Resolución 105/2021, de 11 de agosto, de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, por la que se establecen las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al Covid-19 para los centros educativos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el curso académico 2021/2022
- ÓrganoCONSEJERIA DE EDUCACION, CULTURA, DEPORTES Y JUVENTUD
- Publicado en BOLR núm. 160 de 13 de Agosto de 2021
- Vigencia desde 13 de Agosto de 2021


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Primero.Objeto
- Segundo.Ámbito de aplicación.
- Tercero.Entrada en vigor.
- ANEXO
- A)Ideas clave sobre la valoración de la situación para el curso 2021-2022.
- B)Medidas de limitación de contactos por etapa educativa: B.1. Educación Infantil de 0-3 y 3-6 años:
- C)Aspectos organizativos comunes a todas las etapas educativas.
- D)Normas para la educación a distancia resultante de situaciones COVID-19
- E)Actividades Extraescolares en los centros educativos.
- F)Programas de compensación educativa.
- G)Actividades complementarias.
- H)Plan de acogida infantil para infantil 3 años.
- I)Realización de prácticas de distintos tipos de estudios que implican la tutorización de una persona ajena al centro (Grado de Magisterio, másteres habilitantes)
- J)Celebración de elecciones al Consejo Escolar
- ANEXO ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES
La pandemia de Covid-19 ha implicado la necesidad de tomar medidas de prevención y protección que han obligado a un replanteamiento de la organización de múltiples actividades para poder reanudarlas de manera segura. La recuperación de la actividad en los centros educativos se ha adaptado a estas medidas.
En septiembre de 2020 se procedió a la reapertura de la educación presencial, aplicando las medidas adoptadas conjuntamente por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Conferencia Sectorial de Educación sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública frente al Covid-19 para centros educativos durante el curso 2020/2021 del 27 de agosto de 2020 y el documento de Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud de 17 de septiembre de 2020.
A tal efecto, en la Comunidad Autónoma de La Rioja se publicó la Resolución de 6 de agosto de 2020, de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se dispone la aprobación del Plan de Contingencia General para el inicio del curso 2020/2021 en la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Dada la situación epidemiológica actual, es necesario mantener las medidas frente al Covid-19 en los centros educativos para el curso 2021/2022 para proteger el derecho a la educación de la infancia y adolescencia, adaptándola a los posibles escenarios que pueden darse en el contexto pandémico en los próximos meses.
Para ello, fueron aprobadas por la Comisión de Salud Pública del Consejo Inter-territorial del Sistema Nacional de Salud, en coordinación con el Ministerio de Educación, con fecha 18 de mayo de 2021, las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al COVID-19 para centros educativos en el curso 2021/2022, complementados con otras medidas transversales y específicas. Estas medidas fueron ratificadas el 2 de junio de 2021 mediante el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptado en coordinación con la Conferencia Sectorial de Educación, sobre la Declaración de Actuaciones Coordinadas en Salud Pública frente al COVID-19 para centros educativos durante el curso 2021/2022.
La Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, deroga el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio, y tiene por objeto establecer medidas urgentes de prevención, contención y coordinación necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, así como prevenir posibles rebrotes tras la expiración de la vigencia del estado de alarma.
En este sentido, dispone su artículo 9, bajo el epígrafe Centros docentes, que las Administraciones educativas deberán asegurar el cumplimiento por los titulares de los centros docentes, públicos o privados, que impartan las enseñanzas contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, de las normas de desinfección, prevención y acondicionamiento de los citados centros que aquellas establezcan.
En cualquier caso, deberá asegurarse la adopción de las medidas organizativas que resulten necesarias para evitar aglomeraciones y garantizar que el alumnado y trabajadores puedan cumplir las indicaciones de distancia o limitación de contactos, así como las medidas de prevención personal, que se indiquen por las autoridades sanitarias y educativas.
Por lo expuesto, procede establecer medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al Covid-19 para los centros educativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso 2021/2022.
En virtud de las facultades conferidas por el Decreto 47/2020, de 3 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de la Rioja, el Consejero de Educación, Cultura, Deporte y Juventud,
RESUELVE
Primero. Objeto
La presente Resolución tiene por objeto establecer las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente al Covid-19 que han de aplicar los centros docentes de la Comunidad Autónoma de La Rioja en el curso 2021/2022, y cuyo texto se incorpora como Anexo en la presente resolución.
Estas medidas, en cuanto que están supeditadas a lo que en cada momento autoricen las autoridades sanitarias, podrán ser objeto de actualizaciones. Dichas actualizaciones se publicarán en la página web de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud EDUCARIOJA.
Segundo. Ámbito de aplicación.
Estas medidas serán de aplicación en todos los centros docentes públicos y privados sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja autorizados a impartir las enseñanzas no universitarias que son competencia de la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud. Los centros docentes privados no concertados adecuarán las presentes medidas en el marco de su autonomía, recogida en el artículo veinticinco de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación.
Tercero. Entrada en vigor.
La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Rioja, tal y como establecen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administración Pública y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
ANEXO
MEDIDAS DE PREVENCIÓN, HIGIENE Y PROMOCIÓN DE LA SALUD FRENTE A COVID-19 PARA CENTROS EDUCATIVOS EN EL CURSO 2021-22
A) Ideas clave sobre la valoración de la situación para el curso 2021-2022.
- • Durante el curso 2020-2021, tanto las medidas acordadas y actualizadas a lo largo de este periodo como el Acuerdo de Sanidad y Educación sobre la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública frente a COVID-19 para centros educativos (1) han funcionado adecuadamente y han permitido mantener abiertos los centros educativos y que el impacto de COVID en los mismos haya sido bajo.
- • La educación se considera una actividad esencial y un derecho de la infancia y adolescencia a proteger, y por ello, dada la valoración de la situación en la fecha actual, se hace necesario establecer medidas de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 para el curso 2021-2022 que posibiliten la máxima presencialidad en un entorno seguro y saludable, con la flexibilidad necesaria en función del escenario epidemiológico. Por tal motivo, la educación en el curso 2021/2022 será presencial.
- • Existe por parte de la Consejería de Educación compromiso en la dotación de recursos, tanto materiales como humanos, en base a los criterios y cuantías establecidas para tales fines desde el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
- • Se plantean escenarios en función del nivel de alerta en cada territorio, tal y como se describe en el documento de Actuaciones (2) de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19:
- • La indicación de cambio de escenario la establecerá la autoridad sanitaria de la Consejería de Salud, y dicho cambio se mantendrá durante 2 semanas hasta reevaluación.
- • Los escenarios se revisarán a lo largo del primer trimestre del curso, ajustándose a la baja o haciéndose más exigentes, según avance la vacunación del alumnado y según la valoración que hagan de la evolución epidemiológica de la pandemia los órganos del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
- • Los centros educativos se mantendrán abiertos durante todo el curso escolar asegurando los servicios de comedor, así como el apoyo lectivo a menores con necesidad específica de apoyo educativo, o con dificultades académicas, o pertenecientes a familias socialmente vulnerables, siempre y cuando la situación epidemiológica lo permita, en base a las indicaciones de las autoridades sanitarias.
- • Los centros deben hacer público su plan de contingencia, preferentemente en la web del centro si la tuviesen, (3) en el que prevean las actuaciones a realizar y los mecanismos de coordinación necesarios para los posibles escenarios que puedan darse.
