Resolución de 8 de septiembre de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública por la que se reestablece, a partir del 15 de septiembre de 2021, el horario ordinario de apertura en la Oficina de Asistencia en materia de Registros de Lorca
- ÓrganoConsejería de Transparencia, Participación y Administración Pública
- Publicado en BORM núm. 210 de 10 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 15 de Septiembre de 2021


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Sumario
Mediante Orden de 21 de mayo de 2020 de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, se acordó la reapertura gradual de las oficinas de asistencia en materia de registros de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, dejando sin efecto la Orden de 15 de marzo 2020 por la que se declaró la suspensión de la actividad presencial en las Oficinas de Asistencia en Materia de Registros de la Administración Regional como consecuencia de la evolución del coronavirus (COVID-19).
No obstante, a la vista de la evolución del rebrote de COVID-19 en el municipio de Lorca, y a instancias y en coordinación con los responsables de riesgos laborales del Ayuntamiento de ese municipio, entidad titular del local donde se ubica la Oficina de Asistencia en Materia de Registros, se planificó como medida preventiva el establecimiento de equipos burbuja que trabajaran en turnos de mañana y tarde rotatorios, tanto en las oficinas de atención al público del propio Ayuntamiento como en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Comunidad Autónoma, con el fin de minimizar, en lo posible, el impacto de algún posible positivo en las oficinas que obligara a poner en cuarentena a todo el personal y, en consecuencia, impidiera prestar el servicio, con el consecuente perjuicio para los interesados. El establecimiento de estos equipos burbuja obligaba a ampliar el horario de atención al público de las oficinas, de manera que cada uno de los equipos trabajase en turno de mañana o tarde, sin coincidir entre sí.
A tal efecto, la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública dictó Resolución de fecha 24 de septiembre de 2020, por la que se modificó temporalmente el horario de apertura de la Oficina de Asistencia en Materia de registros de la Administración Regional en Lorca, como consecuencia del rebrote COVID-19, en la que se estableció un horario de apertura de lunes a viernes y de 8 a 14 y de 16 a 20 horas, disponiéndose que dicha modificación sería efectiva desde el 16 de septiembre de 2020 y se mantendría el tiempo que fuera preciso en función de la evolución de la situación epidemiológica en el municipio.
Por otra parte, mediante Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, de 7 de junio de 2021, se modificó provisionalmente, para el periodo estival comprendido entre el 01 de julio y el 14 de septiembre de 2021, ambos inclusive, el horario de apertura de la citada oficina, quedando establecido de 8 a 14 horas.
Estando próximo a expirar el horario especial establecido para el período estival por esta última Resolución, y dado que la situación epidemiológica actual en el municipio de Lorca ya no hace necesario mantener las medidas preventivas que justificaron que se estableciese el horario especial de apertura en turnos de mañana y tarde, fijado por la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de fecha 24 de septiembre de 2020, debe procederse a restablecer en la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de la Comunidad Autónoma del citado municipio el horario ordinario de apertura, que es de lunes a viernes de 9 a 14 horas, medida que va en la línea de la adoptada por el Ayuntamiento lorquino respecto a sus propias oficinas de atención al ciudadano.
En consecuencia y, en virtud de lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el párrafo segundo del artículo 4.2 del Decreto 27/1990, de 3 de mayo, y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 174/2019, de 6 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública, y vista la propuesta elevada por el Director General de Regeneración y Modernización Administrativa,
Resuelvo:
Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 15 de septiembre, el horario especial de apertura de la Oficina de Asistencia en Materia de Registros de Lorca, establecido por la Resolución de la Secretaria General de la Consejería de Transparencia, Participación y Administración Pública de fecha 24 de septiembre de 2020.
A partir de la fecha indicada, se restablece el horario ordinario de apertura de la citada oficina, que es de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
LE0000676208_20200930
Segundo.- Dar cuenta de la presente Resolución al Consejo Regional de la Función Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2, párrafo segundo, del Decreto 27/1990, de 3 de mayo.
Tercero.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en la sede electrónica de la Administración Regional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Transparencia, Participación y Administración Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.