Resolución RV-307, de 29 de julio, del Vicerrectorado de Investigación, Transferencia y Divulgación de la Universidad Politécnica de Cartagena, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación del plan propio de apoyo a la I+D+i, correspondiente al año 2021
- ÓrganoConsejería de Empresa, Empleo, Universidades y Portavocía
- Publicado en BORM núm. 200 de 30 de Agosto de 2021
- Vigencia desde 31 de Agosto de 2021


La protección civil y la gestión de emergencias en las entidades locales
LibrosDesde 44,46 €(IVA Inc.)Más info.Casos prácticos para secretarios y técnicos de Administración Local
LibrosDesde 98,80 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Gestión presupuestaria y Control interno
LibrosDesde 100,78 €(IVA Inc.)Más info.Administración Local Práctica 5ª Ed.
LibrosDesde 82,99 €(IVA Inc.)Más info.Revista El Consultor de los Ayuntamientos
Periódicos y Revistas468,00 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- BASES.
- Primera.Objeto y finalidad de las ayudas
- Segunda.Régimen de concesión y normativa aplicable
- Tercera.Requisitos de los proyectos de I+D+i a los que se asocian las tesis doctorales
- Cuarta.Requisitos de admisibilidad al proceso selectivo
- Quinta.Características de las ayudas
- Sexta.Presupuesto de la convocatoria
- Séptima.Plazo y forma de presentación de las solicitudes
- Octava.Contenido y documentación de la solicitud
- Novena.Lista de admitidos y excluidos
- Décima.Publicaciones
- Undécima.Evaluación y selección de las solicitudes
- Duodécima.Resolución de concesión
- Decimotercera.Formalización y características de los contratos predoctorales
- Decimocuarta.Interrupciones del contrato
- Decimoquinta.Obligaciones de las personas adjudicatarias
- ANEXO I. PROYECTOS ELEGIBLES
- ANEXO II. FORMULARIO DE SOLICITUD
- ANEXO III. CURRÍCULO
La Universidad Politécnica de Cartagena, en cumplimiento de los fines prioritarios previstos en sus Estatutos, aprobados por Decreto 1/2020, de 16 enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 5 de febrero de 2020), y de acuerdo con el régimen jurídico establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, efectúa la convocatoria pública de ayudas para la formalización de siete contratos predoctorales.
La presente convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación tiene su encaje en la línea de actuación estratégica PERSONAS del Plan de Apoyo a la I+D+i de la Universidad Politécnica de Cartagena 2021-2024, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno en su reunión de 28 de mayo de 2021, y tiene como objetivo incrementar la cantidad y la calidad de los nuevos doctores, a través de la realización de sus tesis doctorales en el marco de proyectos de I+D+i financiados por los Programas Estatales de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.
En consecuencia, este Vicerrectorado
Resuelve:
Aprobar las bases reguladoras y hacer pública la convocatoria de ayudas para contratos predoctorales, correspondiente al año 2021, del Plan Propio de Apoyo a la I+D+i, de acuerdo con las siguientes
Bases
Primera. Objeto y finalidad de las ayudas
1. El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria de ayudas para un máximo de siete contratos predoctorales para la formación de doctores en el ejercicio 2021, en el marco del Plan de Apoyo a la I+D+i de la Universidad Politécnica de Cartagena.
2. Las ayudas tienen como finalidad que el personal investigador en formación realice una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación.
3. Los contratos predoctorales estarán cofinanciados por el proyecto de I+D+i al que se asocian.
Segunda. Régimen de concesión y normativa aplicable
1. La concesión de las ayudas previstas en la presente convocatoria se realizará en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, establecidos en el artículo 8.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La convocatoria se rige por las reglas específicas contenidas en esta resolución, así como por lo establecido en las siguientes disposiciones:
- • Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- • Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre de Universidades.
- • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- • Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
- • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante Reglamento de la Ley General de Subvenciones).
- • Estatutos de la Universidad de la Universidad Politécnica de Cartagena, aprobados por Decreto 1/2020, de 16 enero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (BORM de 5 de febrero de 2020).