- • Todos los centros educativos designarán a un Coordinador Covid para los aspectos relacionados con COVID-19 que debe estar familiarizada con todos los documentos relacionados COVID-19 vigentes. Esta persona actuará como interlocutor con los servicios sanitarios a requerimiento de la unidad de salud pública correspondiente o por propia iniciativa cuando deba consultar algún asunto y deberá conocer los mecanismos de comunicación eficaz que se hayan establecido con los responsables sanitarios de su ámbito territorial. Se recomienda que los centros cuenten con un equipo de trabajo formado por el Coordinador Covid, la dirección del centro, personal de administración, uno o varios miembros del equipo docente (preferentemente los docentes con reducción de jornada por ser mayores de 55 años), algún miembro del servicio de limpieza y con representación de las familias y del alumnado, con el fin de garantizar el cumplimiento de los principios básicos frente al COVID-19, que toda la comunidad educativa está informada de su implementación, y que trabaje en la programación de acciones de promoción de la salud para paliar el impacto de la pandemia.
- • Los principios básicos de prevención, higiene y promoción de la salud frente a COVID-19 en los centros educativos se estructuran en estos principios (4) :
1. Limitación de contactos
1. Se garantizará la máxima presencialidad para todos los niveles y etapas del sistema educativo al menos en el escenario de nueva normalidad, nivel de alerta 1 y 2. En el nivel de alerta 3 y 4, en el caso excepcional de que no se pudieran cumplir las medidas, se podría pasar a semipresencialidad sólo a partir de 3º de la ESO. La suspensión generalizada de la actividad lectiva presencial se adoptará únicamente ante situaciones excepcionales, y será determinada por la autoridad competente de la Consejería de Salud.
2. De forma general, se mantendrá una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros en las interacciones entre las personas adultas en el centro educativo, manteniendo el uso de la mascarilla independientemente de la distancia.
3. Así mismo, se mantendrá de forma general una distancia interpersonal de al menos 1,5 metros por parte del alumnado cuando se desplacen por el centro educativo o estén fuera del aula.
4. Dentro del aula se establece una diferente organización del alumnado en función del curso y de la situación de transmisión en la comunidad, que se recoge en la tabla 1, y se justifica a continuación de la misma.
5. Con el fin de garantizar, en la medida de lo posible, lo determinado en los puntos 2 y 3, se recomienda seguir con la sectorización de los centros.
6. Los Grupos de Convivencia Estable (GCE) se definen como grupos formados por un número limitado de alumnos/as junto al tutor/a, garantizando la estanqueidad en todas las actividades que se realicen dentro del centro educativo y evitando la interacción con otros grupos, limitando al máximo el número de contactos. A cambio, dentro del grupo no sería necesario guardar la distancia interpersonal de manera estricta, por lo que sus miembros pueden socializar y jugar entre sí, interaccionando con mayor normalidad. Idealmente, se debe minimizar el número de personas adultas que interaccionan con cada grupo, siendo la figura fundamental el tutor o tutora. La figura del especialista estará contemplada dentro de las personas adultas que pueden formar parte de los GCE, pero se tratará de eliminar el número de intercambios entre alumnos (clases en las que el grupo se divida para ser atendida por otros profesores). Esta alternativa, además, posibilitará el estudio de contactos rápido y más sencillo si se diera algún caso.
Tabla 1. Limitación de contactos dentro del aula en los centros educativos (Recomendaciones)
Etapa educativa (5) | Escenarios en centros educativos (6) | ||
Nueva Normalidad (7) y nivel de alerta 1 y 2 | Nivel de alerta 3 y 4 | ||
E. Infantil 0-3 años | GCE de tamaño máximo acorde a las ratios establecidas en la normativa autonómica. | ||
E. Infantil 3-6 años | GCE máximo 20 alumnos/as (cada CCAA establecerá la ratio correspondiente) | ||
E. Primaria | GCE máximo 25 alumnos/as. | ||
ESO y FP Grado Básico | 1º - 2º ESO | Distancia de 1,2 metros. | |
3º - 4º ESO y FP Grado Básico | Distancia de 1,2 metros. | Semipresencialidad, si así lo determina la autoridad sanitaria, priorizando la asistencia dealumnado con dificultades sociales o académicas. En el caso de confinamiento de grupos, se optará por las clases a distancia. | |
Bachillerato y Enseñanzas Oficiales de Idiomas | |||
FP Grado Medio y Superior
E. Artísticas y Deportivas | Medidas equivalentes a Bachillerato, y, cuando sea de aplicación, se adoptarán las medidas que correspondan a su ámbito profesional de referencia. | ||
Educación Especial | GCE de tamaño máximo acorde a las ratios establecidas en la normativa autonómica. |
2. Medidas de prevención personal
Las principales medidas de prevención (8) personal que deben tomarse frente a COVID-19 y otras infecciones respiratorias son las siguientes:
- 1. Higiene de manos de forma frecuente y meticulosa, al menos a la entrada y salida del centro educativo, antes y después del patio, de comer y siempre después de ir al aseo, y en todo caso un mínimo de cinco veces al día. Se recomienda priorizar la higiene de manos con agua y jabón en la medida de lo posible. Se debe realizar durante al menos 40 segundos con agua y jabón, y si no es posible se puede utilizar durante 20 segundos gel hidroalcohólico. Se debe tener en cuenta que cuando las manos tienen suciedad visible elgel hidroalcohólico no es suficiente, y es necesario usar agua y jabón.
- 2. Evitar tocarse la nariz, los ojos y la boca, ya que las manos facilitan la transmisión.
- 3. Al toser o estornudar, no retirarse la mascarilla, y cubrirse la boca y la nariz con el codo flexionado.
- 4. Usar pañuelos desechables para eliminar secreciones respiratorias y tirarlos tras su uso a una papelera con bolsa y a poder ser con tapa y pedal, haciendo una posterior higiene de manos.
- 5. En relación con el uso de la mascarilla:
- 5.1. El uso de la mascarilla será obligatorio a partir de 6 años de edad con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal o la pertenencia a un grupo de convivencia estable, sin perjuicio de las exenciones previstas en el ordenamiento jurídico. La mascarilla indicada para población sana será la de tipo higiénica y siempre que sea posible reutilizable, cumpliendo con los requisitos esenciales establecidos en el artículo 5.1 de la Orden CSM /115/2021 (9) (UNE 0064-1:2020, UNE 0064-2:2020, UNE 0065:2020 o UNE-CWA 17553:2020).
- 5.2. El uso de mascarilla será obligatorio en todo el profesorado con independencia del mantenimiento de la distancia interpersonal. La mascarilla será de tipo higiénica siguiendo los requisitos esenciales establecidos en el artículo 5.1 la Orden CSM/115/2021 (UNE 0064-1:2020, UNE 0065:2020 o UNE-CWA 17553:2020), excepto indicación por parte del servicio de prevención de riesgos laborales.
- 5.3. La Orden CSM/115/2021, de 11 de febrero, por la que se establecen los requisitos de información y comercialización de mascarillas higiénicas, establece a su vez las disposiciones y requisitos a cumplir para las mascarillas higiénicas o cobertores faciales comunitarios transparentes o con zonas transparentes destinadas a permitir una correcta lectura labial y reconocimiento de toda la expresión facial. Las mascarillas transparentes tienen un papel importante para las personas con discapacidad auditiva y para trabajar los aspectos de audición y lenguaje. La Orden establece los criterios para posibilitar que las mascarillas transparentes sean seguras y den respuesta a las necesidades de accesibilidad. Cualquier modificación en las condiciones de uso de mascarillas, se comunicará a la comunidad educativa, siguiendo las recomendaciones de las autoridades competentes.
- 5.4. En aquellos casos en que el alumnado no lleve mascarilla y no se pueda mantener la distancia interpersonal, como ocurre en Educación Infantil o Educación Especial o en aulas de educación especial en centros ordinarios, se utilizará mascarillas tipo ffp2, según indicaciones del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la comunidad autónoma de La Rioja, salvo modificación como consecuencia de la evolución de la pandemia
- 5.5. Su uso será obligatorio además en el transporte escolar colectivo a partir de 6 años, y recomendable de 3 a 5 años.
