RESOLUCIÓN PRE/1799/2021, de 8 de junio, por la que se modifica el Plan estratégico de deporte escolar de Cataluña, 2020-2030
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
- Publicado en DOGC núm. 8431 de 11 de Junio de 2021
- Vigencia desde 01 de Julio de 2021


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Sumario
El 16 de febrero de 2021, el DOGC núm. 8342 publica la Resolución PRE/375/2021, de 8 de febrero, por la que se aprueba el Plan estratégico de deporte escolar de Cataluña, 2020-2030.
A raíz del trabajo realizado posteriormente para la publicación en el DOGC núm. 8385 de la Resolución PRE/991/2021, de 8 de abril, por la que se aprueba el Plan estratégico de deporte universitario de Cataluña, desde 2020 hasta 2030, también impulsado por el Consejo Catalán del Deporte; el 23 de abril de 2021, la responsable del Área de Deporte Escolar con el visto bueno del subdirector general de Actividades Deportivas e Infraestructuras emiten informe justificativo y propuesta de modificación del punto 2.3 de la Resolución PRE/375/2021 , de 8 de febrero mencionada, en el sentido de modificar la denominación del órgano previsto en este punto de la Resolución y completar la regulación. Así, se ha considerado más adecuado con las funciones atribuidas a este órgano y más coherente con la denominación del resto de órganos previstos en el punto 2 de la Resolución que se modifica.
Esta modificación también conlleva la modificación del resto del punto 2 de esta Resolución PRE/375/2021, a fin de unificar su estructura.
Por todo ello, en uso de las atribuciones que me confiere el Decreto 35/2001, de 23 de enero, sobre los órganos rectores y el funcionamiento del Consejo Catalán del Deporte,
Resuelvo:
1. Modificar el punto 2 de la Resolución PRE/375/2021, de 8 de febrero, por la que se aprueba el Plan estratégico de deporte escolar de Cataluña, desde 2020 hasta 2030, que queda redactado de la forma siguiente:
«2. Establecer los órganos siguientes, con el fin de impulsar el desarrollo y seguimiento del Plan Estratégico de Deporte Escolar de Cataluña y valorar la consecución de sus objetivos:
- 2.1. La Comisión de Seguimiento del Deporte Escolar de Cataluña.
- a) Funciones de la Comisión.
- a. Seguimiento de los programas de Deporte Escolar de Cataluña.
- b. Seguimiento del trabajo y el desarrollo del Plan Estratégico de Deporte Escolar de Cataluña.
- c. Aprobación del informe de valoración anual del deporte escolar de Cataluña.
- b) Composición de la Comisión:
- - Cuatro representantes del Consejo Catalán del Deporte, nombrados por la persona titular.
- - Los representantes territoriales de la Secretaría General del Deporte y la Actividad Física.
- - Un representante del Instituto Nacional de Educación Física de Cataluña, nombrado por la persona titular.
- - Un representante de cada uno de los departamentos de la Generalitat competentes en materia de educación, de infancia y adolescencia, de juventud y de salud, nombrados por las personas competentes al efecto.
- - Un representante de los comisionados del Plan Catalán de Deporte en la Escuela, a propuesta del Departamento de Educación.
- - Un representante de la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña y uno de cada una de sus agrupaciones territoriales, nombrados por la persona titular.
- - Un representante de las diputaciones provinciales, nombrado entre todos los titulares de las diputaciones.
- - Un representante de la Unión de Federaciones Deportivas de Cataluña y los representantes de las federaciones deportivas catalanas que colaboren en programas institucionales de deporte escolar de la Secretaría General del Deporte y la Actividad Física, nombrados por las personas titulares.
- - Un representante de la Asociación Catalana de Municipios, nombrado por la persona titular.
- - Un representante de la Federación de Municipios de Cataluña, nombrado por la persona titular.
- - Un representante de la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Cataluña más representativa, nombrado por la persona titular.
- - Un representante de la Agrupación Deportiva de Asociaciones de Deporte Escolar de Cataluña, nombrado por la persona titular.