- • II Convenio Colectivo de Trabajo de Personal Docente e Investigador, Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Región de Murcia de 1 de enero de 2016.
- • Normas de Ejecución del Presupuesto de la Universidad Politécnica de Cartagena.
Tercera. Requisitos de los proyectos de I+D+i a los que se asocian las tesis doctorales
1. Proyecto financiado con cargo a la convocatoria de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación (AEI), de ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en el que se cumplan las siguientes condiciones:
- a. Haber solicitado, sin éxito, en la propuesta realizada a la AEI la inclusión del proyecto en la convocatoria de contratos predoctorales para la formación de doctores, del Subprograma Estatal de Formación, dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i.
En esta primera convocatoria del programa, esta condición puede ser sustituida por haber solicitado financiación para la contratación de, al menos, una persona con titulación universitaria en la propuesta.
- b. Tener concedido presupuesto para costes directos suficiente para cofinanciar los tres años del contrato predoctoral.
- c. Tener al menos 30 meses de plazo de ejecución a partir de la fecha de inicio de la contratación laboral.
- d. Contar con el compromiso de cofinanciación de los costes salariales del contrato predoctoral con cargo al proyecto por parte de su Inv?estigador Principal.
2. Se establecen los siguientes criterios de priorización de los proyectos de I+D+i susceptibles de recibir ayuda de este programa:
2.1. Ninguno de los IPs del proyecto tenga vigentes otros predoctorales subvencionados en convocatorias públicas (1) .
2.2. Ninguno de los IPs del proyecto tenga vigentes otras ayudas de RRHH de investigación subvencionados en convocatorias públicas.
2.3. El conjunto de investigadores del proyecto no tenga vigentes RRHH de investigación subvencionados.
2.4. En caso de persistir el empate, se priorizarán los proyectos atendiendo al histórico de ayudas en el mismo orden de prioridad de los criterios 2.1, 2.2 y 2.3.
Cuarta. Requisitos de admisibilidad al proceso selectivo
1. Para su admisión al proceso selectivo, las personas interesadas han de reunir los siguientes requisitos:
- a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el o la cónyuge de las personas de nacionalidad española o que sean naturales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Asimismo, podrán participar personas extranjeras que, no estando incluidas en los párrafos anteriores, se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de los documentos que les habiliten para residir y para acceder sin limitaciones al mercado laboral o que, no encontrándose en España, estén en situación de obtener tales documentos.
En todo caso, se estará a lo prevenido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y en el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento.
- b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- d) No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de funciones públicas. En el caso de nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que esta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, no estar sometido o sometida a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
- e) Hallarse admitida, o en condiciones de ser admitida, en un Programa de Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena correspondiente al curso académico 2021/2022, ya que, para su ulterior contratación, la persona interesada, en el caso de ser adjudicataria, ha de hallarse matriculada en dicho programa de doctorado.
- f) Contar con la aceptación de un director o directora de la investigación, que deberá formar parte del equipo de investigación de un proyecto de I+D+i que cumpla los requisitos establecidos en la base tercera, el cual dirigirá la Tesis Doctoral de la persona adjudicataria, y con la conformidad del Investigador Principal del proyecto.
- g) No haber disfrutado, previamente a la presentación de la solicitud, de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses.
- h) No estar en posesión del título de Doctor, por cualquier universidad española o extranjera.
Quinta. Características de las ayudas
1. Se concederá un máximo de siete ayudas de 11.000 euros/año para financiar el coste de la contratación laboral.
2. Las ayudas cubrirán también el coste de la matriculación en las enseñanzas de doctorado.
3. Cada ayuda tendrá una duración máxima de tres años, y el periodo de ejecución se iniciará en la fecha de incorporación del investigador en formación contratado a su puesto de trabajo.
Sexta. Presupuesto de la convocatoria
1. Con carácter estimativo, la distribución anual de las ayudas es la siguiente:
2021 | 2022 | 2023 | TOTAL |
77.000 | 77.000 | 77.000 | 231.000 |
2. La distribución de la cuantía total máxima que figura en la convocatoria tiene carácter estimado. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.
