RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, del Director General de Tributos, por la que se acuerda el modo de verificar la situación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón cuando existan deudas derivadas de recursos de derecho público inferiores a la cantidad de diez euros
En consecuencia, ahora resulta necesario precisar cómo proceder con este tipo de deudas a la hora de comprobar si el interesado está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Por todo ello, acuerdo:
Primero.- Se considerará que se está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón aunque existan deudas que, individualmente consideradas, sean inferiores a la cantidad de diez euros.
El cómputo de esta cantidad se hará de modo separado, deuda por deuda, con independencia de su calificación como obligación principal o accesoria. Entre estas últimas, por ejemplo, los intereses o recargos de cualquier tipo.
Segundo.- La presente Resolución tendrá efectos a partir de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".