022:
http://www.caib.es/sites/serveidecomunitateducativa/ca/instruccions/.
- b) Se deben seguir también las orientaciones de prevención de la COVID-19 para comedores escolares y cafeterías previstas en el anexo 7 de esta Resolución.
- c) En el caso del primer ciclo de educación infantil, se deben mantener los grupos estables de convivencia a la hora de organizar el servicio de comedor.
5.3. En cuanto al transporte escolar:
- a) Se deben tener en cuenta las instrucciones de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa para el servicio de transporte escolar para el curso 2021-2022:
http://www.caib.es/sites/serveidecomunitateducativa/ca/instruccions_transport/.
- b) Se deben seguir también las orientaciones de prevención de la COVID-19 para el transporte escolar previstas en el anexo 8 de esta Resolución.
5.4. En cuanto al programa de apertura de centros escolares por las mañanas en horario no lectivo (escola matinera):
- a) Se deben seguir las instrucciones de la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa para el programa de apertura de centros escolares por las mañanas en horario no lectivo para el curso 2021-2022:
http://www.caib.es/sites/serveidecomunitateducativa/ca/instruccions_escola_matinera/.
- b) En el caso de primer ciclo de educación infantil, se deben mantener los grupos estables de convivencia a la hora de organizar el servicio de escola matinera.
- c) Los alumnos que hagan uso de la escola matinera deben seguir, además, estas orientaciones de prevención de la COVID-19:
Deben mantener siempre la distancia física de 1,5 m.
Los alumnos que hacen uso de la escola matinera y pertenecen al mismo grupo de convivencia estable no hace falta que guarden la distancia interpersonal. Sí que deben guardar la distancia de 1,5 m con el resto de alumnos y el resto de grupos estables de convivencia.
Al llegar a la escuela, el alumnado se debe lavar las manos con agua y jabón; en caso de que no sea posible se debe disponer de gel hidroalcohólico. En menores de seis años se utilizará bajo supervisión y se tendrá precaución con el almacenamiento.
La limpieza y ventilación del espacio en que se lleve a cabo la escola matinera se debe hacer tal como se establece en el anexo 3, pautas de ventilación, limpieza, y desinfección de los espacios de los centros educativos ante la COVID-19. Si la actividad se desarrolla en un espacio del centro que posteriormente deben utilizar otros alumnos, se debe ventilar.
En el supuesto de que un alumno inicie síntomas compatibles con la COVID-19, se actuará como se establece en el anexo 4, protocolo de actuación ante la detección de síntomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centro.
El alumnado vulnerable a la COVID-19 también puede hacer uso siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita. En este caso se deben mantener todas las medidas de protección.
5.5. Por lo que hace referencia a las actividades extraescolares:
- a) De manera general se deben mantener las medidas de prevención, higiene y protección contempladas en estas instrucciones. En una misma actividad pueden participar alumnos de diferentes grupos estables de convivencia.LE0000707392_20210916
Letra a) del apartado 5 del número 5 del anexo 1 redactada por la letra c) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
- b) Si la actividad se realiza en un aula del centro educativo (idiomas, informática, etc.), las persones participantes en la actividad deben mantener la distancia de 1,5 m. En caso de que haya mesas, estas también tendrán que guardar la misma distancia de separación. Si la actividad se desarrolla en un espacio del centro que posteriormente usarán otros alumnos, se debe ventilar.
- c) En el caso de actividades con la participación de familias (espacios familiares, espacios de juego, talleres...) se debe respetar la capacidad del recinto y los adultos deben respetar las medidas de seguridad e higiene establecidas por esta Resolución.
- d) Es obligatorio el uso de mascarilla en adultos y en los alumnos mayores de seis años, con las excepciones indicadas en la normativa correspondiente.LE0000708852_20211005
Letra d) del apartado 5 del número 5 del anexo 1 redactada por la letra a) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
- e) Las instalaciones deportivas fuera del centro escolar que sean empleadas para llevar a cabo estas actividades se deben entender como una prolongación del mismo centro docente y, por lo tanto, durante la realización de estas actividades no son aplicables los aforos establecidos para el resto de actividades deportivas en los polideportivos.
- f) En las actividades extraescolares que impliquen actividad física se deben seguir las indicaciones del anexo 11 de esta Resolución, Protocolo de actuación para las clases presenciales que implican la práctica de actividad física en enseñanzas de régimen general y de régimen especial.LE0000707392_20210916
Letra f) del apartado 5 del número 5 del anexo 1 introducida por la letra d) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
6. Educación para la salud
6.1. Los equipos directivos de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional y la titularidad de los otros centros, con la comisión de salud del centro, junto con el coordinador de riesgos laborales, si tiene, deben garantizar el cumplimiento de estas instrucciones y de los protocolos, hacer el seguimiento y asegurarse que toda la comunidad educativa esté informada. Si el centro no dispone de comisión de salud la tiene que constituir para poder llevar a cabo estas funciones, entre otras. Se debe tener en cuenta las instrucciones para el tratamiento de la salud en los centros educativos, disponible en:
http://www.caib.es/sites/diversitat/ca/tractament_de_la_salut_als_centres_educatius_0/.
6.2. Se debe continuar con las actividades de educación para la salud que incluyan las medidas de promoción, prevención, y protección de la salud ante la COVID-19, para hacer de los alumnos agentes activos en la mejora de la salud de la comunidad educativa.
6.3. Asimismo, estas actividades se deben incluir de manera transversal en los programas y actividades de promoción y de educación para la salud que ya se venían realizando en el centro educativo, de forma que la salud se pueda trabajar de manera integral.
6.4. Las programaciones didácticas deben incluir como tema transversal aspectos relacionados con la promoción de la salud, con independencia del tratamiento específico que alguna área haga y de las actividades de tutoría que se desarrollen con este objeto.
6.5 Los aspectos básicos que tiene que incluir la educación para la salud en relación con la COVID-19 son la descripción de los síntomas de la enfermedad, el protocolo sobre cómo actuar ante la aparición de síntomas, las medidas de distancia interpersonal y la limitación de contactos, la higiene de manos, la higiene respiratoria y el resto de medidas de protección individual, el uso adecuado de la mascarilla, la conciencia de la interdependencia entre los seres humanos y el entorno, y el fomento de la corresponsabilidad en la salud propia y en la salud de los otros.
6.6. Se pondrán a disposición de los centros materiales de utilidad que pueden servir tanto para concienciación de la comunidad educativa, como de base para preparar material didáctico específico a trabajar posteriormente con el alumnado. Así mismo, se deben trabajar aspectos relacionados con una vida saludable: alimentación, actividad física, prevención de adicciones, bienestar emocional y prevención de riesgos y accidentes.
7. Equidad
7.1. Tanto en el plan de contingencia como en la programación general anual (PGA) se deben recoger, según los diversos escenarios que se puedan dar, medidas para atender las necesidades de los grupos siguientes:
- 1. Situaciones de vulnerabilidad social: familias en riesgo de pobreza y exclusión, víctimas de la violencia, migrantes no acompañados, refugiados, o pertenecientes a colectivos o etnias minoritarias y estigmatizadas.
- 2. Situaciones de especial vulnerabilidad de salud: alumnos que excepcionalmente no pueden asistir presencialmente al centro por prescripción médica o que pueden asistir, pero con medidas estrictas de protección individual.
- 3. El alumnado en aislamiento domiciliario o en cuarentena domiciliaria podrá seguir las actividades educativas, siempre que su estado de salud lo permita, por vía telemática.
- 4. Situaciones de especial necesidad: personas con discapacidad o con necesidades educativas especiales, o con necesidad de refuerzo educativo.
- 5. Alumnado que durante el curso 2020-2021 ha sido escolarizado en un régimen de semipresencialidad o que por razones de vulnerabilidad, debidamente autorizadas, no ha asistido al centro, ya sea durante la totalidad del curso o de manera parcial.
7.2. Se tendrá especial atención en la vigilancia del absentismo escolar por parte de los tutores, y se hará un seguimiento de los motivos, para conocer si el alumnado ha faltado por motivos de salud u otros motivos justificados. Madre, padre o tutores legales son los responsables de la justificación de la ausencia de los alumnos por motivos de salud. Los centros no deben solicitar justificantes médicos.
7.3. Los centros educativos deben seguir siendo entornos solidarios, respetuosos e inclusivos. Es importante prevenir la estigmatización de los estudiantes y de todo el personal del centro educativo que hayan podido estar expuestos al virus o puedan infectarse en un futuro.
8. Comunicación
8.1. Los equipos directivos de los centros públicos dependientes de la Consejería de Educación y Formación Profesional y la titularidad de los otros centros deben adoptar las medidas conducentes a asegurar que la información sobre los protocolos de actuación y las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud implantadas en los centros educativos llegan a toda la comunidad educativa, tal como han hecho durante el curso 2020-2021.
8.2. Se tiene que proporcionar información y se debe facilitar la adquisición de habilidades sobre las medidas de prevención e higiene a los trabajadores, al alumnado y a las familias del centro educativo, así como facilitar la comunicación con la comunidad educativa.
8.3. A principio de curso, se debe hacer llegar la información a todas las familias. Debe priorizarse la comunicación mediante el GESTIB, Portal de las Familias; el teléfono; el correo electrónico, y los mensajes a móvil, y se deben facilitar las gestiones telemáticas.
8.4. Es importante promover la participación de las familias y contar con la participación de las asociaciones de familias para facilitar la transmisión de la información y las alianzas en la adecuada implementación de las medidas.
8.5. Se utilizarán infografías, carteles y señalización que faciliten el cumplimiento y la comprensión de las medidas de prevención e higiene. Se debe procurar que esta información se mantenga actualizada en el supuesto de que cambien las indicaciones de las autoridades sanitarias.
8.6. Se tiene que proporcionar al personal los datos de contacto del servicio de prevención de riesgos laborales que le corresponda.
9. Coordinación
9.1. Hay que reforzar la coordinación entre entes de la Administración para encontrar soluciones colaborativas y adaptadas a la realidad de cada centro educativo que posibiliten el cumplimiento de las medidas preventivas, así como para facilitar la comunicación necesaria tanto para la gestión de los posibles casos o brotes de COVID-19 como para la atención de aquellas situaciones de mayor vulnerabilidad social.
9.2. En cuanto a la coordinación con la Consejería de Salud y Consumo:
- 1. Ante el caso de alumnos con COVID-19, para el estudio de los contactos estrechos, la coordinación se debe realizar con EDUCOVID.
- 2. El centro educativo, a través de la comisión de salud, se debe coordinar con el centro de salud de referencia para llevar a cabo las actividades para la atención del alumnado con problemas de salud crónicos en el centro.
- 3. Los casos de especial complejidad se deben comunicar al Servicio de Atención a la Diversidad para establecer la coordinación con CoorEducaSalut y CoorEducaSalutMental, si hace falta.
- 4. La Dirección General de Salud Pública y Participación tiene que establecer las medidas de control oportunas en caso de brote, e, incluso, si procede, ordenar el cierre de un aula o del centro.
- 5. La Consejería de Educación y Formación Profesional, junto con la Consejería de Salud y Consumo deben establecer las actuaciones de promoción de la salud en la comunidad educativa. Estas actividades se deben coordinar desde la comisión de salud del centro.
9.3. La coordinación con los servicios sociales de las administraciones competentes en cada caso se debe producir en el caso de alumnos en situación de vulnerabilidad social, para facilitar información de servicios disponibles de apoyo, alimentos, redes comunitarias o iniciativas vecinales, o para proveer los recursos necesarios para la escolarización.
9.4. En cuanto a la coordinación con las entidades locales, a través de la coordinación entre centros educativos y entidades locales se preverán acciones referidas a:
- 1. Conciliación: para la búsqueda de soluciones en aquellos casos de alumnado que no pueda ser atendido por su familia, más allá del horario escolar.
- 2. Transporte activo en la escuela: rutas seguras en la escuela (caminando o en bici), espacios para aparcamiento de bicicletas.
- 3. Policías tutores: en aquellos municipios en que haya esta figura, para actuaciones relacionadas con la prevención de situaciones de riesgo en los menores.
10. Recursos materiales para el cumplimiento de las medidas de prevención
10.1. La Administración educativa tiene que asegurar la disponibilidad en todo momento del material necesario para el cumplimiento de las medidas de prevención e higiene en los centros sostenidos con fondos públicos. El uso de este material se debe hacer de acuerdo con el anexo 2, medidas de protección individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de protección individual en los centros educativos de las Illes Balears.
10.2. Se tiene que asegurar la disposición en diferentes puntos del centro, incluidos todos los lavabos, de agua, jabón y papel para secar las manos, así como de gel hidroalcohólico en las aulas, o de desinfectante con actividad virucida autorizado y registrado por el Ministerio de Sanidad, para asegurar que la limpieza de manos puede realizarse de manera frecuente y accesible. El almacenamiento y conservación de gel hidroalcohólico o de desinfectante y otro material de protección individual se debe hacer de acuerdo con las medidas de seguridad recomendadas para cada tipo de producto, puesto que en determinadas condiciones pueden ser inflamables. Este almacenamiento es responsabilidad del secretario del centro, el cual tiene que llevar el control del material y hacer un registro de la entrega.
10.3. Se tiene que disponer en los diferentes espacios de papeleras con bolsa, preferiblemente con tapa y pedal, que permitan una eliminación adecuada de pañuelos de papel u otros restos potencialmente contaminados.
10.4. Los alumnos deben traer las mascarillas de su casa. Aun así, el centro tiene que disponer de mascarillas higiénicas desechables para poder reponer las mascarillas del alumnado en caso de necesidad u olvido.
10.5. El centro tiene que disponer para el profesorado y el personal de administración y servicios de mascarillas higiénicas, preferiblemente reutilizables, y mascarillas quirúrgicas, mascarillas FFP2 sin válvula, pantallas faciales y batas desechables para aquellos casos en que un alumno que presente síntomas no se pueda poner una mascarilla quirúrgica, tal como se especifica en el anexo 4 de esta Resolución.
11. Tratamiento de datos
Los tratamientos de datos personales derivados de la aplicación de estas instrucciones se deben ajustar a lo que dispone la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
ANEXO 2
Medidas de proteccion individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de proteccion individual en los centros educativos de las Illes Balears
Las medidas que se indican en el presente anexo estan sujetas a las modificaciones y rectificaciones que se puedan desprender de las indicaciones sanitarias establecidas por la Consejena de Salud y Consumo.
Las medidas incluidas en este anexo se pueden completar con medidas adicionales, si asffuera necesario, previa valoracion de las autoridades sanitarias, ast como tambien segun el nivel educativo y las necesidades madurativas de los gruposde edad.
1. Medidas de proteccion colectiva e individual
1.1. Higiene de manos
El lavado de manos con agua yjabon es la accion de prevencion mas eficaz y es la primera opcion. En caso de que no sea posible proceder a la limpieza frecuente, se dispondra de gel o solucion hidroalcoholica para mantener la higiene adecuada.
El lavado de manos se tiene que hacer con agua yjabon entre 40 y 60 segundos.
Cuando esto no sea posible se tiene que usar solucion hidroalcoholica durante 20 segundos,
Las manos se deben secar con papel absorbente. Se tiene que echar el papel absorbente a una papelera con bolsa, tapa y pedal.
Todos los lavabos del centre tienen que disponer de agua corriente, jabon y papel absorbente. Se debe revisar, diariamente, el funcionamiento de dispensadores de jabon, gel desinfectando, papel desechable, etc., y se tiene que proceder a reparar o sustituir aquellos equipos que presenten avenas. Se debe hacer un registro de estas acciones de control, reposicion y reparacion como parte de las acciones preventivas.
Se tiene que asegurar que haya solucion hidroalcoholica en todos los espacios (aulas, salas de reuniones, secretarfa, despachos, etc.) donde no haya lavabo.En el caso de niños de tres hasta seis años, el uso de la solucion hidroalcoholica se tiene que hacer bajo la supervision de un adulto y se debe tener precaucion con el almacenamiento para evitar ingestas accidentales del producto (telefono del Servicio de Informacion Toxicologica: 91 562 04 20) o la posibilidad de incendio.
Los menores de tres años deben utilizar exclusivamente agua y jabon.
La higiene de manos se debe realizar, como minimo, en las siguientes situaciones:
- * Al empezar y al finalizar la jornada.
- * Despues de iral lavabo.
- * Despues de toser, estornudar o sonarse.
- * Antes y despues del patio.
- * Antes ydespues de comer.
- * Despues de cada contacto con fluidos corporales de otras personas.
- * Despues de retirarse los guantes, si se emplean,
- * Antes y despues de ponerse o quitarse una mascarilla.
- * Siempre que las manos esten visiblemente sucias.
- * Despues de usar o compartir espacios multiples o equipos (como mesas, ratones de ordenador, etc.).
- * Cuando se manipulen documentos, paquetes o mercancfas del exterior.
Material necesario para garantizar una correcta higiene de manos:
- * Gel o solucion hidroalcoholica.
- * Jabon.
- * Papelabsorbente.
- * Guantes desechables.
- * Contenedor con bolsa, preferiblemente con tapa y pedal.
Debe haber carteles informativos de la tecnica correcta de higiene de manos al menos en los lavabos y en los lugares que se considere oportuno. En los siguientes enlaces se pueden encontrar las indicaciones para la correcta higiene de manos:
http://www. caib. es/sites/coronavirus/f/311791
https://www.caib.es/sites/centroseducatiuscovid/es/destacats_covid/
1.2. Usodeguantes
El uso de guantes no es recomendable de manera general; se deben usar cuando deba haber contacto con fluidos corporales, cambio de panales y tareas de limpieza. En estos casos se tienen que cambiar cada vez que se deba atender a un nino y se debe realizar higiene de manos antes y despues de su uso. Los guantes son desechables para cada persona, no se pueden reutilizar. No se deben usar toda lajomada laboral.
Antes de ponerselos, hay que quitarse anillos, pulseras, relojes y otros elementos que pueden agujerear o rasgar los guantes y se debe comprobar que esten en buen estado.
El uso de guantes no exime del lavado de manos, preferiblemente con agua y jabon durante 40 o 60 segundos o,si no es posible, con solucion hidroalcohólica durante 20 segundos.
Mientras se lleven los guantes, no se puede tocar la piel, y, sobre todo, ni la cara ni los ojos, Tampoco se pueden hacer acciones como comer o beber. Tipo de guantes: se deben usar guantes de vinilo o nitrilo.