- 5.6. Debe explicarse el uso correcto (10) de la mascarilla ya que un mal uso puede entrañar más riesgo de transmisión. Se debe utilizar cubriendo nariz y mentón, siendo muy importante que se ajuste bien a la cara, y manipularla únicamente por las tiras.
- 5.7. De forma general, no será recomendable su uso en los siguientes casos: menores de 3 años (contraindicado en menores de 2 años por riesgo de asfixia), personas con dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla, personas con discapacidad o con situación de dependencia que les impida ser autónomas para quitarse la mascarilla, personas que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, personas que desarrollen actividades que dificulten o impidan la utilización de mascarillas.
- 5.8. En el caso de que haya alumnado que no pueda usar mascarilla por alguna de las exenciones, se intensificarán el resto de medidas de prevención, sin que esta situación pueda interferir en su derecho a una educación presencial. En el caso del profesorado que no pueda usar mascarilla por alguna de las exenciones, se realizará una evaluación individualizada por parte de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales.
- 6. En caso de compartir objetos, extremar las medidas de higiene y prevención (como la higiene de manos y evitar tocarse nariz, ojos y boca), y realizar limpieza entre el uso de un grupo y otro.
- 7. El uso de guantes no es recomendable de forma general, pero sí en las tareas de limpieza.
- 8. El alumnado recibirá, en el primer día de clase, educación para la salud para posibilitar una correcta higiene de manos e higiene respiratoria y el uso adecuado de la mascarilla. Esto favorecerá el cumplimiento de estas medidas en los centros educativos, así como la disposición de cartelería y señalética amigables para la infancia. Asimismo, se recomienda dedicar, en infantil y primaria, un tiempo diario al recuerdo de las pautas de higiene y limpieza. En el resto de las etapas educativas, este recordatorio debería realizarse con la mayor frecuencia posible y de manera razonable.
3. Limpieza, desinfección y ventilación del centro
1. Limpieza y desinfección: se intensificará la limpieza, en especial en los baños y en las superficies de mayor uso. Cada centro dispondrá de un protocolo (11) de limpieza y desinfección que responda a sus características. Este protocolo recogerá las siguientes indicaciones:
- 1.1. Limpieza y desinfección al menos una vez al día, reforzándola en aquellos espacios que lo precisen en función de la intensidad de uso, por ej. en los aseos donde será de al menos 3 veces al día.
- 1.2. Se tendrá especial atención a las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, y otros elementos de similares características.
- 1.3. Las medidas de limpieza y desinfección se extenderán también, en su caso, a zonas privadas de los trabajadores, tales como áreas de descanso, vestuarios, taquillas, aseos, cocinas (donde se limpiará toda la vajilla, cubertería y cristalería en el lavavajillas, incluida la que no se haya usado, pero haya podido estar en contacto con las manos de los estudiantes).
- 1.4. En las aulas, será suficiente con realizar la limpieza una vez al día, incluido mobiliario (mesas y otras superficies de contacto, etc.)
- 1.5. En el caso de que se establecieran turnos en las aulas, comedor u otros espacios, cuando cambie el alumnado, se indica la limpieza, desinfección y ventilación entre turno y turno. Esta limpieza y desinfección de superficies, también podrá ser realizada por el alumnado, como se estableció en múltiples planes de contingencia de centros en el curso 2020/2021, promoviendo de esta forma la autonomía del alumnado.
- 1.6. Respecto a las aulas especiales como talleres, informática u otras de uso compartido. Asimismo, se realizará una limpieza y desinfección de los puestos de trabajo compartidos, en cada cambio de /turno, y al finalizar la jornada con especial atención al mobiliario y otros elementos susceptibles de manipulación, sobre todo en aquellos utilizados por más de un trabajador. Al terminar de utilizar un ordenador de uso compartido, se desinfectará la superficie del teclado, del ratón y de la pantalla.
- 1.7. Se utilizarán desinfectantes como diluciones de lejía (1:50) recién preparada o cualquiera de los desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad. En el uso de estos productos siempre se respetarán las indicaciones del etiquetado, y se evitará que el alumnado esté en contacto o utilice estos productos.
- 1.8. Tras cada limpieza y desinfección, los materiales empleados y los equipos de protección utilizados se desecharán de forma segura, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
- 1.9. Se debe vigilar la limpieza de papeleras, de manera que queden limpias y con los materiales recogidos, con el fin de evitar cualquier contacto accidental.
- 1.10. La limpieza y desinfección de talleres, laboratorios y otros espacios singulares utilizados para prácticas en el ámbito de Secundaria y de Formación Profesional, atenderá a la normativa específica del sector productivo o de prestación de servicios de que se trate en materia de limpieza, desinfección, desinsectación y otras de salud ambiental, así como a las específicas establecidas para la prevención del contagio del SARS-CoV-2.
2. Ventilación del centro: es necesario enfatizar la importancia de la ventilación y reforzar algunas recomendaciones relacionadas.
2.1. La ventilación natural es la opción preferente. Se recomienda ventilación cruzada, si es posible de forma permanente, con apertura de puertas y/o ventanas opuestas o al menos en lados diferentes de la sala, para favorecer la circulación de aire y garantizar un barrido eficaz por todo el espacio. Es más recomendable repartir los puntos de apertura de puertas y ventanas que concentrar la apertura en un solo punto. Se deberá ventilar con frecuencia las instalaciones del centro, a poder ser de manera permanente, incluyendo al menos durante 15 minutos al inicio y al final de la jornada, durante el recreo, y siempre que sea posible entre clases, garantizando además una buena ventilación en los pasillos; y con las medidas de prevención deaccidentes necesarias. El tiempo de ventilación mencionado de 15 minutos es orientativo y debe adaptarse a las condiciones y características de cada aula.
En situaciones de alta transmisión comunitaria de SARS-CoV2, se debe valorar la priorización de la ventilación natural por su efectividad en la prevención de la transmisión por encima de aspectos como las condiciones de temperatura y humedad necesarias para el confort térmico o a los requerimientos de eficiencia energética.
De no poderse llevar a cabo una ventilación permanente de las aulas, se realizará esta ventilación, por espacio de 5 minutos cada 20 minutos.
2.2. Si la ventilación natural no es suficiente, se puede utilizar ventilación forzada (mecánica), debiendo aumentarse el suministro de aire exterior y disminuir la fracción de aire recirculado al máximo, con el fin de obtener una adecuada renovación de aire. Los equipos de ventilación forzada deben estar bien instalados y garantizarse un adecuado mantenimiento.
2.3. Únicamente si no es posible conseguir la ventilación adecuada mediante ventilación natural o mecánica, se podrían utilizar filtros o purificadores de aire (dotados con filtros HEPA). Como alternativa, puede valorarse el uso de otros espacios (aulas o salas del centro educativo, o municipales). Si fuera imprescindible la utilización de filtros de aire, estos deben tener la eficacia que asegure el caudal de aire recomendado y se debe recibir asesoramiento técnico para su ubicación y mantenimiento.
2.4. Cuando existan dudas razonables sobre la eficacia de la ventilación, se puede recurrir al uso de equipos de medición de CO2 realizando mediciones puntuales o periódicas que ayuden a generar conocimiento y experiencia sobre las prácticas de ventilación que garantizan una buena renovación del aire. Los aparatos de medición deben estar calibrados y verificados como se refiere en el documento técnico «Evaluación del riesgo de la transmisión de SARS-CoV-2 mediante aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones» (12) .
