Resolución por la que se acuerda la segunda prórroga de la Resolución de 2 de julio de 2021 por la que se acordó no autorizar la apertura de los locales de ocio nocturno en los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se encuentren en el nivel de alerta 2
- ÓrganoCONSEJERÍA DE SANIDAD
- Publicado en BOC núm. 63 de 30 de Julio de 2021
- Vigencia desde 31 de Julio de 2021


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Sumario
Con fecha 2 de julio de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 55, Resolución del Consejero de Sanidad en la que se acordó no autorizar la apertura de los locales de ocio nocturno en los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se encontrasen en el nivel de alerta 2. Dicha Resolución surtió efectos desde las 0:00 horas del 3 de julio de 2021, y fue acordada durante un periodo inicial de 14 días prorrogables en función de la valoración del riesgo epidemiológico.
Con fecha 16 de julio de 2021 fue publicada en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 59, Resolución del Consejero de Sanidad en la que se acordó la primera prórroga de la Resolución de 2 de julio, por la que se acordó no autorizar la apertura de los locales de ocio nocturno en los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se encontrasen en el nivel de alerta 2. Dicha Resolución surtió efectos desde las 0:00 horas del 17 de julio de 2021, y fue acordada durante un periodo inicial de 14 días prorrogables en función de la valoración del riesgo epidemiológico.
Visto el informe de valoración del riesgo de la Dirección General de Salud Pública emitido con fecha 30 de julio de 2021 que propone la prórroga de la medida por 14 días naturales.
En su virtud, concurriendo razones sanitarias de urgencia y necesidad, al amparo del artículo 26 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad y del artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública y de conformidad con el artículo 59.a) de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública.
RESUELVO
Primero. Prórroga de la no autorización de apertura de locales de ocio nocturno en municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria en nivel de alerta 2.
Vista la Resolución del Consejero de Sanidad de 2 de julio de 2021 y su prórroga mediante Resolución del Consejero de Sanidad de 16 de julio de 2021, así como el apartado 17.5 de la Resolución del Consejero de Sanidad de 11 de mayo de 2021 y a la luz del informe de valoración del riesgo de epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública de 30 de julio de 2021, se acuerda prorrogar la no autorización de la apertura de los locales de ocio nocturno en los municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria que se encuentren en el nivel de alerta 2.
Segundo. Efectos
La presente Resolución surtirá efectos a las 00:00 horas del día 31 de julio de 2021 y mantendrá su eficacia durante 14 días naturales, sin perjuicio de la adopción, en su caso, de nuevas prórrogas en función de la valoración del riesgo epidemiológico.
Tercero. Recursos.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.