- - Un representante de la Asociación de Jóvenes Dirigentes Catalanes, nombrado por la persona titular.
- - Representantes de otras entidades representativas del deporte escolar de Cataluña a propuesta del secretario o secretaria general del Deporte y la Actividad Física de la Generalitat de Catalunya.
- c) Esta Comisión se reunirá como mínimo una vez al año y será convocada por el Consejo Catalán del Deporte.
- a) Funciones de la Comisión.
- 2.2. Las comisiones técnicas de seguimiento territorial de deporte escolar.
- a) Funciones de las comisiones:
- - Seguimiento de los programas de deporte escolar en su territorio.
- - Seguimiento del trabajo y desarrollo del Plan Estratégico de Deporte Escolar en su territorio.
- - Elevar a la Comisión de Seguimiento del Deporte Escolar de Cataluña el informe técnico territorial de los programas del Deporte Escolar, al final de cada curso escolar.
- b) Composición de las comisiones, siempre que sea posible:
- - Dos personas de la Representación Territorial de la Secretaría General del Deporte y la Actividad Física, nombradas por la persona titular de la Secretaría General del Deporte y la Actividad Física.
- - Un representante de cada uno de los servicios territoriales de los departamentos de la Generalitat competentes en materia de educación, de infancia y adolescencia, de juventud y de salud, nombrados por las personas competentes al efecto.
- - Los comisionados de Educación del Plan Catalán del Deporte en la Escuela en el territorio.
- - Un representante de cada consejo deportivo del territorio, nombrados por la persona titular.
- - Un representante de la Agrupación de Consejos Deportivos del territorio, nombrados por la persona titular.
- - Un representante de la diputación provincial del territorio, nombrados por la persona titular.
- - Los representantes de las federaciones deportivas catalanas que colaboren en programas institucionales de deporte escolar de la Secretaría General del Deporte y la Actividad Física en el territorio, que serán fijas, nombrados por las personas titulares.
- - Un representante territorial de la Federación de Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos de Cataluña más representativa, nombrado por la persona titular.
- - Representantes de otras entidades representativas del deporte escolar de Cataluña a propuesta de la Representación Territorial del Deporte.
- c) Estas comisiones se reunirán al menos una vez al año y serán convocadas por la representación territorial de la Secretaría General del Deporte y la Actividad Física correspondiente.
- a) Funciones de las comisiones:
- 2.3. La Comisión Técnica del Plan Estratégico de Deporte Escolar de Cataluña.
- a) Funciones de la Comisión Técnica:
- - Impulsar el desarrollo inicial del Plan Estratégico, y hacer el seguimiento de su desarrollo.
- - Establecer el cronograma de cada período trienal de desarrollo, e impulsarlo.
- - Concretar las acciones y los indicadores de los diferentes planes de actuación del Plan Estratégico
- - Ayudar a coordinar y alinear los agentes que intervienen en cada Plan de Actuación.
- - Elaborar el informe de valoración anual del cumplimiento del Plan Estratégico, y previamente a su presentación a la Comisión de Seguimiento nacional.
- b) Composición de la Comisión Técnica:
- - Tres representantes del Consejo Catalán del Deporte, nombrados por la persona titular.
- - Dos representantes de la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña, nombrados por la persona titular.
- - De uno a tres expertos del Deporte Escolar de Cataluña, nombrados por el Consejo Catalán del Deporte, previa consulta con la Unión de Consejos Deportivos de Cataluña.
- c) Funcionamiento de la Comisión Técnica
La Comisión Técnica se reunirá como mínimo una vez al año, la cual será convocada por el Consejo Catalán del Deporte, que asumirá la dirección.
La Unión de Consejos Deportivos de Cataluña asumirá la Secretaría de la Comisión Técnica y levantará acta de cada reunión.
Todos los órganos deben incorporar la perspectiva de género en su composición y el impacto de género en sus valoraciones.»
- a) Funciones de la Comisión Técnica:
