Corrección de errores de la Orden de 19 de octubre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes
- ÓrganoConsejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital
- Publicado en DOE de 22 de Junio de 2021
- Vigencia desde 24 de Octubre de 2020


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Sumario
Apreciado error en el texto de la Orden de 19 de octubre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a otorgar a entidades locales de menos de 20.000 habitantes destinadas al desarrollo de pueblos inteligentes, publicada en el Diario Oficial de Extremadura el día 23 de octubre de 2020 (DOE número 206), se procede a su oportuna rectificación:
En el punto 4 del artículo 20, plazo y forma de justificación, Donde dice:
4. Las inversiones no podrán haber sido iniciadas ni pagadas por los beneficiarios con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, excepto los costes de consultoría, análisis y redacción de proyectos, debiendo estar las facturas y correspondientes justificantes de pago fechadas con posterioridad a esa fecha.
Debe decir:
4. Las inversiones no podrán haber sido iniciadas ni pagadas por los beneficiarios con anterioridad a la notificación de la resolución de concesión, excepto los costes de consultoría, análisis y redacción de proyectos, debiendo estar las facturas y correspondientes justificantes de pago fechadas con posterioridad a esa fecha.