Séptima. Plazo y forma de presentación de las solicitudes
1. El plazo de presentación de solicitudes de participación comenzará el día 1 de septiembre de 2021 y finalizará a las 23:59 horas (hora peninsular) del día 23 de septiembre de 2021.
2. Las solicitudes se presentarán a través de la sede electrónica de la Universidad Politécnica de Cartagena, en la siguiente dirección: Registro Electrónico - Solicitud General (https://sede.upct.es/pagina/registro-electronico).
3. Las personas físicas que no posean certificado de firma digital, podrán presentar la solicitud por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos, deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación, tal y como señala artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
Cuando la solicitud se presente en una oficina de correos o registro distinto al de la Universidad Politécnica de Cartagena, deberá enviarse copia escaneada de la misma (donde conste que se ha presentado, en plazo, en cualquiera de los lugares que permite la Ley antes citada) a la siguiente dirección de correo electrónico: investigacion.transferencia@upct.es.
4. La concurrencia a la convocatoria conlleva un abono de tasa por derechos de participación, que se ingresarán en la cuenta número ES30 2038 3098 46 6400000817 de Bankia.
El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de la citada entidad financiera o mediante transferencia a la citada cuenta desde otra entidad financiera. En la solicitud deberá figurar la validación mecánica o sello de la entidad financiera a través de la cual se realiza el ingreso a la cuenta indicada. En su defecto, deberá acompañarse justificante de ingreso de la entidad financiera. En el impreso de solicitud se hará constar el código de ingreso seguido del nombre del solicitante y el importe en el espacio destinado al efecto, conforme al siguiente cuadro:
CÓDIGO DE INGRESO | TIPO DE TASA | IMPORTE |
RV307-21 | Ordinaria | 23,34 € |
Carné joven | 18,67 € | |
Desempleados | 11,67 € |
En ningún caso el pago de la tasa supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Los aspirantes que acrediten bonificaciones por «desempleo» de la tasa por derecho de participación, deberán presentar copia de la certificación de los servicios públicos de empleo de encontrarse en situación de desempleo.
Quien abone la tasa por «Carné joven», deberá acompañar a la solicitud fotocopia del «Carné joven» expedido por el órgano competente de la Administración Regional.
Estarán exentas del pago de esta tasa las personas que acrediten cualquiera de las siguientes circunstancias:
- a) Ostentar un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento en el momento del devengo de la tasa.
- b) Pertenecer a familias numerosas clasificadas en la categoría especial conforme a la normativa vigente.
- c) Ostentar la condición de víctima del terrorismo legalmente reconocida.
- d) Ser o haber sido víctima de violencia de género.
Procederá la devolución de la tasa, en particular, cuando el aspirante renuncie a tomar parte en la convocatoria correspondiente expresándolo así con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, o cuando resulte excluido de su participación en las pruebas por no haber acreditado estar en posesión de los requisitos exigidos en la misma.
5. La falta de abono de la tasa, dentro del plazo de presentación de solicitudes, no es subsanable y determinará la exclusión definitiva del aspirante.
6. Las personas candidatas serán responsables de la veracidad y autenticidad de los datos contenidos en la solicitud. La ocultación, manipulación o falsedad de los mismos determinará la exclusión inmediata de la solicitud o, de detectarse con posterioridad a la adjudicación de la ayuda, la revocación de la misma con reintegro de las cantidades indebidamente percibidas hasta el momento más los intereses que correspondan.
7. Al firmar y presentar la solicitud, la persona aspirante declara bajo su responsabilidad que reúne los requisitos precisos para su admisión en la presente convocatoria y que asume las obligaciones que en ella se establecen, así como, en caso de resultar seleccionada, las que establezca el organismo financiador del proyecto de I+D+i al que se asocia el contrato predoctoral.
8. Los datos del personal participante recabados en base a su participación en esta convocatoria serán tratados de conformidad con lo establecido en la normativa vigente relativa a Protección de Datos de Carácter Personal (Reglamento UE 2016/679, de 27 y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales). Se informa igualmente de la facultad que ostenta la persona titular de los datos para ejercer, en cualquier momento, el derecho de acceso, rectificación y cancelación.
