ORDEN EPE/743/2021, de 23 de junio, por la que se modifica la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ)
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO
- Publicado en BOA núm. 138 de 30 de Junio de 2021
- Vigencia desde 30 de Junio de 2021. Revisión vigente desde 30 de Junio de 2021


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Sumario
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- INTRODUCCION
- Artículo único Modificación de la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
- 30/6/2021
- LE0000729352_20220531
Orden EPE/695/2022 de 19 May. CA Aragón (bases de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes-PAMEJ-2021-2023)
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Véase la Orden EPE/695/2022, de 19 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del II Plan Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes-PAMEJ-2021-2023 («B.O.A.» 30 mayo).
LE0000701927_20210630

Por Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes (PAMEJ), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 136, de 16 de julio de 2018.
Analizada la citada Orden, se considera preciso abordar una modificación de la misma al objeto de mejorar su contenido y simplificar el procedimiento administrativo.
La modificación propuesta pretende eliminar un trámite innecesario, contemplado en el artículo 12.2, como es la constitución de una comisión de valoración, justificado en lo dispuesto en el artículo 14.4 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, al utilizarse un procedimiento de concesión de concurrencia simplificada en el que el otorgamiento se basa en la fecha de presentación para el orden de prelación de las solicitudes, que cumplan los requisitos establecidos, sin que quepa una selección con base en criterios competitivos que solo produciría una duplicidad en la actuación administrativa.
Por todo ello, en aras de la aplicación de los principios de transparencia, igualdad, responsabilidad por la gestión pública, asignación y utilización eficiente de los recursos públicos y simplificación administrativa, es oportuna la modificación de la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio.
En la tramitación de esta Orden se han solicitado los informes preceptivos de la Dirección General de Servicios Jurídicos y de la Intervención General, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 11 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, al encontrarnos ante la modificación del artículo relativo a la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes.
En su virtud, y en el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 11.2 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, en relación con el artículo 8 del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asigna competencias a los departamentos, dispongo:
Artículo único Modificación de la Orden EIE/1186/2018, de 3 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de fomento de la contratación estable y de calidad de jóvenes cualificados en el marco del Programa Aragonés para la Mejora de la Empleabilidad de los Jóvenes
Se suprime el apartado 2 del artículo 12 y se modifica la redacción de su apartado 3 que se renumera como apartado 2, quedando redactado en los siguientes términos:
«2. El órgano instructor, a la vista del contenido del expediente, formulará la propuesta de Resolución, que tendrá carácter de definitiva cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta en la resolución otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por el interesado. En otro caso, la propuesta de resolución tendrá carácter provisional y se dará traslado de la misma al interesado para cumplir con el trámite de audiencia, dándole un plazo de cinco días para que pueda presentar las alegaciones que considere oportunas.
El órgano instructor elevará la propuesta de resolución definitiva a la persona titular de la Dirección Gerencia del Instituto Aragonés de Empleo».
Y finalmente, se renumera el apartado 4 del citado artículo 12 como apartado 3.
LE0000625185_20210630
Disposición final única Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".