Resolución de la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa por la que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2022
- ÓrganoConsejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
- Publicado en BORM núm. 210 de 10 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 01 de Enero de 2022


La protección civil y la gestión de emergencias en las entidades locales
LibrosDesde 44,46 €(IVA Inc.)Más info.Casos prácticos para secretarios y técnicos de Administración Local
LibrosDesde 98,80 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Gestión presupuestaria y Control interno
LibrosDesde 100,78 €(IVA Inc.)Más info.Administración Local Práctica 5ª Ed.
LibrosDesde 82,99 €(IVA Inc.)Más info.Revista El Consultor de los Ayuntamientos
Periódicos y Revistas468,00 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
- Norma afectada por
- Norma posterior
- LE0000737666_20230101
R Modernización y Simplificación Administrativa 7 Sep. 2022 CA Murcia (fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el ámbito de la Administración de la Región de Murcia para 2023)
- Ocultar / Mostrar comentarios
Véase Res. de la Dirección General de Modernización y Simplificación Administrativa por la que se fija el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el año 2023 («B.O.R.M.» 16 septiembre).
LE0000706999_20220101

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas recoge en su artículo 30.7, que “las Administraciones de las Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos.” De la misma forma, este artículo señala que “el calendario aprobado por las Comunidades Autónomas comprenderá los días inhábiles de las Entidades Locales correspondientes a su ámbito territorial, a las que será de aplicación” y que “dicho calendario deberá publicarse antes del comienzo de cada año en el diario oficial que corresponda, así como en otros medios de difusión que garanticen su conocimiento generalizado.”
Por otro lado, de acuerdo con el artículo 30.8 de la ley señalada “la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo o el régimen de jornada y horarios de las mismas.”
Al respecto, mediante Resolución de 29 de julio de 2021, de la Dirección General de Dialogo Social y Bienestar Laboral (BORM n.º 183, de 10 de agosto 2021) se publica el calendario de fiestas laborales para el año 2022, tanto de carácter regional como de ámbito local, en base, respectivamente, al Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia en su sesión de 13 de mayo de 2021 y a los acuerdos adoptados por los órganos competentes de los respectivos Ayuntamientos.
De acuerdo con lo anterior, y en virtud de las competencias atribuidas a la Dirección General de Regeneración y Modernización Administrativa, en el artículo 5 del Decreto 174/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública,
Resuelvo:
Primero. Aprobar el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia durante el año 2022, declarando, a estos efectos, como inhábiles, además de los sábados y domingos, los siguientes días:
- a) En todo el ámbito territorial de la Región de Murcia, aquellos días declarados festivos de ámbito regional por el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, que vienen relacionados en el apartado a) del artículo único de la Resolución de 29 de julio de 2021, del Director General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, que, asimismo, se recogen en el anexo I de esta Resolución.
- b) En el ámbito territorial de cada municipio, los aprobados por su respectivo Ayuntamiento, que vienen relacionados en el apartado b) del artículo único de la Resolución de 29 de julio del Director General de Diálogo Social y Bienestar Laboral, y que se recogen, asimismo, en el anexo II de esta Resolución.
Segundo. Disponer la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», así como en el Portal de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (www.carm.es), y en la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es). Así mismo se podrá acceder al contenido del anexo de esta Resolución en formato abierto y reutilizable a través del portal de datos abiertos de la Región de Murcia https://datosabiertos.regiondemurcia.es.
Tercero. Esta Resolución tendrá efectos desde el 1 de enero de 2022.
ANEXO I
Días inhábiles en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, año 2022
ANEXO II
Días inhábiles en los municipios, año 2022
MUNICIPIO | 1º FESTIVO | 2º FESTIVO |
ABANILLA | 3 mayo | 4 mayo |
ABARÁN | 19 abril | 27 septiembre |
AGUILAS | 1 marzo | 8 abril |
ALBUDEITE | 17 enero | 8 septiembre |
ALCANTARILLA | 27 mayo | 13 septiembre |
ALCAZARES (LOS) | 10 junio | 13 octubre |
ALEDO | 25 agosto | 26 agosto |
ALGUAZAS | 17 enero | 13 junio |
ALHAMA DE MURCIA | 2 febrero | 7 octubre |
ARCHENA | 16 junio | 1 septiembre |
BENIEL | 2 febrero | 24 agosto |
BLANCA | 22 abril | 16 agosto |
BULLAS | 3 octubre | 4 octubre |
CALASPARRA | 30 julio | 8 septiembre |
CAMPOS DEL RIO | 17 enero | 24 junio |
CARAVACA DE LA CRUZ | 3 mayo | 4 mayo |
CARTAGENA | 8 abril | 23 septiembre |
CEHEGIN | 10 septiembre | 12 septiembre |
CEUTI | 18 abril | 16 agosto |
CIEZA | 3 mayo | 24 agosto |
FORTUNA | 18 abril | 16 agosto |
FUENTE ALAMO | 20 julio | 25julio |
JUMILLA | 7 enero | 18 abril |
LIBRILLA | 23 agosto | 24 agosto |
LORCA | 8 septiembre | 23 noviembre |
LORQUI | 25 julio | 7 octubre |
MAZARRON | 13 junio | 17 noviembre |
MOLINA DE SEGURA | 17 enero | 19 septiembre |
MORATALLA | 19 abril | 15 junio |
MULA | 21 septiembre | 23 septiembre |
MURCIA | 19 abril | 13 septiembre |
OJOS | 17 enero | 24 junio |
PLIEGO | 25 abril | 8 septiembre |
PUERTO LUMBRERAS | 7 julio | 7 octubre |
RICOTE | 20 enero | 21 enero |
SAN JAVIER | 3 febrero | 3 diciembre |
SAN PEDRO DEL PINATAR | 29 junio | 16 julio |
SANTOMERA | 29 septiembre | 7 octubre |
TORRE PACHECO | 7 octubre | 9 diciembre |
TORRES DE COTILLAS (LAS) | 19 abril | 26 agosto |
TOTANA | 7 enero | 10 diciembre |
ULEA | 3 mayo | 24 agosto |
UNION (LA) | 25 julio | 7 octubre |
VILLANUEVA DEL RIO SEGURA | 17 enero | 16 agosto |
YECLA | 12 septiembre | 7 diciembre |