9. La presentación de una solicitud de ayuda de la presente convocatoria conlleva la aceptación del tratamiento de los datos de carácter personal que se encuentren o que puedan derivarse de la misma, única y exclusivamente dentro de los fines de la presente convocatoria.
10. Cada persona únicamente podrá presentar una solicitud. Cada solicitud vendrá referida a un proyecto de investigación recogido en el Anexo I.
Octava. Contenido y documentación de la solicitud
1. Los interesados que deseen participar lo harán utilizando el modelo de solicitud, que se acompaña a la presente convocatoria como anexo II y que podrá encontrar en la dirección electrónica https://www.upct.es/uitt/es/convocatorias-internas/ejercicio-2021/.
2. Junto con la solicitud, cada persona participante adjuntará la siguiente documentación:
- a. Documentación acreditativa de la identidad:
- b. Justificante o resguardo del pago de la tasa por participación en convocatoria por la cuantía y condiciones que se indican en la base 7.4 de esta convocatoria.
- c. Documentación acreditativa de exenciones sobre las tasas aplicables.
- - Las personas aspirantes con discapacidad deberán acreditar el grado de discapacidad mediante documento expedido por órgano competente, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, por el que se determina la consideración de persona con discapacidad.
- - Las personas aspirantes que pertenezcan a familia numerosa de categoría especial deberán presentar el título que lo acredite.
- - Las personas aspirantes que ostenten la condición de víctimas del terrorismo, deberán presentar documento expedido por el Ministerio del Interior que certifique esa condición, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
- - Las personas aspirantes que hayan sido víctimas de violencia de género, deberán presentar documento firmado por la autoridad competente que acredite dicha condición, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral frente a la violencia de género.
- d. Currículo, conforme al modelo que acompaña a la presente convocatoria como anexo III.
- e. La documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículo. Dicha documentación se presentará numerada y ordenada conforme al listado contenido en el modelo de currículo.
- f. Certificado académico correspondiente a las titulaciones que se posean o a las enseñanzas superadas en la fecha de presentación de la solicitud, expedido o facilitado por la entidad académica. En el certificado deberán figurar las calificaciones obtenidas y fechas de obtención de las mismas correspondientes a las materias que constituyen el programa de las titulaciones o enseñanzas que se recojan.
Cuando se trate de certificados expedidos por centros extranjeros se hará constar además cuales son las calificaciones máximas y mínimas dentro del sistema de evaluación correspondiente y cuál es la calificación mínima para aprobar.
Las personas que han obtenido la titulación en la Universidad Politécnica de Cartagena pueden presentar el certificado académico o autorizar a la Universidad para acceder al mismo.
3. Los documentos que se hallen redactados en idioma diferente al español o al inglés, deberán ir acompañados de la correspondiente traducción jurada.
4. A efectos del proceso de evaluación, solo se tendrá en cuenta la información contenida en la solicitud. En caso de que se solicite subsanación, rectificación o aclaración de la documentación presentada, la información que se aporte deberá referirse, como máximo, a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.
5. Con objeto de garantizar la concurrencia competitiva, la no aportación en el plazo de presentación de solicitudes del currículum vitae o la falta de información contenida en el documento no es subsanable, determinando la exclusión definitiva de los aspirantes. Este documento se considera parte integrante y contenido mínimo de la solicitud, por lo que no podrán ser modificados por la persona solicitante una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
6. No obstante, lo establecido en el apartado anterior, serán motivos de exclusión, entre otros, la no presentación junto con la solicitud de la documentación exigida, la falta de firma del currículo por parte del interesado, no poseer o no acreditar de forma suficiente la posesión de los requisitos exigidos y presentar la solicitud fuera del plazo establecido.
7. Todos los modelos de documentos que se referencian en esta base se podrán encontrar en la siguiente dirección electrónica: https://www.upct.es/uitt/es/convocatorias-internas/ejercicio-2021/.