¿Como quitarse los guantes?
Para quitarse los guantes de manera correcta se aconseja:
- 1. Pellizcar ligeramente la parte inferior.
- 2. Desplazarlo hacia el exterior.
- 3. Retirarlo sin tocar el interior,
- 4. Recogerlo con la mano protegida.
- 5. Introducir dos dedos en el interior del guante que todavfa esta puesto.
- 6. Retirarlo, girarlo de dentro hacia fuera tocando solo la parte interna.
- 7. Tirar los guantes a la papelera con tapa y despues lavarse las manos. No se tienen que dejar nunca encima de la mesa u otras superficies.
1.3. Higiene respiratoria
Se deben mantener las mamparas de proteccion en los servicios de admision y conserjena. Se valorara poner tambien en la sala de aislamiento,
1.3.1. Ventilacion
La nueva evidencia sobre la transmision del SARS-CoV-2 por aerosoles hace necesario enfatizar la importancia de la ventilacion y reforzar algunas recomendaciones que estan relacionadas con ello.
La ventilacion natural es la opcion preferente. Se debe garantizar que todas las aulas o espacios comunes disponen de ventilacion, natural o forzada; en caso contrario no se podran emplear.
Todos los espacios se deben ventilar diariamente, incluidos los pasillos del centro si es posible, el tiempo necesario para permitir la renovacion del aire, un minimo de quince minutos antes de iniciar la jornada, despues de cada cambio de clase y despues de cada uso. El tiempo de ventilacion mencionado de quince minutos es orientativo y se debe adaptar a las condiciones y caractensticas de cada aula.
Se recomienda, siempre que sea posible, usar ventilacion cruzada, es decir, abrir ventanas o puertas de paredes opuestas y, en lugar de abrir mucho una ventana, repartir la misma apertura entre el mayor numero de puntos: es mucho mejor abrir 10 cm en 8 ventanas que 80 cm en una.
En todos los espacios se mantendran las ventanas abiertas siempre que la climatología lo permita.
Para veriflcar que la ventilacion es suficiente se tienen que usar medidores de COz. La concentracion de COz no tiene que superar en ningun momento las 8:00 pm. En caso de que se superen, se tiene que incrementar la ventilacion hasta que se situe por debajo de este indicador.
Como medida complementaria, pero no sustitutiva de la ventilacion, se pueden usar purificadores fijos o portatiles de aire con filtms de alta eficacia HEPA de calificacion igual o superior a H13, que tienen que proporcionar un caudal de aire limpio suficiente para, al menos, cinco renovaciones por hora de todo el aire del aula o espacio.
En situaciones de alta transmision comunitaria de SARS-CoV2, se tiene que valorar la priorizacion de la ventilacion natural por su efectividad en la prevencion de la transmision por encima de aspectos como las condiciones de temperatura y humedad necesarias para el confort termico o a los requerimientos de eficiencia energetica.
Ver la Gufa para ventilacion en autas del Instituto de Diagnosis Ambiental y Estudios del agua, IDAEA-CSIC:
https://www.ciencia,gob.es/stfls/micinn/ministerio/ficheros/guia_para_ventilacion_en_aulas_csic.pdf.
En las dependencias que tienen sistemas de ventilacion y climatizacion mecanica, recomienda mantener la climatizacion a una temperatura entre 23 y 25°C en primavera y verano y entre 21 y 23°C en otono e invierno y revisar el nivel de ventilacion para que la renovacion del aire del exterior sea suficiente. Respecto a los sistemas de ventilacion y climatizacion mecanica, se deben utilizar sistemas que permitan la renovacion del aire de manera controlada. En todo caso, se tendra que reforzar la limpieza y el mantenimiento de los filtros de aire de los circuitos, de acuerdo con las recomendaciones del instalador y del servicio de prevencion correspondiente, y optar, en el supuesto de que sea posible, por equipos con filtros con demostrada eficacia como barrera de particulas viricas.
Hay que cambiar la circulacion del aire a 100 % aire exterior.
Ver el documento Recomendaciones de operacion y mantenimiento de los sistemas de climatizacion y ventilacion de edificios y locales para la prevencion de la propagacion del SARS-CoV-2 del Ministerio de Sanidad y del Ministerio para la Transicion Ecologica y el Reto Demografico:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludpublica/ccayes/alertasactual/ncovchina/ documentos/recomendadones_de_operadon_y_mantenimiento.pdf.
Se pueden emplear ventiladores de techo siempre que haya las ventanas abiertas para permitir la entrada de aire del exterior.
En el caso de programar actividades que aumenten la emision de aerosoles, como gritar o cantar o usar instrumentos musicales de viento, se recomienda realizarlas siempre que sea posible en el exterior y, si no lo fuera, garantizar una adecuada ventilacion, mantener la distancia interpersonal de 2 m en el interior y el uso de mascarillas FFP2. Puesto que la realizacion de ejercicio fisico tambien aumenta la emision de aerosoles, se tiene que promover la realizacion de las clases de educacion fisica en espacios exteriores. En el supuesto de que se realicen en interiores es de especial importancia el uso adecuado de la mascarilla, aumentar la distancia interpersonal e intensificar la ventilacion.
1.3.2. Medidas de higiene respiratoria
Se tienen que adoptar medidas de higiene respiratoria al toser o estornudar, y cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado o con un panuelo desechable. Es necesario tirar el panuelo inmediatamente a una papelera con bolsa preferiblemente con tapa y pedal. Se debe evitar el hecho de tocarse ojos, nariz o boca, y posteriormente se deben lavar las manos con agua yjabon o con solucion o gel hidroalcoholicos.
1.3.3. Usode la mascarilla
El uso de la mascarilla es obligatorio para los mayores de seis años, independientemente del mantenimiento de la distancia interpersonal, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamientojundico. La mascarilla indicada para la poblacion sana es la mascarilla higienica, preferentemente reutilizable.
En los diferentes espacios tiene que haber carteles informando sobre la tecnica de correcta higiene respiratoria, la ventilacion y el uso correcto de la mascarilla,
Tipo de mascarillas
- * Mascarillas higienicas, preferiblemente reutilizables, para el uso cotidiano.Tienen que cumplir la norma UNE 0065: 2020 o UNE-CWA 17553:2020 (reutilizables) o UNE 0064-1: 2020 (desechable). Se pueden utilizar las mascarillas higienicas transparentes que cumplan las indicaciones de la Orden CSM/115/2021, de 11 defebrem, par la cual se establecen los requisites de informacion y comercializacion de mascarillas higienicas (BOE num. 37, de 12 de febrero): https://www.boe.es/eli/es/o/2021/02/11/csm115.
- * Mascarillas quimrgicas para utilizar en caso de deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 (vease el anexo 4 y el anexo 5). Tienen que cumplir la norma UNE EN-14683: 2014.
- * Mascarillas FFP2 sin valvula para utilizar en caso de deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 (vease el anexo 4 y el anexo 5) unicamente si el alumno que presenta sintomas no se puede poner una mascarilla quirurgica. Tienen que cumplir la norma UNE EN-149:2001+A1:2010.
¿Como ponerse la mascarilla?
- 1. Lavese las manos con agua y jabon entre 40 y 60 segundos, Si esto no es posible, se debe hacer con solucion hidroalcoholica durante 20 segundos.
- 2. Coja la mascarilla por los elasticos o cintas y compruebe que esta en buen estado.
- 3. Evite que la parte exterior de la mascarilla entre en contacto con la cara.
- 4. Cubrase la boca y la nariz, sin que quede ningun agujero entre la cara y la mascarilla.
- 5. Ajustela con los elasticos a las orejas. Si es con cintas, ajuste la varilla a la nariz y ate primero la parte superior detras de la cabeza. Despues, ate la inferior.
- 6. Compmebe que la varilla se ajusta bien encima de la nariz.
- 7. Intente no tocar la mascarilla, Si se hace, lavese de nuevo las manos.
- 8. Cambie la mascarilla cuando este mojada par su uso.
¿Como quitarse la mascarilla?
- 1. Lavese las manos antes de tocarla.
- 2. Coja las cintas o los elasticos.
- 3. Retire la mascarilla desde detras hacia delante; nunca se debe hacer desde la parte delantera (contaminada). Si va atada, primero se desata la parte interior.
- 4. Eche la mascarilla a una papelera con bolsa, y preferiblemente con tapa y pedal. Nunca se debe dejar en una superfide o en el suelo.
- 5. Lavese las manos.
Material de higiene personal desechable
- * Panuelos desechables.
- * Mascarillas higienicas (preferentemente reutilizables).
- * Mascarillas quirurgicas,
- * Mascarillas FFP2.
Todo el material de higiene personal desechable se debe depositar en una papelera con bolsa, preferiblemente con tapa y pedal, y tratar como fraccion de rechazo (residues de origen domestico).
Enlace a una infografia sobre como toser: https://www.ibsalut.es/apmallorca/attachments/article/2013/toser-es.pdf
Video sobre eluso adecuado de la mascarilla: https://youtu.be/i7qcu9wfc9e.
1.3.4. Pantalla facial
Es un protector que cubre la totalidad o una parte de la cara y los ojos.
Se recomienda en el caso de deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado que no puede llevar mascarilla. Protege los ojos de aerosoles o ante gotas de fluidos, salpicaduras de agentes quimicos o biologicos.
Una vez retiradas se pueden limpiar con agua y jabon o con alcohol de 70°.
La pantalla facial no exime de llevar mascarilla, excepto en los casos en que esta no se recomienda.
Tienen que cumplir la norma UNE-EN 166: 2002.
1.3.5. Bata de proteccion
Es un protector de la ropa de material transpirable, impermeable en toda su extension. Hace falta que sea repelente a fluidos de gramaje (UNE EN 29.073-1).
Se recomienda en el caso de deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado que no puede llevar mascarilla y protege de aerosoles, gotas de fluidos, salpicaduras de agentes quimicos o biologicos.
1.4. Limpieza de superficies.
La limpieza y desinfeccion de las superficies se tiene que hacer siguiendo las recomendaciones del anexo 3, pautas de limpieza y desinfeccion de superficies y espacios de los centros educativos ante la COVID-19.
2. Medidas de control
Las personas que presenten sintomas compatibles con la COVID-19, que esten en aislamiento domiciliario debido a un diagnostico por COVID-19 o que se encuentren en cuarentena domiciliaria par haber tenido contacto estrecho con alguna persona con sintomas o diagnosticada de COVID-19 no podran asistir al centro.
Si el profesorado, personal auxiliar y personal no docente del centro educativo presenta sintomas compatibles con la COVID-19 seguira las pautas del anexo 5, protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatible con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos.
Si durante la jornada escolar algun alumno del centro educativo presenta sintomas compatibles con la COVID-19 seguira las pautas del anexo 4,protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centre.
3. Medidas de distanciamiento fisico
Para evitar aglomeraciones, las familias podran acceder en las zonas exteriores del recinto escolar para facilitar las entradas y salidas de los alumnos de menor edad, si ast lo indica el reglamento de organizacion y funcionamiento del centro o lo determina el titular en el caso de los centros privados. Entraran dentro del edificio, cumpliendo siempre las medidas de prevencion e higiene y, en ningun caso, si presentan cualquiersintoma compatible con la COVID-19, o se encuentran en aislamiento por diagnostico o en cuarentena por contacto estrecho con alguna persona con diagnostico confirmado.
En particular, en la etapa de educacion infantil, durante los periodos de adaptacion, las familias pueden permanecer dentro de las aulas de manera contmlada y respetando la organizacion prevista por el centre y su plan de contingencia.
Se deben usar preferentemente las escaleras. Cuando haya ascensor se debe limitar su uso al minimo imprescindible y se tiene que mantener la distancia interpersonal de seguridad, excepto en los casos de personas que precisen asistencia, caso en el que se permitira que tambien lo use el acompanante.
Se tienen que priorizar las opciones de movilidad que mejor puedan garantizar la distancia interpersonal de seguridad (bicicleta, andar). Se tienen que fomentar las rutas seguras para ir y volver de la escuela, en colaboracion con los ayuntamientos.
Las fuentes de agua de la zona del patio se pueden utilizar. Se debe evitar el uso compartido de botellas o bidones.LE0000708852_20211005Párrafo último del número 3 del anexo 2 redactado por la letra b) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
ANEXO 3
Pautas de ventilacion, limpieza y desinfeccion de los espacios de los centros educativos ante la COVID-19
Este documento puede ser modificado por la informacion tecnica y cientffica que se vaya publicando por parte del Ministerio de Sanidad.
1. Introduccion
Ante la situacion actual y con la necesidad de frenar la propagacion de la COVID-19 (causada par el virus SARS-CoV-2) se deben introducir cambios en el entorno laboral.
Las medidas descritas en el presente documento se deben aplicar para garantizar la seguridad y la salud de todo el personal del centro, así como la del alumnado y las personas externas que tengan que acceder a los centros educativos.
Con la evidencia cientifica acumulada, se considera que el SARS-CoV-2 puede transmitir de persona a persona por diferentes vias, siendo la principal el contacto y la inhalacion de las gotas y aerosoles respiratorios emitidos par un enfermo hasta las vias respiratorias superiores e inferiores de una persona susceptible de infectarse. Tambien se puede producir el contagio por contacto indirecto a traves de las manos u objetos contaminados por las secreciones respiratorias del enfermo con las mucosas de las vías respiratorias y la conjuntiva del susceptible.
La transmision vertical a traves de la placenta tambien es posible, aunque poco frecuente. Otras vias de transmision son muy improbables.
Se ha descrito la permanencia del SARS-CoV-2 en diferentes tipos de superficies y materiales. Para mas informacion se puede consultar el documento del Ministerio de Sanidad: Transmision de SARS-CoV-2. Informacion cientifica-tecnica, del 7 de mayo de 2021. Disponible en:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludpublica/ccayes/alertasactual/ncov/documentos/20210507J.ransmision.pdf.
Considerando, entonces, la potencial supervivencia del virus en las superficies y espacios de trabajo se deben establecer unas pautas de limpieza y desinfeccion.
- * Limpieza: tiene como objetivo principal eliminar la suciedad y buena parte de los microorganismos.
- * Desinfeccion: elimina los microorganismos de las superficies.
La desinfeccion siempre tiene que ser posterior a la limpieza, puesto que para que el desinfectante sea eficaz las superficies deben estar libres de suciedad.
Esta demostrado que determinados desinfectantes de uso domestico y biocidas de uso Profesional aplicados a las superficies y objetos inactiven el coronavirus de manera eficaz.
2. Objetivo
A partir de las recomendaciones de las autoridades sanitarias de realizar desinfecciones en varies centros y lugares, se establece como objetivo el establecimiento de unas pautas de desinfeccion en los centros educativos.
3. Desinfectantes
Para realizar la desinfeccion se puede utilizar:
- * Lejía en una concentracion de 1:50, preparando una disolucion en agua fria del grifo, que tendra que ser utilizada de forma inmediata para evitar las perdidas por evaporacion.
- * Alcohol de 70°.
- * Peroxido de hidrogeno al 0,5 % (agua oxigenada),
Tambien se pueden utilizar los desinfectantes virucidas autorizados por el Ministerio de Sanidad, siguiendo la informacion recogida en sus etiquetas o fichasde datos de seguridad. En el siguiente enlace se pueden consultar los productos virucidas autorizados en Espana:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludpublica/ccayes/alertasactual/ncovchina/documentos/listado_virucidas.pdf.
Ademas de estos, hay otros virucidas autorizados por el Ministerio de Sanidad.
Estos y los que interesan para el objeto de este documento son TP2 (desinfeccion de superficies y aerea, uso ambiental).
En cuanto a estos productos, son biocidas y se encuentran regulados par su propia normativa, lo que hace que no puedan ser aplicados por la empresa convencional de limpieza que va a los distintos centros de trabajo, sino que deben ser aplicados por empresas inscritas en el Registro oficial de establecimientos y servicios biocidas en las Illes Balears:
- * Mallorca: https://www.caib.es/sites/salutambiental/es/mallorca-33681/.
- * Menorca: https://www.caib.es/sites/salutambiental/es/menorca-33089/.Ibiza y Formentera:https://www,caib.es/sites/salutambiental/es/ibiza_yj:ormentera-33090/.
¿Como preparar los desinfectantes?
Para que la desinfeccion sea eficaz, hay que limpiar previamente. Las etapas basicas de la higienizacion (limpieza y desinfeccion) son:
- 1. Ordenar y retirar los objetos en desuso.
- 2. Retirar mecanicamente la suciedad mas gruesa,
- 3. Banar las superficies que se deben limpiar.
- 4. Aplicar mecanicamente una disolucion de detergente de acuerdo con las indicaciones de concentracion y temperatura que indique el fabricante.
- 5. Aclarar.
- 6. Desinfectar de acuerdo con las indicaciones de concentracion y temperatura que indique el fabricante.
- 7. Aclarar.
- 8. Secar.
¿Como preparar la Lejía al 1:50?
- 1. Se cogen 20 ml de Lejía domestica (dos cucharadas soperas llenas), no importa la marca.
- 2. Se ponen dentro de una botella de 1 I.
- 3. Se llena la botella con agua del grifo hasta completarla. Para preparar la disolucion no se tiene que emplear agua caliente.
- 4. Se cierra y se Ie da la vuelta diversas veces para mezclarlo. Atencion: se debe preparar la disolucion el mismo día de su uso.
Los lugares desinfectados con Lejía no se pueden ocupar hasta que esten bien secos.
¿Como preparar el alcohol de 70°?
Para conseguir una concentracion de alcohol de 70° a partir del de 96°, se deben mezclar 70 ml de alcohol con 30 ml de agua potable. Para preparar la disolucion no se tiene que emplear agua caliente.
Se puede emplear esta disolucion para desinfectar los objetos personales (gafas, telefonos fijos y moviles, teclados de ordenador y ratones, llaves, etc.).
4. Medidas higienicas en los centros educativos
El personal de los centros educativos, siempre que sea posible, debe disponer de todas las herramientas, equipos y materiales para realizar su tarea sin necesidad de compartirlos.
En los equipos en que pueda haber un uso compartido (encuadernadoras, ordenadores comunitarios, fotocopiadoras.,.) tiene que haber material para su desinfeccion antes del uso y las instrucciones pertinentes para hacerlo con seguridad. Tambien deben contar con papeleras con bolsa, preferiblemente con tapa y pedal, al alcance para poder depositar rapidamente el material no reutilizable.