2.5. Si un profesional presta asistencia en el mismo espacio con diferentes alumnos/as de manera consecutiva (PT, AL, fisioterapeuta, logopeda, enfermería…) se desinfectarán las superficies utilizadas y se ventilará la sala al menos 5 minutos tras cada sesión o en función de los parámetros citados que garanticen una ventilación adecuada.
2.6. En el caso de programar actividades que aumentan la emisión de aerosoles como gritar o cantar se recomienda realizarlas siempre que sea posible en el exterior y, si no lo fuera, garantizar una adecuada ventilación, mantener la distancia y el uso adecuado de la mascarilla. Dado que la realización de ejercicio físico también aumenta la emisión de aerosoles, se debe promover la realización de las clases de educación física en espacios exteriores. En el caso de que se realicen en interiores es de especial importancia el uso adecuado de la mascarilla, aumentar la distancia e intensificar la ventilación.
2.7. Recomendaciones para Escuelas de Música y Conservatorios (13)
Si en virtud de la evolución de la situación epidemiológica, se considera modificar estas medidas, se comunicará debidamente a los centros.
3. Gestión de los residuos:
- 3.1. Se recomienda que los pañuelos desechables que el personal y el alumnado emplee para el secado de manos o para el cumplimiento de las medidas de higiene respiratoria sean desechados en papeleras con bolsa y a poder ser con tapa y pedal.
- 3.2. Todo material de higiene personal (mascarillas, guantes, etc.) debe depositarse en la fracción resto (agrupación de residuos de origen doméstico que se obtiene una vez efectuadas las recogidas separadas).
- 3.3. En caso de que un alumno/a o una persona trabajadora presente síntomas mientras se encuentre en el centro educativo, será preciso aislar la papelera o contenedor donde haya depositado pañuelos u otros productos usados en el espacio de uso individual donde se le haya aislado. Esa bolsa de basura deberá ser extraída y colocada en una segunda bolsa de basura, con cierre, para su depósito en la fracción resto.
4. Gestión de los casos
1. El centro educativo informará, explícitamente y con confirmación de recepción de la información, a los padres, madres y otras figuras parentales, o al alumnado mayor de edad, de que el alumnado con cualquier sintomatología aguda no puede acceder al centro educativo. Los centros educativos pueden establecer mecanismos para la toma de temperatura en los alumnos/as a la entrada al mismo o en el momento que se determine en aras a una mejor organización del centro
2. No asistirán al centro aquellos estudiantes, docentes y otros profesionales que tengan síntomas (14) compatibles con COVID-19, así como aquellos que se encuentren en aislamiento por diagnóstico de COVID-19, o en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona diagnosticada de COVID-19. Es de especial importancia insistir en este mensaje en la comunidad educativa.
3. Se hará control de la temperatura corporal antes de acudir al centro educativo, tanto para el alumnado como para el personal trabajador.
4. Ante la aparición de casos en el centro educativo, las medidas de prevención y control se llevarán a cabo por parte de la unidad de Salud Pública en base al documento técnico elaborado »Guía de actuación ante la aparición de casos de COVID-19 en centros educativos» (15) , incluyendo la posibilidad de cierre transitorio de aulas y/o centros educativos en caso de brote o aumento de la transmisión comunitaria.
5. Ante una persona que comienza a desarrollar síntomas compatibles con COVID-19 en el centro educativo, se seguirá un protocolo de actuación previsto previamente. Se le llevará al espacio COVID-19 separado de uso individual y se le colocará una mascarilla quirúrgica. La persona que lo atiende debe ponerse mascarilla FFP2 sin válvula. Si la persona es adulta, autónoma y se encuentra bien, se irá a su domicilio evitando contactos en el trayecto.
6. Si la persona que inicia síntomas no puede llevar una mascarilla quirúrgica (niños menoresde 6 años, personas con problemas respiratorios, que tengan dificultad para quitarse la mascarilla por sí solas o que tienen alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización, u otras sobrevenidas en el contexto del proceso agudo) la persona acompañante usará, además de la mascarilla FFP2 sin válvula, una pantalla facial y una bata desechable (el centro deberá disponer de un stock de este material de protección para las situaciones en las que se requiera para la atención de un caso sospechoso).
7. Se contactará con la familia o tutores legales, en caso de que la persona afectada sea menor de edad. La familia debe contactar tan pronto como sea posible con su centro de salud de atención primaria de referencia, con el coordinador COVID del centro, o llamar al teléfono de referencia de la comunidad autónoma 941298333 para responder ante un caso sospechoso de COVID-19. En caso de presentar síntomas de gravedad o dificultad respiratoria se llamará al 112.
8. En caso de que la persona afectada sea trabajadora del centro se pondrá en contacto con su Servicio de Prevención de Riesgos Laborales, el centro de salud o con el teléfono 941298333, y se seguirán sus instrucciones. En caso de presentar síntomas de gravedad o dificultad respiratoria se llamará al 112. El trabajador que inicie síntomas debe abandonar su puesto de trabajo hasta que su situación médica sea valorada por un profesional sanitario.
9. Existirá una coordinación fluida y efectiva entre el centro educativo y los servicios asistenciales y de salud pública o la unidad responsable designada de la comunidad autónoma, para organizar la gestión adecuada de posibles casos y el estudio y seguimiento de contactos. La organización en grupos estables posibilita el rastreo de contactos rápido y más sencillo en caso de que se diera algún caso.
10. Cualquier caso confirmado deberá permanecer en su domicilio en aislamiento.
11. La autoridad competente de la Consejería de Salud, será la encargada de la identificación y seguimiento de los contactos según el protocolo de vigilancia y control vigente en la comunidad autónoma correspondiente e indicará las medidas necesarias a tomar en el centro educativo.
B) Medidas de limitación de contactos por etapa educativa: B.1. Educación Infantil de 0-3 y 3-6 años:
La organización del alumnado se establecerá en grupos de convivencia estable, formados por la ratio máxima establecida.
A esta edad, la única medida efectiva y recomendable para la limitación de contactos es el grupo de convivencia estable, ya que, para el adecuado desarrollo, aprendizaje y bienestar emocional de los niños/as de 3 a 6 años es necesaria una interacción estrecha con las personas adultas de referencia y entre los compañeros/as. Así mismo, no tienen la madurez suficiente para cumplir con efectividad las medidas de distancia o de prevención personal.
En el escenario de nueva normalidad se permite la interacción entre grupos de un mismo nivel sobre todo en actividades al aire libre (recreos, actividades deportivas, proyectos...). De esta manera se flexibiliza la limitación de contactos, pero se mantiene el tamaño reducido del grupo mientras se esté en un escenario de convivencia con el SARS-CoV-2, que todavía no es de normalidad completa (nueva normalidad).
B.2. Educación Primaria:
La organización del alumnado se establecerá en grupos de convivencia estable, formados por un máximo de 25 alumnos/as junto al tutor/a.
En esta etapa es imprescindible mantener la presencialidad por lo que se plantea una opciónestable para los dos escenarios.
Se recomienda establecer de manera prioritaria grupos de convivencia estable ya que resulta difícil cumplir las medidas de distancia física de manera adecuada debido a las características de estas edades y es recomendable para el desarrollo, bienestar emocional y aprendizaje el posibilitar un nivel de interacción suficiente con los iguales y con sus tutores/as.
Aunque en esta etapa la capacidad de transmisión sigue siendo baja (especialmente en los menores de 10 años), y la clínica suele ser leve, es importante mantener las medidas.
En el escenario de nueva normalidad se permite la interacción entre grupos de un mismo nivel sobre todo en actividades al aire libre (recreos, actividades deportivas, proyectos...). De esta manera se flexibiliza la limitación de contactos.
