RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2021, del director general de Calidad y Educación Ambiental, por la que se autoriza el importe máximo destinado al ejercicio de las funciones delegadas por la Dirección General del Calidad y Educación Ambiental en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2021
- ÓrganoConselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
- Publicado en DOCV núm. 9130 de 19 de Julio de 2021
- Vigencia desde 20 de Julio de 2021


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Sumario
La Resolución de 24 de abril de 2014, de la Dirección General de Calidad Ambiental, [2014/5528] (DOGV 7301, 23.06.2014), refunde y actualiza la delegación en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana de determinadas funciones competencia de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental.
De acuerdo con el apartado octavo de la citada resolución, anualmente se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el importe destinado al ejercicio de las funciones que se delegan y, en su caso, los precios unitarios aplicables en relación con dichas funciones, siempre y cuando permanezca vigente la delegación y exista consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el correspondiente ejercicio económico.
Mediante propuesta de fecha 17 de mayo de 2021 del jefe del Servicio de Residuos, fue autorizada la retención del crédito correspondiente a la delegación de funciones de la Dirección General Calidad y Educación Ambiental en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana.
En virtud de lo expuesto, resuelvo:
Autorizar el gasto y disponer el crédito previamente retenido, correspondiente a la delegación del ejercicio de determinadas funciones de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental en el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana en el ejercicio 2021, con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.02.442.50.2 de los presupuestos de la Generalitat para 2021, por importe de ciento quince mil euros (115.000,00 euros).
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes desde el siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.