Se deben retirartodos los elementos u objetos decorativos al alance del alumnadoyfamiliasyque puedan sersometidos a una mayor manipulacion: revistas, folletos, calendarios...
Para las tareas de limpieza se utilizaran guantes.
En los centros se tiene que realizar una limpieza y desinfeccion de las instalaciones como minimo una vez al día, y se tiene que reforzar en aquellos espacios que lo necesiten en funcion de la intensidad de uso.
Se tiene que tener especial atencion en las zonas de uso comun y en las superficies de contacto mas frecuentes, como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, telefonos, perchas, yotros elementos de similares caracteristicas.
Se deben limpiar los baños con la frecuencia necesaria para garantizar en todo momento el estado de higiene. En todos los baños del centre tiene que haber dispensadores dejabon y papel disponible para secarse las manos. Los alumnos deben lavarse cuidadosamente las manos entre 40 y 60 segundos cada vez que hagan uso del bano.
En este caso, se recuerda que si la aplicacion del producto virucida debe ser por parte de personal profesional especializado, se tiene que asegurar que la |empresa que lo realiza esta expresamente registrada para hacerlo en el Registro oficial de establecimientos y servicios biocidas de las Illes Balears: http://www. caib. es/sites/salutambiental/es/portada-26165/?campa=yes.
Se deben colocar dispensadores de gel hidroalcoholico en aquellas aulas que no tengan lavabo para el lavado de manos con agua y jabon. Se debe tener en cuenta que cuando las manos tienen suciedad visible, el gel hidroalcoholico no es suficiente y hay que usar agua y jabon.
Se deben revisar diariamente los dispensadores dejabon y los de papel, y los envases de gel o solucion hidroalcoholica y proceder a su sustitucion en caso de avena o recarga. Se tiene que vigilar la limpieza de papeleras.
Todos los espacios se deben ventilar diariamente, el tiempo necesario para permitir la renovacion del aire, un minimo de quince minutos antes de iniciar la jomada, despues de cada cambio de clase y despues de cada uso (ver el apartado 1.3. 1, ventilacion, del anexo 2, medidas de pmteccion individual, colectivay control sanitario y pautas para el correcto uso del material de proteccion individual en los centros educativos de las Illes Balears).
Si las dependencias tienen sistemas de ventilacion y climatizacion mecanica, se recomienda mantener la climatizacion a una temperatura entre 23 y 25°C en primavera y verano y entre 21 y 23°C en otono e invierno y revisar el nivel de ventilacion para que la renovacion del aire del exterior sea suficiente. Respecto a los sistemas de ventilacion y climatizacion mecanica, se deben utilizar sistemas que permitan la renovacion del aire de manera controlada. En todo caso, se debe reforzar la limpieza y el mantenimiento de los filtms de aire de los circuitos, de acuerdo con las recomendaciones del instalador y del servicio de prevencion, y optar, en el case de ser posible, por equipos con filtros con demostrada eflcacia como barrera de particulas viricas. Hay que cambiar la circulacion del aire a 100 % aire exterior.
Ver el documento Recomendaciones de operacion y mantenimiento de los sistemas de climatizacion y ventilacion de edificios y locales para la prevencion de la propagacion del SARS-CoV-2 del Ministerio de Sanidad y del Ministerio para la Transicion Ecologica y el Reto Demografico: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludpublica/ccayes/alertasactual/ncovchina/ documentos/recomendaciones_de_operacion_y_mantenimiento.pdf.
Se pueden emplear ventiladores de techo siempre que haya las ventanas abiertas, para permitir la entrada de aire del exterior En todos los espacios se mantendran las ventanas abiertas siempre que la climatología lo permita.
Despues de cada limpieza, los materiales empleados y los equipos de proteccion utilizados se desecharan de forma segura, y se procedera posteriormente al lavado de manos.
Ast mismo, se realizara una limpieza y desinfeccion de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atencion al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulacion, sobre todo los utilizados por mas de un trabajador.
Las medidas de limpieza se deben extender tambien, si hay, a zonas privadas de los trabajadores, como par ejemplo vestuarios, taquillas, lavabos, cocinas y areas dedescanso.
En cuanto al personal de limpieza:
- * Para conseguir una higienizacion eficaz y evitar riesgos para el personal, hay que informarlo y formarlo convenientemente sobre los pmcedimientos de trabajo y las medidas de seguridad.
- * Se deben revisar los protocolos generales de trabajo para llevar a cabo las tareas de higienizacion adaptadas a la prevencion de la COVID-19 elaborados durante los curso 2020-2021. Estos protocolos se deben revisar con el asesoramiento de los servicios de prevencion de riesgos laborales.
- * Se tiene que garantizar que los centros educativos tengan operativo un lavabo con agua comentejabon y papelpara secar para el lavado de manos y solucion hidroalcoholica para la desinfeccion.
- * Las unas deben llevarse cortas y cuidadas, y se tiene que evitar el uso de sortijas, pulseras, relojes u otros adornos.
- * En los carros de limpieza se tiene que disponer de solucion hidroalcoholica y contenedores cerrados con pedal, para los desechos. Cada puesto de trabajo se tiene que dotar y se debe facilitar que se pueda altemar el lavado de manos con el uso de gel o solucion alcoholica, con el fin de mantener una correcta higiene.
- * Se tiene que realizar la limpieza y desinfeccion de los enseres de trabajo, incluidos los carros. La ropa de proteccion y los enseres se deben lavar y desinfectar segun los protocolos establecidos a tal efecto en funcion del tipo de tarea de limpieza realizada par la persona trabajadora. Las piezas textiles se lavaran de manera mecanica a 60/90°C. En ningun case se pueden lavar en los domicilios particulares del personal.
Material de proteccion del personal de limpieza
La tarea de limpieza es una tarea con bajo riesgo de pmducir aerosoles; se recomienda que este personal tenga a su disposicion mascarillas quirurgicas, como un plus de pmteccion dado que es el personal que limpia y desinfecta la mayona de zonas y puntos criticos del edificio y que es obligatorio en caso de no poder guardar las distancias.
La Consejena de Educacion y Formacion Profesional debe procurar que los centros dispongan de mascarillas FFP2 y gafas de proteccion ocular o pantallas de proteccion facial, ya que es recomendable su uso por el personal de limpieza en el supuesto que haya casos de COVID-19 o en periodo de aislamiento preventive.
Se debe facilitar la utilizacion de guantes para la realizacion de todas las tareas de limpieza, preferiblemente guantes de vinilo o nitnlo, Se debe realizar la higiene de manos antes de colocarse los equipos de proteccion individual y tambien despues de retirarlos.
5. Pautas para la ventilacion, limpieza y desinfeccion de los centros cuando haya un caso sospechoso de COVID-19
En general, es muy probable que en cualquier momento las autoridades sanitarias decidan que algunos espacios necesitan ser limpiados y desinfectados con una mayor frecuencia del que es habitual, puesto que la mayona son lugares de publica concurrencia (abiertos o cerrados), Se tiene que tener en cuenta que el Servicio de Prevencion de Riesgos Laboralestrabaja de manera coordinada con la Consejerfa de Salud y Consumo para identificar los cases con COVID-19 de la Administracion y tambien en la determinacion de los casos concretos.
El paso previo a la limpieza y desinfeccion es la senalizacion e informacion.
Una vez fuera del centro la persona sospechosa de COVID-1 9:
- a) Si la persona con sintomas ocupaba un espacio especifico (aula, aula especifica, sala de psicomotricidad, gimnasio...), se tiene que cerrar la puerta, abrir las ventanas para ventilar, limpiar y desinfectar.
- b) Si el espacio que ocupaba la persona con sintomas es un espacio comun, compartido con otras personas, se tiene que senalar el area dos metres alrededor del espacio del caso (suelo, mobiliario), y las zonas y mobiliario de uso compartido de todo el espacio (armarios o estantenas, fotocopiadoras, etc.). Se tiene que informar inmediatamente a las otras personas que han ocupado el area y se les tiene que pedir que extremen las medidas de higiene personal, ast como que se extremen las medidas de ventilacion, limpieza y desinfeccion en los puntos cnticos. Esta informacion se tiene que hacer extensiva a todo el personal del centro, incluido el de limpieza, y a los usuaños.
Limpieza, desinfeccion y ventilacion
Para hacer la limpieza y desinfeccion de los espacios de los casos sospechosos de COVID-19 es necesario que el personal de limpieza utilice mascarillas FFP2, gafas de pmteccion ocular o pantallas de proteccion facial y guantes y que el espacio esteventilado.
6 Ventilación, limpieza y desinfeccion de los espacios que han sido ocupados por casos confirmados de COVID-19
Ante la gravedad de la situacion y el estado actual de los conocimientos tecnicos respecto a la COVID-19, se recomienda la contratacion de una empresa autorizada para la aplicacion de productos virucidas, inscrita en el Registm oficial de establecimientos y servicios biocidas en las Illes Balears, y no dejar esta responsabilidad al personal convencional de la limpieza. Estas empresas deben presentar un plan de actuacion de limpieza y desinfeccion que contenga:
- * Un diagnostico de la situacion, que tiene que ir acompanado de una inspeccion y una evaluacion de la situacion y los riesgos.
- * Un programa de actuacion con pautas de limpieza, desinfectantes a utilizar, metodo de aplicacion, proteccion de los elementos susceptibles de ser afectados (enchufes, ordenadores, otros equipos informaticos, etc.).
- * La gestion adecuada de residues.
Los espacios no se podran utilizar hasta el día siguiente de haberse realizado la desinfeccion.
Despues de cada limpieza y desinfeccion, los materiales empleados y los equipos de proteccion utilizados se desecharan de manera segura y posteriormente se procedera al lavado de manos.
7. Gestion de residues
Se deben disponer papeleras con bolsa o contenedores protegidos con tapa y, si es posible, accionados por pedal en diferentes lugares del centro, donde se depositaran las mascarillas, los guantes y los papeles utilizados para el lavado de manos y la desinfeccion de materiales o con fluidos. Se tiene que vigilar la limpieza de papeleras, de forma que queden limpias y con los materiales recogidos, con el fin de evitar cualquier contacto accidental.
La gestion de residues se debe realizar de la manera habitual respetando los protocolos de separacion de residuos.
En caso de que un alumno o un trabajador presente sintomas mientras se encuentre en el centre, hay que aislar el contenedor donde haya depositado panuelos u otros productos usados. Esta bolsa de basura se debe cerrar, extraer y colocar en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su deposito en la bolsa de fraccion resto y despues al contenedor gris.
El resto de residues comunes se deben tratar del mismo modo que hasta ahora,respetando su separacion.
ANEXO 4
Protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre el alumnado del centre
Este protocolo se revisara segun la evolucion de la pandemia.
El objetivo de este protocolo es establecer las indicaciones y medidas que permitan:
- * La vigilancia del alumnado para identificar, a partir de los primeros sintomas y de manera rapida, los casos sospechosos de tener la infeccion por SARS-CoV-2 activa para aislarlos, puesto que pueden transmitir la enfermedad.
- * Realizar las primeras actuaciones en el centro educativo y mantener informado el equipo directivo.
- • Informar a las autoridades sanitarias de los contactos estrechos del centro educativo, si se confirma el caso.
- * Actuar segun dicten las autoridades sanitarias en caso de brote en el centro educativo.
Para poder llevar a cabo estos objetivos es necesario seguir el siguiente protocolo:
- 1. Establecimiento de la coordinacion entre el centro de salud, el centro educativo y EDUCOVID
Actuaciones Responsables Se establecera un canal de comunicacion fluido entre el centre educativo (CE) y el centre de salud de referencia (CS-CE), a traves de la comision de salud del centro educativo, que dispondra de las horas de coordinacion necesarias para llevar a cabo esta tarea, con el objetivo defadlitar la resolucion de dudas en relacion con las medidas de promocion de la salud, prevencion y proteccion, ast como, en case necesario, para coordinar las actuaciones ante alumnas con problemas de salud y alumnas que inicien sintomas compatibles con COVID-19 en el centre educativo.
El coordinador de la comision de salud del centre educativo sera la persona que coordinara las actuaciones conjuntamente con el Departamento de Planificacion y Centros de la Consejena de Educacion y Formacion Profesional y las autoridades sanitarias cuando sea necesario. En caso de necesidad se coordinaran tambien con el centro de salud de referenda.
EDUCOVID (1) coordinara conjuntamente con el centre educativo y, en caso necesario, con el Servicio de Epidemiologia las actuaciones cuando haya un caso positivo en el CE.
Los telefonos y correos electronicos de EDUCOVID para coordinar los casos positivos y sus contactos estrechos, así como para resolver dudas en los centros educativos son:
• Ibiza y Formentera: cceducovidef@asef.es.
Telefonos: 689 51 62 32 / 689 94 83 94
o Mallorca: gapm.educovidgapm@ibsalut.es
Telefono: 971 48 91 27
o Menorca:
o EDUCOVID Ponent (Ciutadella, Ferreries, es Migjom): asme.educovid.ponent@ssib.es Telefono: 689 62 42 46
o EDUCOVID Centre (Alaior, es Mercadal): asme. educovid. centre@ssib. Es Telefono: 606 89 53 95
o EDUCOVID Llevant (Mao, Sant Llufs, es Caste\\):asme.educovid.llevant@ssib.es
o Telefono: 660 83 42 89
Equipo directivo del CE.
CS-CE.
- 2. Informacion a la comunidad educativa
Actuaciones Responsables Todo el personal del centro educativo tiene que conocer el presente protocolo.
El equipo directivo y el coordinador de la comision de salud tienen que adoptar las medidas conducentes a asegurarque asi sea,
Equipo directivo del CE.
Coordinadorde la comision de salud.
Comunidad educativa.
Las familias y el alumnado (segun el nivel de madurez) tienen que estar informados de este protocolo a traves de los mecanismos oficiales que tenga establecidos el centre educativo. Equipo directivo del CE. - 3. Documentacion para rellenar y fjrmar al inicio de curso
Actuaciones Responsables Entregar a todas las familias y alumnado mayor de edad del centre la siguiente documentacion, el primer día de clase:
Consentimiento informado para hacer la PDIA (prueba diagnostica de infeccion activa por SARSCoV-2) (apendice 3).
Declaracion responsable por la que se comprometen a seguir las normas establecidas en los protocolos ante la COVID-19, mantener el centro informado de cualquier novedad alrespeto (apendice 4).
Equipo directivo del CE. Firmar y entregar en el centre la documentacion mencionada en el apartado anterior durante la primera semana del inicio del curso escolar. Padre, madre o tutor legal.
Alumno mayor de edad.
Recoger la documentacion mencionada en el apartado anteriorfirmada durante la primera semana del inicio del curso escolar.
Esta documentacion se custodiara en el centre, en el expediente del alumno.
Equipo directivo. - 4. Sintomas compatibles con la COVID-19
Se considerara que un alumno puede ser caso sospechoso de infeccion por SARS-CoV-2, segun la definicion del Ministerio de Sanidad, cuando aparece sintomatologíade infeccion respiratoria aguda de aparicion repentina y de cualquier gravedad que cursa con los siguientes sintomas:
- Los mas comunes incluyen: fiebre, tos y sensacion de falta de aire.
- En algunos casos tambien puede haber disminucion del gusto y del olfato, escalofrios, dolor de garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea y vomitos.
En los niños es menos frecuente que en los adultos la presentacion respiratoria tipica y es mas frecuente la presentacion atipica con sintomas gastrointestinales, que incluyen malestar abdominal, nauseas, vomitos, dolor abdominal y diarrea.
La presencia aislada de rinorrea, sobre todo si es de forma prolongada, en principio no es indicativa para realizacion de prueba diagnostica, excepto por criterio clinico y epidemiologico Estos sintomas son los que actualmente tiene definidos el Ministerio de Sanidad.
Estan sometidos a cambios.
Las personas con pauta completa de vacunación que presenten síntomas compatibles con la COVID-19 también serán consideradas casos sospechosos de infección por SARS-CoV-2.
Para considerar que una persona está completamente vacunada se seguirán los criterios y definiciones que se acuerden en la estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España, del Consejo Interterritorial de Sistema Nacional de Salud, que se actualiza periódicamente y está disponible en la página web del Ministerio de Sanidad
(https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludpublica/ccayes/alertasactual/ncov/vacunacovid19.htm).LE0000707392_20210916Párrafo del número 4 del anexo 4 redactado por la letra e) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
- 5. Vigilancia del alumnado relacionada con la COVID-19
Actuaciones Responsables Si la aparicion de sintomas compatibles con la COVID-19, que aparecen en el apartado 4 de este protocolo, se produce en casa, el alumno tiene que quedar en su domicilio y se tiene que contactar con su equipo sanitario o con el dispositivo especifico que se haya indicado por parte de las autoridades sanitarias.
La familia tendra que avisar al centre educativo si el alumno es un caso sospechoso o confirmado.
Padre, madre o tutor legal. No pueden acudir al centro los alumnos que:
— Se encuentren en aislamiento domiciliario como consecuencia de un diagnostico par COVID-19.
— Se encuentren en un periodo de cuarentena
domiciliaria por habertenido contacto estrecho (2) con alguna persona diagnosticada de COVID-19 que haya sido indicada par el equipo sanitario, o por el equipo directivo del centro a instancias de EDUCOVID.
— Hayan iniciado sintomas compatibles con la COVID-19 hasta que se descarte el diagnostico.
— Convivan con una persona con COVID-19 o con una persona con sospecha de estar infectada mientras esta no disponga del resultado de la PDIA, salvo que puedan acreditar que han recibido la pauta completa de vacunación
Padre, madre o tutor legal. En caso de que el alumno presente una enfermedad cronica de elevada complejidad que pueda aumentar el riesgo de gravedad en caso de contraer la infeccion por SARS-CoV-2, se valorara de manera conjunta con la familia o tutor legal y el equipo sanitario de referenda del alumno, las implicaciones a la hora de retomar la actividad educativa presencialmente en el centro educativo. Padre, madre o tutor legal.
Alumno.
Equipo sanitario.
