Orden de 28 de julio de 2021 por la que se modifica la Orden de 27 de marzo de 2021 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública por la que se delegan competencias en los titulares de los Órganos Directivos de la citada Consejería
- ÓrganoConsejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
- Publicado en BORM núm. 183 de 10 de Agosto de 2021
- Vigencia desde 11 de Agosto de 2021. Revisión vigente desde 11 de Agosto de 2021


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Sumario
- Derogado por
- LE0000730091_20220607
Orden Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias, Política Social y Transparencia 2 Jun. 2022 CA Murcia (delega competencias de la titular del departamento en diversos Órganos Directivos de la Consejería y de su organismo adscrito)

Por Decreto n.o 174/2019, de 6 de septiembre, se establecieron los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, atribuyéndoles las competencias que les corresponden.
Mediante la Orden de 27 de marzo de 2021 (BORM n.o 74, de 31 de marzo de 2021) se procedió a la delegación de competencias propias del titular de la Consejería en los titulares de los Órganos Directivos, con el fin de contribuir a una gestión más eficiente de los asuntos encomendados a la Consejería.
El Resuelvo Primero.7.1.º delegaba en el titular de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias todas las atribuciones y funciones que ostenta el Consejero/a de Transparencia, Participación y Administración Pública como Presidente del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la CARM; estimándose en la actualidad más conveniente poner fin a dicha delegación y que el titular de la Consejería recupere para sí el ejercicio de la competencia.
No obstante, se considera oportuno mantener la delegación en el titular de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias de la dirección de los Planes de Protección Civil aprobados por el Consejo de Gobierno (Resuelvo Primero.7.2.º).
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en concordancia con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Resuelvo:
Primero. En el apartado 7 del Resuelvo Primero de la Orden de 27 de marzo de 2021 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública por la que se delegan competencias en los titulares de los Órganos Directivos de la citada Consejería, se suprime la delegación realizada en el punto 1.º («Todas las atribuciones y funciones que ostenta el Consejero/a de Transparencia, Participación y Administración Pública como Presidente del Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la CARM»).
En consecuencia, dicho apartado 7 queda redactado de la siguiente manera:
«7. Otras materias.
Se delega en el titular de la Dirección General de Seguridad Ciudadana y Emergencias la dirección de los Planes de Protección Civil aprobados por el Consejo de Gobierno».

Segundo. La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».