Novena. Lista de admitidos y excluidos
1. La relación provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión, se publicará en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena (https://sede.upct.es/) y en la dirección electrónica https://www.upct.es/uitt/es/convocatorias-internas/ejercicio-2021/, y se concederá un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente a su publicación para la presentación de reclamaciones.
2. Resueltas las reclamaciones presentadas, se dictará resolución con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el lugar indicado en el punto anterior.
3. Contra la citada resolución, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación de la Universidad Politécnica de Cartagena (en adelante Vicerrectora) en el plazo de un mes.
Décima. Publicaciones
A los efectos previstos en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, las comunicaciones y notificaciones a las que dé lugar la presente convocatoria se efectuarán mediante publicación del acto o resolución de que se trate en el tablón oficial electrónico de la Universidad Politécnica de Cartagena (https://sede.upct.es/).
Undécima. Evaluación y selección de las solicitudes
1. La selección de las personas aspirantes admitidas se dividirá en dos fases.
2. En la primera fase, la Unidad de Investigación y Transferencia Tecnológica recabará informe de evaluación de los investigadores principales de los proyectos de investigación susceptibles de asignación de ayudas.
Cada investigador principal llevará a cabo la evaluación científico-técnica de todas aquellas solicitudes adscritas a su proyecto de acuerdo con los criterios de evaluación recogidos en el siguiente apartado y elaborará, basado en ellos, un informe de evaluación científico-técnica para cada una de las solicitudes admitidas, pudiendo declarar desierta la plaza si ninguna de las personas aspirantes reuniese los requisitos o cualidades mínimas de adecuación a las actividades de investigación, asociadas al proyecto, que se consideren necesarias..
3. Criterios y subcriterios de evaluación de las personas aspirantes:
Criterio | Valoración |
Trayectoria académica o profesional de la persona aspirante | 0-50 |
Aportaciones científico-técnicas | 0-45 |
Movilidad e internacionalización | 0-5 |
Adecuación de la persona aspirante a las actividades de investigación a desarrollar | 0-50 |
Descripción de los criterios de evaluación:
Trayectoria académica o profesional de la persona aspirante:
Aportaciones científico-técnicas. Podrán valorarse, entre otros, el expediente académico y otros méritos curriculares de la persona aspirante, así como la adecuación de los mismos a las tareas a realizar en función de la formación y experiencia profesional. También se valorará la relevancia de las contribuciones de la persona aspirante en artículos publicados en revistas científicas, libros o capítulos de libros científicos y técnicos, incluyendo las publicaciones en acceso abierto, patentes concedidas o licenciadas, trabajos presentados en congresos, actividades de formación, de gestión, de transferencia de tecnología y de divulgación científica, obtención de premios, menciones y distinciones y en general, cualquier otra aportación que permita valorar la relevancia de los diferentes aspectos de la actividad investigadora desarrollada.
Movilidad e internacionalización. Podrán valorarse, entre otros, la relevancia de las estancias de la persona aspirante en centros nacionales e internacionales (prestigio del centro de recepción de la estancia, aportaciones de la persona aspirante a las líneas de trabajo del centro y grupo/s con los que ha trabajado). Los resultados de investigación publicados, patentados o en explotación en colaboración internacional y la participación en acciones relacionadas con programas y proyectos internacionales, así como la implicación directa en los mismos.
Adecuación de la persona aspirante a las actividades de investigación a desarrollar.
Se valorará la adecuación de la persona aspirante al programa, proyecto, o actividades de investigación a desarrollar en función de su formación y experiencia previas.
4. En la segunda fase, la Comisión de Investigación y Transferencia, a la vista de los informes de evaluación científico-técnica, elaborará la propuesta de solicitudes seleccionadas y, en su caso, de reserva, de acuerdo con lo siguiente y con las disponibilidades presupuestarias:
- a. Relación de proyectos seleccionados para recibir ayuda de acuerdo con los criterios establecidos en la base 3.2.
- b. Relación de la persona aspirante seleccionada para cada proyecto.
