Decreto 219/2021, de 22 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2022 en la Comunidad de Madrid
- ÓrganoCONSEJERIA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR
- Publicado en BOCM núm. 227 de 23 de Septiembre de 2021
- Vigencia desde 23 de Septiembre de 2021


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Sumario
- Norma afectada por
- Norma posterior
- LE0000738062_20220922
D 101/2022, de 21 Sep. CA Madrid (fiestas laborales para el año 2023)
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Véase D 101/2022, 21 septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen las fiestas laborales para el año 2023 en la Comunidad de Madrid («B.O.C.M.» 22 septiembre).
LE0000707948_20210923

El Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre; la Ley 8/1984, de 25 de abril, declarando fiesta de la Comunidad de Madrid la jornada del 2 de mayo, y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, modificado por el artículo único del Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, y declarado expresamente en vigor por la disposición derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establecen las decisiones que puede adoptar la Comunidad de Madrid en relación con la celebración en su territorio de las fiestas laborales de ámbito nacional.
En su virtud, oídos los Grupos Parlamentarios de la Asamblea de Madrid, la Iglesia Católica y las Instituciones económicas y sociales representativas en la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Presidencia, Justicia e Interior, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de septiembre de 2021,
DISPONE
Apartado único. Calendario laboral para el año 2022
El calendario laboral resultante para el año 2022 en el ámbito de la Comunidad de Madrid es el que se relaciona en el Anexo que se incorpora al presente Decreto, sin perjuicio de las dos fiestas locales que, además, corresponda celebrar en cada municipio.
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Comunicación al Ministerio de Trabajo y Economía Social
De lo dispuesto en el presente Decreto se dará traslado al Ministerio de Trabajo y Economía Social antes del 30 de septiembre de 2021.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Producción de efectos
El presente Decreto producirá efectos el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
ANEXO
FIESTAS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL AÑO 2022 (1)
- - 1 de enero (sábado), Año Nuevo.
- - 6 de enero (jueves), Epifanía del Señor.
- - 14 de abril, Jueves Santo.
- - 15 de abril, Viernes Santo.
- - 2 de mayo (lunes), Fiesta de la Comunidad de Madrid.
- - 25 de julio (lunes), Santiago Apóstol.
- - 15 de agosto (lunes), Asunción de la Virgen.
- - 12 de octubre (miércoles), Fiesta Nacional de España.
- - 1 de noviembre (martes), Todos los Santos.
- - 6 de diciembre (martes), Día de la Constitución Española.
- - 8 de diciembre (jueves), Inmaculada Concepción.
- - 26 de diciembre (lunes), traslado del descanso del 25 de diciembre, Natividad del Señor.