LE0000707392_20210916Párrafo del número 5 del anexo 4 redactado por la letra f) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
- 6. Actuacion ante la aparicion de sintomas en un alumno en e lcentro educativoLE0000707392_20210916
Párrafo del número 6 del anexo 4 redactado por la letra i) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
- 7. Actuacion si el caso se confirmaLE0000707392_20210916
Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra j) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
LE0000707392_20210916Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra k) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
LE0000707392_20210916Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra l) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
LE0000707392_20210916Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra m) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
LE0000707392_20210916Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra m) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
LE0000708852_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 redactado por la letra d) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
LE0000708852_20211005Párrafo del número 7 del anexo 4 introducido por la letra e) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
- 8. Actuacion en caso de brote
Dentro del ambito educativo, se considera un brote cuando hay tres o mas casos con infeccion activa en los que se haya establecido un vinculo epidemiologico
LE0000707392_20210916Párrafo del número 8 del anexo 4 redactado por la letra n) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
LE0000707392_20210916Párrafo del número 8 del anexo 4 redactado por la letra o) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
Apendice 1
Sala deaislamiento
Todos los centros educativos tienen que habilitar un espacio del centro (sala, despacho...) como sala de aislamiento para usar en caso de sospecha de un caso de COVID-19. Se debe identificar como tal mediante la mtulacion correspondiente.
Este espacio tiene que ser una sala, despacho o habitacion que se pueda ventilar y este acondicionada para poder respetar las distancias de seguridad. Se tiene que procurar que en este espacio haya el minimo material posible y que se hayan retirado todos los objetos que puedan dificultar despues una buena limpieza y desinfeccion.
El material de proteccion debe estar dentro de una caja estanca: mascarillas quimrgicas para el alumno y el adulto y, por si el alumno no se puede poner una mascarilla quirurgica, mascarillas de proteccion FFP2 sin valvula, pantallas faciales y batas desechables.
Tambien habra una papelera con bolsa, tapa y pedal, donde echar mascarillas, panuelos desechables, etc.
En el supuesto de que el alumno sea suficientemente autonomo, se puede tener una mampara protectora para separarlo de la persona que lo acompana para aumentar la seguridad.
Si se debe llevar mas de un alumno a la vez a la sala de aislamiento, es importante extremar las medidas de seguridad, el distanciamiento fisico, si es posible, y sobre todo el uso de la mascarilla quimrgica y el lavado de manos. Solo un adulto quedara con los alumnos si el estado de salud y la edad de estos lo permiten. Esta persona tiene que llevar mascarilla FFP2, pantalla facial y bata desechable, Se deben tener preparados elementos para que el alumno puedajugar y distraerse, si su estado de salud lo permite, que despues se tendran que limpiar segun lo establecido en el anexo 3, Pautas de limpieza y desinfeccion de superficies y espacios de los centros educativos ante la COVID-19.
Apendice 2
Modelo de escrito para las familias de los alumnos que son contacto estrecho de un caso positivo de infeccion por SARS-CoV-2 en el centro educativo
Querida familia,Siguiendo el protocolo establecido entre la Consejerfa de Educacion y Formacion Profesional y la Consejena de Salud y Consumo, os comunicamos que ha habido en el centre un caso de COVID-19. Vuestro hijo o hija ha sido un contacto estrecho del caso, por lo que, tal como os explicamos a principio de curso, se le tiene que realizar una prueba diagnostica para descartar que hay infeccion. Se podra repetir la prueba diagnostica coincidiendo con el octavo o noveno día de cuarentena.
La prueba diagnostica se hace mediante una toma de muestra nasofaríngea, dura unos segundosy no hace dano, aunque puede resultar un poco molesta.
Os recordamos que a principios de curso firmasteis un consentimiento informado para poder realizar la/las prueba/as.
CITA DE LA PRIMERA PRUEBA DIAGNOSTICA:
Esta prueba se hara el día.................................................. a las. .horas en Es importante ser puntual, acudir con la mascarilla y respetar la distancia de seguridad. El alumno debe venir acompanado de un adulto. |
CITA DE LA SEGUNDA PRUEBA DIAGNOSTICA:
Esta prueba se hara el dia.................................................. a las. .horas en Es importante ser puntual, acudir con la mascarilla y respetar la distancia de seguridad. El alumno debe venir acompanado de un adulto. |
El resultado de la prueba se obtiene aproximadamente en 24 horas, en el caso de PCR. Desde Salud le informarán del resultado. Recibirá una notificación por SMS al teléfono de contacto con el resultado de la prueba. Si es negativo, el alumno, a menos que pueda acreditar que tiene la pauta completa de vacunación, que ha sufrido una infección por SARS-CoV-2 confirmada por PDIA en los 180 días anteriores, o que forma parte de un GEC de educación primaria y haya hecho un uso adecuado de la mascarilla y no haya interactuado de forma más cercana con el caso positivo durante las 48 horas anteriores, deberá completar diez días de cuarentena domiciliaria, durante los cuales, si presenta síntomas, deberá contactar con su equipo sanitario o con el dispositivo específico que se haya indicado por parte de las autoridades sanitarias.LE0000708852_20211005Párrafo del apendice 2 del anexo 4 redactado por la letra f) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
En caso de que sea positive se Ie informara telefonicamente y se Ie indicaran las medidas a seguir. En este case, se indicara al alumno que tiene que estar en aislamiento domiciliario durante al menos diez días, o hasta que su equipo sanitario lo determine.
Es posible que, si sale un caso positivo de estas pruebas realizadas, se deba modificar la cuarentena de su hijo o hija. Cuando reciba la llamada de EDUCOVID Ie explicaran la nueva fecha de fin de cuarentena y la nueva cita para la segunda prueba diagnostica.
Los días de aislamiento o cuarentena domiciliaria no se contabilizaran como absentismo escolar y si vuestro hijo o hija se encuentra bien, podra seguir a distancia las actividades educativas, El día que tiene que volver al centro es el…………..
El tutor o tutora contactara con vosotros para hacer el seguimiento de la actividad educativa.
Muchas gracias porvuestra colaboracion.
Apendice 3
Consentimiento informado para la realizacion del test PDIA durante el curso escolar
Informacion para la familia
La identificacion y el seguimiento de contactos es una medida de salud publica eficaz para el control de la COVID-19 con el fin de evitar un incremento en el numero de casos.
Cuando se confirma un caso positivo, se recomienda la realizacion a los contactos estrechos, puesto que se trata de una prueba con alta especiflcidad y sensibilidad que detecta el virus en las primeras fases de la infeccion,
El test diagnostico PDIA se realiza a partir de una muestra respiratoria y permite detectar un fragmento del material genetico del virus, Para la toma de la muestra se introduce suavemente en las fosas nasales, primero en una y despues en la otra, un palillo fino y flexible. Es una tecnica inocua y no presenta ningun efecto adverso, aunque a veces puede resultar molesta.
Es importante realizar la prueba para controlar la pandemia, aunque teneis la opcion de no dar el consentimiento para que se haga a vuestro hijo o hija.
El alumno a quien se Ie ha realizado la PDIA no podra acudir al centro educativo hasta tener el resultado de la prueba,Si la prueba es positiva, el alumno tendra que estar en aislamiento domiciliario un minimo de diez días desde el inicio de los sintomas, siempre que los tres ultimos días no haya tenido fiebre ni ningun otm sintoma. Podra acabar el aislamiento cuando lo indique su equipo sanitario.
Si no se realiza la PDIAtendra que mantenercuarentena domiciliaria durante diez días.
Consentimiento
Llegado el caso, MANIFESTAMOS que estamos de acuerdo con la tecnica propuesta y aceptamos que se aplique a nuestro hijo o hija. Hemos leido y entendido toda la informacion recogida en este documento, Hemos podido hacer preguntas y aclarar todas las dudas al telefono de EDUCOVID 900 700 222.
Par ello tomamos de manera consdente y libre la decision de autorizar la aplicacion de la tecnica a nuestro hijo o hija. Tambien sabemos que podemos pedir mas informacion y que podemos retirar nuestro consentimiento en cualquier momento.
de ...................... de 20...
Nombre y apellidos del alumno o alumna
[rubricas]
Nombre y apellidos de la patria potestad (padre, madre o tutor) o del representante legal (3)
¿ Se ha entregado a la familia una copia de este documento? □ Si □ No
Revocacion del consentimiento
De manera libre y consciente hemos decidido RETIRAR NUESTRO CONSENTIMIENTO para realizar esta tecnica a nuestro hijo o hija par estos motivos:
1…………………………………………………
2…………………………………………………..
…………….„ ........... de ..................... de 20..,..
[rubricas]
Nombre y apellidos del alumno o alumna
Nombre y apellidos de la patria potestad (pare, madre o tutor) o del representante legal (3)
¿Se ha entregado a la familia una copia de este documento? □ Si □ No
Apendice 4
DECLARACION RESPONSABLE SOBRE EL COMPROMISO DE SEGUIR LAS NORMAS ESTABLECIDAS EN LOS PROTOCOLOS Y A MANTENERAL CENTRO INFORMADO
DESTINO | Director/a del centre.. |
DECLARANTES
Titulares de la patria potestad (padre, madre o tutor) o del representante legal | |
Titular 1 | |
DNI/NIE | Nombre |
Apellido 1 | Apellido 2 |
Titular2 | |
DNI/NIE | Nombre |
Apellido 1 | Apellido2 |
Alumno/a | |
DNI/NIE | Nombre |
Apellido 1 | Apellido2 |
DECLARAMOS: |
1. Que nos comprometemos a que nuestro hijo o hija no acuda al centro si presents algun sfntoma compatible con la COVID-19.
2. Que hemos sido informados y nos comprometemos a seguir las normas establecidas en el plan de contingenda del centre y llevar a cabo las actuaciones necesarias si apareceel caso de un;alumno con sintomatologíacompatible con la COVID-19 en el centre educativo.
3. Que informaremos al equipo directivo del centro o al tutor sobre cualquier variacion del estado de salud de nuestro hijo o hija compatible con la sintomatologíade la COVID-19, ast como de la aparicion de cualquier caso de COVID-19 en el entorno familiar. |
INFORMACION SOBRE PROTECCION DE DATOS PERSONALES |
De conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la proteccion de las personas fisicas en cuanto al tratamiento de datos personales y a la libre circulacion de estos datos y par el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento General de Proteccion de Datos), y con la legislacion vigente en materia de proteccion de datos, se informa del tratamiento de datos personales que contiene esta solicitud. Tratamiento de datos. Los dates personales que contiene esta solicitud seran tratados por el centre educativo en el que se presenta esta declaracion. Finalidad del tratamiento. La finalidad del tratamiento de estos datos es gestionar la situacion de pandemia provocada por la COVID-19. Ejercicio de derechos y reclamaciones. La persona afectada por el tratamiento de datos personales puede ejercer sus derechos de informacion, de acceso, de rectificacion, de supresion, de limitacion, de portabilidad, de oposicion y de no inclusion en tratamientos automatizados (e, incluso, de retirar el consentimiento, si procede, en los terminos que establece el Reglamento General de Proteccion de Datos) ante el responsable del tratamiento, mediante el procedimiento «Solicitud de ejercicio de derechos en materia de proteccion de dates personales», previsto en la Sede Electronica de la CAIB (seuelectronica.caib.es}, Una vez recibida la respuesta del responsable o en el supuesto de que no haya respuesta en el plazo de un mes, la persona afectada par el tratamiento de los datos personales puede presentar la «Reclamación de tutela de derechos» ante la Agencia Española de Proteccion de Datos. Delegacion de Proteccion de Datos. La Delegacion de Proteccion de Datos de la Administracion de la Comunidad Autonoma de las Illes Balears tiene la sede en la Consejen'a de Presidencia, Funcion Publica e Igualdad (ps. de Sagrera, 2, 07012 Palma; c/e: protecciodades@dpd.caib.es). |
[rubricas]
ANEXO 5
Protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos
CONSIDERACIONES GENERALES
Este documento puede estar sujeto a cambios tanto por parte del Ministerio de Sanidad como por parte de la Direccion General de Salud Publica y Participacion y la normativa vigente. Se seguira el protocolo vigente en cada momento.
La epidemia de COVID-19 hace necesario establecer un protocolo de actuacion para el profesorado y el resto de personal con sintomas compatibles con esta enfermedad. Los objetivos de este protocolo son:
- * Establecer las indicaciones y medidas que permitan la vigilancia del profesorado para identificar, a partir de los primeros sintomas y de forma rapida, los casos sospechosos que puedan tener la infeccion por SARS-COV-2 activa, para aislarlos, ya que pueden transmitir la enfermedad.
- * Realizar las primeras actuaciones en el centro educativo.
- * Informar las autoridades sanitarias de los contactos estrechos del centro educativo, si se confirma el case.
En consecuencia, se hace imprescindible identificar los casos sospechosos para poder proceder al aislamiento del caso hasta que se conozca el resultado de las pruebas diagnosticas. Si el case se confirma, se debe iniciar el estudio de los contactos estrechos.
Existira un canal de comunicacion entre el centre educativo y el servicio de prevencion de riesgos laborales correspondiente (por correo electronico o al telefono del SPRL), con el objetivo de facilitar la resolucion de dudas sobre las medidas que se deben llevar a cabo en prevencion, higiene y promocion de la salud, ast como para coordinar las actuaciones ante profesionales con problemas de salud. El coordinador de salud o de prevencion de riesgos laborales del centro debe servir de contacto con el servicio de prevencion respectivo de cada centro.
Los datos de contacto para los profesionales de los centros publicos son los que se indican a continuacion:
- * Para los docentes de los centros publicos:
Servicio de Prevencion de Riesgos Laborales de la DG de Personal Docente c/e: prevenciocovid@dgpdocen. caib. Es Tel.: 971 176037
- * Para personal no docente de los centros publicos:
Servicio de Prevencion de Riesgos Laborales de la Administracion Autonomica e: serveideprevencio@dgfun.caib.es Tel.: 971 1771 72
Los centros concertados se deben poner en contacto con su propio servicio de prevencion de riesgos laborales.
Caso sospechoso: cualquier persona (alumno o trabajador del centro) con un cuadro clínico de infección respiratoria aguda de aparición repentina de cualquier nivel de gravedad que cursa, entre otras, con fiebre, tos o disnea. Otros síntomas como la odinofagia, anosmia, ageusia, dolor muscular, síntomas gastrointestinales, secreción nasal o congestión nasal (generalmente de forma agrupar), dolor torácico o cefalea, entre otros, pueden ser considerados también síntomas de sospecha de infección por SARS-CoV-2 según criterio clínico.
La presentación aislada de rinorrea en población infantil, sobre todo si es de forma prolongada, en principio no es indicativa de realización de prueba diagnóstica, excepto criterio clínico y epidemiológico.LE0000707392_20210916Párrafo del anexo 5 redactado por la letra q) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
Todo el personal de los centros que presente algun sintoma compatible con la COVID-19 debe quedar en su domicilio y avisar al servicio de salud y al SPRL correpondiente.
No podrán acudir al centro las personas que estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por COVID-19, o las que se encuentren en un periodo de cuarentena domiciliaria por haber estar consideradas contacto estrecho con alguna persona con diagnosis de COVID-19. En el caso del personal docente y no docente del centro que se encuentre en esta situación, se tiene que proceder a su sustitución siempre que no pueda llevar a cabo sus funciones mediante la modalidad de teletrabajo. Es de especial importancia insistir en este mensaje a la comunidad educativa.LE0000707392_20210916Párrafo del Anexo 5 redactado por la letra r) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
Las personas que han sido diagnosticadas de COVID-19, casos confirmados, no deben acudir al centre y deben permanecer en aislamiento hasta que hayan transcurrido tres días desde que hayan desaparecido la fiebre y el cuadro clinico, con un minima de diez días desde el inicio de los sintomas. No se debe realizar una prueba diagnostica de infeccion activa por SARS-COV-2 (PDIA) para levantar el aislamiento ni para reincorporarse a la actividad laboral.
En el caso de los trabajadores asintomaticos, se debe mantener el aislamiento hasta que hayan pasado diez días desde la fecha de la toma de muestra para el diagnostico.
Los servicios de prevencion, de acuerdo con el procedimiento elaborado par el Ministerio de Sanidad para los sen/icios de prevencion de riesgos laborales ante la exposicion al SARS-COV-2, evaluaran el riesgo del puesto de trabajo, la presencia de personal trabajador vulnerable en relacion con la infeccion del SARS-COV-2 y estableceran las medidas adecuadas de prevencion, adaptacion y proteccion.
Según la evolución de la pandemia, el Ministerio de Sanidad va definiendo el nivel de riesgo (NR). Actualmente define el riesgo del personal docente similar al riesgo comunitario y lo clasifica, por lo tanto, como nivel de riesgo 1 (NR1).
En el momento de atender un posible caso de persona que empieza a desarrollar síntomas compatibles con COVID-19, puede ser considerado NR2, y está indicado el uso de mascarilla FFP2 sin válvula, y si el alumno no puede utilizar mascarilla quirúrgica, se añadirá pantalla facial y bata desechable.
Los servicios de prevención aplicarán el mencionado criterio, que se podrá actualizar según la evolución de la pandemia, a la hora de valorar la vulnerabilidad de los docentes ante la COVID- 19.LE0000707392_20210916Párrafo del anexo 5 redactado por la letra s) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
1. Gestion de contactos
Si el caso se confirma, se realizara el estudio de contactos en el centro educativo y fuera de este mediante la identificacion, clasificacion y seguimiento de los contactos siguiendo los protocolos establecidos por la Direccion General de Salud Publica y Participacion.
El estudio y seguimiento de los contactos estrechos tiene como objetivo realizar un diagnostico temprano en aquellos que inicien sintomas y evitar la transmision en periodo asintomatico o con pocos sintomas.