En caso de personas aspirantes que obtengan igual puntuación y resulte necesario resolver el empate, éste se dirimirá a favor de la solicitud que tenga mayor puntuación en la valoración de los criterios y subcriterios establecidos en el apartado anterior, según el orden en el que se citan.
Si persistiera el empate, se seleccionará a la persona del sexo menos representado en el departamento de adscripción del investigador responsable del proyecto.
- c. Relación de proyectos suplentes con el listado priorizado de personal aspirante asociado a cada uno de ellos.
5. La Comisión de Investigación y Transferencia hará pública en el Tablón Oficial Electrónico de la UPCT (https://sede.upct.es/) y en la dirección electrónica https://www.upct.es/uitt/es/convocatorias-internas/ejercicio-2021/, la propuesta provisional de solicitudes seleccionadas y concederá un plazo de diez días hábiles para la formulación de alegaciones.
Las alegaciones serán valoradas por la Comisión de Investigación y Transferencia.
Duodécima. Resolución de concesión
1. Finalizado el periodo de alegaciones, la Comisión de Investigación y Transferencia publicará la concesión definitiva de ayudas.
2. La resolución de concesión incluirá una relación de personas aspirantes suplentes por proyecto de investigación seleccionado y una relación de proyectos suplentes, con el listado priorizado de personal aspirante asociado a cada uno de ellos.
3. La comunicación de resultado de la convocatoria a las personas aspirantes se entenderá practicada mediante la publicación en el Tablón Oficial Electrónico de la UPCT (https://sede.upct.es/) y en la dirección electrónica https://www.upct.es/uitt/es/convocatorias-internas/ejercicio-2021/.
Decimotercera. Formalización y características de los contratos predoctorales
1. Concluido el proceso selectivo y realizada la resolución de concesión por la Comisión de Investigación y Transferencia, la Vicerrectora procederá a la contratación de las personas seleccionadas, previa presentación por el aspirante de:
- · Documentación original a que se refiere la base 8.2.
- · Ficha de identificación con los datos personales, bancarios y el número de afiliación a la Seguridad Social, conforme al modelo proporcionado por la Universidad.
- · Declaración jurada de no estar sujeta o sujeto a incompatibilidad para la celebración del contrato previsto en el artículo 21 de la Ley 14/2011, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, al efecto de la duración máxima del contrato predoctoral a formalizar.
Así mismo se deberá presentar la documentación que le sea requerida a tal efecto, para su cotejo.
Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles a contar desde la publicación de la resolución de concesión para la presentación de la citada documentación. En el caso de no presentarse la documentación en el plazo referido, se entenderá que renuncia a sus derechos, salvo caso de fuerza mayor, cuya apreciación se realizará libremente por la Vicerrectora.
2. En los casos de renuncia o cualquier otra causa que impida la contratación de la persona aspirante seleccionada, se procederá al nombramiento de la siguiente más valorada en el mismo proyecto de I+D+i.
En caso de que no existir personas seleccionadas de reserva en el mismo proyecto de I+D+i, se procederá al nombramiento de la persona seleccionada en primer lugar en el siguiente proyecto de I+D+i más valorado.
3. La falta de matriculación en el programa de doctorado impedirá la formalización del contrato de trabajo y comportará la exclusión de la persona adjudicataria.
4. El personal con contrato predoctoral queda sujeto, en virtud de su relación laboral de servicios, al régimen disciplinario previsto en el II Convenio Colectivo de Trabajo de Personal Docente e Investigador Contratado Laboral de las Universidades Públicas de la Región de Murcia, de 1 de enero de 2016.
5. La actividad desarrollada por el personal investigador predoctoral en formación será evaluada anualmente por la Escuela Internacional de Doctorado de la Universidad Politécnica de Cartagena, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa, pudiendo ser resuelto el contrato en el supuesto de no superarse favorablemente dicha evaluación.
6. De conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, y el artículo 9 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, cuando el personal investigador en formación obtenga el título de doctor o finalice la permanencia en el programa de doctorado, de acuerdo con el objeto de la ayuda, finalizará el periodo de ejecución de la ayuda predoctoral. A estos efectos, se considera que se ha obtenido el título de doctor en la fecha del acto de defensa y aprobación de la tesis doctoral.
