Resolución de 6 de agosto de 2021, de la Directora de Régimen Jurídico, relativa a la publicación del Auto de 3 de agosto de 2021, dictado en el recurso contencioso-administrativo n.º 631/2021, en relación con el apartado segundo del Decreto 35/2021, de 23 de julio, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto 33/2021, de 7 de julio, de actualización y determinación de medidas de prevención para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo procedimiento ordinario 631/2021, promovido por la Asociación Asgascon contra el apartado segundo del Decreto 35/2021, de 23 de julio, del Lehendakari, de segunda modificación del Decreto 33/2021, de 7 de julio, de actualización y determinación de medidas de prevención para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2 (BOPV nº147, de 23 de julio de 2021), se ha acordado por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, mediante Auto de fecha 3 de agosto de 2021, dictado en pieza separada de medidas cautelares 69/2021, la adopción de la siguiente medida cautelar:
«1.º) Suspender la ejecución del inciso final del párrafo 5.º del apartado segundo del Decreto 35/2021, de 23 de julio, relativo a: "para los desplazamientos y paseos en playas y piscinas sí será obligatorio el uso de mascarillas", rigiendo en este ámbito el régimen general de distancia interpersonal de 1,5 m. debiendo utilizarse mascarilla si no fuera posible el mantenimiento de dicha distancia.
2.º) No haber lugar a la suspensión del resto de apartados del Decreto impugnado solicitada por la parte actora.
3.º) No hacer expresa imposición de las costas de este incidente.»