Para definir quienes son los contactos estrechos, se debe tener en cuenta el estado de vacunación y se debe valorar si se han seguido de manera apropiada las medidas de prevención e higiene adoptadas en el centro educativo.LE0000707392_20210916Párrafo del número 1 del anexo 5 redactado por la letra t) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
A efectos de la identificacion se clasifican como contactos estrechos:
- a) Si el caso confirmado pertenece a un grupo estable de convivencia (GEC), se considerarán contactos estrechos todas las personas que pertenecen al grupo.LE0000708852_20211005
Letra a) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra g) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
- b) Si el caso confirmado pertenece a una clase no organizada como GEC, se considerará contacto estrecho cualquier alumno que haya compartido espacio con el caso confirmado a una distancia menor de dos metros durante más de quince minutos acumulados durante toda la jornada escolar sin haber utilizado la mascarilla de forma correcta. El tutor del alumno, o la persona que designe el centro, será el encargado de evaluar este uso adecuado de la mascarilla.LE0000708852_20211005
Letra b) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra g) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
- c) Los convivientes de los cases confirmados, incluyendo hermanos convivientes del caso que acudan al mismo centro o a otro.Véase la letra h) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).LE0000708852_20211005
- d) Cualquier profesional del centro educativo, docente o no docente, que haya compartido espacio con un caso confirmado a una distancia menor de dos metros, sin haber utilizado correctamente mascarilla y durante más de quince minutos acumulados durante toda la jornada escolar.LE0000707392_20210916
Letra d) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra u) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
- e) Se considera contacto estrecho en un autobús escolar cualquier persona situada en un radio de dos asientos alrededor de un caso durante más de quince minutos, salvo que se pueda asegurar que se ha hecho un uso correcto de la mascarilla.LE0000707392_20210916
Letra e) del número 1 del anexo 5 redactada por la letra u) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
El periodo a considerar será desde dos días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en que el caso es aislado. En los casos asintomáticos confirmados por PDIA, los contactos se buscarán en los dos días anteriores a la fecha del diagnóstico.LE0000707392_20210916Párrafo del número 1 del anexo 5 redactado por la letra u) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
La valoración de la exposición del personal que trabaja en el centro se debe realizar en función de la evaluación específica del riesgo de cada caso, según lo que se recoge en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales ante la exposición al SARS-CoV-2, de forma que la consideración de contacto estrecho se debe valorar en base a la adecuación y seguimiento de las medidas de prevención adoptadas con el mantenimiento de la distancia física, el uso de mascarillas y las actividades realizadas, así como el estado de vacunación del profesional. Además, en el caso de los profesores se debe tener en cuenta en la evaluación que desarrollan una actividad esencial.
El periodo que se debe considerar para la evaluación de los contactos estrechos será desde dos días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en que el caso es aislado. En los casos asintomáticos confirmados por PDIA, los contactos estrechos se buscarán desde dos días antes de la fecha de toma de muestra para el diagnóstico.LE0000707392_20210916Párrafo del número 1 del anexo 5 redactado por la letra v) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
El equipo directivo del centro enviara al Sen/icio de Prevencion de Riesgos Laborales la lista de profesores que han estado en contacto estrecho en las 48 horas previas a la aparicion de los sintomas con el caso confirmado, El servicio de prevencion, una vez realizada la investigacion correspondiente, enviara al director del centre los cases reales considerados estrechos.
Asimismo, el equipo directivo informará por correo electrónico de la existencia de un positivo al inspector/la inspectora del centro, con copia al correo covid@dgplacen.caib.es.LE0000708852_20211005Párrafo del número 1 del anexo 5 introducido por la letra i) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
En el supuesto que en el centre se produzca el mismo día mas de un caso de un profesor con PCR positiva, se debe hacer un listado de contactos estrechos para cada caso.
2. Manejo de los contactos
Hasta la obtencion del resultado diagnostico del caso (PDIA positiva que confirme el diagnostico) no se indicara ninguna accion sobre los contactos estrechos del centro educativo (ni busca de contactos estrechos ni indicacion de cuarentena), excepto en los familiares convivientes de los menores, que si que permaneceran en cuarentena, al no serfactible que estos menores puedan hacer un aislamiento efectivo, por el hecho de ser menores y requerir cuidados. La actividad docente continuara de manera normal extremando las medidas de prevencion e higiene.
En cuanto a la cuarentena y la vigilancia, se indicará cuarentena durante los diez días posteriores al último contacto con un caso confirmado, salvo que el contacto pueda acreditar que ha recibido la pauta de vacunación completa. Durante este periodo de diez días, se indicará a las personas en cuarentena que vigilen su estado de salud y ante la aparición de cualquier síntoma compatible lo comuniquen al servicio de salud y al servicio de prevención de riesgos laborales que le corresponda. De manera adicional, se indicará que durante los cuatro días siguientes a la finalización de la cuarentena se continúe vigilando la posible aparición de síntomas y, si se diera el caso, se deberá permanecer aislado en el domicilio y comunicarlo rápidamente de la forma establecida.
Las personas que puedan acreditar que han recibido la pauta de vacunación completa y sean consideradas como contactos estrechos estarán exentas de realizar la cuarentena. Se les hará seguimiento preferiblemente con PCR y, si no fuera posible, con otra PDIA.
Se realizarán dos pruebas, una al inicio y otra en torno a los siete días del último contacto con el caso confirmado. Si no fuera posible, se recomienda realizar al menos una prueba en el momento que indiquen los responsables de Salud Pública.
Se recomendará a estos profesionales que eviten el contacto con personas vulnerables. Así mismo, se les indicará que deben hacer uso de la mascarilla en sus interacciones sociales, que no pueden acudir a acontecimientos multitudinarios y que deben estar atentos a la posible aparición de síntomas compatibles con la infección de SARS-CoV-2.
Únicamente deberán realizar cuarentena los contactos que puedan acreditar que tienen la pauta completa de vacunación en las siguientes situaciones:
- - Contactos de casos vinculados a brotes producidos por las variantes beta y gama. En los casos esporádicos, la información sobre variantes normalmente no está disponible al inicio del diagnóstico, por lo tanto, únicamente podrá realizarse cuarentena si se dispone de esta información de manera oportuna.
- - Personas con inmunodepresión.
De momento, y según la evidencia actual, las personas que hayan tenido una infección confirmada por SARS-CoV-2 en los180 días anteriores estarán exentas de realizar la cuarentena.
Si la PDIA se realiza en cualquier momento anterior a los días siguientes después del último contacto, se debe cumplir la cuarentena hasta el décimo día. En cualquier caso, la cuarentena finalizará a los diez días de la fecha del último contacto.
En cualquier caso, la cuarentena finalizara a los diez días de la fecha del ultimo contacto.
Una vez estudiados tos contactos y establecidas las medidas de cuarentena para aquellos considerados como estrechos, las actividades docentes continuaran de manera normal, extremando las medidas de precaucion y realizando una vigilancia pasiva del centre.
Se debe hacer un seguimiento active o pasivo, siguiendo los protocolos de la Direccion General de Salud Publica y Participacion, de los contactos identificados como estrechos y estos deberan permanecer en su domicilio, preferentemente en una habitacion individual de la cual se deben restringir al maxima las salidas, Estas salidas siempre se deben hacer con mascarilla quirurgica. Hace falta que tambien se restrinja al maximo el contacto con convivientes. Si es posible, no se debe salir al exterior del domicilio excepto en casos excepcionales.

3. Actuacion en el supuesto de que un miembro del personal presente sintomas compatibles con la infeccion por SARS-COV-2 en el centro educativo
En el supuesto de que alguien del personal presente sintomas compatibles con la infeccion por SARS-COV-2, se deben llevar a cabo las acciones siguientes:
- a) Debe dejar la actividad que esta realizando.
- b) Se debe lavar las manos con agua yjabon durante 40-60 segundos o con solucion hidroalcoholica durante 20 segundos, colocarse una mascarilla quirurgica y volverse a lavar las manos.
- c) Se debe avisar de la situacion a alguien del equipo directivo par via telefonica.
Debe evitar, tanto como sea posible, pasar par zonas del centro donde haya concurrencia de profesores, personal no docente o alumnos.
- e) Se debe ir a su domicilio, siempre que se pueda garantizar un traslado seguro, y no debe usar transporte publico,
- f) Debe contactar con el servicio de prevencion de riesgos laborales correspondiente y con su equipo sanitario. Si se tienen dudas sobre el traslado seguro, se debe avisar el 061 y se deben seguir sus instrucciones.
- g) En caso de tener que demorar la partida a su domicilio, se debe retirar a la sala de aislamiento habilitada en el centre de acuerdo con lo que se especifica en el anexo 4. Debe llevar en todo momento mascarilla quirurgica.
En caso de percibir que la persona que empieza a tener sintomas esta en una situacion de gravedad o tiene dificultad para respirar, se debe avisar al 061 y seguir sus instrucciones.
Una vez la persona con sintomas haya salido del centro educativo, los espacios donde haya estado (aula, sala, despachos) se deben limpiar siguiendo el protocolo descrito en el anexo 3, pautas de limpieza y desinfeccion de superficies y espacios de los centros educativos ante la COVID-19. Una vez realizada la desinfeccion, los espacios se podran volver a usar.
El profesional debe permanecer en su domicilio mientras no se tenga el resultado de la PDIA.
En el domicilio, se deben seguir las recomendaciones que aparecen en el enlace siguiente:
- * Pasos sobre como actuar en caso de tener sintomas de COVID-19: https://www.ibsalut.es/es/info-ciudadania/cuidar-la-salud/519-coronovairus-covid-19/3737-pasos-sobre-como-actuar-en-caso-de-tener-sintomas-de-covid-19.
El personal sanitario del servicio de prevencion de riesgos laborales analizara la jnformacion recibida del trabajador y notificara al Servicio de Epidemiologia de la Direccion General de Salud Publica y Participacion (vigilancia@dgsanita.caib.es) la existencia de un positivo de una prueba PDIA mediante el protocolo establecido de notificacion vigente, protegido con la contrasena habitualmente utilizada.
4. Trabajadores con especial vulnerabilidad al SARS-COV-2
Los trabajadores docentes con especial vulnerabilidad al SARS-CoV-2 incluidos en el anexo IV, Guía de actuación para la gestión de la vulnerabilidad y el riesgo en ámbitos no sanitarios o sociosanitarios, del Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales ante la exposición al SARS-CoV-2, publicado por el Ministerio de Sanidad, deben extremar en todo momento las medidas higiénicas de lavado de manos y de ventilación recomendada en las aulas, respetar la distancia interpersonal de seguridad recomendada por las autoridades sanitarias de un metro y medio y llevar mascarilla quirúrgica o FFP2 sin válvula, esta última únicamente en el supuesto de que el alumnado no lleve. El servicio de prevención valorará las situaciones de los trabajadores vulnerables con pauta de vacunación completa.
Según la Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID 19 en centros educativos del Ministerio de Sanidad vigente, los trabajadores vulnerables a la COVID-19 pueden trabajar siempre que su condición clínica esté controlada. Se mantendrán las medidas de protección de manera rigurosa, de acuerdo con la evaluación realizada por el servicio de prevención de riesgos laborales y su informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección necesarias, siguiendo lo que se establece en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2. Deben mantener las medidas de protección de forma rigurosa, salvo indicación médica de no asistir al centro.LE0000707392_20210916Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra x) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
Debe mantener medidas de pmteccion de forma rigurosa, salvo indicacion medica de no asistir.
Si estos trabajadores detectan un caso sospechoso en el centro educativo (un alumno u otro adulto), como que se entiende que ya llevan mascarilla, se deberan lavar las manos, mantener siempre la distancia interpersonal minima de 1,5 m y, en el supuesto de que esta situacion se produzca dentro de una aula, avisar al equipo directivo porque otra persona, que sea no vulnerable, traslade el alumno a la sala de aislamiento.
Los docentes vulnerables que tengan en el aula alumnos que por su condición no puedan llevar mascarilla (alumnos de 0-6 años, indicación médica o alumnos de otros grupos que por su condición no la puedan llevar), deben ponerse mascarilla FFP2 sin válvula, extremar las medidas higiénicas recomendadas (lavado de manos) y mantener, siempre que sea posible, la distancia interpersonal de 2 m.LE0000708852_20211005Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra j) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
Los docentes vulnerables que tengan dentro del aula alumnos que por su condición no puedan llevar mascarilla (alumnos de 0-6 años, indicación médica o alumnos otros grupos que por su condición no puedan llevar), deben ponerse mascarilla FFP2 sin válvula, extremar las medidas higiénicas recomendadas (lavado de manos) y mantener, siempre que sea posible, la distancia interpersonal de 1,5 m.LE0000707392_20210916Párrafo del número 4 del anexo 5 redactado por la letra y) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
Previamente, el trabajador vulnerable debe comunicar su condicion al equipo directivo, lo cual puedejustificar con el informe emitido por el servicio de prevencion correspondiente, para que tenga constancia de ello en caso de que se produzca alguno de estos supuestos.
En el supuesto de que el centre no pueda llevar a cabo las medidas adaptativas especificadas en esta resolucion para los trabajadores vulnerables, el equipo directivo lo comunicara de forma inmediata par telefono y par correo electronico al servicio de prevencion de riesgos laborales respectivo para que tome las medidas adecuadas.
5. Coordinacion de actividades empresariales
De acuerdo con lo que dispone el punto 2 del art. 24 de la LPRL (Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevencion de Riesgos Laborales), el titular del centre debe realizar las actuaciones necesarias para garantizar que todo el personal desarrolle sus funciones en el centro educativo de acuerdo con las medidas preventivas establecidas en este anexo, ast como garantizar que dispongan del material de proteccion individual incluido en este protocolo.
Una vez que las medidas preventivas se hayan llevado a cabo,se deben comunicar al servicio de prevencion de riesgos laborales correspondiente,
ANEXO 6
Pautas para la organizacion de los desplazamientos y los espacios de los centros
CONSIDERACIONES GENERALES
A la hora de organizar los desplazamientos de los miembros de los centros educativos par los espacios de los centros, se debe tener en cuenta que hace falta:
- * Mantener la distancia interpersonal de 1,5 m, salvo los alumnos que forman parte del mismo grupo estable de convivencia,
- * Limitar las interacciones fisicas entre el alumnado.
- * Senalizar los espacios.
- * Disponer de productos higienicos (hielo hidroalcoholico y papel) en las entradas de los centros, los pasillosy las aulas.
- * En relacion con las entradas y salidas del centro, se deben utilizar todos los accesos posibles para evitar aglomeraciones. De este modo, se debe asignar a cada nivel educativo un acceso, procurando que el numero de alumnos par acceso sea tan equilibrado como sea posible.
- * Cuando solo haya un acceso o el numero de accesos sea insuficiente para evitar aglomeraciones, se podra escalonar la entrada por niveles, con el objeto de evitar aglomeraciones.
1. Organizacion de los desplazamientos internos
A la hora de organizar los desplazamientos internos se tienen que aplicar estas medidas:
- 1. Se tiene que respetar en todo momento la distancia de 1,5 m en los pasillos,escaleras, baños y zonas comunes,
- 2. Se tiene que indicar en los pasillos y escaleras el sentido de circulacion. En los pasillos se debe indicar la direccionalidad para minimizar los cruces. Se deben marcar Líneas en el suelo con la direccionalidad y con la separacion minima donde sea necesario esperar turno para acceder a algun lugar. Se tiene que procurar, siempre que sea posible, que las escaleras sean de un solo sentido, si bien se podran adoptar soluciones de movilidad altemativas que supongan una menor concentracion de personas en funcion de la distribucion de los espacios del centre,
- 3. Se tiene que utilizar un sistema de senalizacion homogeneo en todo el centre y de facil comprension.
- 4. Como regla general, las puertas de aulas, despachos y exteriores deben permanecer abiertas para evitar el contacto con las manecillas o los pomos de las puertas. Se debe tener en cuenta que esta medida no sera valida si contradice la normativa sobre incendios.
- 5. En caso de haber mas de una puerta de acceso al aula, se deben utilizar todas de forma que el alumnado acceda y salga por la puerta mas cercana a su lugar.
- 6. Se debe procurar que sea el personal adulto quien se desplace en el edificjo para minimizar el movimJento del alumnado.
- 7. Se tiene que colocar una botella de Ifquido desinfectante y papelpara secar cerca de los aparatos de uso comun (ordenadores compartidos, fotocopiadoras, encuadernadoras.,.) y senalizar que hay que desinfectar antes ydespues de usarlos.
- 8. En el caso del alumnado de educacion especial, cuando se deban producir desplazamientos por el centre educativo, se debe contar con un horario y organizacion que hagan posible que no coincidan a la vez con los desplazamientos otros grupos.
2. Organizacion de las aulas
A la hora de organizar los espacios de las aulas se debe tener en cuenta que lasaulas de educacion infantil y de educacion primaria se pueden constituir como grupos estables de convivencia. Setienen que seguir las pautas siguientes:
- 1. Cada alumno debe disponerde un lugaryse debe senalizar.
- 2. Hay que disponer los lugares escolares de forma que se respete la distancia de 1,2 m recomendada en el interior de las aulas.
- 3. El uso de mascarilla es obligatorio en todo momento para los adultos y los alumnos mayores de seis años, a pesar de que estén en grupos estables de convivencia y se mantenga la distancia interpersonal, excepto en situaciones de consumo de alimentos y bebidas y durante la práctica de actividad física, actividades acuáticas o el uso de instrumentos musicales de viento.LE0000708852_20211005
Apartado 3 del número 2 del anexo 6 redactado por la letra k) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021
- 4. Se debe retirar el mobiliario que no sea imprescindible.
- 5. Se debe minimizar el uso de las aulas especificas para limitar al maximo los desplazamientos en el edificio. En el caso de las materias optativas, despues de la utilizacion de un aula de desdoblamiento o un aula especifica, esta se debe limpiar y desinfectar antes de volverla a utilizar.
- 6. Se debe limitar el movimiento en el aula y senalar el sentido de circulacion de las zonas de la clase de forma que se eviten los cruces entre alumnos.
- 7. Los espacios del centre, incluidos los pasillos siempre que sea posible, se tienen que ventilar diariamente. De manera prescriptiva, esta ventilacion se debe realizar un minimo de quince minutos antes de la llegada del alumnado, durante el recreo, despues de cada cambio de clase, despues de cada uso y al acabar la jomada. En los centros con jornada partida tambien se tienen que ventilar antes de las sesiones de tarde.
- 8. Siempre que la climatología lo permita las ventanas y las puertas de las aulas estaran abiertas.
- 9. Cada aula debe tener instalado un medidor de COz. La concentracion de COz no debe ser superior en ningun momento a 800 ppm. En caso de que se superen se debera incrementar la ventilacion o disminuir la cabida hasta que se situe par debajo de este indicador.
- 10. En el caso de espacios en que no se pueda conseguir el nivel de ventilacion exigido, se puede optar por equipos purificadores de aire fijos o portatiles con filtros de alta eficacia HEPA de calificacion igual o superior a H13, que deben proporcionar un caudal de aire limpio suficiente para, al menos, cinco renovaciones por hora de todo el aire del espacio. Estos equipos se tienen que instalar de forma que puedan llegar a todos los puntos del espacio.