7. El personal contratado podrá colaborar, con fines formativos y hasta un máximo de 60 horas anuales, en las tareas docentes del departamento de su director de tesis. En ningún caso las tareas docentes podrán desvirtuar la dedicación a la finalidad investigadora y formativa del contrato.
8. Los contratos financiados serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral por parte del personal investigador en formación contratado y con la percepción de cualquier cuantía que tenga naturaleza salarial, cuando ello perjudique a la finalidad investigadora y formativa de la ayuda y/o se produzca en su mismo horario, así como con la percepción de otras ayudas que tengan una finalidad análoga.
9. No obstante lo anterior, el personal investigador en formación contratado podrá percibir complementos no salariales provenientes de proyectos y contratos de I+D, complementos por tareas docentes que no impliquen vinculación contractual, así como ayudas complementarias para fomentar la movilidad de investigadores, siempre que estas ayudas no impliquen la formalización de contratos laborales, u otras destinadas a la asistencia a congresos, reuniones o jornadas científicas. En todo caso, las actividades de las que se deriven los complementos o ayudas anteriores no deben menoscabar o interrumpir la finalidad de la ayuda.
10. Las ausencias temporales de la Universidad Politécnica de Cartagena deberán comunicarse a la Unidad de Investigación y Transferencia Tecnológica y autorizarse previamente por la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación. A tal efecto, la persona contratada formulará solicitud razonada, que deberá contar con la conformidad del director o directora de la investigación y que habrá de presentarse con antelación bastante para su resolución expresa, fijada en no menos de quince días antes del inicio de la correspondiente ausencia.
Únicamente podrán autorizarse ausencias cuya finalidad inmediata se halle justificadamente relacionada con las actividades de formación investigadora propias del contrato predoctoral y del proyecto de I+D+i al que se asocia, a cuyo fin se acompañará a la solicitud una memoria detallada de las actividades a realizar durante la misma.
Decimocuarta. Interrupciones del contrato
1. El personal investigador en formación contratado podrá solicitar la interrupción y la prórroga correspondiente al tiempo de la suspensión de los contratos financiados cuando dichas suspensiones se produzcan por las siguientes causas:
- a) Permiso de maternidad o paternidad.
- b) Adopción.
- c) Guarda con fines de adopción o acogimiento.
- d) Riesgo durante el embarazo.
- e) Riesgo durante la lactancia natural de menores de nueve meses.
- f) Incapacidad temporal durante el embarazo por causas vinculadas con el mismo.
- g) Incapacidad temporal por causas distintas a las del punto anterior por un periodo de al menos 2 meses consecutivos.
2. Con carácter general, la anualidad en la que se produzca la interrupción se verá ampliada por un periodo idéntico al de la duración de la interrupción.
Decimoquinta. Obligaciones de las personas adjudicatarias
1. Proporcionar la documentación pertinente, con arreglo a las condiciones previstas en la presente convocatoria y en la resolución de concesión definitiva.
2. Suscribir el contrato de trabajo en la fecha, dentro del plazo o en el término que señale la resolución de concesión definitiva.
3. La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones referidas en los apartados anteriores se estimará como renuncia al contrato adjudicado, salvo que concurriera causa justificada de imposibilidad material por tiempo no superior a quince días, en cuyo supuesto habrá de cursarse la oportuna comunicación, dirigida a la Unidad de Investigación y Transferencia Tecnológica de la Universidad Politécnica de Cartagena, tan pronto como conste el motivo de la imposibilidad y acompañando documentación acreditativa suficiente. En tal hipótesis, se podrá conceder un aplazamiento por el tiempo prudencialmente necesario al efecto.
4. Incorporarse a la actividad de investigación en la fecha indicada en el contrato de trabajo. La falta de incorporación en el tiempo fijado al efecto podrá ser estimada como desistimiento unilateral del contrato, salvo que medie causa fundada atinente a imposibilidad material de incorporación por motivos de incapacidad transitoria, de maternidad o paternidad u otras situaciones análogas conforme a derecho.
