RESOLUCIÓN 911/2021, de 9 de septiembre, del director general de Salud, por la que se modifica la resolución 604/2020, de 11 de agosto, por la que se adoptan determinadas medidas preventivas aplicables a la contratación de trabajadoras y trabajadores temporales agrarios en las campañas agrarias que se lleven a cabo en Navarra, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE SALUD
- Publicado en BON núm. 218 de 16 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 16 de Septiembre de 2021


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Sumario
Mediante Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, por la que se adoptaban determinadas medidas preventivas aplicables a la contratación de trabajadoras y trabajadores temporales en las campañas agrarias que se lleven a cabo en Navarra, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19, se estableció la obligatoriedad de realizar una declaración responsable por parte de la empresa que contrata personal temporero. Un año después se ha comprobado que son muchas las empresas de servicios y de trabajo temporal de otras comunidades autónomas, que contratan personal temporero para desarrollar su actividad laboral en Navarra y que no realizan las declaraciones responsables del personal contratado. Este hecho ha contribuido a un control más dificultoso de los casos de COVID-19 que han aparecido en este colectivo de población trabajadora. Es fundamental garantizar que el Gobierno de Navarra conozca las personas que acuden a trabajar a Navarra de forma temporal en las campañas agrícolas, y que permita garantizar la adopción de las medidas preventivas necesarias frente a la COVID-19 en las explotaciones agrícolas de nuestra comunidad. Es por ello, que se traslada la obligación de presentar la declaración responsable a los titulares de las explotaciones agrarias.
Asimismo, tal y como se señala en la resolución que ahora se modifica, este sector tiene alto riesgo de contagio, tanto por la movilidad de las y los trabajadores como por las condiciones de alojamiento. El objetivo de las medidas es, en primer lugar, la prevención, en la medida de lo posible, de la propagación de contagios y brotes, así como lograr la agilidad necesaria en la detección de posibles casos positivos, y su seguimiento y control. En este sentido, también se modifica la redacción en relación con la realización de PCR, de forma que en la nueva situación no se contempla la realización de PCR en todos los casos, sino cuando se considere necesario por razones de salud pública. Finalmente, se establece que, en caso de que alguna persona trabajadora deba aislarse por ser caso positivo, se deberán garantizar un aislamiento en condiciones adecuadas.
En virtud de lo anterior, procede la modificación de determinados puntos de la resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, en el sentido de modificar quién tiene la obligación de realizar la declaración responsable.
Por lo expuesto y en virtud del artículo 2.2 de la Ley Foral 10/1990, de 23 de noviembre, de Salud, con la conformidad de la consejera de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, y oídas las organizaciones y sindicatos del sector primario,
RESUELVO:
Primero.– Modificar el punto 3 de la Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, que queda redactado de la siguiente forma:
«Tercero.– Declaración responsable.
3.1.– Todas las personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones agrarias en Navarra, tienen la obligación de comunicar a la Dirección General de Agricultura y Ganadería del Departamento de Desarrollo Rural y Medio Ambiente, las declaraciones responsables relativas a los y las trabajadoras que desarrollan la actividad laboral en la explotación agrícola de la que es titular, con independencia de que la contratación de este personal haya sido realizada directamente por el o la titular de la explotación o a través de una empresa de servicios o una empresa de trabajo temporal. Se debe hacer declaración responsable de las personas contratadas trabajadoras agrarias temporales para las campañas agrarias que se llevan a cabo en Navarra, que no están censadas en municipios de Navarra o que, aun estando censadas en municipios de Navarra hayan realizado campañas agrícolas en los dos últimos meses en otras comunidades autónomas o en otros países.
Los datos a comunicar son los que aparecen en la declaración responsable cuyo modelo se adjunta como anexo 1.
3.2.– La Administración de la Comunidad Foral de Navarra podrá comprobar la veracidad de los datos y las previsiones presentados en dichas declaraciones, a través de cruces de datos con las bases de datos propias y con las de otras Administraciones, con el fin de poder realizar controles e inspecciones posteriores. En el caso de que se deniegue a la administración la posibilidad de efectuar dichas comprobaciones, deberá presentar la documentación acreditativa que se le solicite».

Segundo.– Modificar el punto sexto de la Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud, que queda redactado como sigue:
«Sexto.– Realización de pruebas PCR.
6.1.– A todas las trabajadoras y trabajadores a los que se refiere esta resolución se les podrá realizar pruebas PCR cuando se detecten situaciones que puedan originar un riesgo para la salud pública.
6.2.– El coste de las citadas pruebas será a cargo del Departamento de Salud del Gobierno de Navarra».