COMEDORES Y ACOGIDA MATINAL
Respecto a la acogida matinal: en la medida de lo posible, se realizarán agrupaciones correlativas al nivel educativo al que pertenezcan los alumnos.
Respecto a comedores. Se mantienen las instrucciones del curso 2020/2021, adaptadas a las medidas que de este PCG se deriven.
B.3. Educación Secundaria Obligatoria:
En la ESO se debe mantener una distancia interpersonal dentro del aula de 1,2 metros, con el fin de garantizar la presencialidad.
En 1º y 2º de la ESO es imprescindible mantener la presencialidad por lo que se plantea unaopción estable para los dos escenarios.
Para 1º y 2º de la ESO se debe establecer una organización estable para todo el año, con las medidas suficientes para que puedan mantener la presencialidad constante, independientemente de que aumente la transmisión, ya que los menores de 14 años tienen menos independencia y no son aun completamente autónomos.
Sin embargo, también es importante tratar de articular, todo lo posible, medidas organizativas que posibiliten la presencialidad en 3º y 4º de la ESO en un entorno seguro y saludable, ya que en el curso 2021-2022 se ha señalado el impacto negativo de la semipresencialidad no solo en los resultados académicos de una parte del alumnado sino también en el bienestar emocional de la población adolescente.
En nueva normalidad se permite la interacción entre grupos de un mismo curso sobre todo en actividades al aire libre (recreos, actividades deportivas, proyectos...).
Solo en una situación de empeoramiento de la evolución epidemiológica, se valorará la semipresencialidad en 3º y 4º curso, siendo ésta la última opción, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
B.4. Bachillerato:
En Bachillerato se debe mantener una distancia interpersonal dentro del aula 1,2 metros, con el fin de garantizar la presencialidad.
Solo en una situación de empeoramiento de la evolución epidemiológica, se valorará la semipresencialidad en Bachillerato, siendo ésta la última opción, siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias.
B.5. Formación Profesional:
En las enseñanzas de Formación Profesional del Sistema Educativo, en todos sus niveles, sedebe mantener una distancia interpersonal dentro del aula de 1,2 metros, con el fin de garantizar la presencialidad.
En las actividades que se desarrollen en espacios singulares, tales como talleres, laboratorios, naves u otros espacios, se atenderá a los requerimientos técnicos de dichos espacios, en cuanto a la distribución del alumnado, respetando, en todo caso, la distancia de 1,2 metros. Asimismo, se respetarán las medidas de prevención de riesgos y salud laboral que correspondan a la actividad que en los mismos se desarrolle.
En las actividades de prácticas profesionales que se programen en el centro, y que requieran de la asistencia de personas ajenas al centro educativo, se estará a lo dispuesto en la normativa específica y normativa COVID del sector productivo o de prestación de servicios al que correspondan las prácticas.
B.6. Enseñanzas de régimen especial (enseñanzas artísticas y deportivas, escuelas oficiales de idiomas):
Para las enseñanzas artísticas y deportivas es aplicable lo previsto para las enseñanzas de Formación Profesional y, en el caso de las enseñanzas oficiales de idiomas lo que se ha indicado para el Bachillerato.
B.7. Enseñanzas de adultos:
Para las enseñanzas de adultos es aplicable lo previsto de forma general en este Plan de Contingencia. La presencialidad será la opción principal, solo acudiendo a situaciones de semipresencialidad en el momento en el que la autoridad sanitaria lo aconseje.
C) Aspectos organizativos comunes a todas las etapas educativas.
1. Se priorizará en la medida de lo posible la utilización de los espacios al aire libre para la realización de las actividades, educativas y de ocio, tanto dentro del centro educativo como en otros espacios fuera del mismo. Algunos ejemplos que se han llevado a cabo estos meses son: impartir clases más activas en el patio, realizar actividades de investigación en un parque cercano, actividades pedagógicas en huertos escolares o urbanos, utilizar espacio público cedido por las Entidades Locales para realizar actividades educativas al aire libre, etc.
2. Se evitarán de manera general aquellas actividades en el centro educativo que conlleven la mezcla de alumnado de diferentes grupos de convivencia o clases en las que no se pueda mantener la distancia mínima interpersonal, excepto en el escenario de nueva normalidad en el que se permitirá la interacción entre grupos del mismo curso sobre todo en actividades al aire libre.
3. Se establecen diferentes medidas para evitar las aglomeraciones:
- 3.1. Se realizará la entrada y salida escalonada del centro educativo o, en su caso, se arbitrarán medidas organizativas como la entrada al recinto por puertas o espacios diferenciados u otras que permita evitar aglomeraciones en las entradas y salidas al recinto escolar.
- 3.2. En cualquier caso, se procurará reducir al mínimo los desplazamientos de grupos de alumnos por el centro, facilitando en lo posible que sean los profesores quienes acudan al aula de referencia. Con el fin de reducir estos desplazamientos, en la medida de lo posible, se podrán agrupar periodos lectivos para materias con más de dos periodos lectivos semanales.
- 3.3. Para limitar el número de personas presentes en un espacio simultáneamente, se evitarán las asambleas o reuniones presenciales tratando de realizarlas de forma telemática. Los centros educativos promoverán que las reuniones de coordinación, evaluación y aquellas otras actividades no lectivas que sea posible, se realicen de forma telemática. Los equipos directivos asegurarán, mediante los medios convenientes, la asistencia real de las personas convocadas a las distintas reuniones, previa publicación de instrucciones sobre la comparecencia. Las decisiones sobre cómo realizar estas sesiones deberán formar parte de la PGA.
- 3.4. Los eventos deportivos o celebraciones que tengan lugar en los centros educativos se realizarán siempre que se pueda al aire libre y acorde a las mismas condiciones que sus homólogos en el ámbito comunitario.
- 3.5. Horas de permanencia en los centros.
Se mantiene el criterio del PCG del curso 2020/2021 a este respecto, por lo que se posibilita la realización de esta labor de manera telemática.
4. Siguiendo los criterios establecidos durante el curso 2020/2021, y siempre bajo el carácter de excepcionalidad, aquellos centros con horario de jornada partida, podrán optar al horario de jornada intensiva, en aras de poder facilitar la gestión de entradas escalonadas y gestión de horarios que favorezca la eliminación de aglomeraciones de personas.
5. Se priorizará la comunicación con las familias mediante teléfono, correo electrónico, Racima y se facilitarán las gestiones telemáticas. Las familias podrán entrar al edificio escolar en caso de que el profesorado o el equipo directivo así lo considere, cumpliendo siempre las medidas de prevención e higiene y, en ningún caso, si presentan cualquier síntoma compatible con COVID- 19.
6. En relación al transporte a los centros educativos:
- 6.1. Con el fin de limitar los contactos, se recomendará la priorización del transporte activo (andando o bicicleta) como opción de movilidad que mejor garantice la distancia interpersonal, siendo además una opción más saludable y que evita compartir espacios cerrados. Los centros educativos tratarán de fomentar rutas seguras a la escuela y aumentar espacios de aparcamiento de bicicleta, en colaboración con los ayuntamientos.
- 6.2. En el caso del transporte escolar colectivo, será de aplicación la normativa vigente respecto a medidas preventivas frente a COVID-19. Se asignarán asientos fijos al alumnado para todo el curso escolar, salvo que, en base a la situación epidemiológica, las autoridades sanitarias determinen un uso más restrictivo o más flexible del mismo.
7. Con relación a la asistencia a los centros educativos de niños/as con patología crónica (16) , el alumnado que presenta condiciones de salud que le hace más vulnerable para COVID-19 (como, por ejemplo, enfermedades cardiovasculares, diabetes, enfermedades pulmonares crónicas, cáncer, inmunodepresión o hipertensión arterial), podrá acudir al centro, siempre que su condición clínica esté controlada y lo permita, y manteniendo medidas de protección de forma rigurosa, salvo indicación médica de no asistir. Siempre que se cumplan las condiciones establecidas, el alumnado que presente estas situaciones podrá ser beneficiario del Programa de Atención Educativa Domiciliaria (PAED).
