CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 180/2021, de 20 de julio, del sistema de desarrollo profesional del personal de la Ertzaintza
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
- Publicado en BOPV núm. 158 de 10 de Agosto de 2021
- Vigencia desde 31 de Julio de 2021


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Sumario
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en la publicación del Decreto 180/2021, de 20 de julio, del sistema de desarrollo profesional del personal de la Ertzaintza, publicado en el BOPV nº 152, de 30 de julio de 2021, se procede a su corrección:
En la página 2021/4236 (21/39), en el Anexo 1, Sección A, apartado 3.3.1,
donde dice:
«Felicitación conforme al Decreto 172/2012.»
debe decir:
«Felicitación conforme al Decreto 202/2012.»
En la página 2021/4236 (29/39), en el Anexo 2, apartado 3.3,
donde dice:
«Puntuacion máxima - 20.»
debe decir:
«Puntuacion máxima - 35.»
En la página 2021/4236 (34/39), en el Anexo 3, apartado 2.1,
donde dice:
«Felicitación conforme al Decreto 172/2012.»
debe decir:
«Felicitación conforme al Decreto 202/2012.»