Tercero.– Modificar el punto séptimo de la Resolución 604/2020, de 11 de agosto, del director general de Salud que queda redactado de la siguiente forma:
«Séptimo.– Aislamiento de las personas con diagnóstico confirmado.
El aislamiento de las trabajadoras y trabajadores con diagnóstico confirmado de COVID-19 y contactos estrechos en su caso, se deberá realizar en establecimientos que garanticen condiciones objetivas para aislamiento sanitario adecuado».

Cuarto.– Se modifica el anexo I que acompaña a esta resolución.
LE0000673182_20210916
Quinto.– Publicación y efectos.
La presente resolución producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.
ANEXO 1
DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA AL EMPLEO DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES AGRÍCOLAS TEMPORALES
Datos de la persona titular de la explotación |
NIF NOMBRE o RAZÓN SOCIAL: |
PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO |
Número inscripción REAN |
En caso de representación, datos del representante |
NIF |
NOMBRE: |
PRIMER APELLIDO SEGUNDO APELLIDO |
Domicilio a efectos de notificaciones |
DIRECCIÓN: |
LOCALIDAD: |
CÓDIGO POSTAL: |
PROVINCIA: |
TELÉFONO |
CORREO ELECTRÓNICO: |
Efectúa la siguiente DECLARACIÓN RESPONSABLE a los efectos de la obligación exigida por la RESOLUCIÓN 604/2020, de 11 de agosto, por la que se adoptan determinadas medidas preventivas aplicables a la contratación de trabajadoras y trabajadores temporales agrarios en las campañas agrarias que se lleven a cabo en Navarra, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la pandemia COVID-19.
1.- Que durante la presente campaña agrícola de ……………..........…………… tengo contratadas a las siguientes personas trabajadoras agrícolas temporales:
Nombre y apellidos del trabajador/a | DNI/NIE/ Pasaporte | Fecha inicio de la relación laboral | Fecha de finalización de la relación laboral | Móvil de contacto | Dirección y localidad de residencia | Localidad de la finca objeto de la recolección | ¿Desea vacunarse? |
2.- Que, como titular de la explotación, asumo las obligaciones laborales y sanitarias que se derivan de la normativa vigente de aplicación tanto en materia de Prevención de Riesgos Laborales, como en materia laboral, pudiendo acreditarlo, si así se me requiere, mediante cualquier prueba documental admitida en derecho.
3.- Que me comprometo a velar por el adecuado desempeño de la prestación laboral de los trabajadores/as, tomando las medidas necesarias para garantizar su seguridad laboral y de prevención de riesgos laborales, en particular las establecidas en la guía aprobada por la Administración General del Estado y las emitidas por el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra, para la prevención y control de la COVID-19 en las explotaciones agrícolas que vayan a contratar a temporeros.
4.- Que me comprometo a velar por las adecuadas condiciones de transporte, tanto en el acceso de los trabajadores/as desde sus domicilios o lugares de alojamiento a las fincas objeto de recolección como entre los diferentes parajes que puedan integrar dichas fincas.
5.- Que cuento con un plan de contingencia apropiado para que, en el caso de que algún trabajador/a se identifique positivo a COVID-19, puedan adoptarse las medidas necesarias comprometiéndome, en cualquier caso, a prestar toda la colaboración necesaria con las autoridades sanitarias.
6.- Que me comprometo a facilitar la información complementaria que pueda solicitar formalmente la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.
7.- Que autorizo expresamente a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a realizar cuantas comprobaciones resulten necesarias para verificar los datos declarados, autorizando en particular el acceso a las declaraciones de la PAC, al sistema de altas y bajas de la Seguridad Social, así como a los registros de la Administración laboral.
El responsable del tratamiento de los datos de carácter personal contenido en las declaraciones será la Dirección General de Agricultura y Ganadería. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos o de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas mediante instancia dirigida a la Dirección General de Agricultura y Ganadería. El responsable del tratamiento de los datos personales necesarios para la realización de las pruebas PCR será el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea dentro de su tratamiento «Historias clínicas – Asistencia sanitaria». El tratamiento de los datos es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. No se comunicarán datos personales a terceros destinatarios salvo obligación legal. Podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos o de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas mediante instancia dirigida al Servicio de Atención a Ciudadanos y Pacientes del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea. Puedes consultar más información sobre el tratamiento de los datos en el siguiente enlace de la página web del Gobierno Abierto de Navarra
https://gobiernoabierto.navarra.es/es/transparencia/tratamiento-datos-personales