D) Normas para la educación a distancia resultante de situaciones COVID-19
Siendo la asistencia presencial la norma básica de funcionamiento prevista para el curso 2021/2022, únicamente en aquellas situaciones excepcionales derivadas de la revisión de los escenarios y aquellas particulares en los que los alumnos, bien individualmente, bien por grupos, deban permanecer confinados, las instrucciones que a continuación se detallan tendrá el carácter de excepcional.
1. Adaptación curricular para la Educación a Distancia (ED).
- - Equilibrio entre los contenidos educativos y el aprendizaje competencial.
- - Adaptación curricular para la ED para el alumnado de diversidad educativa.
- - Recursos didácticos y tecnológicos para la ED. Son varias las recomendaciones:
- * En relación a los recursos didácticos, la recomendación es establecer un lugar común en la página web, o en un grupo abierto por curso en la plataforma utilizada por el centro, donde se vayan recopilando, agrupando y ordenando todos estos recursos.
- * Aquellos alumnos que deban permanecer confinados y que se encuentren en situación de brecha digital, serán puestos en conocimiento del CAU para que se les dote del equipo y conexión de datos, si es necesario.
- - Todavía no nos encontramos en una situación de educación digital plena, por lo que se recomienda que el uso de esta tecnología no condicione la actividad del alumno fuera del aula. No todos los alumnos tienen ni el conocimiento, ni los medios técnicos para poder llevar a cabo las tareas en formato digital.
2. Plan de Acción Tutorial para la Educación a Distancia.
Todo alumno que se encuentre confinado deberá ser atendido de la mejor manera posible. Su seguimiento académico y emocional será fundamental. Se recomienda:
- - Desarrollar en el alumnado el control sobre el propio proceso de aprendizaje, las técnicas de estudio, planificación, ejecución y presentación de las tareas.
- - La tutoría será ejercida por el tutor del grupo apoyado por todo el equipo docente, concretamente por:
- - Todo el profesorado tiene funciones de tutor, aunque no haya sido nombrado tutor de un grupo.
- - El departamento de Orientación en Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional.
- - El equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica del Centro en Educación Infantil y Primaria, y especialmente los profesores de PT y AL.
- - La acción tutorial tendrá al menos una periodicidad semanal, conforme a horarios preestablecidos; se desarrollará de forma individualizada y priorizando al alumnado con mayores dificultades.
- - La coordinación tutorial se realizará mediante reuniones de periodicidad mínima quincenal de los equipos docentes y de coordinación de los tutores con la Jefatura de Estudios y el Departamento de Orientación.
- - Los equipos docentes se coordinarán a la hora de valorar y utilizar las herramientas digitales más adecuadas a efectos técnicos y pedagógicos.
- - Se procurará siempre la mayor frecuencia, cercanía y contacto personalizado con el alumnado y sus familias, por medios telefónicos, videoconferencias o cualquier otro medio telemático disponible.
- - El alumnado con necesidades específicas o dificultades emocionales, en riesgo de pobreza y exclusión, de abandono escolar, víctimas de violencia, abuso y maltrato, tutelado por la Administración, refugiados, pertenecientes a etnias y/o colectivos estigmatizados, alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y con necesidades educativas especiales será tenido en cuenta de forma prioritaria en la acción tutorial. La comunicación centro- familias es, más que nunca, imprescindible.
- - Los centros atenderán muy especialmente la gestión de las emociones, creando un clima de confianza que permita que el alumnado manifieste sus miedos, dudas, inquietudes... ante la situación generada por la pandemia en colaboración con las familias.
- - El Plan de Control del Absentismo pondrá especial celo en el seguimiento y apoyo del alumnado que esté desconectado de forma voluntaria o involuntaria.
- - Se preverá la posibilidad de entregas de actividades lectivas en formato digital o en papel, en función de las condiciones sanitarias y los medios disponibles.
- - Adaptación de las tutorías a distancia para el alumnado de atención a la diversidad.
- - Estudio de carga de trabajo de las tareas propuestas en conjunto al alumnado. La recomendación es el establecimiento de un «estadillo de tareas», donde los profesores del grupo vayan recogiendo las distintas tareas y su fecha de entrega. Es necesario recordar que el alumnado tiene que atender a todas las materias y eso puede generar una importante carga de trabajo.
- - Definición de la forma de comunicación coordinada y simplificada del trabajo escolar a las familias. La recomendación es establecer el menor número posible de canales de comunicación entre las familias y el alumnado.
- - Comunicación y formación para las familias en el uso de las plataformas y aplicaciones que se vayan a usar. Facilitar la formación en «acompañamiento digital». Se deberá instar y facilitar a la AMPA del centro la colaboración en este tipo de formación.
- - Registro y comprobación de asistencia a las clases online. El registro de la asistencia deberá seguir siendo Racima.
- - Con el fin de que esta atención no suponga un incremento en las horas de trabajo, siempre que se solape la atención presencial al grupo de referencia del alumno confinado, se deberá plantear una docencia en la que las herramientas de comunicación estén presentes lo máximo posible para todo el alumnado, haciendo partícipe de esta forma al alumno que no pueda asistir a las clases presenciales.
3. Nuevas metodologías y criterios de evaluación y calificación para la Educación a Distancia. La evaluación del alumnado continuará a pesar de que éste se encuentre confinado. Por ese motivo será necesario contemplar las metodologías y criterios de calificación asociados a estas situaciones.
4. Reglamentación del teletrabajo en la educación a distancia.
- • Para que la carga de trabajo no aumente desproporcionadamente en escenarios de enseñanza semipresencial o a distancia:
- - Seguir el mismo horario de las clases online que en presencialidad.
- - Si el profesorado decide realizar clases síncronas, deberá comunicarlo al alumnado confinado. Si no se realizan estas clases síncronas, deberá facilitar las explicaciones y tareas en el menor tiempo posible al alumnado que se encuentre ausente por motivos COVID-19.
- - Continuar con las tutorías con padres y alumnos, según el horario existente, pero de manera virtual, si se considera conveniente.
- - Continuar con el calendario de reuniones de coordinación y de trabajo colaborativo entre profesores.
- - Los mensajes de Racima, email o cualquier otra plataforma de comunicación han de emitirse dentro del horario escolar. Solo se establecerá comunicación fuera del horario escolar si el fin es recabar información sobre la situación del alumnado.
E) Actividades Extraescolares en los centros educativos.
Estas recomendaciones podrán ser modificadas en virtud de la evolución epidemiológica y siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias competentes.
Los grupos se limitarán a un máximo de 20 niños/as por grupo, para aquellas actividades que se lleven a cabo en un aula, dentro las condiciones de nueva normalidad. Las actividades extraescolares que se lleven a cabo al aire libre, tanto en el centro, como fuera de él, no estarán sujetas a esta limitación, si a lo que indique la autoridad sanitaria.
Se llevará un registro que permita el seguimiento precoz de contactos ante un posible caso de COVID-19. En este registro debe realizarse adecuadamente con las personas asistentes en cualquier actividad, especialmente cuando se lleven a cabo en espacios cerrados.
Es necesario recordar que actuaciones como PROA o distintas actuaciones que formen parte de un Programa de compensación educativa convocado y aprobado por la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, tendrán una consideración expresa en relación a las medidas sanitarias.
1. Medidas específicas para actividades complementarias: excursiones y salidas del centro educativo
Las excursiones en el exterior del centro educativo forman parte de los objetivos didácticos y ayudan a formar en otros campos como el bienestar emocional y mejorar las relaciones entre el alumnado, pero es necesario que se realicen en un entorno de seguridad necesario en este periodo de pandemia.
1.1. Medidas en relación con el transporte
- - Primarán las salidas en el entorno cercano, con desplazamientos activos, a pie.
- - Si se hace uso de transporte público, se seguirán las normas específicas determinadas para este tipo de transporte:
- • Se usará mascarilla en todo momento salvo las excepciones recogidas en la normativa aplicable.
- • Se mantendrán dos hileras vacías entre Grupos de Convivencia Estable (GCE) con entradas y salidas escalonadas.
- • En niveles educativos sin GCE, se seguirán las mismas indicaciones establecidas para el uso de transporte escolar.
1.2. Medidas en relación con el desarrollo de la actividad
- - Se priorizarán actividades al aire libre.
- - Se mantendrán los GCE durante la actividad y la mascarilla salvo las excepciones recogidas en la normativa aplicable.
- - Cuando no haya GCE, los grupos no superarán el número establecido para cada espacio según el nivel de alerta sanitaria. Los y las participantes llevarán mascarilla y se garantizará la distancia de 1,5 metros.
- - En caso de visita a museos, cine, teatro etc. se llevarán a cabo las medidas preventivas establecidas por el lugar que se visite.
- - En las actividades complementarias que se desarrollen en el centro educativo podrán acudir personas externas al mismo, siempre manteniendo las medidas de prevención. Esto mismo sería aplicable para aquellas actividades fuera del centro educativo que precisen de la asistencia de personas externas para su correcto desarrollo.
- - Para la celebración de actos de graduación, de fin de curso u otro tipo de eventos sociales o culturales que puedan tener lugar en el centro educativo en el contexto de su actividad, se cumplirán las medidas de prevención frente a COVID-19 existentes para eventos culturales, manteniendo como prioridad los grupos de convivencia estable o unidades de convivencia familiar a la hora de distribuir los espacios.
1.3. Otras medidas preventivas
- - Cada participante acudirá con su comida y bebida de forma individual salvo comedor preparado para mantener las medidas preventivas necesarias.
- - Se dispondrá del material necesario para mantener las medidas preventivas y mascarillas para subsanar cualquier imprevisto durante la actividad.
- - Se llevará un registro de personas en el autobús, comidas, etc. que permita garantizar la trazabilidad de contactos ante un posible caso de COVID-19.
1.4. Salidas con pernocta
Se seguirán las medidas reflejadas en la guía de ocio y tiempo libre vigente en la CCAA de la Rioja.
2. Medidas específicas para actividades matinales y extraescolares
Como indica el Ministerio de Educación y el Ministerio de Sanidad en «Medidas de Prevención, Higiene y Promoción de la Salud frente a COVID-19 para centros educativos en el curso 2021-2022», las actividades matinales y extraescolares contribuyen a la conciliación, al permitir mantener a los alumnos en un entorno seguro durante el horario laboral u otras necesidades de sus progenitores o responsables.
Esto cobra especial importancia en la lucha por la equidad y el apoyo en situaciones de vulnerabilidad y todo ello siempre dentro de unas medidas preventivas que mantengan un entorno seguro para los participantes.
Para aquellas actividades extraescolares que se lleven a cabo fuera del centro escolar, y organizadas por los centros, se aplicarán las siguientes recomendaciones, sin perjuicio de lo que determine la autoridad sanitaria competente:
2.1. Limitación de contactos
- - Se recomienda mantener en la medida de lo posible los Grupos de Convivencia Estable a la hora de realizar las actividades. En el caso de que se mezclasen grupos, se recomienda priorizar las actividades al aire libre entre alumnado de la misma edad.
- - Se garantizará una distancia de seguridad de 1,2 metros, si se dan las condiciones epidemiológicas que lo permitan, entre asistentes a la actividad salvo en los casos en los que se pueda generar un nivel mayor de aerosoles como el ejercicio físico intenso, cantar, instrumentos de viento, etc.
- - En las actividades matinales y extraescolares el aforo tendrá un máximo de 20 niños/as en el escenario de nueva normalidad, y de 15 niños/as en el resto de niveles de alerta, siempre cumpliendo la normativa vigente de la autoridad sanitaria. Se permitirá la interacción entre grupos de edades similares al aire libre en nueva normalidad, pero no en el resto de escenarios de riesgo.
- - Se escalonará la entrada y salida en dichas actividades con el objetivo de evitar contactos innecesarios y masificación en accesos, especialmente si hay diferentes grupos al mismo tiempo.
- - Si se organiza desayuno o merienda se hará a ser posible al aire libre. En el caso de que se realice en interior, se seguirán las medidas preventivas necesarias para garantizar la seguridad organizando el espacio por Grupos de Convivencia Estable y garantizando la adecuada ventilación en todo momento.
- - Se pueden compartir los objetos necesarios para la realización de la actividad extraescolar (balones, fichas de ajedrez, cintas, etc.) manteniendo una adecuada higiene de manos y realizando desinfección de los objetos durante y después de la actividad y sobre todo entre grupos de convivencia diferentes.
2.2. Medidas de prevención personal y ventilación según actividad:
- - Respecto a las personas trabajadoras en la realización de este tipo de actividad regirán las mismas medidas de protección que se aplican al personal en el Plan de Contingencia General y siempre según las recomendaciones del SPRL.
2.3. Vigilancia
- - Se llevará un registro que permita el seguimiento precoz de contactos ante un posible caso de COVID-19.
- - También deben registrarse adecuadamente las personas asistentes a cualquier actividad en espacio cerrado, incluyendo el uso de vestuarios, las competiciones o actividades lúdicas paralelas, las actividades con presencia de público, y los viajes o desplazamientos asociados al desarrollo de una actividad.
Ante la aparición de cualquier incidente, los organizadores de la actividad se pondrán en contacto con las autoridades sanitarias (941298333) y/o la unidad Covid de educación (941294540) dependiendo el ámbito en el que se realice la actividad (centros educativos/centros externos) para que indiquen las medidas a seguir en cada caso.
F) Programas de compensación educativa.
Los programas de compensación educativa convocados y aprobados por la Consejería de Educación, Cultura, Deporte y Juventud tienen el objetivo de conseguir que determinados alumnos vulnerables puedan recibir una serie de intervenciones complementarias con el fin de favorecer el éxito académico de este alumnado. Estas actuaciones no solo vienen referidas a una compensación en el aspecto curricular, sino que también pueden llevar implícitas actuaciones que traten de mejorar su situación afectivo-emocional. Por este motivo, muchas de estas actuaciones realizan agrupaciones que no atienden al nivel educativo del alumnado participante. Ante esta situación, las recomendaciones sanitarias que se deberán seguir son las básicas de: distanciamiento, mascarilla e higiene personal; por lo tanto, podrán llevarse a cabo agrupaciones en las que concurran alumnos de distintos grupos y niveles. Con el fin de facilitar la trazabilidad, será imprescindible llevar una rigurosa anotación de la asistencia a estos grupos.
G) Actividades complementarias.
En las actividades complementarias que se desarrollen en el centro educativo podrán acudir personas externas al mismo, siempre en el menor número posible que permita el adecuado desarrollo de la actividad, que se mantengan las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud establecidas, y que esté permitido según normativa y en el escenario de riesgo en que se encuentre la localidad. Esto mismo sería aplicable para aquellas actividades fuera del centro educativo que precisen de la asistencia de personas externas para su correcto desarrollo.
Para la celebración de actos de graduación, actos conmemorativos u otros eventos sociales o culturales que puedan tener lugar en el centro educativo en el contexto de su actividad, se cumplirán las medidas de prevención frente al COVID-19 determinados por la Consejería de Salud de La Rioja, teniendo en cuenta como especificidad la presencia de grupos de convivencia estable o unidades de convivencia familiar a la hora de distribuir los espacios.
H) Plan de acogida infantil para infantil 3 años.
En los centros educativos donde lleven a cabo un proceso de adaptación en 3 años o en otro curso de educación infantil de primer ciclo, siempre que contemplen el acceso de las familias durante este periodo, podrán las familias de los niños y niñas acompañarlos en el aula siguiendo las medidas de prevención, higiene y promoción de la salud y según la situación epidemiológica.
La persona acompañante no podrá participar en el periodo de acogida si presenta síntomas compatibles con el COVID-19 o los ha presentado en los últimos 10 días, si ha tenido contacto estrecho con una persona con COVID-19 confirmada o con sintomatología compatible en los últimos 10 días.
Cada niño o niña solo puede ser acompañado por una sola persona (que puede cambiar durante el periodo de adaptación).
En la medida de lo posible, las personas acompañantes con situaciones de vulnerabilidad clínica para COVID-19 delegarán su participación en otra persona.
La persona acompañante solo puede tener contacto con su hijo/a.
Debe mantenerse la distancia de seguridad de 1.5 metros con el resto de las personas del aula (incluidos niños, personas acompañantes y educadores).
Las personas acompañantes seguirán todas las medidas de prevención personal establecidas en especial una correcta higiene de manos y la mascarilla bien colocada.
Es importante que durante estos periodos los espacios estén bien ventilados.
I) Realización de prácticas de distintos tipos de estudios que implican la tutorización de una persona ajena al centro (Grado de Magisterio, másteres habilitantes)
La realización de las prácticas de cualquier tipo de estudio que implique la tutorización de una persona ajena al centro, se realizará teniendo en cuenta las medidas sanitarias establecidas en este Plan de Contingencia. Si por distintas circunstancias sanitarias el alumnado tutorizado no pudiese acudir al centro educativo realizará, en la medida de lo posible, sus prácticas de manera telemática, computándose esta asistencia virtual como horas de formación dentro de las exigencias de su periodo de prácticas.
J) Celebración de elecciones al Consejo Escolar
Mediante diferentes resoluciones de la Dirección General con competencias en materia de educación que se publicarán en el Boletín Oficial de La Rioja a lo largo de 2021, se convocarán elecciones a Consejos Escolares en los centros educativos sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de La Rioja para el curso académico 2021-2022.
En dichas resoluciones se indicará que las elecciones de los representantes de los distintos sectores de la comunidad educativa que integran los Consejos Escolares se celebrarán a lo largo de unas fechas a determinar del mes de noviembre de 2021.
A su vez, las órdenes de la Consejería con competencias en materia de educación publicadas, por las que se regula el procedimiento de elección, renovación parcial y constitución de los Consejos Escolares de los diferentes centros de la Comunidad Autónoma de La Rioja, regulan que «la elección de los representantes se realizará en horario que posibilite la mayor concurrencia electoral».
La actual situación sanitaria provoca diferentes restricciones que imposibilitan el normal desenvolvimiento de los procesos electorales, por lo que se hace necesario establecer un protocolo organizativo y de seguridad.
Es por ello que desde la Dirección General de Innovación Educativa se recomienda, a los distintos centros, que las mesas electorales para llevar a cabo este proceso electoral estén abiertas y habilitadas para ejercitar el derecho a voto en horario que coincida con el comienzo y final de la jornada escolar, es decir, con el momento de entrada y salida del alumnado al centro, con el fin de que los distintos sectores que deban participar en el proceso electoral permanezcan el menor tiempo posible.
Asimismo, se adjuntan, en documento anexo, las recomendaciones y protocolos para llevar a cabo las elecciones de los miembros de los Consejos Escolares.
ANEXO ELECCIONES CONSEJOS ESCOLARES
RECOMENDACIONES Y PROTOCOLOS PARA LLEVAR A CABO LAS ELECCIONES DE LOS MIEMBROS DE LOS CONSEJOS ESCOLARES.
Con el fin de facilitar la gestión de las elecciones de los miembros de los Consejos Escolares de los centros educativos de La Rioja, desde la Dirección General de Innovación Educativa, os sugerimos los siguientes temas de interés:
- 1. Dado que el problema de las elecciones puede generar una carga administrativa que, en el caso de los CEIP es asumida íntegramente por los miembros del equipo directivo, aquellos centros que puedan presentar problemas por exceso de trabajo administrativo derivado de los trámites que conlleva el procedimiento de renovación del Consejo Escolar, que se pongan en comunicación con el Director General de Gestión Educativa.
- 2. En el comunicado adjunto consta: «La actual situación sanitaria provoca diferentes restricciones que imposibilitan el normal desenvolvimiento de los procesos electorales, por lo que se hace necesario establecer un protocolo organizativo y de seguridad». El mencionado protocolo no será necesario establecerlo por escrito, siempre que se sigan las pautas que os sugerimos a continuación:
- a. Para la elección de los representantes de padres/madres y/o representantes legales:
- i. Las mesas electorales para el sector padres/madres y/o representantes legales, se deberán situar en un espacio independiente de la entrada de los alumnos (como puede ser el gimnasio, comedor, recepción, porche de la entrada, etc.), que eviten la mezcla entre los votantes y los alumnos que, o bien acuden al centro, o bien abandonan el centro.
- ii. Los miembros de la mesa electoral, deberán estar situados a una distancia de 1,5 metros.
- iii. La introducción del voto en la urna lo hará cada votante, evitando tocar la papeleta por parte de los miembros de la mesa electoral.
- iv. La comprobación de la identidad de los votantes se hará depositando el carnet o documento identificativo, a la vista del miembro de la mesa electoral encargado de dicha anotación. El votante retirará el documento identificativo cuando esta labor haya concluido.
- v. El registro de la persona votante servirá como registro de las personas que han entrado a las instalaciones del centro, no será necesario articular ningún otro tipo de registro.
- (1)
Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, adoptado en coordinación con la Conferencia Sectorial de Educación durante el curso 2020-2021. 27 de agosto de 2020.
- Ver Texto
- (4)
Evaluación del riesgo de la trasmisión de SARS-Cov2 mediante aerosoles. Medidas de prevención y recomendaciones. Ministerio deSanidad. 18.09.2020. Disponible en: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/COVID19_Aerosoles.pdf
- Ver Texto
- (6)
Los niveles de alerta para asignar escenarios responden a indicadores de situación epidemiológica según el documento de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19 . La indicación de cambio de escenario la establecerá la autoridad sanitaria de la Comunidad Autónoma para cada provincia, y dicho cambio se mantendrá durante 2semanas hasta reevaluación.
- Ver Texto
- (7)
En Nueva Normalidad se permitirá la interacción entre grupos de un mismo curso, sobretodo en actividades al aire libre.
- Ver Texto
- (9)
Orden CSM/115/2021, de 11 de febrero, por la que se establecen los requisitos de información y comercialización de mascarillashigiénicas. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/o/2021/02/11/csm115
- Ver Texto
- (11)
Será válido el establecido en el curso 2020-2021, actualizado si se desea, a la nueva situación (menos restrictiva)
- Ver Texto
- (13)
Se mantienen las instrucciones dadas para el curso 2020/2021 con las actualizaciones que de este PCG se deriven
- Ver Texto
- (16)
Actualización de indicaciones para los niños y niñas con patologías crónicas o graves en concordancia con el documento Manejopediátrico en atención primaria de COVID-19. 18.11.2020. Disponible en: https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/documentos/Manejo_ped1ia4tria_ap.pdf
- Ver Texto