5. Realizar la tesis doctoral en el marco del proyecto de investigación al que se asocia el contrato predoctoral, cumpliendo con los objetivos del mismo, marcados por su director o directora de la investigación.
6. Las propias del régimen jurídico que comporta el contrato predoctoral, con arreglo a la normativa reguladora del mismo.
7. Presentar anualmente una memoria de un máximo de mil palabras sobre el desarrollo de la investigación y con arreglo al modelo normalizado que se indique y que se hallará disponible en la página web https://www.upct.es/uitt/es/convocatorias-internas/ejercicio-2021/.
8. En todo caso, las tareas de investigación desarrolladas por el personal contratado predoctoral deberán atenerse a lo establecido en el Código de buenas prácticas en investigación de la Universidad Politécnica de Cartagena, aprobado en Consejo de Gobierno de 30 de noviembre de 2020 (https://lex.upct.es/download/fa51a727-a37a-496a-b5d9-5fb974d0e965).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la presente Resolución pone fin a la vía administrativa y, al amparo del artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la presente Resolución, o en su caso recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses, contando desde el día siguiente de la fecha de la publicación de la presente Resolución.
Cartagena, 29 de julio de 2021. La Rectora,
P.D. la Vicerrectora de Investigación, Transferencia y Divulgación (R-808/20, de 21 de septiembre, BORM de 30 de septiembre),
Catalina Egea Gilabert.
ANEXO I
PROYECTOS ELEGIBLES
Referencia | Investigador/es Principal/es | Título | Área Temática |
PID2020- 112675RB-C41 | Esteban Egea López José Santa Lozano | Adaptación de Recursos de Cómputo y Red desde la Nube al Extremo: Planificación y acceso coordinado óptimo (ONOFRE-3-UPCT) | Tecnologías de la información y de las comunicaciones |
PID2020- 114410RB-I00 | Juan Antonio Fernández Hernández Jesús Ochoa Rego | Agricultura urbana innovadora para una producción sostenible | Agricultura y Forestal |
PID2020- 114576RB-I00 | Francisco José Alcón Provencio José Miguel Martínez Paz | Evaluación socio económica de la adaptación al Cambio Climático de la agricultura de regadío en cuencas semiáridas | Agricultura y Forestal |
PID2020- 115220RB-C22 | José Manuel Ferrández Vicente Félix de la Paz López | Interacción Humano-Robot para interacciones psicoeductivas emocionales | Ingeniería Biomédica |
PID2020- 116107GB-I00 | Ignacio González Pérez | Diseño, generación y análisis de transmisiones de engranajes para vehículos eléctricos | Ingeniería mecánica, naval y aeronáutica |
PID2020- 116318RB-C32 | Pablo Salvador Fernández Escámez Alfredo Palop Gómez | Descontaminación y tratamiento durante el procesado con antimicrobianos naturales en nanoemulsión para garantizar la seguridad de bebidas vegetales y smoothies pasteurizados | Ciencias y tecnología de alimentos |
PID2020- 116897RB-I00 | Pablo Bielza Lino | Much better bugs for biological control: Genetic improvement of Orius laevigatus for better fitness on alternative food and at low temperatures | Agricultura y Forestal |
PID2020- 118492RA-C22 | José Francisco Maestre Valero Belén Gallego Elvira | Mejora de la sostenibilidad y viabilidad agro-económica y medioambiental de cultivos tradicionales regados con agua marina desalinizada mediante fertirriego inteligente. | Tecnologías medioambientales |
PID2020- 118941RA-I00 | Mª Nazaret González Alcaraz | Aspectos funcionales y ecotoxicidad edáfica de residuos mineros abandonados colonizados por vegetación vs restaurados en zonas semiáridas: respuesta frente al cambio climático | Ciencias de la Tierra y del agua |
PID2020- 119882RB-I00 | Ginés Benito Martínez Hernández Antonio López Gómez | Determinación del efecto inhibidor de los aceites esenciales en la producción de etileno de frutas y verduras para desarrollar sistemas de envasado activo innovadores | Ciencias y tecnologías de alimentos |