Corrección de errores de la Orden de 18 de mayo de 2021, por la que se aprueba el Plan Estratégico Especial de Subvenciones a las explotaciones de cría de ganado bravo de Andalucía. (BOJA núm. 98, de 25.5.2021)
- ÓrganoCONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
- Publicado en BOJA núm. 117 de 21 de Junio de 2021
- Vigencia desde 26 de Mayo de 2021


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Sumario
Advertido error en la Orden de 18 de mayo de 2021, por la que se aprueba el Plan Estratégico Especial de Subvenciones a las explotaciones de cría de ganado bravo de Andalucía, publicada en BOJA núm. 98, de 25 de mayo de 2021, y de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que establece que «las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales de hecho o aritméticos existentes en sus actos», se procede a su rectificación en los términos que se indican:
En el apartado 5.º, denominado Plan de Acción, del anexo de la orden:
Donde dice: «5.º Plan de Acción. Estas subvenciones, que se tramitarán en régimen de concurrencia competitiva, se regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.
La tramitación, resolución y pago de las subvenciones se realizará por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, en su condición de Agencia de Régimen Especial adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 5.2 del Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban sus Estatutos, en función del cual esta Agencia podrá ejercer, para el ejercicio de las funciones que requieran ejercicio de autoridad, la potestad administrativa subvencionadora».
Debe decir:
«5.º Plan de Acción.
Estas subvenciones, que se tramitarán en régimen de concurrencia no competitiva, se regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.
La tramitación, resolución y pago de las subvenciones se realizará por la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, en su condición de Agencia de Régimen Especial adscrita a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 5.2 del Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban sus Estatutos, en función del cual esta Agencia podrá ejercer, para el ejercicio de las funciones que requieran ejercicio de autoridad, la potestad administrativa subvencionadora»