- 11. A los grupos de convivencia estable no son de aplicacion los apartados 2,4 y 5 antenores.
3. Organizacion del patio y del tiempo del recreo
A la hora de organizar el patio y el tiempo del recreo se debe tener en cuenta que hay que evitar el cruce entre los alumnos de etapas, niveles, cursos o aulas diferentes. Por este motivo:
- 1. El tiempo del recreo se podra escalonar a lo largo de la jomada lectiva.
- 2. Se adaptara o se reducira el tiempo en funcion de las necesidades especificas del centre.
- 3. Se debe organizar con senalizacion la distribucion del alumnado por sectores.
- 4. Se debe garantizar que se respete la distancia de seguridad a la salida y retomo al aula.
- 5. Se debe organizar la circulacion de entrada y salida de grupos de forma que se respeten las distancias de seguridad y se evite la circulacion en doble sentido en pasillos y escaleras.
- 6. Tanto el personal del centre como el alumnado a partir de educacion primaria debe llevar mascarilla en los desplazamientos de entrada y salida del patio.
- 7. Se debe reforzar la vigilancia a la hora del patio para garantizar la atencion adecuada al alumnado.
- 8. Se debe prever un sistema de senalizacion de los bancos, mobilianojuegos, etc., porque, si las autoridades sanitarias asf lo indican, no se puedan utilizar.
- 9. En caso de no poder garantizar la limpieza y desinfeccion regulares, se debe evitar que se usen maquinas expendedoras.
- 10. Si las condiciones climatologicas no permiten acceder al patio exterior y el centre no dispone de espacios alternativos, el alumnado permanecera en su aula bajo la vigilancia del ultimo profesor o profesora con el cual estado. En este caso hay que procurar mantener el aula ventilada durante el recreo.
- 11. En el caso de los grupos estables de convivencia, el uso del patio por parte de los grupos de convivencia estable se debe limitar a estos grupos, y garantizar que entre cada uno de ellos haya suflciente distancia para evitar el contacto entre los diferentes grupos. En el nivel de alerta de nueva normalidad se permitira la interaccion de los grupos de convivencia estable de un mismo curso y de dos cursos del mismo ciclo en los centros de hasta una Línea.
4. Organizacion del uso de los baños
A la hora de organizar el uso de los baños se debe tener en cuenta que hace falta:
- 1. Limitar el numero de personas en el interior de los baños para garantizar la distancia de seguridad. Hay que senalizar la capacidad maxima,
- 2. Gestjonar el flujo de los alumnos hacia los lavabos (salida y retorno al aula).
- 3. Indicar la ocupacion de los lavabos mediante rotulacion (libre/ocupado), para asegurar que en el interior o en los accesos se cumpla la distanda de seguridad.
- 4. Ventilarlosfrecuentemente.
- 5. Indicar al alumnado la obligatoriedad de lavarse las manos antes y despues del uso de los WC. Hay que tener visible el poster sobre el correcto lavado de manos en cada bano.
- 6. Asegurar la dotacion dejabon Ifquido y papel para secar las manos. No se tienen que utilizartoallas.
- 7. Asegurar que se limpian con la frecuencia necesaria para garantizar en todo momento el estado de higiene adecuado y que se vacfan las papeleras con bolsa, preferiblemente con tapa y pedal.
- 8. Restringir el uso de los lavabos en el caso de personas ajenas al centro. Se tiene que procurar que, en caso de que sea necesario usarlos, se utilizan lavabos diferentes a los que utiliza el personal y/o el alumnado de centre.
- 9. El uso de los lavabos durante los recreos debe ser controlado por parte del profesorado de guardia para asegurar que se respeta la capacidad establecida,
5. Organización de las aulas y los talleres de formación profesional
En las aulas de los grupos de formación profesional se aplicarán las medidas que aparecen en el apartado 3.4 del anexo 1, Instrucciones para la organización y el funcionamiento de los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears ante la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para el curso 2021-2022, referidas a la enseñanza secundaria.
En los talleres ocupados por alumnos de formación profesional y de enseñanzas artísticas, con la autorización previa del Departamento de Inspección Educativa, se podrán adoptar las medidas que correspondan a su ámbito profesional de referencia.LE0000708852_20211005Último párrafo del número 5 del anexo 6 redactado por la letra l) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).Vigencia: 5 octubre 2021

ANEXO 7
Protocolo de los servicios complementarios de comedor y de cafeterfa
Las medidas que se indican en el presente anexo estan sujetas a las modificaciones y rectificaciones que se puedan desprender de las indicaciones sanitarias establecidas por la Consejeria de Salud y Consumo.
1. Principios basicos de prevencion, higiene y promocion de la salud ante la COVID-19 en los servicios de comedor
La hora de comer supone diferentes retos, puesto que las mascarillas no se pueden llevar mientras se come y los comedores de muchos centros suelen estar muy concurridos. Par esta razon se deben cumplir las medidas que se indican acontinuacion y asi minimizar el riesgo que ello supone.
De manera general, se deben mantener las medidas de prevencion, higiene y proteccion contempladas en el centre educativo y en el documento Medidas preventivas generates con relacion a la alerta por la COVID-19 (SARS-CoV-2) para establecimientos y actividades de elaboracion y servicio de comidas y bebidas.
Nueva normalidad, al que se puede acceder con el siguiente enlace: http://www.caib.es/sites/coronaviruseconomia/es/dcouments_i_guies/?mcont=120842.
Ademas, se deben tener en cuenta las siguientes particularidades:
- 1. El consumo se debe hacer estando sentados en la mesa. Se debe asegurar el mantenimiento de la debida distancia ffiica de 1,5 m entre las mesas una vez que estan ocupadas.
- 2. Si se utiliza una sola sala grande para comer, existen diferentes medidas para garantizar la distancia de seguridad:
- * Los centros educativos pueden escalonar los horarios de la comida.
- * Se debe mantener el mismo turno y la misma area de ocupacion al comedor para el alumnado del grupo estable de convivencia.
- * El alumnado de los grupos estables se debe mantener agrupado entre si, manteniendo la distancia de 1,5 m entre los miembros del grupo (salvo los grupos estables de convivencia de educacion infantil, dado que no llevan mascarilla) y con una distancia de mas de 1,5 m entre las diferentesagrupaciones de grupos estables, si es posible, con elementos fisicos que la garanticen, como mamparas.
- * Los alumnos.que no pertenecen al mismo grupo estable de convivencia se deben disponer en el comedor mirando de evitar el contacto frente a frente y manteniendo la distancia de como minimo 1,5 m. Se puede colocar este alumnado en la misma direccion, o bien en una estmctura escalonada, evitando las disposiciones frontales, sin perjuicio de otras disposiciones de la sala que favorezcan el distanciamiento.
- * Tambien puede ser util marcar claramente los espacios donde cada clase o grupo de convivencia se debe sentar al comedor compartido.
- * Antes de la entrada al comedorse debe procederal lavado de manos con agua yjabon. Se debe poner a disposicion de los alumnos dispensadores de geles hidroalcoholicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en la entrada y en la salida de los espacios de uso de comer.
- 3. En lugar que el alumnado pase a recoger la comida se pueden mantener bandejas cubiertas a recoger por los comensales, bajo la supervision de un trabajador, o no cubiertas, dispensadas por un trabajador. En todo caso se debe diferendar bien las que son destinadas a comensales sin alergias e intolerancias alimentarias, de las que estan destinadas a comensales que las presentan, y etiquetarlas claramente con las sustancias que provocan alergias o intolerancias que contienen ya quien van destinadas. El centre educativo debe reforzar el mensaje de no compartir alimentos, enseres y bebidas.
- 4. Se podran utilizar las respectivas aulas para comer, y, en este caso, servir la comida con la utilizacion de carros con bandejas (si es posible con carros calientes). En este caso se seguiran las mismas indicaciones que cuando sea horario lectivo.
- 5. Para evitar aglomeraciones, se debe establecer la capacidad maxima del espacio, que permita el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.
- 6. Si la elaboracion y/o servicio de comidas es a cargo de una empresa ajena al centro, como un servicio de catering o una cocina de un bar o restaurante, en las especificaciones de los nuevos contratos tendra que indicarse que se deben tomar las medidas de prevencion establecidas en el documento
Medidas preventivas generales en relacion a la alerta par la COVID-19 (SARSCoV-2) para establecimientos y actividades de elaboracion y servicio de comidas y de bebidas, y se debe asegurar que estas empresas las cumplen.
- 7. En el comedor escolar debe haber carteles informativos sobre la capacidad maxima del espacio, normas para los usuarios y recordatorios de medidas de higiene personal (etiqueta respiratoria, lavado de manos, distanciamiento y uso de mascarillas).
- 8. Dentro de lo posible se tienen que marcar y/o senalizar circuitos de entrada y salida y lugares de espera previo al servicio.
- 9. En cuanto al uso de la mascarilla, se deben seguir las indicaciones generales.
Se debe llevar mascarilla en los circuitos de entrada y salida al comedor o en los locales donde se coma.
Limpieza yventilacion
1. Se deben seguir las normas generates de limpieza y ventilacion del centro y poner especial atencion a las superficies de contacto mas frecuentes.
2. Se debe hace rlimpieza y desinfeccion despues de cada turno.
3. En cuanto a la ventilacion, se debe realizar igual que otros espacios del centro, antes, despues de cada turno y al acabar. Si se puede, se deben tener las ventanas abiertas tanto tiempo como sea posible.
Comunicacion y Educacion para la Salud.
Se tienen que seguir las normas generales del centro. Se debe procurar la formacion especifica del personal del comedor y las personas voluntarias, si precede, por parte de la empresa adjudicataria.
2. Principios basicos de prevencion, higiene y promocion de la salud ante la COVID-19 en los servicios de cafeterfa
Las medidas para el funcionamiento de las cafeterias se tienen que establecer a partir de los siguientes principios basicos de prevencion ante la COVID-19:
- 1. Se recomienda reorganizar los espacios de trabajo que permitan el distanciamiento fisico y delimitar las zonas de trabajo para cada lugar y, si es necesario, instalar barreras fisicas, como mamparas,
- 2. Se tienen que limitar su capacidad en espacios interiores de acuerdo con la normativa especifica,
- 3. La disposicion fisica de las mesas o agrupaciones de mesas debe garantizar el mantenimiento de la distancia minima de1,5 m.
- 4. Se debe establecer en el local un itinerario para evitar aglomeraciones y marcar en el suelo las distancias en determinadas zonas para prevenir el contacto entre clientes.
- 5. El personal que sirva en las mesas y en la barra debe garantizar la distancia de seguridad con la persona usuaria y aplicar los procedimientos de higiene y prevencion necesarios para evitar el riesgo de contagio. En cualquier caso,se debe garantizar una distancia minima de 1,5 m entre clientes.
- 6. Se debe facilitar mascarilla higienica o quirurgica a todos los trabajadores para su uso en cocina, siempre que no haya una separacion fisica entre los trabajadores o no se pueda mantener la distancia de seguridad. Se recomienda su uso durante toda la jornada.
- 7. Lo indicado en el punto anterior se puede modificar en los casos en que el servicio de prevencion de riesgos laborales, o cualquier otra modalidad preventiva, de la empresa determine que se debe utilizar una proteccion respiratoria de mayor efectividad titpificada como equipo de protección individual (EPI).
- 8. Se tienen que eliminar los productos de autoservicio, como por ejemplo servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras y otros utensilios similares, y priorizar las monodosis, desechables, o el servicio en otros formatos bajo peticion del cliente, No obstante, si el cliente lo pide, se puede ofrecer la botella de aceite para autoservicio, siempre que se respeten las medidas de desinfeccion del Sistema de Seguridad Alimentaria o que el aceite lo sirva directamente el personal de servicio del establecimiento.
- 9. Se debe poner a disposicion del publico dispensadores de geles hidmalcoholicos o desinfectantes con actividad vimcida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, En todo caso, debe haber en la entrada del establecimiento o local y en la salida de los baños, que deben estar siempre en condiciones de uso.
- 10. Se debe asegurar que todos los trabajadores tengan permanentemente a su disposicion en el puesto de trabajo agua yjabon, o geles hidroalcoholicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.
- 11. Se debe asegurar que los trabajadores dispongan de equipos de proteccion adecuados al nivel de riesgo. En este caso, todo el personal tiene que estar formado e informado sobre el uso correcto de los equipos de proteccion.
- 12. Se debe limpiar y desinfectar el equipamiento, en particular las mesas, las sillas y la barra, ast como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y el siguiente cliente.
- 13. En cuanto a la ventilacion, se debe realizar igual que otros espacios del centro, antes y despues de cada tumo y al acabar. Si se puede, se deben mantener las ventanas abiertas el mayor tiempo posible.
- 14. La responsabilidad de adoptar las medidas de limpieza y desinfeccion adecuadas a las caracterfsticas y la intensidad de uso de los centros, las entidades, los locales y los establecimientos previstos en este protocolo recae en el titular de la actividad economica.
- 15. Todo el personal debe estarformado e informado sobre el uso correcto de los equipos de proteccion.
- 16. Ante sintomas se debe actuar segun lo que establece el anexo 5 de esta
Resolucion, protocolo de actuacion ante la deteccion de sintomas compatibles con la COVID-19 entre los profesionales de los centros educativos.
ANEXO 8
Protocolo para el servicio de transporte escolar
Las medidas que se indican en el presente anexo estan sujetas a las modificaciones y rectificaciones que se puedan desprender de las indicaciones sanitarias estableddas par la Consejena de Salud y Consumo.
La empresa adjudicataria es la responsable de aplicar este protocolo en el transporte.
El equipo directivo tiene que comprobar que los pmtocolos del transporte escolar se cumplen.
PRINCIPIOS BASICOS DE PREVENCION. HIGIENE Y PROMOCION DE LASALUD ANTE LA COVID-19 EN EL SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR
De manera general se deben aplicar las medidas de prevencion, higiene y proteccion que se indican a continuacion.
1. Uso obligatorio de mascarillas
Actualmente, el uso de la mascarilla es obligatorio para los usuarios mayores de seis años y recomendado para los ninos mayores de tres, tanto antes de subir al vehículo como durando el trayecto hasta llegar al centro educativo o parada. Por este motivo el servicio de transporte debe disponer, con la coordinacion del centre educativo, de mascarillas higienicas para proporcionar al alumnado en caso de olvido (vease el anexo 2, medidas de proteccion individual, colectiva y control sanitario y pautas para el correcto uso del material de proteccion individual en los centros educativos de las Illes Balears).
No es obligatorio el uso de mascarilla en el supuesto de que haya alumnos con alguna enfermedad, dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situacion de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomia para quitarsela o presenten alteraciones de conducta que hagan inviable la utilizacion.
En estos casos se deben habilitar las primeras filas del vehículo para estos usuarios, mantener la distancia de seguridad entre asientos, o cualquier otra medida que resulte viable, etc.
2. Asignacion de asientos
Se debe priorizar el uso del servicio en las ensenanzas obligatorias, tal como se preve en la Orden del consejero de Educacion y Cultura de 21 dejulio de 2005, por cual se regula el transporte escolar en los centros docentes publicos de la comunidad autonoma de las Illes Balears (BOIB num. 11, de 28 dejulio).
Se deben asignar los asientos y organizar la distribución de los alumnos dentro del transporte, partiendo de las edades de los usuarios y los grupos estables de convivencia y limitando las interacciones fisicas. Se debe prestar especial atencion a la habilitacion de espacios para personas con discapacidad. El acompanante del servicio, a principio de curso, en coordinacion con el centro, debe realizar la distribucion de asientos y entregarla al equipo directivo del centro y comunicar durante los curso los cambios que se produzcan.
Los alumnos deben esperar en las paradas, manteniendo las distancias y en orden para acceder al vehículo en fila y por la puerta de delante, segun la distribucion prevista desde atras hacia adelante. La bajada se debe hacer en el orden inverso, sin aglomeraciones, en calma y evitando contactos.
En las rutas compartidas se debe efectuar de igual manera y mantener los espacjos habilitados para los alumnos de cada centro.
Se deben tener en cuenta los horarios de las rutas y centros escolares. Se debe prever que esta situacion implicara mas tiempo en las entradas y salidas del servicio.
La empresa adjudicataria del servicio y los acompanantes deben colaborar con la direccion del centro en todo aquello que pueda contribuir a la mejora del servicio,como para la distribucion de asientos par grupos estables de convivencia.
3. Limipieza, desinfección y ventilacion en los vehículos
Los alumnos deben lavarse las manos con gel hidroalcoholico antes de subir y bajar del vehículo.
La empresa tiene que disponer de gel hidroalcoholico, en coordinacion con el centro educatjvo, y es la encargada de llevar a cabo las medidas de seguridad, limpieza, ventilacion y desinfeccion del vehículo, entre tumos o rutas y siguiendo la normativa vigente en cuanto al uso de los productos autorizados por las autoridades sanitarias.
En el supuesto de que haya algun caso de COVID-19, la empresa debe aplicar las medidas de desinfeccion segun la normativa vigente. Y en todo caso, debe seguir las recomendaciones del anexo 3 de la presente Resolucion, pautas de limpieza, desinfeccion y ventilacion de los espacios de los centros educativos ante la COVID-19-
4. Formacion, informacion ycomunicacion sobre casos de COVID-19
Las empresas adjudicatarias del servicio son las encargadas de formar e informar a sus trabajadores en cuanto al pmcedimiento de trabajo establecido para el control de riesgo de la infeccion de COVID-19.
Ante la existencia de casos positivos de COVID-19 se tiene que seguir la gestion de los casos segun la normativa vigente. Es importante que el equipo directivo del centre educativo pueda identiflcar claramente a los alumnos que son contacto estrecho de los casos positivos en el transporte.
ANEXO 9
Orientaciones para la revision y actualizacion del plan de contingencia
En el marco de la pandemia ocasionada por la COVID-19 y para prever como se debe afrontar el curso 2021-2022; garantizar la creacion de entornos escolares saludables y tan seguros como sea posible, tanto fisica como emocionalmente, mediante medidas de promocion de la salud, prevencion y proteccion adaptadas a cada etapa educativa, e incidir en el trabajo organizativo y la coordinacion pedagogica de los centros para preparar el curso, los equipos directivos de los centros educativos deben revisar y actualizar durante el mes de junio de 2021 (4) el plan de contingencia. Este plan debe incluir la organizacion del inicio de curso y la prevision de las actuaciones que se deben llevar a cabo para poder hacerfrente a las posibles eventualidades que se puedan producir durante el curso 2021-2022, de acuerdo con los escenarios planteados en el anexo 1 de esta Resolucion, instrucciones para la organizacion y el funcionamiento de los centros educativos no universitarios de la comunidad autonoma de las Illes Balears ante la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para el curso 2021-2022. Debe prever, entre otros, el plan de acogida del alumnado y el personal del centre en el mes de septiembre, la redistribucion de los espacios, el plan de contingencia digital y los sistemas de informacion a la comunidad educativa de las medidas de prevencion y proteccion e higiene ante la COVID-19. Este plan debe ser aprobado par el claustro y el consejo escolar en los centros publicos y por el titular en los centros concertados. Se debe publicar en el GESTIB en el apartado de documentos institucionales.
Los centros dispondran de autonomfa para determinar el uso de los espacios y la organizacion de las actividades lectivas segun lo que se establece en el anexo 1 de esta Resolucion.
1. Finalidades y objetivos del plan
Las finalidades y los objetivos del plan de contingencia de cada centre son los siguientes:
- * Mantener la funcion educativa y preservar el derecho a la educacion en condiciones de seguridad para todos los miembros de la comunidad educativa.
- * Minimizar el efecto de las situaciones posibles, no siempre previsibles, para garantizar la continuidad de las actividades educativas en situaciones de no normalidad.
- * Reforzar los habitos sanitarios y los aspectos de educacion para la salud que puedan ser de aplicacion mas alia de la situacion concreta provocada par la COVID-19.
- * Determinar los responsables de la ejecucion y de la supervision del plan.
- * Determinar los canales y los responsables de la comunicacion a la comunidad educativa.
- * Definir los aspectos a planjficar: curriculares, organizativos, administrativos y de gestion.
- * Identificar las dificultades organizativas y prever las actuaciones en los diferentes escenarios: planificacion y comunicacion de las medidas a adoptar en cada caso, analisis de la viabilidad, condiciones para la ejecucion, prevision de la realizacion de simulacros, transicion entre los distintos escenarios, etc.
- * Identificar las dificultades organizativas y prever las actuaciones que se deberan llevar a cabo para poder hacer frente a las posibles eventualidades que se puedan producir durante el curso 2021-2022 de acuerdo con los escenarios planteados: planificacion y comunicacion de las medidas a adoptar en cada caso, analisis de la viabilidad, condiciones para la ejecucion, prevision de la realizacion de simulacros, transicion entre los distintos escenarios, etc.
2. Posibles escenarios
2.1. Aspectos curriculares generales
Para desarrollar los diferentes apartados del ambito cumcular se puede consultar la Resolucion del director general de Planificacion, Ordenacion y Centros de 27 de julio de 2020 por la cual se hacen publicas las orientaciones sobre los aspectos curriculares, de ordenacion academica y metodologicos del segundo ciclo de educacion infantil y educacion primaria y de la educacion secundaria obligatoria y bachillerato para el curso 2020-2021 en las Illes Balears (BOIB num. 113, de 30 de julio): https://www. caib. es/eboibfront/pdf/ca/2020/133/1064372.
Segun cada etapa, se deben tener en cuenta:
- * Aspectos curriculares, metodologfa y acompanamiento familiar en el primer ciclo de educacion infantil.
- * Aspectos cumculares, ordenacion academica y metodologfa en el segundo ciclo de educacion infantil y en la educacion primaria.
- * Aspectos cumculares, ordenacion academica y metodologfa en la educacion secundaria.
- * Aspectos cumculares, ordenacion academica y metodologia en la formacion profesional.
- * Istrucciones de educacion de adultos.
- * Instrucciones de regimen especial.
2.2. Escenario de nueva normalidad (nivel de alerta 0) y niveles de alerta 1 y 2
- * Organizacion de acuerdo con las distancias establecidas par las pautas sanitarias.
- * Ensenanza presencial.
- * Medidas de prevencion, proteccion y de higiene en el entorno de trabajo.
- * Plan de contingencia digital del centre.
2. 3. Escenario de los niveles de alerta 3 y 4
- * Organizacion de acuerdo con las distancias establecidas por las pautas sanitarias.
- * Ensenanza presencial para la educacion infantil, la primaria y hasta segundo de ESO en todos los casos.
- * Opcion de ensenanza semipresencial a partir de tercero de ESO de manera excepcional, solo si no es posible mantener la distancia de seguridad establecida.
- * Medidas de prevencion, proteccion y de higiene en el entorno de trabajo.
- * Plan de contingencia digital del centro.
- * Ensenanza digital, por si se da el caso excepcional de que se deba suspender la actividad lectiva presencial.
3. Contenidos del plan de contingencia de los centros
Para cada uno de los escenarios se tienen que prever los apartados siguientes:
- 1. Planificacion de las medidas de prevencion, proteccion e higiene ante la COVID-19 adaptadas a la etapa educativa
- 1.1. Medidas de prevencion a /os diferentes espacios
- * Adecuacion organizativa a los diferentes escenarios. Capacidad (ratios/aula),entradas y salidas (puertas y horarios), pasillos, baños.
- * Espacio o sala de aislamiento.
- * Medidas de ventilacion, limpieza y desinfeccion.
- * Medidas de proteccion individual en los diferentes espacios: uso de mascarilla, lavado de manos... Informacion necesaria para cada espacio (direccionalidad, carteles, infograffas.,.).
- 1.2. Medidas de higiene personal para prevenir el riesgo de contagio
- * Medidas de prevencion, proteccion, higiene y desinfeccion en el entorno de trabajo: en reuniones, en las clases, en los espacios comunes.
- * Medidas de prevencion para el alumnado, el profesorado y el personal no docente.
- * Medidas y protocolo de actuacion en un caso de contagio o sospecha de contagio.
- 1.3. Formacionysensibilizacion en medidas de prevencion e higiene
- 2. Planificacion organizativa
- * Prioridad de los criterios sanitarios y pedagogicos.
- * Planificacion de la actualizacion de datos referentes a la vulnerabilidad social, de salud y de especial necesidad del alumnado y de las familias.
- * Control y organizacion de accesos y circulacion de personas en el centro.
- * Capacidad de los espacios.
- * Organizacion de los accesos, circulacion, rotulacion.
- * Horarios, agmpamientos del alumnado, patios, entradas y salidas.
- * Constitucion de los equipos docentes y coordinacion del profesorado.
- * Coordinacion entre etapas.
- 3. Planificacion curricular
- * Evaluacion inicial.
- * Previsjon de la adecuacion de las programaciones didacticas a las exigencias de los distintos escenarios.
- * Introduccion de manera transversal dentro de las programaciones didacticas de aspectos relacionados con: la promocion de la salud, las relaciones sociales, la competencia digital y la competencia de aprender a aprender.
- * Planificacion y organizacion de las tutorfas.
- * En el caso de ensenanza semipresencial o en Línea:
- a) Planificacion de la coordinacion curricular.
- b) Organizacion de las tutonas y seguimiento del alumnado. Consideraciones en relacion con el tiempo de trabajo (profesorado y alumnado).
- c) Plan de actuacion individual de educacion no presencial para los alumnos vulnerables a la COVID-19 que no puedan asistir presencialmente al centro por indicacion de EDUCOVID. Se debe hacer de acuerdo con las orientadones elaboradas a tal efecto par el Servicio de Atencion a la Diversidad.
- d) Pautas para las reuniones de trabajo.
- 4. Plan de acogida
- 5. Comision de salud
- * Planificacion del diseno de actividades de educacion para la salud que incluyan las medidas de promocion, prevencion, y proteccion de la salud ante la COVID-19 y del diseno de la inclusion de estas actividades en los programa y actividades de promocion y educacion para la salud del centro educativo.
- 6 Coordinacion con el centre de salud de referenda para la atencion del alumnado con enfermedades cmnicas y el alumnado vulnerable y desarrollo de actuadonesyformaciones concretas para atenderlo.
ANEXO 10
Orientaciones para la revision y actualizacion del plan digital de contingencia
Las medidas que se proponen en estas orientaciones forman parte de un plan digital de contingencia, si bien a lo largo del curso y a largo plazo formaran parte de un future plan de digitalizacion de centros que incluya experiencias de innovacion y mejora educativa de acuerdo con las orientadones del Marco de referenda europeo.
1. Finalidades y objetivos del plan digital de contingencia
Las finalidades y los objetivos del plan digital de contingencia son:
- * Mejorar la competencia digital del alumnado,
- * Reducir la brecha tecnologica y limitar sus consecuencias.
- * Desarmllar, organizar y ofrecer recursos y estrategias para lograr la competencia digital.
- * Colaborar en la recuperacion de los grupos de alumnos que mas han sufridolas dificultades vividas durante la pandemia.
2. Posibles escenarios
2.1. Aspectos generates
Independientemente del escenario en que nos encontremos, se continuara trabajando en todo lo iniciado durante el curso 2020-2021 hacia el plan digital de centre, partiendo de los siguientes aspectosfundamentales:
- * Formacion de los docentes en la mejora de su competencia digital.
- * Desarrollo de la competencia digital del alumnado.
- * Continuacion con la activacion de aulas virtuales y mecanismos unificados de comunicacion con lasfamilias.
- * Prestamo de dispositivos al alumnado vulnerable,
- * Deteccion de necesidades de conectividad (del centro y del alumnado).
2.2. Escenario de nueva normalidad (nivel de alerta 0) y niveles de alerta 1 y 2
Se caracteriza par:
2.3. Escenario de los niveles de alerta 3 y 4
Se caracteriza por:
- * Ensenanza presencial para la educacion infantil, la primaria y la secundaria hasta segundo de ESO.
- * Ensenanza semipresencial a partir de tercero de ESO.
- * Ensenanza a distancia por si se da el caso excepcional de que se tenga que suspender la actividad lectiva presencial.
- * Horario semanal de clases totales o parciales en streaming.
3. Contenidos del plan digital de contingencia de los centros
En el plan de contingencia se deben prever los apartados siguientes:
- 1. Organizacion digital del centre
- 1.1. Entorno digital
- * Eleccion de un entorno digital unico par centro/etapa que cumpla la Ley Organica de Proteccion de Datos Personales y Garantfa de los Derechos Digitales (Workspace de Google, Tenant de Microsoft u otras plataformas con las mismas prestaciones y nivel de seguridad).
- * Aprobacion del entomo elegido por el claustro y el consejo escolar (centros publicos) o por el titular (centros concertados). En este sentido, las indicaciones que figuran a continuacion se deben entender como recomendaciones para los centros privados concertados y resultan aplicables si ast lo preve su plan digital o las disposiciones del titular respecto de cada una de las materias que se regulan en este anexo.
- * Reflejo de esta eleccion en la PGA mientras no se tenga el plan digital del centro.
- * Contacto con el IBSTEAM en caso de necesidad de asesoramiento (ibsteam@ibsteam. es),
- 1.2. Usuarios
- * Creacion de las cuentas de correo corporativas para todo el alumnado y profesorado de nueva incorporacion dentro del entomo elegido (los menores de catorce años deben rellenar la correspondiente autorizacion).
- * Planificacion de cuando y como se hara la entrega de usuario y contrasena.
Cada centro debe determinar el procedimiento y el momento en su plan digital (por ejemplo, durante el proceso de matrfcula para el alumnado y la primera semana de curso para el profesorado de nueva incorporacion).
- 1.3. Entorno virtual de aprendizaje
- 1.3.1. Alumnado a partir de cuarto de educacion primaria
- * Creacion del entomo virtual de aprendizaje (EVA) (Classroom, Moodle, Teams, Classdojo...) por area, materia, ambito... en funcion de la eleccion hecha por el centro. El diseno general de estas aulas virtuales debe estar preparado para el primer dia de clase.
- * Se debe garantizar que en cada grupo de alumnos se use el mismo EVA para todas las materias.
- * Se debe garantizar un mismo EVA al menos en cada nivel educativo. El centro puede elegir distintos EVA para distintos niveles si lo considera oportuno.
- 1.3.2. Alumnado hasta tercero de educacion pnmaria
- 1.4. GESTIBfamilias
- * Activacion de la cuenta de GESTIB para las familias que no dispongan de ella en el pmceso de matricula (ordinaria o extraordinaria para el alumnado que se incorpora con el curso ya iniciado), o bien en el inicio del curso escolar.
Cada centre debe determinar en su plan digital el procedimiento y el momento.
- 1.5. Closes en streaming
- 2. Competencia digital del alumnado
- * Programacion de actividades para los niveles educativos en los que el alumnado tenga que emplear por primera vez el EVA determinado por el centro (par ejemplo, en los IES, en primem de ESO; en los CEIP, en cuarto educacion primaria) para adaptarse al EVA, asfcomo iniciarse en la competencia digital basica necesaria en caso de trabajo en Línea (uso del correo electmnico, acceso a los dispositivos...). Se debe especificar esta programacion (horarios, temporalizacion, recursos necesarios, profesor encargado, etc.) en el plan digital de contingencia del centro.
En el escenario de nueva normalidad y niveles 1 y 2, dedicacion de una sesion de trabajo semanal con herramientas digitales en algunas o todas las areas cumculares.
- * Especificacion en las programaciones de las areas curriculares de la manera como se trabajara en el aula el desarrollo de la competencia digital docente.
- 3. Comunicacion con lasfamiliasy con el alumnado
- * Centralizacion de toda la comunicacion centro-alumno y centro-familia en el GestIB, los correos corporativos (del centro o @educaib.eu) y el web del centre.
- * Se debe evitar el uso de cuentas de correo personales.
- * Se debe evitar el uso de sistemas de mensajerfa personal (Whatsapp, Telegram, etc.).
- * Se debe evitar la comunicacion con el alumnado a traves de redes sociales propias.
- 4. Formacion en competencia digital
- 4.1. Formacion de los docentes
- 4.2. Formacion del alumnado
- 4.3. Formacion de lasfamilias
- * Diseno de actividades o recursos para acompanar a las familias.
- * Realizacion de sesiones de formacion e informacion de otros aspectos que preocupan a las familias, como par ejemplo el acceso a varios contenidos, seguridad, abuso de pantallas, etc.
- * Implicacion de las asociaciones de familias y los miembros del consejo escolar en estas actividades,
- * Especificacion de todo lo que se planifique (temporalizacion, responsables, etc.) en el plan digital de contingencia del centre.
- 5. Equipamiento tecnologico
- * Realizacion de un inventario detallado de todos los recursos tecnologicos y digitales.
- * Conveniencia de evitar la adquisicion masiva y apresurada de dispositivos.
- * Prevision de las necesidades de equipamiento espeaficos para la ensenanza semipresencial y a distancia (camaras para grabar las clases, auriculares, actualizacion de software, etc.).
- * En el supuesto de que el centre opte par usar como recurso un dispositivo individual concrete, acuerdo par mayoria del claustro y del consejo escolar del compromiso de reduccion de gastos de lasfamilias (en el caso de los centros concertados, se debe informar).
- * Facilitacion por parte del centro de varias formas de financiacion para la obtencion de los dispositivos concretos sugeridos par el centro.
- * Permiso, por parte del centre, del uso de los dispositivos propios de las familias siempre que estos reunan los requisitos tecnicos y de compromiso de uso definidos por el centre.
- * Coordinacion de los centros adscritos (primaria y secundaria) para escoger la compra y uso de un mismo dispositivo o, en el caso de diferencias de criterios, aceptacion par parte del centro de secundaria del uso del dispositivo comprado en la escuela de primaria.
- * Deteccion de necesidades de alumnado vulnerable (sin dispositivo en casa y/o conectividad). Para cubrir estas necesidades se debe recorrer a los dispositivos del centro y, en caso de que sean insuficientes, al fondo de prestamo del IBSTEAM.
3. Recursos humanos
Los centros tendran asignado un asesor IBSTEAM de referenda para el asesoramiento en la implementacion de la plataforma, formacion en competencia digital...
El coordinador TIC del centre, o la persona que designe el director, sera el responsable del plan digital de contingencia. sera la persona de contacto con el IBSTEAM y el encargado de gestionar el sistema de prestamo.
ANEXO 11
Protocolo de actuacion para las clases presenciales que implican la practica de actividad ffsica en ensenanzas de regimen general y de regimen especial
CONSIDERACIONES GENERALES
Ante la necesidad de promover una practica de actividad ffsica segura para los estudiantes en los centros docentes de las Illes Balears en el contexto de la pandemia de COVID-19 de acuerdo con las medidas sanitarias que minimicen al maximo el riesgo de contagio, y considerando el deber de la Administracion en cuanto a la proteccion eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo respecto del personal a su servicio, se ha considerado necesario publicar este protocolo de actuacion especffico para las clases presenciales que implican la practica de actividad ffsica en ensenanzas de regimen general y de regimen especial.
La practica de la actividad fisica y el deporte son muy beneficiosos para la salud, pero el deporte, desde el punto de vista de la COVID-19, tiene dos caractensticas que pueden favorecer la propagacion de la enfermedad: el contacto entre las personas durante la practica deportiva y el elevado incremento de la ventilacion pulmonar. Por ello se deben extremar las medidas de proteccion y evitar las practicas que impliquen contacto entre los participantes hasta que se normalice la situacion.
Estas medidas se podran ajustar a la baja o se haran mas exigentes, segun avance la vacunacion del alumnado y de acuerdo con la valoracion que hagan de la evolucion de la pandemia las autoridades sanitarias.
Como normas generates:
- a) Siempre que sea posible las clases se llevaran a cabo en instalaciones o espacios al aire libre.
- b) Las salidas de actividad fisica a la naturaleza se pueden realizar de acuerdo con estas indicaciones:
- * En la educacion infantil y primaria: se pueden organizar par grupos estables de convivencia. Cuando participen alumnos de mas de un grupo, se garantizara que se mantiene en todo momento la distancia de seguridad entre alumnos de diferentes grupos estables. Si la salida se hace en autobus y participa mas de un grupo estable de convivencia, hace falta que haya una separacion de dos hileras entre cada uno de los grupos estables de convivencia.
- * En los otms niveles educativos: se debe asegurarque se mantiene en todo momento la distancia de seguridad entre los alumnos de acuerdo con lo que preve el apartado 1.
- * En todo caso, no se deben compartir materiales, ni bebidas ni comida.
- c) Se tienen que tener en cuenta las caractensticas del alumnado y priorizar:
- * Actividades sin contacto fisico y en que se garantice la distancia de seguridad.
- * Actividades en las cuales no sea necesario el uso compartido de material yequipamientos.
- * Siempre que se hagan actividades sin mascarilla se deben organizar en subgruposfacilmente identiflcables. Los diversos subgrupos no deben interactuar entre st. De este modo, si se produce algun caso de contagio, se podra favorecer el estudio de contactos y se deberan aislar menos alumnos.
1. Medidas de seguridad e higiene
Se deben mantener los principios basicos de prevencion, higiene y pmmocion de la salud ante la COVID-19 en los centros educativos que aparecen en el anexo 1 de esta Resolucion, instmcciones para la organizacion y el funcionamiento de los centros educativos no universitarios de la comunidad autonoma de las Illes Balears ante la crisis sanitaria ocasionada par la COVID-19 para el curso 2021-2022.
Ademas:
- a) Antes, durante y al final de las clases, se deben incluir las rutinas higienicas individuales y de desinfeccion de los materiales empleados cuando no comporten riesgos para el alumnado.
- b) Antes de iniciar la clase y al acabar, los profesores y los alumnos se deben lavar las manos con agua y jabon o usar gel hidroalcoholico.
- c) Se tienen que adapter los procedimientos de los juegos y deportes colectivos para practicarlos, respetando las directrices de este protocolo.
1.1. Distancias
En cuanto a las distancias:
- a) Se debe mantener la distancia de seguridad de 1,5 m cuando no se realiza actividad ffsica o cuando se realiza actividad fisica de baja intensidad.
- b) Cuanta mas intensidad y/o velocidad de desplazamiento, mayores deben ser las distancias. Sin barreras de proteccion, andando rapido (4 km/h), debena mantenerse una distancia de 5 m; comendo rapido (14,4 km/h), de 10 m,y en bicicleta (30 km/h), al menos de 20 m, y, en todo caso, evitar estar alineado con el alumno que tenemos delante (es decir, evitar ir a rebufo).
- c) Para la practica de actividades dirigidas estaticas de media o de alta intensidad (ritmicas, detonificacion, cardiovasculares, combinadas...) se requiere un minimo de 4 m2 por persona.
1.2. Uso de la mascarilla
En cuanto al uso de la mascarilla en las clases, se debe tener en cuenta lo siguiente:
- a) El alumnado utilizara obligatoriamente la mascarilla higienica o quirurgica en estos casos:
- * Durante los traslados: desde que salga del aula y hasta que llegue al lugar de encuentro para iniciar la sesion.
- * En el vestuario, siempre que se use.
- * Durante las explicaciones e instmcciones previas al inicio de la actividad fisica.
- * Durante las actividades de intensidad baja (activacion y retorno al reposo), siempre que se lleven a cabo en un espacio cerrado, como un gimnasio o pabellon deportivo.
- * Cuando han finalizado las actividades de vuelta al reposo y el alumnado deba recogery desinfectar los materiales (si precede), practicar la higiene individual, recoger sus enseres personales (mochila, agua, ropa...), entre otros.
- * En los momentos en que no se este realizando la sesion de forma activa.
- b) En las actividades fisicas de intensidad moderada o alta, desarrolladas bajo la supervision del profesorado, en las que se garantice la distancia de seguridad y el seguimiento de las medidas de higiene y proteccion, se evite en todo momento el contacto fisico y no se comparta material, no es obligatorio que el alumnado utilice la mascarilla. Estas actividades se deben realizar en espacios exteriores al aire libre. En el caso de introducir actividades en que no se pueda mantener esta distancia de seguridad, todo el alumnado llevara mascarilla, siempre que la naturaleza de la actividad lo permita. En este case, se deben evitar actividades de alta intensidad para evitar problemas de hipoxia o falta de adaptacion cardiorespiratoria a las exigenciasfisicas.
- c) Se recomienda que el alumnado lleve una bolsa de tela o papel para guardar su mascarilla cuando no la use para evitar que sea una fuente de contaminacion, y Llevar una mascarilla de repuesto.
- d) El profesorado tiene que llevar mascarilla higienica o quimrgica en todo momento y mantener la distancia de seguridad.
2. El espacio
En el exterior de las aulas de educacion fisica, gimnasios, instalaciones deportivas y salas de psicomotriddad, etc., se indicara en un lugar visible la capacidad maxima del espacio. Ademas, se pondran en el interior carteles informativos sobre las normas de prevencion e higiene de aplicacion en la practica de la actividad ffsica.
En el interior habra dispensadores de gel hidroalcoholico virucida, autorizado y registrado por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos, Estaran separados en diferentes puntos de la instalacion deportiva para evitar aglomeraciones, y tambien habra contenedores con tapa, y, si es posible, accionados por pedal, para el desecho del material higienico (panuelos de papel, mascarillas).
En espacios cerrados, las actividades deportivas pueden realizarse si se garantiza que se mantiene la distancia de seguridad siempre que sea posible, priorizando la distancia ante otras medidas y siempre que no se exceda el 50 % de la capacidad maxima permitida en la instalacion y se pueda garantizar una ventilacion adecuada.
Se debe senalar el sentido de la circulacion: establecer y senalizar circuitos de entrada y salida, tanto en la instalacion como en el espacio deportivo, los lavabos/vestuarios, almacenes y otros espacios, con elementos visuales que favorezcan la circulacion en un unico sentido. Ademas, se recomienda marcar referencias visuales en el espacio y en el entorno que indiquen distancias mfnimas de seguridad.
Se recomienda senalizar un espacio especffico para que el alumnado pueda depositar las mochilas y chaquetas, y que en el pmceso pueda hacerlo de manera ordenada y evitando aglomeraciones.
Se debe mantener la ventilacion de los espacios cerrados destinados a las clases en todo momento y dejar las puertas yventanas abiertas siempre que sea posible. Si no es posible, se debe ventilar durante al menos 15 minutos al inicio y al final de la jornada y entre clase y clase, de forma que se pueda garantizar que la concentracion de COz no supera las 800 ppm.
El profesorado que coincide por horario en el momento de desarrollar su sesion se debe coordinar para evitar aglomeraciones en los accesos, vestuarios, almacen, zonas para dejar los enseres personales, etc.
Cuando las sesiones lectivas se desarrollen en instalaciones extemas, tanto el alumnado como el profesorado estan sujetos a las normas establecidas por la Consejena de Educacion y Formacion Profesional y la Consejena de Salud y Consume sobre seguridad y contencion de la COVID-19.
Dentro de lo posible, se deben coordinar con el personal responsable de limpieza del centre los horarios de uso de los espacios, equipamientos y materiales, para favorecer la desinfeccion correcta y para que se puedan realizar las tareas de limpieza y desinfeccion entre grupos, teniendo en cuenta los recursos de personal.
2.1. Los vestuarios
Se debe mantener en todo momento la capacidad del espacio. En los vestuarios se requiere que la ocupacion permita un minimo de 3 m por persona, excepto en los supuestos de personas que puedan necesitar asistencia; en este caso, tambien se permitira la utilizacion par parte del acompanante. En el caso de los grupos estables de convivencia se puede aumentar esta ocupacion si llevan mascarilla.
Se tiene que reducir en la medida de lo posible el tiempo de estancia en los vestuarios y evitar los grupos o las pequenas aglomeraciones en la salida. Se debe intentar ser lo mas agiles posible a la hora de entrar en las clases y salir. Se recomienda establecer turnos de uso de los vestuarios para evitar aglomeraciones.
Se recomienda tambien que el alumnado venga equipado desde casa con la ropa adecuada para la practica de actividad fisica y, asi, minimizar el uso de los vestuarios.
Entre el uso de un grupo y el de otro, cuando se trata de una instalacion cerrada, el suelo se debe desinfectar, ast como tambien los equipamientos sobre los que pueda haber habido contacto.
No se pueden consumir alimentos dentro del vestuario y se debe usar la mascarilla en todo momento. Se recomienda no usar las duchas.
3. El material
A la hora de seleccionar un material para la clase de educacion fisica se deben tener en cuenta los pmcesos de preparacion, separacion y desinfeccion, de acuerdo con el anexo 3 de esta Resolucion, pautas de ventilacion, limpieza y desinfeccion de los espacios de los centros educativos ante la COVID-19.
Se debe evitar compartir material y se tiene que priorizar el uso de material individual. En los grupos estables de convivencia se puede compartir el material, que se debe limpiar al acabar la sesion.
Se recomienda utilizar pocos materiales y priorizar el uso de material que sea de mas facil desinfeccion, a pesar de que no se excluye expresamente la posibilidad de utilizar cualquier tipo de material deportivo, Se tiene que evitar el uso del mismo material en clases consecutivas, excepto cuando sea factible desinfectarlo entre clase y clase.
Hay que evitar actividades en que se deban tocar superficies.
Al acabar la clase, se debe recoger el material en un mismo lugar para poderlo limpiar. Despues se debe desinfectar. Siempre que sea posible y no comporte riesgos, en funcion de las caractensticas del alumnado, espacios y recursos disponibles, conviene implicar al alumnado en el proceso de limpieza y desinfeccion del material que ha utilizado. Este hecho no responde unicamente a una medida durante las sesiones de educacion ffsica, sino tambien a un aprendizaje necesario que el alumnado debe ser capaz de reproducir en su día a día cuando sea necesario.
Se recomienda que los alumnos lleven de casa, en una bolsa: jabon de manos y/o gel hidroalcoholico, una toallita, material deportivo de uso individual, una botella de agua y calzado de repuesto para la actividad ffsica. Se tiene que evitar el uso de fuentes de agua.
Hace falta una correcta higiene del calzado: o bien se debe desinfectar el que se lleva o bien se debe llevar de repuesto para el uso exclusive en la actividad fisica.
Se pueden utilizar alfombras desinfectantes.
4. Especificaciones para las ensenanzas de formacion profesional de la familia profesional de actividad ffsica y deportiva y para las ensenanzas deportivas de regimen especial
La naturaleza y el curriculum de las ensenanzas de formacion Profesional de la familia Profesional de actividad ffsica y deportiva y de las ensenanzas deportivas de regimen especial hacen necesario y recomendable el uso de instalaciones o espacios singulares para el desarrollo de contenidos cumculares propios de los diferentes modulos Profesionales y de ensenanza deportiva recogidos en sus programaciones.
En estas ensenanzas, ademas de las consideraciones generales realizadas en los apartados anteriores:
- a) Se debe priorizar la realizacion de las actividades al aire libre y en el media natural.
- b) Se deben respetar, como en el resto de actividades, las medidas de higiene y proteccion correspondientes.
- c) En las actividades curriculares de playa y piscina, la obligacion del uso de la mascarilla se debe cumplir, en cualquier caso, en los accesos, desplazamientos y paseos que se realicen en estos espacios e instalaciones.
- d) Considerando la singularidad de los espacios utilizados para el desarrollo de las sesiones, tales como pabellones deportivos, piscinas, pistas de atletismo, etc., y cuando estas sesiones se realicen en instalaciones que no pertenezcan a centros de la Consejerfa de Educacion y Formacion Profesional, se debe llevar a cabo una adecuada coordinacion para garantizar la seguridad y salud de las personas.
- e) Cuando las sesiones se desarrollen en instalaciones deportivas extemas, tanto el alumnado como el profesorado estan sujetos a las normas propias de la Consejena de Educacion y Formacion Profesional y de la Consejena de Salud y Consume sobre seguridad y contencion de la COVID-19.
- f) Las instalaciones deportivas fuera del centro escolar que sean empleadas para llevar a cabo las sesiones de educacion fisica se deben entender como una prolongacion del mismo centro docente y, por lo tanto, durante la realizacion de estas sesiones no es aplicable la capacidad de los espacios establecida para el resto de actividades deportivas en los polideportivos.
- g) Cuando se hace uso de instalaciones extemas, se debe informar sobre las actividades a llevar a cabo y se debe solicitar a los responsables de la instalacion informacion sobre los riesgos y las medidas propias de prevencion y de emergencias, las cuales seran de obligado cumplimiento para los usuaños,
- h) En las instalaciones extemas se tiene que limitar el contacto con otros usuarios y se tiene que tener en cuenta el aislamiento o la limitacion de acceso y la sensibilizacion de las medidas.
5. Especificaciones para las ensenanzas artisticas de regimen especial de danza
En estas ensenanzas se deben seguir las consideraciones generales de los apartados anteriores. Especialmente, se debe atender a los aspectos siguientes:
- a) Para la realizacion de actividades estaticas de intensidad media o alta se requiere un minima de 4 m por persona.
- b) Ademas de la obligatoriedad del uso de la mascarilla que se determina en el apartado 1,2.a), para la realizacion en un espacio cerrado de ejercicios de intensidad moderada o alta se debe llevar la mascarilla. A tal efecto, el profesorado debe organizar la intensidad de las cargas y los tiempos de recuperacion, y realizar las adaptaciones oportunas para evitar pmblemas de hipoxia o falta de adaptacion cardiorespiratoria a las exigencias fisicas.
- c) En caso de que los ejercicios de intensidad moderada o alta se realicen en un espacio al aire libre y siempre que se garanticen las distancias de seguridad a que se hace referenda en el apartado 1.1, se asegure el seguimiento de las medidas de higiene y de proteccion, se evite el contacto fisico y no se comparta material, se podran realizarsin mascarilla.
6. Normas especificas para las actividades fisicas en piscina
A la hora de hacer actividades fisicas en piscina se debe tener en cuenta lo siguiente:
- a) El responsable de los grupos que acceden a la piscina debe llevar un registro para controlar su uso por parte de los alumnos.
- b) Es obligatorio el uso de la mascarilla en la instalacion, siempre que no se este realizando actividad fisica intensa o dentro de la piscina.
- c) El profesorado siempre debe llevar la mascarilla puesta.
- d) Se debe mantener en todo momento una distancia minima de 1,5 m entre nadadores.
- e) Cada deportista/alumno tiene que llevar su propia botella de agua y no se puede compartir.
- f) Es recomendable venir con el banador puesto desde casa y reducir el tiempo que se permanece en el vestuario, en el que, en todo caso, habra que seguir las normas de uso y capacidad establecidas para la instalacion.
- g) El profesorado debe impartir las clases desde el borde de la piscina y evitar el contacto directo con los alumnos.
- h) Las instrucciones del docente se daran fuera del agua y manteniendo la distancia de seguridad. Se debe colocar en las marcas establecidas con este fin siempre que no pueda mantener la distancia de seguridad respecto del agua durante las explicaciones.
- (1)
EDUCOVID es el departamento de la Central de Coordinacion COVID-19 que tiene la Consejerfa de Salud y Consume para coordinar las actuaciones ante sospechas de casos, cases confirmados y estudio de contactos en los centros educativos. Ast mismo, resolvera las dudas que surjan en los centros educativos con relacion al contenido de este anexo.
Esta central esta en permanente comunicacion y coordinacion con la Direccion General de Salud Publica, que toma las decisiones referentes a las actuaciones en caso de brote en un centro.
- Ver Texto
- (2)
Se define como contacto estrecho:
1. Si el caso confirmado pertenece a un grupo estable de convivencia (GEC), se consideraran contactos estrechos todas las personas que pertenecen al grupo.
2. Si el caso confirmado pertenece a una clase no organizada como GEC, se considerara contacto estrecho cualquier alumno que haya compartido spacio con el caso confirmado a una distancia menor de dos metros durante mas de quince minutos acumulados durante toda la jomada escolar sin haber utilizado la mascarilla de forma correcta. El tutor del alumno, o la persona que designe el centro, sera el encargado de evaluar este uso adecuado de la mascarilla.
3. Los convivientes de los casos confirmados, incluyendo hermanos convivientes del caso que acudan al mismo centre o a otro,
4. Cualquier profesional del centro educativo, docente o no docente, que haya compartido espacio con un caso confirmado a una distancia menor de dos metros, sin haber utilizado correctamente la mascarilla y durante más de quince minutos acumulados durante toda la jornada escolar.
5. Se considera contacto estrecho en un autobús escolar cualquier persona situada en un radio de dos asientos alrededor de un caso durante más de quince minutos, salvo que se pueda asegurar que se ha hecho un uso correcto de la mascarilla.
El periodo a considerar será desde dos días antes del inicio de síntomas del caso hasta el momento en que el caso es aislado. En los casos asintomáticos confirmados por PDIA, los contactos se buscarán en los dos días anteriores de la fecha del diagnóstico.
Las personas que puedan acreditar que han recibido la pauta completa de vacunación y sean consideradas como contacto estrecho, estarán exentas de realizar la cuarentena. Así mismo, también estarán exentas las personas asintomáticas que son contactos estrechos que puedan acreditar que han tenido una infección por SARS-CoV-2 confirmada por PDIA en los 180 días anteriores.
Un grupo estable de convivencia (GEC) es una agrupación formada por un conjunto de alumnos además del tutor, en el que se debe garantizar la estanquidad en todas las actividades que se lleven a cabo en el centro educativo. Se tiene que evitar el contacto con otros grupos y limitar al máximo el número de contactos, a pesar de que podrán acceder los profesores especialistas y de apoyo, así como el personal auxiliar que se requiera. En este grupo no hay que guardar la distancia estricta, por lo cual sus miembros pueden interactuar con más normalidad. Estos alumnos en los desplazamientos y fuera del aula tienen que guardar una distancia de1,5 m con alumnos de otros grupos, pero no entre ellos.
LE0000707392_20210916Párrafo del número 5 del anexo 4 redactado por la letra g) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 10 septiembre 2021, por la que se modifica la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 4 de junio de 2021 por la que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 16 septiembre).Vigencia: 16 septiembre 2021
Véase la letra c) del apartado primero de la Res. conjunta del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo, 1 octubre 2021, por la que se modifican las resoluciones conjuntas del consejero de Educación y Formación Profesional y de la consejera de Salud y Consumo de 10 de septiembre 2021 y de 4 de junio 2021 por las que se aprueban las medidas excepcionales de prevención, contención, coordinación, organización y funcionamiento para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 para los centros educativos no universitarios de la comunidad autónoma de las Illes Balears durante el curso 2021-2022 («B.O.I.B.» 5 octubre).LE0000708852_20211005- Ver Texto